PROYECTO DE TP
Expediente 2429-D-2008
Sumario: REGIMEN DE PROMOCION PARA LA PRODUCCION DE TARTAGO DESTINADO A LA FABRICACION DE BIOCOMBUSTIBLE: VIGENCIA DE 15 AÑOS, CREACION DEL REGISTRO DE PRODUCTORES DE TARTAGO.
Fecha: 20/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
El Senado y Cámara de Diputados...
Régimen de Promoción para la
Producción de Tártago destinado a la fabricación de Biocombustible.
Articulo 1°: Crease el Régimen de
Promoción para la Producción de Tártago destinado a la fabricación de
Biocombustibles en el territorio Nacional.
Articulo 2°: El régimen creado por la
presente ley tendrá una vigencia de quince (15) años a partir de su
aprobación.
Articulo 3°: Crease en jurisdicción de
la Secretaria de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación un Registro Nacional
de Productores de Tártago, el que será la Autoridad de Aplicación del presente
régimen.
Articulo 4°: La Autoridad de
Aplicación establecerá los requisitos de inscripción y la forma de individualización
de productores.
La inscripción será obligatoria a fin de
acogerse a los beneficios otorgados por la presente ley.
Articulo 5°: Los establecimientos
agropecuarios con plantaciones de tártago destinados exclusivamente a la
elaboración de biocombustible, sean propiedad de personas físicas domiciliadas en
la República Argentina o de personas jurídicas constituidas en ella como
sociedades comerciales, privadas, públicas o mixtas, o cooperativas, que estén
inscriptos en el registro establecido en el artículo 3º de la presente ley, y, sin
perjuicio de lo previsto en la ley 26.093 (Régimen de Regulación y Promoción para
la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles), gozarán de los siguientes
beneficios:
a) Cómputo de un treinta por ciento
(30%) de los gastos de producción, como pago a cuenta de lo que se consigne en
la legislación vigente como Impuesto a las Ganancias.
b) Cómputo de un cincuenta por
ciento (50%) de las ganancias imponibles por la comercialización, como pago a
cuenta de lo que se consigne en la legislación vigente como Impuesto a las
Ganancias.
Articulo 6°: Facúltese a la Secretaria
de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación a crear los programas que estime
pertinente a fin de promocionar el cultivo del Tártago para la elaboración de
Biocombustibles.
Articulo 7°: A fin de acogerse a lo
dispuesto en el articulo 5 de la presente ley, las plantas productoras de
Biocombustibles deberán estar habilitadas según lo establecido en la Ley 26.093.
(Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de
Biocombustibles.)
Articulo 8°: El incumplimiento de lo
previsto en la presente ley y de las disposiciones y resoluciones de la Autoridad de
Aplicación, dará lugar a la aplicación por parte de ésta de las sanciones que se
detallan a continuación:
a) Pago de los tributos no ingresados,
con más los intereses, multas y/o recargos que establezca la Administración
Federal de Ingresos Públicos;
b) Inhabilitación para inscribirse
nuevamente en el registro de beneficiarios, establecido en el artículo 3°.
Articulo 9°: Invitase a las Legislaturas
Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que adhieran al presente
régimen sancionando leyes dentro de su jurisdicción que tengan un objeto
principal similar al de la presente ley.
Articulo 10°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde que en febrero de este año el
Poder Ejecutivo firmó el decreto que reglamenta la Ley de Biocombustibles N°
26.093 que promueve el desarrollo de biodiesel, bioetanol y biogas, estableciendo
que a partir del 2010 los combustibles fósiles que provienen del gas y petróleo
deben estar compuestos en un 5% por combustibles ecológicos por ello, tenemos
que empezar a pensar en futuro a fin de promocionar actividades que sean
exitosas y no comprometan el abastecimiento de alimento para la población, ya
que los aceites que pueden ser utilizados como materia prima para producir
biodiesel, son de girasol, de soja y en general, los comestibles, que en nuestro país
son las actividades más difundidas.
Es teniendo en miras esto, que vengo
a proponer un Régimen de Promoción para la Producción de Tártago, atento a que
este cultivo energético es una opción a los cultivos tradicionales del sector agrario,
resaltando lo principal, el Tártago no es comestible, además permite su
implantación en zonas denominadas marginales o de bajo rinde, debido a que esta
forma de cultivo es rentable, mediante los incentivos propuestos, a partir de las 4
hectáreas, lo que permite un desarrollo sustentable para los pequeños
productores.
Partiendo de la base que los cultivos
oleaginosos son empleados para la producción de aceites, los cuales pueden ser
transformables en biodiesel, y si bien las especies más utilizadas para la
producción de aceite son la soja, el girasol y la colza, esto no impide la utilización
de otras especies como por ejemplo el tártago (especie no alimenticia) cuyo tenor
de aceite en su semilla esta en el orden del 48% y la productividad media es de
1500 kg/ha, todo esto merece que se lo considere a fin de diagramar políticas de
promoción pensando en futuro.
El presente proyecto se basa en una
propuesta a fin de promocionar la utilización de cultivos no alimentarios, ya que
hay que formularse algunas preguntas que no siempre tienen soluciones fáciles o
compartidas, atento a que según la SAGPyA el consumo proyectado de gasoil para
el año 2010 alcanzaría los 13.800 millones de litros; y con la implementación del
5% del uso obligatorio de biodiesel, la cantidad necesaria para la cota sería 685
millones de litros de biodiesel.
Teniendo en cuenta que cada litro de
biodiesel tiene un peso de 0,876 kilos, con lo cual, los 685 millones de litro son
equivalente a 600 mil toneladas, inmediatamente surge la pregunta si el país
puede abastecer el cupo o si tendrá que importar biodiesel, atento a que Argentina
tiene una capacidad instalada de 430 mil toneladas de biodiesel, y la inversión en
el sector ha crecido en el presente año, pero para este crecimiento se utilizaran
cultivos que son alimentarios, ya sea para el ser humano o para incrementar el
valor agregado de la producción carnica.
Es por ello que es necesario que los
agricultores conozcan como una alternativa de desarrollo del sector, el cultivo de la
planta de tártaro y su gran potencialidad en la utilización como materia prima para
la elaboración de biodiesel, ya que tomando en cuanta el proceso completo de
molienda más proceso químico, los litros de biodiesel que se obtienen por
hectárea, comparándolo con los más difundidos en nuestro país, nos da las
siguientes cantidades: el Tartago (Ricinus communis) 1320 litros/ha, la Soja
(Glicine max) 420 litros/ha, el Girasol (Helianthus annuus) 890 litros/ha, y la Colza
(Brassica napus) 1100 litros/ha.
El cultivo del tártaro, salvo en algunas
regiones puntuales, no esta difundido, creciendo en muchos campos en forma
natural. El tártago es una planta herbácea perteneciente a la familia de las
euforbiáceas; el principal producto del tártago es el aceite, también llamado aceite
de ricino o "castor oil" en ingles. Es una importante materia prima para la industria
química utilizada en la composición de numerosos productos como pinturas,
barnices, cosméticos, lubricantes, plásticos, etc. La lista de productos obtenidos a
partir del aceite de tártago es muy extensa, contando con más de 400
subproductos, sin embargo en nuestro país no esta difundido su cultivo.
El período de siembra del tártago va
de fines de septiembre, todo octubre y noviembre hasta mediados de diciembre,
después del cual el rendimiento ya decae.
El arreglo espacial determinado para
la siembra es de 3 a 4 metros entre hileras (25 a 33 liños), y entre plantas se
recomienda que estén a 1 metro si el suelo es pobre; de 1,5 a 2 metros, si el suelo
es medianamente fértil (o sea, 100 ó 66 ó 50 plantas por liño). Da así una
densidad de entre 1.250 y 3.300 plantas/hectárea. Con esta distribución es posible
cosechar entre 1.200 y 2.000 kilos/hectárea o más por hectárea. Su razón es la
densidad de su implantación, pudiéndose asociar otros cultivos en las melgas,
como el maní, mandioca, maíz, poroto, mbocayá, entre otros.
El aceite de tártago posee
características químicas que lo califican como el único de su naturaleza. Está
compuesto casi exclusivamente (90%) de un único ácido graso (ácido ricinoleico)
que contiene un radical hidroxilo que lo hace soluble en alcohol a baja
temperatura, es muy viscoso y con propiedades físicas especiales.
Es soluble en alcohol en un 100 % y
no exige calor para su transformación en combustible, por ello es materia prima de
calidad para producir biodiesel. El índice de yodo del biocombustible obtenido a
partir de este aceite, está en el orden de 90, por eso supera ampliamente las
exigencias de Europa en tanto el valor que se obtiene al utilizar aceite de soja, del
orden de 135.
El tártago es mejor que otros
productos para la fabricación de biocombustibles, ya que el contenido de aceite de
la semilla del tártago es de entre 47 y 49%, y su rendimiento industrial es de 40 a
43% de aceite crudo, y de unos 50 a 55% de expeler que se emplea como
excelente abono orgánico. Sumado esto que es una planta no comestible que
llegado el momento no perjudicará la provisión interna de alimentos.
En la actualidad el tártago es una
planta que ha demostrado sus ventajas ecológicas para la obtención del aceite de
ricino, producto óptimo para la producción de biodiesel. El tártago presenta varias
ventajas, es uno de los mejores recuperadores del suelo -a diferencia de la soja-
por lo que la alternancia con los cultivos tradicionales dejaría la tierra en mejores
condiciones para seguir trabajando el resto del año. En la rotación de cultivos, es
recomendable asociarlo con maíz, poroto y maní. Su semilla es utilizada
únicamente para producir aceite de ricino que se destina a fines energéticos como
biocombustible y como oleoquímico en la industria petroquímica. Otra ventaja
ambiental es que es un repelente natural para los insectos, sólo demanda la
limpieza de otras malezas antes de sembrar para mejorar su productividad en
semillas. Como combustible es 100% biodegradable, en menos de 21 días,
desaparece toda traza de el en la tierra. Su toxicidad es inferior a la de la sal
común de mesa.
Es un excelente recuperador del suelo
ya que las raíces de las plantas de tártago, son muy profundas, llegando hasta los
tres metros, esto hace que humedad y nutrientes de zonas profundas sean
aprovechadas por la planta y llevadas a la parte aérea de la misma. Al caer sus
hojas, o al cumplir su ciclo productivo, toda la planta es echada al suelo, y de esta
manera, los nutrientes acumulados en la misma, vuelven a la tierra, en los estratos
superiores. Se puede decir que se nutre el suelo superficial a costa del
profundo.
Mediante la sanción de la Ley N°
26.093 nuestro país ingresa al mundo del biodiesel, su promoción tene en miras
para el futuro el medio ambiente, ya que esta demostrado que el biodiesel reduce
la contaminación, y mediante su empleo las emisiones netas de dióxido de carbono
(CO2) y de dióxido sulfuroso (SO2) se reducen un 100 %. La emisión de hollín se
reduce un 40-60%, y las de hidrocarburos (HC) un 10-50 %. La emisión de
monóxido de carbono (CO) se reduce un 10-50%. Se reduce igualmente la emisión
de hidrocarburos policíclicos aromáticos (PAHs), y en particular de los siguientes
derivados, de comprobada acción cancerígena: Fenantrén - 97%; Benzoflúorantren
- 56%; Benzopirenos - 71%.
Pero debemos ser concientes que al
promocionar el empleo de algo tenemos que mirar al bosque en su conjunto, y
dentro de ese bosque no solo se encuentra el medio ambiente, sino que también
se encuentra la provisión futura de alimentos y la transformación en futura reserva
mundial de biocombustibles, y es teniendo en cuenta la producción de
biocombustibles mediante recursos vegetales no comestibles, cultivados en suelos
no aptos o de bajo rinde para la producción de alimentos, se puede contribuir a
incrementar la disponibilidad de energías renovables.
Es teniendo en cuenta todo esto, que
se propone iniciar un recorrido de promociones de cultivos no difundidos y que no
sean alimentarios a fin de obtener biocombustibles; para que Argentina, algún día,
autoabasteciéndose y exportando biocombustibles que no colisionen con el
abastecimiento interno de alimentos, produzca un ruido de rotas cadenas, que con
el esfuerzo de todos sabremos conseguir.
Es por los motivos expuestos, y
teniendo como única meta el futuro común de todos, que solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DIEZ, MARIA INES | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
TORFE, MONICA LILIANA | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 21/05/2008 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 11/06/2008 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 05/08/2009 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 04/11/2009 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 11/11/2009 |