PROYECTO DE TP
Expediente 2416-D-2010
Sumario: SE DECLARA A LOS TERRITORIOS DE LAS PROVINCIAS QUE SE UBIQUEN AL NORTE DEL PARALELO 30, DE LATITUD SUR, SUB TROPICO DE CAPRICORNIO, SURCADOS POR LOS RIOS PARAGUAY, PARANA, URUGUAY E IGUAZU, LIBRES DE LA CONSTRUCCION DE NUEVOS MEGAEMPRENDIMIENTOS HIDROENERGETICOS.
Fecha: 21/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1° Decláranse los
territorios de las provincias argentinas ubicadas al norte del paralelo 30° de latitud
Sur, Sub Trópico de Capricornio, surcados por los ríos Paraguay, Paraná,
Uruguay e Iguazú y sus tributarios, por su condición de colectores del Río de la
Plata, libres de la construcción de nuevos mega emprendimientos
hidroenergéticos.
Artículo 2° Establécese en forma
taxativa que, fuera de la zona de exclusión determinada en el artículo 1° de la
presente ley, el Estado Nacional no podrá iniciar estudios, evaluaciones, proyectos
económicos, sociales y/o ambientales para el emplazamiento de represas
hidroenergéticas que involucren territorios y recursos naturales provinciales sin la
previa y expresa conformidad de las provincias que resulten involucradas, la que
debe formalizarse a través de las autoridades correspondientes y respetando los
procedimientos establecidos en sus propias Constituciones y en la legislación
nacional e internacional vigente.
Artículo 3° La promulgación de esta
ley deja sin efecto toda negociación, acuerdo, preacuerdo provincial, nacional y/o
internacional existente referido a la construcción de nuevas mega represas
hidroenergéticas en la zona específicamente descripta en el artículo 1° de la
presente ley y que no posean a la fecha de sanción de la misma, la taxativa
aprobación formalizada conforme a la Constitución y la legislación vigente de las
autoridades provinciales de los estados involucrados y de ambas Cámaras del
Congreso de la Nación, por mayoría absoluta de votos de la totalidad de sus
integrantes.
Artículo 4° Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Presente proyecto de ley tiene por
objeto dejar plasmado en claros artículos, en primer lugar: la defensa del
federalismo argentino y del dominio originario que le pertenece a las provincias
sobre sus recursos naturales, en este caso específico, en materia hidroenergética;
en segundo lugar, pretende asegurar definitivamente, la sustentabilidad de los
caudales de los ríos Paraná, Uruguay, Iguazú y de la Plata, sus afluentes y
tributarios, que se encuentran hoy en constante pérdida de volúmenes de agua
por la merma de las precipitaciones y retenciones sufridas, como asimismo, la
preservación de lo que queda del escenario natural y en tercer lugar, proteger
definitivamente, la salud y calidad de vida de los habitantes de nuestra región
mesopotámica y del litoral fluvial, seriamente amenazadas por la erección de
represas en ríos de llanura de zonas tropicales y subtropicales .-
Todo ello, fundado específicamente en
los derechos, deberes y facultades dispuestos por los artículos 1°, 5°, 41 y 124 de
la Constitución Nacional, Ley General del Ambiente 25.675 (arts. 1, 2, 3 y 4
especialmente referidos a los principios de prevención, de precaución y de
sustentabilidad), Ley de Información Ambiental (arts. 3, 4, 7 y concordantes),
Convenios y Tratados Internacionales suscriptos por la República Argentina en
defensa de los derechos humanos y del medio ambiente como asimismo en las
facultades propias y reservadas por las provincias en sus respectivas
constituciones y legislación local.
DEFENSA DEL FEDERALISMO:
Respecto al primer punto, dable es destacar que, lamentablemente existe en
nuestro país una larga práctica institucional traducida en conductas lesivas a las
competencias provinciales en la materia.
Muy claras son las prescripciones de la
Cláusula Federal del art. 28 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos por ejemplo, conocida como Pacto de San José de Costa Rica que
suscribiera la República y receptara luego en el cuerpo constitucional 1994 y que
aquí no se respetan.
Dice la Cláusula Federal (art.28):
"1. Cuando se
trate de un Estado parte constituido como Estado Federal, el gobierno nacional de
dicho Estado parte cumplirá todas las disposiciones de la presente Convención
relacionadas con las materias sobre las que ejerce jurisdicción legislativa y judicial.
2. Con respecto a
las disposiciones relativas a las materias que corresponden a la jurisdicción de las
entidades componentes de la federación, el gobierno nacional debe tomar de
inmediato las medidas pertinentes, conforme a su constitución y sus leyes, a fin de
que las autoridades competentes de dichas entidades puedan adoptar las
disposiciones del caso para el cumplimiento de esta Convención.
3. Cuando dos o
más Estados Partes acuerden integrar entre sí una federación u otra clase de
asociación, cuidarán de que el pacto comunitario correspondiente contenga las
disposiciones necesarias para que continúen haciéndose efectivas en el nuevo
Estado así organizado, las normas de la presente Convención".
Sin embargo, preciso es reconocer
que, en nuestro país, inconsultamente las autoridades nacionales, arrogándose
funciones que no le son propias, afectan derechos que nunca le han sido
delegados por las provincias, ni en los albores de nuestra constitución como
Nación y, muy por el contrario, le han sido expresamente vedados por el art. 124
cuando se reformara la Constitución Nacional el año 1994.
En efecto, dice esta
norma constitucional: "Corresponde a las provincias el dominio originario de los
recursos naturales existentes en su territorio" (124 C.N.)
Por su parte el art. 58 de
la Constitución Provincial misionera expresa: "La provincia tiene la plenitud del
dominio, imprescriptible e inalienable, sobre las fuentes naturales de energía
existentes en el territorio. Es facultad de la Provincia realizar por sí o convenir con
la Nación o con otras provincias su exploración, cateo y extracción, así como su
explotación, industrialización, distribución y comercialización, fijando de común
acuerdo el monto de la regalía o contribución a percibir." O la nueva Constitución
de Corrientes por ejemplo cuando dice: "La Nación no puede disponer de los
recursos naturales de la Provincia sin acuerdo previo instrumentado mediante
leyes convenio que contemplen...."
Por su parte, la
Provincia de Entre Ríos ya en el año 1997 sancionó la Ley 9092 anti represas
conocida también como de Ríos Libres o de Libertad de los Ríos. La misma en su
artículo primero impone: "Artículo 1º -Declárase a la Provincia de Entre Ríos libre
de nuevas obras de represamiento sobre los ríos Paraná y Uruguay, concordante
con las facultades dispuestas en los artículos: 1º, 5º, 41º y 124º de la Constitución
Nacional.
Artículo 2º -Decláranse
a los ríos Paraná, Uruguay y demás cursos de aguas de la Provincia de Entre
Ríos, bienes de la naturaleza y recursos naturales de especial interés para su
cuidado, conservación y aprovechamiento sostenible, en particular en lo referido a
la calidad de aguas, cantidad, distribución y uso jerarquizado, así como al sustento
de la biodiversidad.
Artículo 3º -Decláranse
de interés provincial todos los proyectos de conservación y recuperación de
suelos, bosques, vegetación y fauna, especialmente nativas, en riberas, barrancas
y zonas aledañas a ríos, lagos, arroyos e islas.
Artículo 4º -Todo
estudio, evaluación, proyecto económico, social y ambiental sobre el desarrollo
regional integrado y sostenible a ejecutarse en el territorio de la Provincia, con
incidencia en los ríos indicados en el artículo 1º y sus recursos naturales, es
atribución exclusiva de la Provincia de Entre Ríos, en cuanto a su planificación y
desarrollo.
Si para la ejecución de
lo expresado en el párrafo anterior es necesario la intervención de otros Estados
Provinciales y/o el Estado Nacional, los convenios interjurisdiccionales a
suscribirse se harán ad-referéndum del Poder Legislativo Provincial."
Sin embargo, pese a las claras
prescripciones legales y constitucionales enunciadas, de estas tres (3) provincias,
para dar solo un ejemplo, el inadecuado manejo de atribuciones por parte de la
Nación, produjo muchas veces un vaciamiento del dominio provincial sobre los
recursos naturales, errores que, a través de este proyecto de ley pretendemos no
se vuelvan a producir nunca más.-
Ningún organismo nacional, binacional
o internacional puede entonces, decidir sobre los recursos naturales que son de
dominio originario de una o varias provincias, sin el consentimiento orgánico e
institucional de las mismas.
Las provincias como dueñas de esos
recursos, deben necesariamente ser parte en la toma de todas las decisiones
desde el principio de cualquier secuencia que se dispare, como ocurre por
ejemplo, en las licitaciones con estudios de prefactibilidad para el
aprovechamiento de un río internacional, como sería el caso del Paraná o el
Uruguay o el Iguazú o el Paraguay.
En las provincias hay pueblos,
personas, territorios, realidades concretas que deben ser reconocidas y
respetadas y ningún acuerdo internacional, ni proceso de integración pueden
asumir las autoridades dejando en letra muerta la garantía federal de la
intangibilidad de nuestros territorios provinciales.-
En la Provincia de Misiones, en este
tema, tenemos una largo camino recorrido: No hace mucho, sólo 14 años, los
misioneros dijeron no a la construcción de la represa binacional "Corpus Christi",
cualquiera fuera el lugar de su emplazamiento sobre el río Paraná.
Elevadas razones de Estado y
prudencia política exigían de los gobernantes de entonces, consultar a la
población sobre la conveniencia o no de levantar este muro de contención en el
curso del río Paraná.
Y así lo hicieron.-por unanimidad y "de
pie", aprobaron los 40 diputados que componían la Cámara de Representantes de
entonces, la Ley 3220, que resolvía convocar a consulta popular, obligatoria y
vinculante al pueblo de Misiones.-
Esta consulta, como corresponde, fue
ratificada por Ley 3294, y promulgada por decreto de quien propone hoy propone
esta ley, cuando desempeñara el cargo de Gobernador de la Provincia de
Misiones. Lamentablemente, las actuales autoridades de la provincia en ejercicio,
pretenden hoy, desconocer que el 14 de abril de 1996, el pueblo se expidió
categóricamente. De cada diez misioneros que fueron a las urnas, nueve le
dijeron un NO rotundo a la erección de esta megaobra hidroeléctrica.
Con esta contundente negativa del
88,63% del electorado, Corpus Christi, pasó a ser un capítulo cerrado para los
misioneros: Corpus no se hace.
A poco de repasar nuestra cercana
historia, podríamos decir que los argumentos para oponernos a otras represas en
nuestro territorio son
exactamente los mismos de entonces.
No han variado las razones. Sin embargo el gobierno nacional y provincial insisten
en construir Garabí sobre el río Uruguay a espaldas del pueblo y también Corpus y
Roncador luego.
La decisión de construir GARABÍ sobre
el Río Uruguay, ya estaría tomada por los Gobiernos de Cristina Kirchner y Lula
Da Silva, quienes avanzan en los pasos previos a la licitación mandando a hacer
estudios de inventario a la empresa brasilera SENEC y argentina ESIN, sin que
hasta la fecha se haya informado convenientemente a la población como debe ser,
ni siquiera ha sido consultado el pueblo acerca de su interés o no en
levantarla.
Las poblaciones misioneras que
estarían afectadas por esta eventual megaobra y que son muchas (Ameghino,
Apóstoles, Azara, Santa María, 3 Capones, Mojón Grande, Alba Posse, Campo
Ramón, Concepción de la Sierra, Colonia Aurora, Itacaruaré, Panambí, El
Soberbio, San Javier, 25 de Mayo) no sólo desconocen sus características
técnicas más elementales (localización específica sobre el Río Uruguay, cantidad
de cortes, posibles cotas, etc.), sino que además reciben advertencias a través de
los medios periodísticos de que estarían siendo objeto, junto al resto de los
misioneros, de campañas mediáticas para ocultar las verdaderas consecuencias
perjudiciales que Garabí traería aparejada sobre sus territorios y salud y medio
ambiente en general (Ver Plan Comunicacional de Emprendimientos Energéticos
Binacionales S.A. (EBISA): Programa de Información y Participación
Comunicacional.- Capítulo XIV).-
Los tremendos efectos de YACYRETÁ
aún no han sido corregidos en Misiones y es una de las cinco represas de mayor
impacto ambiental en el mundo. ¿Por qué entonces creer que ahora Garabí o
Corpus o las otras represas traerán la energía barata prometida y que ésta no
estará destinada a foráneos, porque creer que traerá cuantiosas regalías, empleos
a raudales, obras complementarias en tiempo y forma, conservación de la fauna y
flora, riego, desarrollo local, aumento del turismo, mitigación de las enfermedades
tropicales, etc.etc, si hasta hoy esto no se hizo ni se hará con Yacyretá y el
perjuicio de esta obra es prácticamente irreversible?
Concretamente, los misioneros y
correntinos, por ejemplo, no son informados de GARABÍ y por lo tanto la
desconocen como conveniente para sus intereses; sea ella diseñada a uno, dos o
tres cierres. Así se han expresado hasta el momento varios legisladores
provinciales, foros académicos y ambientalistas,
intendentes, investigadores y
docentes nucleados en asambleas ciudadanas y muchas voces particulares a través
de los medios de comunicación.
El Gobierno nacional de la presidente
Kirchner debería abstenerse de continuar promoviendo estos mega
emprendimientos en nuestro litoral, faltando aviesamente el respeto a las
autonomías provinciales.
Hoy, ninguno de los organismos y
funcionarios del Estado nacional relacionado con este tipo de emprendimientos
desmiente la efectiva construcción de GARABÍ. Es más, solo informan
escuetamente y por insistencia periodística, dando algunos datos lacónicamente
sobre su avance, como el señor. Oscar Thomas, director ejecutivo por Argentina
ante la EBY, constituido a la postre como responsable argentino del seguimiento
de los estudios técnicos de GARABÍ o, Daniel Camerón como secretario de
Energía de la Nación y Julio de Vido, ministro de Planificación. Ellos tienen hoy la
calidad de vida y futuro de los misioneros y correntinos en sus manos.
Pero, preciso es afirmarlo hoy: sobre el
territorio misionero y correntino y por encima de sus autonomías, se está
decidiendo a 1000 km de distancia, sin intervención de quienes serán los
verdaderos afectados por estas megaobras.
Los pueblos misionero y correntino en
el caso de la propuesta de construir Garabí sobre el Río Uruguay, o Corpus o
Roncador, no están en contra del progreso. Sólo pretenden un desarrollo distinto,
pensado desde la comunidad, desde la gente y no desde afuera. Menos
mercantilista y más asociado a la naturaleza, que es nuestra verdadera
riqueza.
Por ello, fundamentalmente se propicia
este proyecto de ley, porque el ataque al federalismo argentino es sostenido y
necesita ser salvaguardado, porque se hace preciso el respeto a la libre decisión
de los pueblos, porque falta una información veraz, oportuna, por parte de quienes
dirigen los destinos de la administración provincial y nacional y no se da en
nuestra Argentina de hoy.
Las provincias del litoral están en la
búsqueda de su autoabastecimiento, de su desarrollo energético pero se insiste y
con firmeza, sin los enormes costos sociales, territoriales y medioambientales de
estos megaemprendimientos energéticos, cuya muestra irrefutable constituye
YACYRETÁ. Los firmantes de este proyecto, se reitera, sólo pretenden que las
provincias del norte merezcan ser vividas en paz y en salud, por propios y
extraños.-
ZONA DE EXCLUSIÓN (ART. 1 DEL
PROYECTO): Está científicamente demostrado que las represas más
destructivas del medio ambiente y más peligrosas para la vida y la salud, son las
construidas sobre ríos ubicados en zonas tropicales o subtropicales. Las
Organización Mundial para la Salud (OMS) y las Naciones Unidas (ONU) en el
"Informe Enfermedades Parasitarias, Desarrollo Hidráulico", en el año 1994
desaconsejan la construcción de represas hidroeléctricas en estas zonas.
Asimismo, preciso es destacar, que fue el Pre Congreso para la redacción de la
Agenda Siglo XXI realizado en marzo y abril de 1992 en Nueva York, el que
concluyera en su informe para la Cumbre de la Tierra que: son latitudes no aptas
las ubicadas entre el paralelo 39ª Latitud Norte, Sub Trópico de Cáncer y paralelo
30ª de Latitud Sur, Sub Trópico de Capricornio es porque se califica a estas zonas
como de alto riesgo ambiental y sanitario.- Precisamente Misiones, por ejemplo,
está ubicada entre los paralelos 25º y 28º y las represas que se anuncian en
nuestra Mesopotamia, sobre los ríos Uruguay y Paraná, como las de Corpus,
Garabí y Roncador, están también en esa zona subtropical.
La Comisión Mundial de las
Represas (CMR o WCD) por sus siglas en inglés), escuchó todas las voces sobre
el debate acerca de las represas y en el año 200, cuando se emitió su informe
conocido luego por el nombre de informe Mandela dice que, en los últimos 50
años, se han destacado los problemas de las grandes represas y sus impactos
ambientales. ¡Las grandes represas han fragmentado y transformado los grandes
ríos del mundo, mientras se esrima que en 40 y 80 millones de personas han sido
desplazadas por su contrucción. En
América Latina está sufriendo el
impacto de las obras que forman parte de un enorme y ambicioso plan de
infraestructura que, de concretarse tal como se está planificando, significaría la
destrucción definitiva de ecosistemas únicos en el mundo, el desmembramiento de
pueblos originarios, comunidades indígenas y poblaciones asentadas en
diferentes zonas, con las consecuencias sociales, sanitarias, económicas y
ambientales que ya se perciben en zonas aledañas, por ejemplo a las represas
Yacyretá, Salto Grande, Tucuruí, Itaipú, Balbina y tantas otras sobre cada uno de
los ríos de América. Así también se avanza en el proceso denominado Iniciativa
para la integración de la infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA), la cual
propone un conjunto de megaobras que en nuestras regiones producirían grandes
modificaciones a las tierras, sus ecosistemas y sociedades, como el proyecto
Garabí sobre el río Uruguay.
Se pretende por cierto evitar que la
arrogancia de tecnócratas lleven a la población a pagar consecuencias que
ninguno de los estados afectados están dispuestos ni podrían pagar, tampoco a
superar conflictos de otra escala, más si se tiene en cuenta que esta región se
encuentra sobre una de las reservas de agua dulce más grandes del mundo: el
Acuífero Guaraní.
Los argentinos estamos
convencidos que el territorio de la República Argentina es una concesión divina de
un valor incalculable.
Científicos de relevancia
mundial desde hace mucho tiempo han establecido que gran parte del mismo se
encuadra dentro del más rico espacio continental autárquico del mundo, y se
asegura que podemos dar sustento alimenticio por siglos a más de trescientos
millones de habitantes del planeta.
Estas aseveraciones, sin dudas, son
todavía ciertas, tanto es así, que parecería pretendemos que son inagotables las
riquezas que la generosa naturaleza ha derramado, derrama y creemos derramará
por los siglos de los siglos sobre nuestro territorio.
Ante este panorama, no debemos
olvidar que, por sobre todo, somos peronistas, y por lo tanto, debemos tomar al pie
de la letra aquel sabio mensaje que el General Juan Domingo Perón redactara en
su exilio, en Madrid, para una convención de mandatarios mundiales en febrero de
1972. Con claridad meridiana les decía:
"El ser humano
ya no puede ser concebido independientemente del medio ambiente y si
continúa destruyendo los recursos vitales que le brinda la Tierra, sólo puede
esperar verdaderas catástrofes sociales para las próximas décadas.
La humanidad
está cambiando las condiciones de vida con tal rapidez que no llega a
adaptarse a las nuevas condiciones.
Su acción va más
rápido que su captación de la realidad y el hombre no ha llegado a
comprender, entre otras cosas, que los recursos vitales para él y sus
descendientes derivan de la naturaleza y no de su poder mental.
De este modo, a
diario, su vida se transforma en una interminable cadena de
contradicciones.
En el último siglo
ha saqueado continentes enteros y le han bastado un par de décadas para
convertir ríos y mares en basurales, y el aire de las grandes ciudades en un
gas tóxico y espeso ... "
Los argentinos como no podía ser de
otra manera, muchas veces hemos hecho caso omiso de estas recomendaciones
y hoy, el cúmulo de errores cometidos, nos está llevando a una situación límite de
casi no retorno, que para muchos, pasa desapercibida.
El año 2009 nos ha mostrado con
crudeza el catálogo de los males que se abatirán con mayor asiduidad y magnitud
sobre nosotros, sino tomamos recaudos como el que desde este proyecto se
propone.
Tornados, granizados, deshielos,
sequías, bajantes de los ríos, y por contrario imperio desbordes aluvionales que
han destruido pueblos, con su
secuela de muertos y desaparecidos y
hasta se han detectado movimientos sísmicos, que nos están advirtiendo con
mucha frecuencia sobre estas situaciones, que nos impone la ineludible obligación
de reaccionar y obrar de otra manera, porque la constante pérdida del escenario
natural en nuestro país es muy marcada comprometiendo seriamente a nuestro
futuro cercano.
DEPENDENCIA HÍDRICA,
AFECTACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE PUERTOS FLUVIALES Y AUMENTO
DE LA ESCASEZ DE AGUA EN LA ARGENTINA: La constante desaparición de
los afluentes de los grandes ríos de la parte argentina de la Cuenca del Río de la
Plata, la muerte de nuestros puertos fluviales ejes de nuestras exportaciones y la
imposibilidad de abastecer a las poblaciones ribereñas de agua potable, deben
hacernos reaccionar haciendo uso del sentido común y de nuestra
posibilidades.
Creemos qué no es poca cosa lo que
nos proponemos, y a fuerza de ser breves y concisos, podemos explicar con
claridad el por qué ocurrirían estos fenómenos.
A tal efecto basta decir que desde hace
varias décadas en forma creciente la República Argentina, sufre una marcada
"DEPENDENCIA HÍDRICA" originada por el manejo de los ríos que recorren su
territorio, pero que nacen en el Brasil, quien los regula de acuerdo a sus
necesidades, que no son pocas, como las siguientes por ejemplo:
A) Provisión del vital elemento a más
de cien millones de habitantes, que se duplicarán dentro de cincuenta años, y
podrían sobrepasar los quinientos a fines de este siglo.
B) Riego de cientos de miles de
kilómetros cuadrados dedicados a la agricultura a un promedio de mil metros
cúbicos por cada tonelada de granos que se produzcan en ellos.
C) Amplio sistema de navegación que
aprovecha los caudales de todo el río Paraná en su territorio, el de sus formadores
Grande y Paranaiba, y el de su afluente más importante el Tieté.
D) Explotaciones mineras a cielo
abierto, que usan ingentes cantidades de agua.
E) Producción de hidroenergía, de la
que se sirve casi todo país hermano.
F) Necesidades de un amplísimo
espectro industrial.
G) Asistencia a la crianza de ganado,
aves de corral, y muchas otras especies.
Estos puntos nos encuadran en un
escenario más que perjudicial, como país de aguas abajo.
Por ello, hoy debemos asegurar que,
en los acuerdos entre las naciones de la Cuenca del Río de la Plata, el "país de
aguas arriba no perjudique al de aguas abajo", como lo estipulan legislaciones
internacionales, nosotros los argentinos debemos indudablemente hacer valer
estos criterios protectorios.
Frente a este difícil problema,
entendemos la urgencia de prohibir por medio de esta ley la construcción de
nuevas represas sobre estos importantes ríos, como así también, no cejar en la
tarea de negociar a fin de morigerar, en lo posiblek, esa dura dependencia hídrica
a la que nos someten medio centenar de represas construidas en las alta cuencas
de los referidos ríos.
Nos sería muy duro aceptar que se
desconoce que la desaparición de cientos de miles de kilómetros cuadrados de
selvas platinas y amazónicas, son los causantes de la falta de precipitaciones en
esa amplia región de la geografía de América del Sur.
Es preciso reconocer que, al perderse
los equilibrios naturales, por falta de volúmenes de agua en los ríos Paraná y
Uruguay, hacen que toda la cuenca sufra las consecuencias, ya que todos sus
tributarios y los afluentes de éstos, por lejos que estuvieran del colector, vuelcan
ante esa circunstancia mucho más metros cúbicos por segundo que lo que les
estipulara su régimen natural, por lo que sufren una especie de efecto tobogán con
derrames sobredimensionados.
Es bueno establecer como ejemplo,
que las grandes bajantes del Paraná tienen su correlato negativo hasta en las
nacientes del Pilcomayo cercanas a Potosí (Bolivia).
El amplísimo digamos "Ñandutí" de
represas construidas por Brasil hace que las cuatro subcuencas en las que se
divide la del Plata, tengan comportamientos diferentes.
La cuenca del Paraguay : con represas
planificadas pero ninguna construida aún, conserva un estado bastante semejante
al de los tiempos de existencia selvática autóctona.
La cuenca del Paraná: La que más
superficie abarca; ha sufrido desde el emplazamiento de Yacyretá al norte, una
total segmentación, de allí que en ella, es en la que más han desaparecido los
equilibrios naturales ya que concentra más de tres decenas de diques, los cuales
acumulan tanta agua que a veces la falta de la misma, al sur de Yacyretá casi no
se nota, por que todavía puede reponerlas por apertura de compuertas de
restitución.
Pero cuando las sequías son
prolongadas como la de principios del año 2.009, la bajante que nos imponen, deja
sin los niveles necesarios para que operen normalmente los barcos en los puertos
de Santa Fe y Rosario, dificultando en cierta medida, las exportaciones e
importaciones de Argentina y Uruguay, y si esto siguiera acentuándose como
estimamos, seguramente dejarán de operar nuestros grandes puertos fluviales,
como así también, los uruguayos, llegándose a estimar que en poco más de una
década exportadores argentinos y uruguayos, deberán hacerlo por el puerto de
Río Grande (Brasil).
La cuenca del Iguazú: Es ya en la
actualidad, la más castigada, por el funcionamiento de cinco usinas
hidroeléctricas, que ante las primeras faltas de precipitaciones, obligan a cerrar las
compuertas de restitución de caudales, haciendo que la mayoría de los saltos de
las mundialmente famosas Cataratas, disminuyan ostensiblemente su caudal.
La cuenca del Uruguay : A este río, por
su parte, le espera un destino similar ya que entre las represas construidas, en
construcción y planificadas, tanto en su curso propiamente dicho como en sus
afluentes, que suman veintidós, sin dudas que le será muy difícil mantener sus
caudales naturales y volcar al Río de la Plata los volúmenes hídricos que permitan
su aprovechamiento integral, hoy ya bastante disminuidos.
En resumen, la República Argentina ya
tiene escasez de agua y mucha, es decir ha sido afectada por el calentamiento
global y otros factores exógenos que hacen que año a año el desierto ocupe
espacios ayer sumamente fértiles y que nuestros ríos principales pierdan paulatina
pero inexorablemente sus caudales, ayer no más, pródigos en el vital elemento.
De allí que, los firmantes de este proyecto, intentamos como primera medida
impedir que se sigan construyendo diques que frenen la llegada de las aguas al
Plata y que las mismas posibiliten tanto la navegación sin sobresaltos en nuestros
ríos como la operatibidad de los puertos, para no sumir aún más a nuestro país en
dependencias de nefastas consecuencias.
RAZONES DE SALUD Y
PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DE VIDA DE LOS PUEBLOS: El mundo y
nuestro país debe tomar de conciencia acerca de la importancia de preservar el
medio ambiente como requisito primordial para el óptimo desarrollo de la
humanidad y de la vida en general, después de Yacyretá, en la Argentina, nadie
puede afirmar que las represas equivalen a energía limpia sin la estrecha relación
con los problemas sociales, económicos y sanitarios.
Las modificaciones que producen
las obras hídricas en el ambiente donde son erigidas y, para ello nos remitimos a
la experiencia de lo que sucede en Misiones, no sólo influencian a las
enfermedades relacionadas con el agua sino a otras existentes en las cuencas de
estas obras aunque no tengan directa relación con el agua. Es así que la acción
de modificación ecológica sobre las enfermedades se pueden sintetizar de la
siguiente manera:
1- Favorecen la transmisión de los
entes patógenos endémicos conocidos.
2- Permite la manifestación de ataque
a humanos de otros seres patógenos que hasta la construcción de las represas no
se había comprobado a pesar de su existencia, ya que mantenían un ciclo
zoótico.
3- El ingreso de población extraña a la
cuenca aporta:
a) La patología del área de
origen y de la que pudo adquirir durante el traslado.
b) Una masa de individuos
susceptibles a la patología local.
4- Inciden en la aparición de
paludismo, fiebre amarilla, tifus, dengue, leishmaniasis, poliomielitis, hepatitis
infecciosa, rabia, chagas, hidatidosis, fiebre tifoidea, brucelosis, shigelosis,
amebiasis, fasciola hepática, malaria antas más dentro de las cuales la
esquistosomiasis es tan sólo una de las enfermedades conocidas como el mal de
las represas.
Basta con recorrer las provincias de
Misiones o Corrientes, tener contacto con los médicos rurales y visitar los centros
de salud, que evidencian un antes y un después en la salud de la población
misionera a partir del emplazamiento de Yacyretá.
Cabe señalar como antecedente de
importancia que el Ministerio de Salud de la Nación ha definido la necesidad que
Puerto Iguazú (Misiones) disponga de una base de operaciones para el Control de
las Enfermedades Transmitidas por Vectores, acciones iniciadas en el año 2006 e
interrumpidas a la fecha.
Las ciudades de Posadas y Puerto
Iguazú son consideradas las ciudades de mayor riesgo de ingreso al país de
enfermedades definidas como tropicales así como también otras de rápida
propagación y alto impacto para la salud.
En los brotes detectados en
Misiones las autoridades nacionales de la salud proveyeron la asistencia y estadía
de profesionales de los programas de investigación de epidemiología de campo y
de la coordinación nacional de control de vectores, que aún transfiriendo
tecnología y conocimiento se instalan temporalmente no permitiendo continuidad y
coherencia en las acciones de control.
La contaminación por algas tóxicas
que conllevan algas microcystis aeriginosa o "algas verdeazuladas de la región
aguas debajo de la represa Yacyretá ha merecido el reclamo de la opinión pública
y autoridades de la hermana provincia de Corrientes, aunque ya se han detectado
aguas arriba del embalse. Técnicamente según la Organización Mundial de la
Salud la cantidad tolerable de microcystina es de un microgramo por litro, en tal
sentido el Ente Regulador del Agua indicaba la presencia de 1,3 microgramos,
índice que resultaría tóxico para el ser humano. En tanto, durante el uso
recreativo del agua, los peligros para la salud surgen a través de tres vías de
exposición: el contacto directo de la piel, la ingestión accidental y la ingestión por
inhalación al aspirar la espuma que producen los florecimientos de algas.
En un informe
elaborado por la entidad Binacional Yacyretá denominado "Informe de Evaluación
Ambiental" - Proyecto Hidroeléctrico Yacyretá" de fecha 14 de agosto de 1992,
sostiene que el tema algas es considerada por la misma EBY un serio riesgo,
"requiriendo una gestión ambiental adecuada y plan de monitoreo, vigilancia y
control acordado con la autoridad ambiental", acciones éstas que no se han
cumplido a pesar de la propuesta realizada en dicho informe y del tiempo
transcurrido.
Por todo lo expuesto es necesario
ampliar programas de estudio, prevención y tratamiento de todos aquellos males
que hoy aquejan y a ciencia cierta aquejarán en el futuro si no se adoptan medidas
necesarias con la seriedad que esto merece y la preocupación que despierta el
tema de la salud en las provincias afectadas por las represas.
Señores legisladores la salud es un
derecho humano que en aras de grandes intereses no nos puede resultar
indiferente y superficial, los derechos federales de las provincias deben ser
defendidos, la sostenibilidad de nuestros recursos naturales y con ello la
protección del agua para consumo humano, productivo y para el desarrollo de
nuestra vida en general tampoco. Por ello, y en función de estas breves
consideraciones y otras que sabrán exponerse en su oportunidad es que
solicitamos nos acompañen con su voto favorable el presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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PUERTA, FEDERICO RAMON | MISIONES | PERONISMO FEDERAL |
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA | ENTRE RIOS | PERONISMO FEDERAL |
VEGA, JUAN CARLOS | CORDOBA | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |
ENERGIA Y COMBUSTIBLES |