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PROYECTO DE TP


Expediente 2429-D-2008
Sumario: REGIMEN DE PROMOCION PARA LA PRODUCCION DE TARTAGO DESTINADO A LA FABRICACION DE BIOCOMBUSTIBLE: VIGENCIA DE 15 AÑOS, CREACION DEL REGISTRO DE PRODUCTORES DE TARTAGO.
Fecha: 20/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Régimen de Promoción para la Producción de Tártago destinado a la fabricación de Biocombustible.
Articulo 1°: Crease el Régimen de Promoción para la Producción de Tártago destinado a la fabricación de Biocombustibles en el territorio Nacional.
Articulo 2°: El régimen creado por la presente ley tendrá una vigencia de quince (15) años a partir de su aprobación.
Articulo 3°: Crease en jurisdicción de la Secretaria de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación un Registro Nacional de Productores de Tártago, el que será la Autoridad de Aplicación del presente régimen.
Articulo 4°: La Autoridad de Aplicación establecerá los requisitos de inscripción y la forma de individualización de productores.
La inscripción será obligatoria a fin de acogerse a los beneficios otorgados por la presente ley.
Articulo 5°: Los establecimientos agropecuarios con plantaciones de tártago destinados exclusivamente a la elaboración de biocombustible, sean propiedad de personas físicas domiciliadas en la República Argentina o de personas jurídicas constituidas en ella como sociedades comerciales, privadas, públicas o mixtas, o cooperativas, que estén inscriptos en el registro establecido en el artículo 3º de la presente ley, y, sin perjuicio de lo previsto en la ley 26.093 (Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles), gozarán de los siguientes beneficios:
a) Cómputo de un treinta por ciento (30%) de los gastos de producción, como pago a cuenta de lo que se consigne en la legislación vigente como Impuesto a las Ganancias.
b) Cómputo de un cincuenta por ciento (50%) de las ganancias imponibles por la comercialización, como pago a cuenta de lo que se consigne en la legislación vigente como Impuesto a las Ganancias.
Articulo 6°: Facúltese a la Secretaria de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación a crear los programas que estime pertinente a fin de promocionar el cultivo del Tártago para la elaboración de Biocombustibles.
Articulo 7°: A fin de acogerse a lo dispuesto en el articulo 5 de la presente ley, las plantas productoras de Biocombustibles deberán estar habilitadas según lo establecido en la Ley 26.093. (Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles.)
Articulo 8°: El incumplimiento de lo previsto en la presente ley y de las disposiciones y resoluciones de la Autoridad de Aplicación, dará lugar a la aplicación por parte de ésta de las sanciones que se detallan a continuación:
a) Pago de los tributos no ingresados, con más los intereses, multas y/o recargos que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos;
b) Inhabilitación para inscribirse nuevamente en el registro de beneficiarios, establecido en el artículo 3°.
Articulo 9°: Invitase a las Legislaturas Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que adhieran al presente régimen sancionando leyes dentro de su jurisdicción que tengan un objeto principal similar al de la presente ley.
Articulo 10°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde que en febrero de este año el Poder Ejecutivo firmó el decreto que reglamenta la Ley de Biocombustibles N° 26.093 que promueve el desarrollo de biodiesel, bioetanol y biogas, estableciendo que a partir del 2010 los combustibles fósiles que provienen del gas y petróleo deben estar compuestos en un 5% por combustibles ecológicos por ello, tenemos que empezar a pensar en futuro a fin de promocionar actividades que sean exitosas y no comprometan el abastecimiento de alimento para la población, ya que los aceites que pueden ser utilizados como materia prima para producir biodiesel, son de girasol, de soja y en general, los comestibles, que en nuestro país son las actividades más difundidas.
Es teniendo en miras esto, que vengo a proponer un Régimen de Promoción para la Producción de Tártago, atento a que este cultivo energético es una opción a los cultivos tradicionales del sector agrario, resaltando lo principal, el Tártago no es comestible, además permite su implantación en zonas denominadas marginales o de bajo rinde, debido a que esta forma de cultivo es rentable, mediante los incentivos propuestos, a partir de las 4 hectáreas, lo que permite un desarrollo sustentable para los pequeños productores.
Partiendo de la base que los cultivos oleaginosos son empleados para la producción de aceites, los cuales pueden ser transformables en biodiesel, y si bien las especies más utilizadas para la producción de aceite son la soja, el girasol y la colza, esto no impide la utilización de otras especies como por ejemplo el tártago (especie no alimenticia) cuyo tenor de aceite en su semilla esta en el orden del 48% y la productividad media es de 1500 kg/ha, todo esto merece que se lo considere a fin de diagramar políticas de promoción pensando en futuro.
El presente proyecto se basa en una propuesta a fin de promocionar la utilización de cultivos no alimentarios, ya que hay que formularse algunas preguntas que no siempre tienen soluciones fáciles o compartidas, atento a que según la SAGPyA el consumo proyectado de gasoil para el año 2010 alcanzaría los 13.800 millones de litros; y con la implementación del 5% del uso obligatorio de biodiesel, la cantidad necesaria para la cota sería 685 millones de litros de biodiesel.
Teniendo en cuenta que cada litro de biodiesel tiene un peso de 0,876 kilos, con lo cual, los 685 millones de litro son equivalente a 600 mil toneladas, inmediatamente surge la pregunta si el país puede abastecer el cupo o si tendrá que importar biodiesel, atento a que Argentina tiene una capacidad instalada de 430 mil toneladas de biodiesel, y la inversión en el sector ha crecido en el presente año, pero para este crecimiento se utilizaran cultivos que son alimentarios, ya sea para el ser humano o para incrementar el valor agregado de la producción carnica.
Es por ello que es necesario que los agricultores conozcan como una alternativa de desarrollo del sector, el cultivo de la planta de tártaro y su gran potencialidad en la utilización como materia prima para la elaboración de biodiesel, ya que tomando en cuanta el proceso completo de molienda más proceso químico, los litros de biodiesel que se obtienen por hectárea, comparándolo con los más difundidos en nuestro país, nos da las siguientes cantidades: el Tartago (Ricinus communis) 1320 litros/ha, la Soja (Glicine max) 420 litros/ha, el Girasol (Helianthus annuus) 890 litros/ha, y la Colza (Brassica napus) 1100 litros/ha.
El cultivo del tártaro, salvo en algunas regiones puntuales, no esta difundido, creciendo en muchos campos en forma natural. El tártago es una planta herbácea perteneciente a la familia de las euforbiáceas; el principal producto del tártago es el aceite, también llamado aceite de ricino o "castor oil" en ingles. Es una importante materia prima para la industria química utilizada en la composición de numerosos productos como pinturas, barnices, cosméticos, lubricantes, plásticos, etc. La lista de productos obtenidos a partir del aceite de tártago es muy extensa, contando con más de 400 subproductos, sin embargo en nuestro país no esta difundido su cultivo.
El período de siembra del tártago va de fines de septiembre, todo octubre y noviembre hasta mediados de diciembre, después del cual el rendimiento ya decae.
El arreglo espacial determinado para la siembra es de 3 a 4 metros entre hileras (25 a 33 liños), y entre plantas se recomienda que estén a 1 metro si el suelo es pobre; de 1,5 a 2 metros, si el suelo es medianamente fértil (o sea, 100 ó 66 ó 50 plantas por liño). Da así una densidad de entre 1.250 y 3.300 plantas/hectárea. Con esta distribución es posible cosechar entre 1.200 y 2.000 kilos/hectárea o más por hectárea. Su razón es la densidad de su implantación, pudiéndose asociar otros cultivos en las melgas, como el maní, mandioca, maíz, poroto, mbocayá, entre otros.
El aceite de tártago posee características químicas que lo califican como el único de su naturaleza. Está compuesto casi exclusivamente (90%) de un único ácido graso (ácido ricinoleico) que contiene un radical hidroxilo que lo hace soluble en alcohol a baja temperatura, es muy viscoso y con propiedades físicas especiales.
Es soluble en alcohol en un 100 % y no exige calor para su transformación en combustible, por ello es materia prima de calidad para producir biodiesel. El índice de yodo del biocombustible obtenido a partir de este aceite, está en el orden de 90, por eso supera ampliamente las exigencias de Europa en tanto el valor que se obtiene al utilizar aceite de soja, del orden de 135.
El tártago es mejor que otros productos para la fabricación de biocombustibles, ya que el contenido de aceite de la semilla del tártago es de entre 47 y 49%, y su rendimiento industrial es de 40 a 43% de aceite crudo, y de unos 50 a 55% de expeler que se emplea como excelente abono orgánico. Sumado esto que es una planta no comestible que llegado el momento no perjudicará la provisión interna de alimentos.
En la actualidad el tártago es una planta que ha demostrado sus ventajas ecológicas para la obtención del aceite de ricino, producto óptimo para la producción de biodiesel. El tártago presenta varias ventajas, es uno de los mejores recuperadores del suelo -a diferencia de la soja- por lo que la alternancia con los cultivos tradicionales dejaría la tierra en mejores condiciones para seguir trabajando el resto del año. En la rotación de cultivos, es recomendable asociarlo con maíz, poroto y maní. Su semilla es utilizada únicamente para producir aceite de ricino que se destina a fines energéticos como biocombustible y como oleoquímico en la industria petroquímica. Otra ventaja ambiental es que es un repelente natural para los insectos, sólo demanda la limpieza de otras malezas antes de sembrar para mejorar su productividad en semillas. Como combustible es 100% biodegradable, en menos de 21 días, desaparece toda traza de el en la tierra. Su toxicidad es inferior a la de la sal común de mesa.
Es un excelente recuperador del suelo ya que las raíces de las plantas de tártago, son muy profundas, llegando hasta los tres metros, esto hace que humedad y nutrientes de zonas profundas sean aprovechadas por la planta y llevadas a la parte aérea de la misma. Al caer sus hojas, o al cumplir su ciclo productivo, toda la planta es echada al suelo, y de esta manera, los nutrientes acumulados en la misma, vuelven a la tierra, en los estratos superiores. Se puede decir que se nutre el suelo superficial a costa del profundo.
Mediante la sanción de la Ley N° 26.093 nuestro país ingresa al mundo del biodiesel, su promoción tene en miras para el futuro el medio ambiente, ya que esta demostrado que el biodiesel reduce la contaminación, y mediante su empleo las emisiones netas de dióxido de carbono (CO2) y de dióxido sulfuroso (SO2) se reducen un 100 %. La emisión de hollín se reduce un 40-60%, y las de hidrocarburos (HC) un 10-50 %. La emisión de monóxido de carbono (CO) se reduce un 10-50%. Se reduce igualmente la emisión de hidrocarburos policíclicos aromáticos (PAHs), y en particular de los siguientes derivados, de comprobada acción cancerígena: Fenantrén - 97%; Benzoflúorantren - 56%; Benzopirenos - 71%.
Pero debemos ser concientes que al promocionar el empleo de algo tenemos que mirar al bosque en su conjunto, y dentro de ese bosque no solo se encuentra el medio ambiente, sino que también se encuentra la provisión futura de alimentos y la transformación en futura reserva mundial de biocombustibles, y es teniendo en cuenta la producción de biocombustibles mediante recursos vegetales no comestibles, cultivados en suelos no aptos o de bajo rinde para la producción de alimentos, se puede contribuir a incrementar la disponibilidad de energías renovables.
Es teniendo en cuenta todo esto, que se propone iniciar un recorrido de promociones de cultivos no difundidos y que no sean alimentarios a fin de obtener biocombustibles; para que Argentina, algún día, autoabasteciéndose y exportando biocombustibles que no colisionen con el abastecimiento interno de alimentos, produzca un ruido de rotas cadenas, que con el esfuerzo de todos sabremos conseguir.
Es por los motivos expuestos, y teniendo como única meta el futuro común de todos, que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DIEZ, MARIA INES SALTA RENOVADOR DE SALTA
TORFE, MONICA LILIANA SALTA RENOVADOR DE SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 21/05/2008
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 11/06/2008
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 05/08/2009
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 04/11/2009
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 11/11/2009