PROYECTO DE TP
Expediente 2435-D-2007
Sumario: PROMOCION DEL PERSONAL DE FUERZAS DE SEGURIDAD, LEY 20774: INCLUSION DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA DENTRO DE LOS ALCANCES DEL ARTICULO 1.
Fecha: 23/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación del artículo 1° de
la Ley N° 20.774.
Art. 1°: Inclúyese en lo
dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 20.774 a la Policía de Seguridad
Aeroportuaria, con vigencia a partir del 1° de enero del año siguiente a la
sanción de la presente.
Art. 2°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través de la Ley N° 20.774 publica el 16
de octubre de 1974 se promueve a dos grados jerárquicos más, en situación de retiro,
al personal de las fuerzas de seguridad de la Nación -Policía Federal, ex Policía de la
Capital, Servicio Penitenciario Federal, ex Cuerpo de Guardiacárceles, Policía del
Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida Argentina e Islas del Atlántico Sur, y
ex Policía de los Territorios Nacionales- incapacitado en forma permanente, total o
parcialmente, en y por acto de servicio, en el caso que deba acogerse o se haya
acogido a los beneficios de la Ley 16.443, sin otra exigencia y con los derechos que ella
determina. Asimismo, se otorgará igual promoción para el otorgamiento de pensión, en
los casos de fallecimiento del causante en y por actos de servicio (art. 1° Ley 20.
774).
De lo expuesto surge que, el personal las
fuerzas de seguridad denominadas, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval
Argentina, así como también la nueva Policía de Seguridad Aeroportuaria, no se
encuentran comprendidos en la citada norma.
Tal situación crea una desigualdad entre
el personal de las fuerzas de seguridad enumeradas en el art. 1° de la Ley 20.774 y el
personal de las demás fuerzas de seguridad.
Que dicha situación de desigualdad hace
necesario la equiparación del personal de Gendarmería Nacional, Prefectura Naval
Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria, en tanto las mismas resultan ser
fuerzas de seguridad de la Nación con dependencia directa del Ministerio del Interior de
la República Argentina.
Ahora bien, en fecha 26 de abril de 2007,
por intermedio del Expediente 045-S-07 (CD-0059/07) (PP=07), se ha presentado un
proyecto de Ley en el Senado de la Nación por medio del cual se modifica el art. 1° de
la Ley 20.774 incluyendo a la Gendarmería Nacional y a la Prefectura Naval Argentina a
fin que su personal reciba la promoción de dos grados establecida por el cuerpo
normativo.
Que por Ley Nacional N° 26.102 se
estableció el resguardo por el Estado Nacional, a través de las instituciones públicas y
organismos de carácter policial, de la seguridad, regulación y/o supervisión de la
Seguridad Aeroportuaria; estableciéndose las bases jurídicas, orgánicas y funcionales
del Sistema de Seguridad Aeroportuaria, comprendiéndose como tales a las acciones
tendientes a resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito jurisdiccional
aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos e
infracciones que no estén previstos en el Código Aeronáutico. Así, el Ministerio del
Interior es el responsable de la elaboración, formulación, implementación y evaluación
de las políticas y las estrategias de seguridad aeroportuaria, además de la dirección
superior y la administración general de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Ahora bien, que se ha omitido a la Policía
de Seguridad Aeroportuaria en las previsiones de la Ley N° 20.774 es que se la
incorpora con fundamento a la necesidad de equiparar el beneficio de promoción al
personal de todas y cada una de las Fuerzas de Seguridad.
Por las razones expuestas, solicito el apoyo
de los señores diputados al presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ITURRIETA, MIGUEL ANGEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BIANCO, LIA FABIOLA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
SEGURIDAD INTERIOR |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0037-D-09 |