PROYECTO DE TP
Expediente 2437-D-2012
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL II CONGRESO NACIONAL DE FOLKLORE, A REALIZARSE EL DIA 22 DE AGOSTO DE 2012 EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES.
Fecha: 23/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de
interés cultural de esta H. Cámara de Diputados; el II Congreso
Nacional de Folklore, a realizarse el 22 de agosto de 2012 -en
coincidencia con la celebración del Día Mundial del Folklore- en la Ciudad
Capital de la Provincia de Corrientes.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como bien lo define la
Real Academia Española; FOLKLORE es el "conjunto de tradiciones,
costumbres y artes de cada pueblo"; por ello es una premisa fundamental,
surgida de la producción cultural, que nos define y caracteriza como sociedad.
De esta manera el FOLKLORE es una
parte constitutiva de nuestra identidad colectiva como pueblo-nación.
El término FOLKLORE,
utilizado por primera vez por William J. Thoms; deriva de un vocablo sajón: FOLK,
que significa "popular" y LORE, referido a las creencias de un pueblo determinado, a
su producción cultural.
El FOLKLORE no deriva de la naturaleza
intrínseca de un fenómeno aislado; se trata de una peculiar asimilación cultural.
En consecuencia, debe ser concebido
como un proceso, no como un hecho individual. Nada es folklórico por el sólo hecho
de existir, sino que llega a serlo por la reacción colectivo-social ante un proceso
cultural.
Lo fundamental y característico del
FLOKLORE es que gran parte de los elementos que lo constituyen proceden de
civilizaciones y culturas pasadas.
Tres son los elementos
básicos para la producción folklórica: la geografía, el tiempo y el proceso cultural
(entendido como un intercambio).
La voz FOLCKLORE
aparece por primera vez en Argentina, hacia 1886, cuando la emplea Samuel A
Lafone y Quevedo en la introducción de su libro "Londres y Catamarca, cartas a La
Nación"; sin embargo, en general, esta no es una obra de carácter folklórico.
El precursor de la
investigación y desarrollo del FLOKLORE argentino es el etnógrafo Juan Bautista
Ambrosetti, quien en 1893 publica el primer trabajo folklórico propiamente dicho:
"Materiales para el Estudio del Folk-lore misionero" en la Revista del Jardín Zoológico
de Buenos Aires.
Meses después, en el
mismo año, Ambrosetti publica "Apuntes para un folk-lore argentino (Gaucho)" en la
misma revista. En 1895 publica "La región vinícola de la provincia de Salta", en el
Boletín del Instituto Geográfico Argentino. Continuó con "Costumbres y supersticiones
en los Valles Calchaquíes (Salta)" y "Contribución al estudio del Folk-lore Calchaquí",
que aparece en los "Anales de la Sociedad Científica Argentina" en 1896.
En sus vertientes musicales, el
FOLKLORE argentino es muy variado en rítmicas, timbres y letras relacionados
directamente con el lugar de origen. La amplia extensión del territorio da como
resultado muchos estilos que difieren de una región a otra. No sólo en la música y los
instrumentos, sino que también involucra ceremonias, bailes típicos y conexión con el
medio ambiente.
Son conocidos por todos los diferentes
estilos musicales y danzas de nuestro FOLKLORE, pudiendo mencionar: la baguala, el
bailecito, el carnavalito, la chacarera, el chamamé, la vidala, el tango, la zamba, la
cueca, la milonga, el malambo, el gato, la chamarrita, el cielito, la copla, la tonada,
etc.
De todos los instrumentos utilizados; los
más frecuentes y difundidos son: la guitarra, el bombo, el violín, la harmónica o
armónica, el acordeón y la acordeona y; los aerófonos como la quena y la flauta.
Aunque el piano es un instrumento costoso y difícil de utilizar en la música folklórica,
es frecuente su uso (incluso domiciliario) para amenizar "peñas" y bailes en los que
se ejecuta música folklórica.
La obra cumbre de
nuestra literatura gauchesca, el "Martín Fierro" de José Hernández, se ha
convertido, en sus innumerables ediciones y traducciones a otras lenguas, en uno de
los textos de ficción que describe y difunde la idiosincrasia de las tradiciones y el
FOLKLORE argentino.
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La importancia del desarrollo intelectual,
social e institucional del FOLKLORE nacional, dio origen a la realización, luego de un
gran peregrinar de artistas y académicos, del I Congreso Nacional de Folklore,
realizado en agosto de 2010 en la ciudad de Potreros de los Funes, Provincia de San
Luis, que fuera declarado, por unanimidad, "de interés cultural" por ambas Cámaras
del Congreso de la Nación.
Por ello es, en este mismo sentido, que
venimos a pregonar la consumación de esta iniciativa parlamentaria.
Justamente este II Congreso
Nacional de FOLKLORE tendrá como ejes temáticos principales: el estado actual de
la enseñanza del FOLKLORE en las escuelas; el FOLKLORE como ciencia, el
FOLKLORE como proyección artística y el FOLKLORE y la legislación vigente.
Este marco servirá de escenario,
también, para una noble exposición de artesanías, libros, cds. y dvds.
Es de destacar que el II
Congreso Nacional de FOLKLORE cuenta con el auspicio de la Sociedad Argentina
de Autores y Compositores de Música - S.A.D.I.C.-, de la Sociedad General de
Autores de la Argentina -ARGENTORES-, de la Sociedad Argentina de Escritores -
S.A.D.E.-, del Área Transdepartamental de Folklore del Instituto Universitario
Nacional de Arte -I.U.N.A.-, de la Confederación Gaucha Argentina, de la revista
"Todo es Historia", de la Mesa Intersindical del Cultura de la Confederación General
del Trabajo - C.G.T. "Néstor Kirchner"-, del Festival Nacional de Folklore de Cosquín,
del Sindicato Argentino de Músicos -S.A.D.E.M.- y, de Radio Nacional "La Folklórica",
siendo su organizadora y promotora; la Academia de Folklore de la República
Argentina.
Participarán delegados de todas las
regiones del país y también -ya confirmados- de las hermanas República Oriental del
Uruguay, República de Bolivia, República de Chile, República del Perú, Estados Unidos
de México, República de Cuba y del Reino de España. Se espera que participen
delegados de otros países que han sido invitados en igual sentido.
Durante el II Congreso Nacional de
FOLKLORE se darán a conocer los ganadores del III Certámen Nacional de
Canciones de Raíz Folklórica y del I Certámen de Ensayos Folklóricos; organizados
por la mencionada Academia.
Por todo lo expuesto y sabiendas del
merecido apoyo que debemos generar desde este ámbito a tan auspicioso evento
que hace a nuestro sentir argentino y latinoamericano es que, solicitamos el
acompañamiento de los señores/as diputados/as miembros de este Honorable Cuerpo
a los efectos de lograr la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ABDALA DE MATARAZZO, NORMA AMANDA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
CHIENO, MARIA ELENA PETRONA | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PASTORIZA, MIRTA AMELIANA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
RUIZ, AIDA DELIA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
OLIVA, CRISTIAN RODOLFO | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
BRUE, DANIEL AGUSTIN | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
NAVARRO, GRACIELA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
HERRERA, JOSE ALBERTO | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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CULTURA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/07/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara como Proyecto de Resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0566/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1710-D-2012, 2077-D-2012, 2208-D-2012, 2437-D-2012, 2574-D-2012, 3165-D-2012 y 3537-D-2012 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 19/2012 | 16/07/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 22/08/2012 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1710-D-2012, 2077-D-2012, 2208-D-2012, 2437-D-2012, 2574-D-2012, 3165-D-2012 y 3537-D-2012 | APROBADO |