PROYECTO DE TP
Expediente 2402-D-2011
Sumario: SUSPENSION POR DOS AÑOS DE LAS EJECUCIONES JUDICIALES DE INMUEBLES QUE CONSTITUYEN UNIDADES PRODUCTIVAS PRIMARIAS DE FRUTAS EN LAS PROVINCIAS DE NEUQUEN Y RIO NEGRO.
Fecha: 06/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43
El Senado y Cámara de Diputados...
SUSPENSION POR DOS AÑOS DE LAS EJECUCIONES
JUDICIALES DE INMUEBLES QUE CONSTITUYEN UNIDADES
PRODUCTIVAS PRIMARIAS DE FRUTAS EN LAS PROVINCIAS
DE NEUQUEN Y RIO NEGRO
Artículo 1º - Se suspenden las
ejecuciones judiciales de inmuebles que constituyen unidades destinadas a
producción primaria de frutas en las Provincias de Rio Negro y Neuquén, por
deudas dinerarias de cualquier tipo contraídas para ser aplicadas al desarrollo
o mejora de la unidad productiva, cualquiera sea la fecha de la mora y siempre
que su monto original no supere la suma de pesos trescientos mil ($300.000) o
su equivalente en moneda extranjera al momento de la toma del crédito, por el
plazo de dos años desde la vigencia de la presente Ley.
Artículo 2º - Se encuentran
amparados por la presente Ley aquellos inmuebles que constituyen unidades
productivas en los términos referidos en el artículo anterior, siempre que se
acredite sumariamente ante el Juez competente, que se trata del único bien
productivo, propiedad del ejecutado y que su explotación constituye el sustento
de su titular y/o de su grupo familiar.
Artículo 3º - La suspensión de
los remates dispuesta en la presente es de orden público, debiendo el
demandado acreditar, a petición del Juez, los extremos señalados en el artículo
anterior mediante información sumaria. De la misma, se correrá traslado a la
ejecutante por un plazo de cinco (5) días, quien podrá oponerse, pudiendo
acompañar sólo prueba documental. Contestado el traslado o vencido el
término para hacerlo, el Juez resolverá sobre la suspensión. Dicha resolución
será apelable.
Artículo 4º - De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es el objeto de este Proyecto de
Ley Nacional la Suspensión de remates de campos productivos de frutas
para productores familiares de Rio Negro y Neuquén, por dos años, hasta
que se encuentra una solución sustentable a los problemas de
comercialización, precio y endeudamiento. Es una solución de corto plazo,
simplemente pensada para evitar que los pequeños productores
familiares endeudados pierdan la propiedad de sus campos. La idea es
generar un lapso de tiempo para ir buscando alternativas de fondo que
solucionen la situación de dichos productores.
Los fundamentos de este proyecto
de ley, en tanto, se presentaran en dos partes.
En una primera parte
explicaremos los antecedentes normativos que existen respecto a las
suspensiones de ejecuciones / remates por deudas hipotecarias. En la
segunda, parte, se presentara un diagnostico económico, productivo,
social y por supuesto valorativo de la producción de frutas en el Alto Valle del
Rio Negro, con especial énfasis en lo que esta sucediendo con las deudas
hipotecarias y los remates de campo.
Así pues, buscaremos mostrar en
estos argumentos así presentados, que para conseguir el objetivo buscado
de preservar los pequeños agricultores de frutas del Valle del Río Negro y
mantener el arraigo rural, hasta tanto se encuentre una solución de fondo,
la suspensión de los remates hipotecarios es una buena herramienta.
Pasamos así, primero, a los
antecedentes legislativos de las suspensiones de ejecuciones.
Antecedentes Nacionales
En Noviembre de 2005 el Senado
convirtió ayer en ley la suspensión por 120 días de las ejecuciones de las
viviendas adquiridas con créditos hipotecarios, bancarios y privados
(escribanías, por ejemplo) que hayan entrado en mora entre el 1° de enero de
2001 y el 11 de septiembre de 2003, luego de un inesperado cambio de rumbo del
Poder Ejecutivo que permitió el tratamiento -y la posterior aprobación- del polémico
proyecto.
Además, la ley fija un nuevo plazo de 120
días para que los deudores de créditos hipotecarios de vivienda única y familiar de
hasta 100.000 pesos puedan inscribirse en el fondo fiduciario del Banco Nación
(reabriendo así ese registro), creado por la ley 25.798, de refinanciación hipotecaria,
aprobada en diciembre de 2003. Se trata de un mecanismo de rescate por el cual el
deudor puede refinanciar el monto de su deuda a mayor plazo y con cláusulas que
toman en cuenta su nivel de ingresos. El banco, por su parte, pasa a tener su
acreencia con el fondo fiduciario y no con el particular.
En el recinto, el jefe del bloque del PJ,
Miguel Pichetto (Río Negro), debió dar marcha atrás para pedir la sanción de un
proyecto que hasta la semana pasada aseguraba que "nunca" saldría de la Cámara
alta. A contramano de aquellas afirmaciones, Pichetto defendió ayer la dilación de las
ejecuciones como "un espacio de tiempo" que se tomó el Gobierno "para trabajar
seriamente en la búsqueda de una solución", y que era con "ese espíritu y esa
filosofía" que se aprobaba el proyecto otrora repudiado.
"Nada ganaríamos con postergar de
manera indefinida la cuestión de las hipotecas sin resolver las cuestiones centrales
planteadas entre deudor y acreedor y que vienen del momento más grave de la crisis
argentina, allá por 2001", agregó.
Además, Pichetto calificó como una
"preocupación central" del Poder Ejecutivo "encontrar una salida" a la situación de los
deudores del Banco Hipotecario, que quedaron excluidos de la ley de refinanciación
hipotecaria. "Esta no es una prórroga indefinida que afecta la seguridad jurídica, sino
que apunta a evitar la pérdida de las viviendas de muchas personas que han sufrido
los avatares del país", aclaró.
La iniciativa fue aprobada en forma
unánime -había 51 senadores presentes-, pero no sin que antes varios legisladores de
la oposición criticaran al Poder Ejecutivo Nacional. Así, Nancy Avelín (Cruzada
Renovadora-San Juan) puso en duda la efectividad de la ley de refinanciación
hipotecaria. "No sabemos si ha sido un salvataje o un salvavidas de plomo, porque ha
dejado afuera a mucha gente que ha perdido sus viviendas y hoy tiene a muchas otras
con una espada de Damocles sobre sus cabezas", sentenció.
En tanto, el jefe del bloque radical, Mario
Losada, criticó al peronismo al afirmar que "es injusto que esto que estamos votando
se lo quiera atribuir un solo sector político". "Esto es producto de la lucha y, la
constancia de las víctimas, que son los deudores hipotecarios", afirmó.
Antecedentes Provinciales - Buenos Aires
En la Provincia de Buenos
Aires, se han suspendido las ejecuciones hipotecarias por la Ley 13302,
publicada en el Boletín Oficial del 27 de Enero de 2005 (BO 25090) y
promulgada el 17 de Enero de 2005, suspendió en todo el ámbito de la Pcia.
de Buenos Aires por el término de 180 días hábiles las ejecuciones
hipotecarias de inmuebles que tengan por objeto la vivienda única y familiar
del deudor, que no superen el monto de los $90.000 (pesos noventa mil).
Dicho monto luego fue corregido y actualizado, llegando en la actualidad a
$200.000 (pesos doscientos mil).
Por decreto Nº 643/2005 el Poder
Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires hizo uso de las facultades que le
otorgara la ley provincial Nº13302 (creación del REGISTRO DE DEUDORES
CON EJECUCIONES JUDICIALES) suspendiendo las ejecuciones
hipotecarias de vivienda única cuya valuación fiscal no superen los $90.000 al
29-12-2004, por 180 días hábiles contados a partir del 16-8-2005. Dicha Ley
posteriormente fue modificada, y su vigencia prorrogada sucesivamente por las
leyes 13390, 13590 y 13738. Esta última fue promulgada el 23 de Octubre de
2007 y publicada el día 5 de Noviembre de 2007 (BO 25774).
Dicha Ley Provincial suspende en
todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires por el término de
trescientos sesenta (360) días hábiles, las ejecuciones hipotecarias sobre
mutuos que contengan por objeto la vivienda única familiar del deudor,
siempre y cuando el monto de su valuación fiscal actual no supere la
suma de doscientos mil (200.000) pesos, a excepción de los créditos de
naturaleza alimentaria, los derivados de la responsabilidad por comisión de
delitos penales y los créditos laborales.
El objeto declarado de dicha ley tal
como fue señalado en los fundamentos de la Ley 13302 y sus modificatorias,
es "atender la afligente situación en que se encuentran más de 500.000
personas en la provincia de Buenos Aires que ven con peligro cierto la
ejecución hipotecaria de su vivienda única y familiar ya que la legislación
nacional (Ley 25.798/03) ha dejado excluido a vastos sectores de la
comunidad ya sea por haber comprendido la mora de las fechas
establecidas por la Ley 25.798 y los créditos contraídos con entidades
que no ejercieron el uso de la opción de acogerse al sistema creado ya
que la ley lo permitía."
En su reforma del año 2008, los
fundamentos del proyecto aprobado (Autoría del Sdor. Provincial Gerardo
Reverberi), sostenían que " La importancia de la vivienda única y familiar del
deudor está en relación directa con las dimensiones propias de la persona
humana, que son simultáneamente sociales, afectivas, culturales, y en este
sentido resulta indispensable brindar todas las herramientas que estén a
nuestro alcance para su salvaguarda, teniendo en cuenta que el derecho a una
vivienda digna es uno de los derechos fundamentales del ser humano,
consagrado en tratados internacionales y en nuestras constituciones nacional y
provincial. Considerando que es fundamental arbitrar las medidas pertinentes
para lograr la tutela del derecho de propiedad y de acceso a una vivienda digna
de innumerables habitantes de la república prorrogando la Ley 13.302 y sus
modificatorias, es que creemos que, en tanto siga existiendo un grave
déficit de soluciones habitacionales en nuestro territorio provincial, la
prórroga de la suspensión de las ejecuciones hipotecarias para los casos
en este proyecto contenidos es un paliativo adecuado para tal situación."
En el mismo sentido que la Ley
Bonaernse, en Rio Negro se sancióno la LEY Nº 4160 , Aprobada en 1ª
Vuelta: 28/11/2006 - B.Inf. 66/2006 - "égimen excepcional de protección de
la vivienda única de residencia permanente bajo crédito hipotecario para
su compra, construcción, refacción o ampliación" que en su artículo 1
reguló que "En los casos en que una ejecución hipotecaria recaiga sobre
inmueble único y de residencia permanente de la familia del deudor y la
hipoteca fuera producto de un crédito destinado a la compra, construcción,
refacción o ampliación del inmueble motivo de la subasta, a pedido de parte y
previa información sumaria, se suspenderán todos los plazos procesales por el
término de ciento ochenta (180) días hábiles a partir de la fecha de la
publicación de la presente ley en el Boletín Oficial."
En lo que hace concretamente a la
suspensión de los remates de campos destinados a producción frutícola en el
Valle del Rio Negro, este Proyecto de Ley Nacional toma como antecedente,
inspiración, fundamento y base de su redacción la Ley de la Provincia de Rio
Negro N 4348, autoría de la Diputada Provincial Magdalena Odarda, la cual
transcribimos.
LEY Nº 4348
Artículo 1º -
Se suspenden los remates judiciales de inmuebles que constituyen unidades
destinadas a producción primaria en cualquiera de sus formas, por deudas
dinerarias de cualquier tipo contraídas para ser aplicadas al desarrollo o mejora
de la unidad productiva, cualquiera sea la fecha de la mora y siempre que su
monto original no supere la suma de pesos trescientos mil ($300.000) o su
equivalente en moneda extranjera al momento de la toma del crédito mientras
dure la emergencia social.
Artículo 2º -
Se encuentran amparados por la presente Ley aquellos inmuebles que
constituyen unidades productivas en los términos referidos en el artículo
anterior, siempre que se acredite sumariamente ante el Juez competente, que
se trata del único bien productivo, propiedad del ejecutado y que su explotación
constituye el sustento de su titular y/o de su grupo familiar.
Artículo 3º -
La suspensión de los remates dispuesta en la presente es de orden público,
debiendo el demandado acreditar, a petición del Juez, los extremos señalados
en el artículo anterior mediante información sumaria. De la misma, se correrá
traslado a la ejecutante por un plazo de cinco (5) días, quien podrá oponerse,
pudiendo acompañar sólo prueba documental. Contestado el traslado o
vencido el término para hacerlo, el Juez resolverá sobre la suspensión. Dicha
resolución será apelable.
Coyuntura
Actual de REMATES en el Valle del Rio Negro:
La coyuntura actual en el Valle
de Rio Negro es compleja. La Diputada Provincia de Rio Negro, Magdalena
Odarda, sostuvo que "SIGUEN HOSTIGANDO A LOS PEQUEÑOS
PRODUCTORES, AHORA INTENTAN DESPOJARLOS DE SUS
HERRAMIENTAS".
Así se refirió indignada la Diputada
Provincial de la CC-ARI luego de que el Presidente de la Cámara de Productores de
Valle Medio, Roberto Iriroy, le transmitiera la inquietud de que ahora; intentan
rematarle las rastras, tractores y acoplados a cientos de productores de esa
región.
Roberto Iriroy, Presidente de la Cámara de
Productores de Valle Medio le manifestó su gran preocupación a la Legisladora de la
CC-ARI días atrás ya que sólo en la región de Valle Medio existen más de 800
expedientes judiciales tramitándose en el Juzgado de Choele Choel lo cual pone en
situación de riesgo a alrededor de 300 pequeños productores quienes, en la mayoría
de los casos, habían cancelado su deuda con el Banco Residual y firmaron un
convenio con el Gobierno Provincial mediante el cual se determinaba que el Estado se
haría cargo del pago de los honorarios del abogado de la Fiscalía de Estado.
"Hoy, el Estado Provincial al suspender
ese convenio de pago de honorarios al abogado, genera que el letrado inicie su cobro
judicialmente contra los pequeños productores intentando rematar lo único que tienen
que son sus herramientas de trabajo tales como las rastras, tractores, acoplados y
hasta en algunos casos, les embarga su televisor, heladera"; indicó i Magdalena
Odarda.
"Mucho tiempo no queda para que
terminen por despojar y expulsar del sistema a mas pequeños productores, ya que
cientos de ellos, mediante cedulas, fueron notificados de que en el transcurso de estos
días sus pocas herramientas serían rematadas por la martillera Rosa
Dell'Orfano", agregó la parlamentaria arista.
En ese sentido, la diputada provincial
recordó: " a fines del año pasado, la Legislatura de Río Negro sancionó por
unanimidad una iniciativa que impulsé desde mi banca la cual precisamente solicita
alPoder Ejecutivo Provincial y Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro, que
arbitren los medios necesarios para que se suspendan las causas judiciales que
perjudican a cientos de pequeños y medianos productores de Río Negro por el cobro
de honorarios y gastos en concepto de intereses compensatorios, punitorios, IVA y
costos de juicios por deudas mantenidas con el Banco Residual, Río Negro Fiduciaria,
Fondo Hortícola y todo organismo del Estado Provincial; afrontando el pago de los
mismos el Estado Provincial, tal como lo establece la cláusula tercera de los convenios
suscriptos entre la Fiscalía de Estado y los productores oportunamente".
"Por ello", subrayó Odarda, " ante la
situación de estos más de 300 chacareros, gestionamos una audiencia con el Vice
Gobernador, Bautista Mendioroz, el viernes pasado en Villa Regina para que puedan
transmitirle su preocupación para lo cual el funcionario se comprometió a seguir el
caso y darle solución".
La misma Diputada Provincial, ante un
nuevo intento de remate, el 24 de noviembre de 2010 advirtió que está en plena
vigencia la ley de suspensión de remates de unidades productivas que hayan
contraído deudas con el Banco Nación, Ley 4348, y también la ley que contempla la
suspensión de remates judiciales en los casos en que se encuentren comprendidas las
viviendas únicas rurales.
En ese sentido destacó: "Con las
modificaciones incorporadas recientemente a la ley 4348 intentamos definir con mayor
precisión ciertos requisitos a cumplimentar para que el emprendimiento productivo
pueda ser caracterizado de sustento familiar; a su vez, se establece un mecanismo
que da mayores garantías al pequeño y mediano productor beneficiado por la presente
ley, dado que la actual redacción fue utilizada como argumento para que los Jueces
intervinientes en algunas causas judiciales, se escudaran en la falta de impulso por
parte del deudor. Generalmente, los Jueces esperaban que el deudor se amparara en
una ley que en ocasiones, no conocía o tenía pocas posibilidades de conocer".
"Los funcionarios públicos que ordenen
subastas o remates en violación a la ley, serán pasibles de sanciones administrativas
y/o penales. Quien esté colegiado en el marco de la Ley provincial Nº 2051 deberá
cumplir acabadamente con lo prescripto en la presente ley, bajo apercibimiento del
retiro de la matrícula", señaló Magdalena Odarda, autora de la ley.
Por otra parte, la Diputada Provincial se
refirió respecto a la Ley P Nº 4160: "Esta Ley busca como objeto que, en los casos en
que una ejecución hipotecaria recaiga sobre inmueble único y de residencia
permanente de la familia del deudor y la hipoteca fuera producto de un crédito
destinado a la compra, construcción, refacción o ampliación del inmueble motivo de la
subasta, se suspenderán todos los plazos procesales hasta el 31 de diciembre de
2010".
Por último, señaló: "Estas normas de
protección a la vivienda única inexorablemente debe ser respetada por las entidades
financieras que operan en la provincia por ello, resulta fundamental que el gobierno
arbitre las medidas pertinentes para salvaguardar el derecho de propiedad, de acceso
a una vivienda digna de innumerables habitantes de la provincia".
Para terminar de presentar
el panorama, y apenas como muestra, queremos incluir en los fundamentos de este
proyecto de Ley un comunicado del Movimiento de Mujeres en Lucha, de General
Roca. Del 11 de abril de 2011.
COMUNICADO DE PRENSA
El Movimiento de Mujeres en Lucha de Gral. Roca pone en
conocimiento de la opinión publica y de los productores en especial que en el día de
fecha, junto a Pastoral Social, se hizo presente en el Juzgado Federal de esta ciudad,
siendo recibidas por el Juez Dr. Santiago Inchausti, a quien se le hizo entrega de un
escrito donde se le solicitaba el cumplimiento de las Leyes 4348 de Suspensión de
Remates por deudas con el Banco de la Nación y la 4160 de Suspensión de todos los
plazos legal de vivienda unida rural de esta provincia. Se le hizo saber la delicada
situación de los deudores y lo grave que seria llegar al remate de estas unidades
productiva de pequeños y medianos agricultores familiares, por cuanto
desencadenarían en una problemática social de exclusión y miseria, dado que las
mismas constituyen el lugar donde viven, trabajan y logran el sustento de su familia.-
Con posterioridad
nos hicimos presente ante el Gerente del Banco Nación, Sr. Roque Nieva,
quien recibió una nota con idéntico contenido, a los fines no se siga adelante
con los ejecuciones judiciales y se dé cumplimiento a las leyes de la provincia,
solicitando además se remita la misma al Directorio de dicho Banco.-
Este Movimiento
realizara todas las gestiones que considere necesarias para que no se efectué
una sola subasta de chacras, por lo que solicitara audiencia al Poder político
para que asuma y solucione la desesperante situaciones de muchas familias de
productores que serán expulsadas y excluidas, llevándolas al desarraigo y a la
miseria, por no existir políticas publicas de contención y promoción de la
agricultura. No aceptamos y aceptaremos soluciones a medias y exigimos que
tanto Provincia y Nación coincidan en decisiones acertadas y a la medida de
los productores no de sus mezquinos y egoístas intereses políticos
electoralista.-
MOVIMIENTO DE
MUJERES EN LUCHA DE GRAL. ROCA
Luego, el 14/09/2010 el gobierno
nacional "prometió" suspender remates, pero sin ninguna norma que sustente
eso. Mientras tanto Por otra parte, los productores frutícolas recibieron el
anuncio de la interrupción de los remates de chacras originados por deudas con
el Banco Nación cuya cartera será tomada por la provincia de Río Negro para
refinanciar las deudas a 30 años. Es por ello que presentamos esta norma de
nivel nacional, para paliar tal falta de normativa.
Repetimos: Es el objeto de este
Proyecto de Ley Nacional la Suspensión de remates de remates de
campos productivos de frutas para productores familiares de Rio Negro y
Neuquén, por dos años, hasta que se encuentra una solución sustentable
a los problemas de comercialización, precio y endeudamiento.
Situacion
Productiva y Social
Basados en una amplia cantidad de
fuentes, estadísticas, trabajos de campo, documentos de los propios
productores y estudios académicos sobre la situación económica y social del
valle, queremos presentar los siguientes puntos como, apenas, un esbozo de la
situación y dinámica económica que subyace al presente proyecto de ley. Las
conclusiones a las que abordamos se presentan en dos grandes grupos.
Primero, desarrollamos las Principales Características de la Producción de
Frutas en el Valle del Rio Negro y Situación Actual. Luego se pretende
presentar, de forma someramente esquemática, algunas cuestiones referidas a
la caracterización de los productores.
1)
Principales Características de la Producción de Frutas
en el Valle del Rio Negro y Situación Actual
CONTEXTO INTERNACIONAL
FAVORABLE: Hay oportunidad global de mercado y argentina puede
aprovecharla. El cambio de dieta global, la existencia de ciertos "nichos" de
alimentación de tipo natural de alto poder adquisitivo y las recomendaciones de
ONU y FAO pueden aumentar dicho contexto favorable. Las frutas de pepita
son un gran motor de desarrollo y progreso, y pueden serlo aún más por la
oportunidad que brinda el contexto internacional.
CONDICIONES DEL VALLE
DEL RIO NEGRO: La Región del Alto Valle tiene una diversa y variada gama
de producción agropecuaria, que la convierte en un conjunto productivo
altamente competitivo a nivel mundial. La combinación clima / agua / suelo /
energía es inmejorable.
EXPORTACIONES: Argentina
es el primer exportador de peras y quinto de jugo de manzana del mundo. La
Región del Alto Valle es altamente competitiva en términos internacionales.
CRECIMIENTO DE
PRODUCCION Y EXPORTACIONES: Crecimiento de Producción Tanto la
producción total de peras y como de manzanas del Alto Valle viene creciendo
en los últimos 6 u 8 años. También viene siendo creciente el nivel de
exportaciones de ambas frutas y sus subproductos o procesados industriales.
GRAN HETEROGENEIDAD DE
PRODUCTORES: Mientras unos tienen tecnología, escala, fuerza en la
negociación hacia adentro de la cadena, exportan y compiten en el mundo, hay
otros que están atrasados, endeudados e incluso al límite de la
subsistencia.
AUMENTO DE COSTOS DE
PRODUCCION: El Valle esta sufriendo desde hace 4 o 5 años una fuerte suba
de costos de sus insumos que hacen que se vaya perdiendo rentabilidad. Es
una actividad que depende fuertemente de insumos importados y es mano de
obra intensiva, y ambos ítems vienen subiendo fuertemente. Esta suba de
costos afecta relativamente más a los productores mas chicos, a los más
atrasados tecnológicamente, con menor capital y con esquemas de agricultura
familiares o de subsistencia, ya que la suba de los costos los encuentra sin
ningún margen económico / Financiero para enfrentarla.
PRECIO: Al problema de la
suba de costos se suma el tema de conformación de precios. El precio
actualmente es bajo. El precio de referencia es de 0.28 cts de dólar (1,1%
aprox) , pero en realidad los productores están recibiendo en promedio 0.50 cts
de $ por kilo, ya que hay que promediar lo que reciben efectivamente por kilo
de fruta "en fresco" ( 0.7 o 0.8 $ ) con lo que reciben por kilo de fruta "para
industria" 0.15 o 0.2)
FALTA DE RENTABILIDAD: La
coyuntura de tipo de cambio quieto, costos de producción en alza y precios
bajos está generando que para la gran mayoría de los productores su negocio,
simplemente, no es rentable. Se preveen resultados negativos en la mayoría de
los casos en función de los precios que tendrá la fruta una vez que se realice la
liquidación y se conozca el precio final. Esto lleva a deudas, baja de inversión,
descapitalización, y en el extremo, desaparición de productores.
ROL AMBIGUO DEL ESTADO:
Tanto desde Nación como desde Provincia, el rol estatal es ambiguo y muchas
veces perjudicial para la mayoría de los productores. En el caso de retenciones
a las frutas, se han anunciado rebajas de las mismas, pero en verdad se trata
de "reintegros" de dichas retenciones con un esquema de entrega de subsidios
por claro, poco efectivo y que no ha logrado mejor la rentabilidad de los
productores. Existe el Plan Frutícola Integral, interesante en sus objetivos
declarados, pero muy débil en su implementación. Además, los subsidios
comprendidos en el mismo no se están entregando regularmente, y aún así,
son apenas parches temporarios que en una situación de falta de rentabilidad
no aportan ninguna solución de fondo. Con el tema de los remates de campos
pasa algo similar: hay anuncios de suspensión, negociaciones por soluciones
de fondo (fondos fiduciarios nacionales o provinciales), y sistemáticamente los
remates cada cierto período de tiempo vuelven a aparecer.
FALTA DE "SALIDAS": Falta
de opciones y rentabilidad para los productores mas pequeños y atrasados.
Problemas de asociatividad.
CONCENTRACION: Tendencia
a la concentración de la propiedad de la tierra y de la producción, por la
situación descripta.
DIFICULTADES PARA
INCORPORAR TECNOLOGIA: Hay problemas de gestión de la transferencia
de tecnología. La tecnología está disponible pero existe una gran debilidad en
la implementación. Falta el desarrollo de estrategias de trabajo en equipo.
DEUDAS Y REMATES:
Endeudamientos, salida de la producción, perdida de los productores y pérdida
de la propiedad de la tierra. Problemas de REMATES de chacras.
SALIDA DE PRODUCTORES
DEL NEGOCIO: La combinación de las situaciones descriptas se combina con
la situación estructural. Se está en medio de un cambio generacional, de
pioneros fundadores (o hijos de estos), a herederos de chacras. De vivir en el
campo y realizar el productor la mayoría de las actividades a vivir en la ciudad y
ser empresario. (el que aun puede)
DESCONFIANZA:
Desconfianza entre actores de la cadena.
¿OPORTUNIDAD
DESPERDICIADA? ¿OPORTUNIDAD APROVECHADA POR MUY POCOS?:
El contexto es complejo. Estamos ante una GRAN cosecha pero malos precios.
Así, en un marco de GRAN oportunidad global para el sector de frutas
argentino, pero con ALTA heterogeneidad para los productores y con un sector
de ellos, los más pequeños, que enfrentan serios problemas de rentabilidad,
encontramos que en el Valle están ocurriendo estos fenómenos no deseados.
2)
CARACTERIZACION DE LOS PRODUCTORES
Como hemos dicho en más de una
parte de este Proyecto de Ley , hay muchas diferencias entre los productores
del valle, desde muy pequeñas explotaciones familiares hasta grandes
empresas. Hoy hay muchos pequeños productores que no están siendo
favorecidos por estas ventajas competitivas que tiene el Alto Valle, ya que
tienen distintos sistema de comercialización, de costos, formalidad impositiva,
de tipo de fruta que produce y mercado que abastece, entre otras
características. Muchas familias de agricultores están al límite de la
subsistencia y de ser expulsados del sistema productivo.
Hay varias clasificaciones o grupos
de productores. A continuación presentaremos algunas características
diferenciales de estos grupos y algunos datos ilustrativos. Esta "clasificación"
no debe entenderse como algo cerrado ni mucho menos, apenas queremos
mostrar algunos rasgos comunes y salientes de grupos de productores para
presentar la heterogeneidad de los mismos.
- PRODUCTORES PEQUEÑOS Y
FAMILIARES.
Los productores más pequeños, que
podemos clasificar como familiares o pequeños productores de subsistencia,
con alrededor de 5 has productivas, atraviesan una situación compleja. En
general pierden dinero pero esto no se ve en sus resultados porque dejan de
invertir, achican los gastos al máximo, realizan ellos todas las actividades, son
parte del mercado informal. Seguirán en la actividad subsistiendo y
produciendo lo que puedan, no tienen otra alternativa. Algunos reciben algunas
ayudas del estado pero consideran
que son solo pequeños paliativos. Hay otro grupo de productores, que también
son pequeños en la clasificación por escala, pero muy cercanos en condiciones
productivas a los mas pequeños o de subsistencia. Este es el grupo (o
subgrupo) más diverso en todo concepto, escala (de 5 a 50 has), de
profesionalismo, de tecnologías, etc. La actividad esta en quebranto, no
encuentran salidas en asociativismo, en el estado, en nadie. Están
mayoritariamente negados, perdidos, resignados y descreídos de cualquier
alternativa de mejora. Varios ya tienen alguna otra actividad complementaria.
Están más para dejar la chacra que para seguir. No encuentran muchas salidas
pero algunas enumeradas fueron: si están cerca de las ciudades para
construcción de viviendas, las alquilan a otros productores más grandes (el
valor de alquiler es bajo), las venden (por la situación actual no hay demanda),
o simplemente las abandonan (ya que no pueden pagar las tareas mínimas de
mantenimiento).
El tipo social "productor pequeño"
se caracteriza por su bajo nivel de capitalización: el 96% cuenta con menos de
20 has de superficie y maquinaria obsoleta (tractores de más de 20 años).
- PRODUCTORES MEDIOS O
INTEGRADOS
Los productores integrados son en
general de escala mediana, que en buenos momentos de la actividad supieron
agregar a la actividad productiva, la clasificación, el empaque, el frío, la
comercialización, etc. en algunos casos todos las actividades y en otros alguna
de ellas. En general tienen una escala un poco mayor a los productores
medios, tienen más alternativas de venta y distintos monentos en el año para
comercializar la fruta. Aunque pueden varios de ellos tener un mal año en
cuanto al resultado económico es muy probable que apuesten por al menos
otro año más.
- GRANDES PRODUCTORES /
EMPRESAS.
Son los llamados "empresas",
tienen integradas todas la actividades, grandes superficies (más de 500 has),
comercializan tanto producción propia como de terceros (a estos le compran la
fruta en bascula, o le dan servicio de clasificación y empaque). En general no
son bien vistos por los pequeños y medianos productores, muy criticados por
las liquidaciones de la fruta entregada. Están pasando de trabajar con fruta
propia y de terceros a un esquema de fruta en su mayoría propia. Varios han
realizado grandes inversiones en los últimos años en galpones de empaque y
cámaras de f'rio, también en la compra de chacras. Cuando uno de estos
"grandes" se cae se siente el golpe sobre todo por la gran cantidad de empleos
que tienen en sus chacras y galpones, se estima que hay algunos con una
situación financiera muy comprometida.
Finalmente, los "productores
grandes" son los que muestran el mayor grado de capitalización, con
superficies que superan ampliamente las 50 has, y una renovación importante
del parque de maquinaria, la mayoría de los tractores tienen menos de 10 años
de antigüedad. (Del: Plan Frutícola Integral de Rio Negro y Neuquén -
PFI)
La actividad frutícola regional se
caracteriza por la existencia de un significativo número de chacras en
manos de pequeños productores (52% de los productores). En ellas
predomina el trabajo del productor y su familia y la contratación de mano de
obra temporaria para tareas específicas. En el otro extremo, esta el segmento
de "productores grandes" que representa sólo el 6% del total. Esta
característica de la región demuestra que, a nivel social, la actividad productiva
de los grandes valles se encuentra en gran parte apoyada en la figura del
"productor pequeño".
El tipo familiar representa el 52% de
las UE (1) , en él predomina el trabajo de la familia y la contratación de mano
de obra es temporal. El 96% de este tipo posee menos de 20 ha y no poseen
tractor o tiene antigüedad mayor de 20 años. En el caso de la empresa familiar,
el 51% poseen unidad económica mayor de 50 ha; y en el caso de empresa, el
76% poseen unidades económicas mayor de 50 ha.
Gráfico: Tipo de productores
Fuente: Elaborado a partir de PFI,
2007.
Como vemos, la actividad
productiva se caracteriza por una alta heterogeneidad y existen diversos
estudios en los cuales se los clasifica de acuerdo a la superficie bruta de
producción, o cantidad de empleados o tipo jurídico. En el PFI la clasificación
es en base a la cantidad de empleados permanentes y forma jurídica. Así los
productores pueden agruparse en familiares, empresa familiar y empresa.
Desde el punto de vista de la
estructura jurídica, la mayor parte de los productores de Río Negro son, en
orden de importancia: personas físicas, SA, SH y SRL. Es destacable la baja
participación de las cooperativas.
Como señalamos, hay muchas
diferencias entre los productores del valle, desde muy pequeñas explotaciones
familiares hasta grandes empresas. Hoy hay muchos
pequeños productores que no están
siendo favorecidos por estas ventajas competitivas que tiene el Alto Valle, ya
que tienen distintos sistema de comercialización, de costos, formalidad
impositiva, de tipo de fruta que produce y mercado que abastece, entre otras
características. Muchas familias de agricultores están al límite de la
subsistencia y de ser expulsados del sistema productivo.
Sobre estos pequeños
productores, familiares y de subsistencia, es que está teniendo lugar el
fenómeno de los remates, y para evitar que los mismos pierdan la
propiedad de la tierra y salgan del circuito productivo y social, es que
proponemos la suspensión de las ejecuciones hipotecarias de las deudas
sobre sus chacras por dos años, hasta que se puedan trabajar soluciones
alternativas al problema de fondo del endeudamiento y la falta de
rentabilidad.
Es por todo lo expuesto en estos
fundamentos, y por creer que este proyecto es una alternativa útil y concreta
para conseguir el objetivo planteado, que solicito a mis pares la aprobación del
presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
22/05/2012 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |