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PROYECTO DE TP


Expediente 2402-D-2011
Sumario: SUSPENSION POR DOS AÑOS DE LAS EJECUCIONES JUDICIALES DE INMUEBLES QUE CONSTITUYEN UNIDADES PRODUCTIVAS PRIMARIAS DE FRUTAS EN LAS PROVINCIAS DE NEUQUEN Y RIO NEGRO.
Fecha: 06/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SUSPENSION POR DOS AÑOS DE LAS EJECUCIONES JUDICIALES DE INMUEBLES QUE CONSTITUYEN UNIDADES PRODUCTIVAS PRIMARIAS DE FRUTAS EN LAS PROVINCIAS DE NEUQUEN Y RIO NEGRO
Artículo 1º - Se suspenden las ejecuciones judiciales de inmuebles que constituyen unidades destinadas a producción primaria de frutas en las Provincias de Rio Negro y Neuquén, por deudas dinerarias de cualquier tipo contraídas para ser aplicadas al desarrollo o mejora de la unidad productiva, cualquiera sea la fecha de la mora y siempre que su monto original no supere la suma de pesos trescientos mil ($300.000) o su equivalente en moneda extranjera al momento de la toma del crédito, por el plazo de dos años desde la vigencia de la presente Ley.
Artículo 2º - Se encuentran amparados por la presente Ley aquellos inmuebles que constituyen unidades productivas en los términos referidos en el artículo anterior, siempre que se acredite sumariamente ante el Juez competente, que se trata del único bien productivo, propiedad del ejecutado y que su explotación constituye el sustento de su titular y/o de su grupo familiar.
Artículo 3º - La suspensión de los remates dispuesta en la presente es de orden público, debiendo el demandado acreditar, a petición del Juez, los extremos señalados en el artículo anterior mediante información sumaria. De la misma, se correrá traslado a la ejecutante por un plazo de cinco (5) días, quien podrá oponerse, pudiendo acompañar sólo prueba documental. Contestado el traslado o vencido el término para hacerlo, el Juez resolverá sobre la suspensión. Dicha resolución será apelable.
Artículo 4º - De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es el objeto de este Proyecto de Ley Nacional la Suspensión de remates de campos productivos de frutas para productores familiares de Rio Negro y Neuquén, por dos años, hasta que se encuentra una solución sustentable a los problemas de comercialización, precio y endeudamiento. Es una solución de corto plazo, simplemente pensada para evitar que los pequeños productores familiares endeudados pierdan la propiedad de sus campos. La idea es generar un lapso de tiempo para ir buscando alternativas de fondo que solucionen la situación de dichos productores.
Los fundamentos de este proyecto de ley, en tanto, se presentaran en dos partes.
En una primera parte explicaremos los antecedentes normativos que existen respecto a las suspensiones de ejecuciones / remates por deudas hipotecarias. En la segunda, parte, se presentara un diagnostico económico, productivo, social y por supuesto valorativo de la producción de frutas en el Alto Valle del Rio Negro, con especial énfasis en lo que esta sucediendo con las deudas hipotecarias y los remates de campo.
Así pues, buscaremos mostrar en estos argumentos así presentados, que para conseguir el objetivo buscado de preservar los pequeños agricultores de frutas del Valle del Río Negro y mantener el arraigo rural, hasta tanto se encuentre una solución de fondo, la suspensión de los remates hipotecarios es una buena herramienta.
Pasamos así, primero, a los antecedentes legislativos de las suspensiones de ejecuciones.
Antecedentes Nacionales
En Noviembre de 2005 el Senado convirtió ayer en ley la suspensión por 120 días de las ejecuciones de las viviendas adquiridas con créditos hipotecarios, bancarios y privados (escribanías, por ejemplo) que hayan entrado en mora entre el 1° de enero de 2001 y el 11 de septiembre de 2003, luego de un inesperado cambio de rumbo del Poder Ejecutivo que permitió el tratamiento -y la posterior aprobación- del polémico proyecto.
Además, la ley fija un nuevo plazo de 120 días para que los deudores de créditos hipotecarios de vivienda única y familiar de hasta 100.000 pesos puedan inscribirse en el fondo fiduciario del Banco Nación (reabriendo así ese registro), creado por la ley 25.798, de refinanciación hipotecaria, aprobada en diciembre de 2003. Se trata de un mecanismo de rescate por el cual el deudor puede refinanciar el monto de su deuda a mayor plazo y con cláusulas que toman en cuenta su nivel de ingresos. El banco, por su parte, pasa a tener su acreencia con el fondo fiduciario y no con el particular.
En el recinto, el jefe del bloque del PJ, Miguel Pichetto (Río Negro), debió dar marcha atrás para pedir la sanción de un proyecto que hasta la semana pasada aseguraba que "nunca" saldría de la Cámara alta. A contramano de aquellas afirmaciones, Pichetto defendió ayer la dilación de las ejecuciones como "un espacio de tiempo" que se tomó el Gobierno "para trabajar seriamente en la búsqueda de una solución", y que era con "ese espíritu y esa filosofía" que se aprobaba el proyecto otrora repudiado.
"Nada ganaríamos con postergar de manera indefinida la cuestión de las hipotecas sin resolver las cuestiones centrales planteadas entre deudor y acreedor y que vienen del momento más grave de la crisis argentina, allá por 2001", agregó.
Además, Pichetto calificó como una "preocupación central" del Poder Ejecutivo "encontrar una salida" a la situación de los deudores del Banco Hipotecario, que quedaron excluidos de la ley de refinanciación hipotecaria. "Esta no es una prórroga indefinida que afecta la seguridad jurídica, sino que apunta a evitar la pérdida de las viviendas de muchas personas que han sufrido los avatares del país", aclaró.
La iniciativa fue aprobada en forma unánime -había 51 senadores presentes-, pero no sin que antes varios legisladores de la oposición criticaran al Poder Ejecutivo Nacional. Así, Nancy Avelín (Cruzada Renovadora-San Juan) puso en duda la efectividad de la ley de refinanciación hipotecaria. "No sabemos si ha sido un salvataje o un salvavidas de plomo, porque ha dejado afuera a mucha gente que ha perdido sus viviendas y hoy tiene a muchas otras con una espada de Damocles sobre sus cabezas", sentenció.
En tanto, el jefe del bloque radical, Mario Losada, criticó al peronismo al afirmar que "es injusto que esto que estamos votando se lo quiera atribuir un solo sector político". "Esto es producto de la lucha y, la constancia de las víctimas, que son los deudores hipotecarios", afirmó.
Antecedentes Provinciales - Buenos Aires
En la Provincia de Buenos Aires, se han suspendido las ejecuciones hipotecarias por la Ley 13302, publicada en el Boletín Oficial del 27 de Enero de 2005 (BO 25090) y promulgada el 17 de Enero de 2005, suspendió en todo el ámbito de la Pcia. de Buenos Aires por el término de 180 días hábiles las ejecuciones hipotecarias de inmuebles que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor, que no superen el monto de los $90.000 (pesos noventa mil). Dicho monto luego fue corregido y actualizado, llegando en la actualidad a $200.000 (pesos doscientos mil).
Por decreto Nº 643/2005 el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires hizo uso de las facultades que le otorgara la ley provincial Nº13302 (creación del REGISTRO DE DEUDORES CON EJECUCIONES JUDICIALES) suspendiendo las ejecuciones hipotecarias de vivienda única cuya valuación fiscal no superen los $90.000 al 29-12-2004, por 180 días hábiles contados a partir del 16-8-2005. Dicha Ley posteriormente fue modificada, y su vigencia prorrogada sucesivamente por las leyes 13390, 13590 y 13738. Esta última fue promulgada el 23 de Octubre de 2007 y publicada el día 5 de Noviembre de 2007 (BO 25774).
Dicha Ley Provincial suspende en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires por el término de trescientos sesenta (360) días hábiles, las ejecuciones hipotecarias sobre mutuos que contengan por objeto la vivienda única familiar del deudor, siempre y cuando el monto de su valuación fiscal actual no supere la suma de doscientos mil (200.000) pesos, a excepción de los créditos de naturaleza alimentaria, los derivados de la responsabilidad por comisión de delitos penales y los créditos laborales.
El objeto declarado de dicha ley tal como fue señalado en los fundamentos de la Ley 13302 y sus modificatorias, es "atender la afligente situación en que se encuentran más de 500.000 personas en la provincia de Buenos Aires que ven con peligro cierto la ejecución hipotecaria de su vivienda única y familiar ya que la legislación nacional (Ley 25.798/03) ha dejado excluido a vastos sectores de la comunidad ya sea por haber comprendido la mora de las fechas establecidas por la Ley 25.798 y los créditos contraídos con entidades que no ejercieron el uso de la opción de acogerse al sistema creado ya que la ley lo permitía."
En su reforma del año 2008, los fundamentos del proyecto aprobado (Autoría del Sdor. Provincial Gerardo Reverberi), sostenían que " La importancia de la vivienda única y familiar del deudor está en relación directa con las dimensiones propias de la persona humana, que son simultáneamente sociales, afectivas, culturales, y en este sentido resulta indispensable brindar todas las herramientas que estén a nuestro alcance para su salvaguarda, teniendo en cuenta que el derecho a una vivienda digna es uno de los derechos fundamentales del ser humano, consagrado en tratados internacionales y en nuestras constituciones nacional y provincial. Considerando que es fundamental arbitrar las medidas pertinentes para lograr la tutela del derecho de propiedad y de acceso a una vivienda digna de innumerables habitantes de la república prorrogando la Ley 13.302 y sus modificatorias, es que creemos que, en tanto siga existiendo un grave déficit de soluciones habitacionales en nuestro territorio provincial, la prórroga de la suspensión de las ejecuciones hipotecarias para los casos en este proyecto contenidos es un paliativo adecuado para tal situación."
En el mismo sentido que la Ley Bonaernse, en Rio Negro se sancióno la LEY Nº 4160 , Aprobada en 1ª Vuelta: 28/11/2006 - B.Inf. 66/2006 - "égimen excepcional de protección de la vivienda única de residencia permanente bajo crédito hipotecario para su compra, construcción, refacción o ampliación" que en su artículo 1 reguló que "En los casos en que una ejecución hipotecaria recaiga sobre inmueble único y de residencia permanente de la familia del deudor y la hipoteca fuera producto de un crédito destinado a la compra, construcción, refacción o ampliación del inmueble motivo de la subasta, a pedido de parte y previa información sumaria, se suspenderán todos los plazos procesales por el término de ciento ochenta (180) días hábiles a partir de la fecha de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial."
En lo que hace concretamente a la suspensión de los remates de campos destinados a producción frutícola en el Valle del Rio Negro, este Proyecto de Ley Nacional toma como antecedente, inspiración, fundamento y base de su redacción la Ley de la Provincia de Rio Negro N 4348, autoría de la Diputada Provincial Magdalena Odarda, la cual transcribimos.
LEY Nº 4348
Artículo 1º - Se suspenden los remates judiciales de inmuebles que constituyen unidades destinadas a producción primaria en cualquiera de sus formas, por deudas dinerarias de cualquier tipo contraídas para ser aplicadas al desarrollo o mejora de la unidad productiva, cualquiera sea la fecha de la mora y siempre que su monto original no supere la suma de pesos trescientos mil ($300.000) o su equivalente en moneda extranjera al momento de la toma del crédito mientras dure la emergencia social.
Artículo 2º - Se encuentran amparados por la presente Ley aquellos inmuebles que constituyen unidades productivas en los términos referidos en el artículo anterior, siempre que se acredite sumariamente ante el Juez competente, que se trata del único bien productivo, propiedad del ejecutado y que su explotación constituye el sustento de su titular y/o de su grupo familiar.
Artículo 3º - La suspensión de los remates dispuesta en la presente es de orden público, debiendo el demandado acreditar, a petición del Juez, los extremos señalados en el artículo anterior mediante información sumaria. De la misma, se correrá traslado a la ejecutante por un plazo de cinco (5) días, quien podrá oponerse, pudiendo acompañar sólo prueba documental. Contestado el traslado o vencido el término para hacerlo, el Juez resolverá sobre la suspensión. Dicha resolución será apelable.
Coyuntura Actual de REMATES en el Valle del Rio Negro:
La coyuntura actual en el Valle de Rio Negro es compleja. La Diputada Provincia de Rio Negro, Magdalena Odarda, sostuvo que "SIGUEN HOSTIGANDO A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES, AHORA INTENTAN DESPOJARLOS DE SUS HERRAMIENTAS".
Así se refirió indignada la Diputada Provincial de la CC-ARI luego de que el Presidente de la Cámara de Productores de Valle Medio, Roberto Iriroy, le transmitiera la inquietud de que ahora; intentan rematarle las rastras, tractores y acoplados a cientos de productores de esa región.
Roberto Iriroy, Presidente de la Cámara de Productores de Valle Medio le manifestó su gran preocupación a la Legisladora de la CC-ARI días atrás ya que sólo en la región de Valle Medio existen más de 800 expedientes judiciales tramitándose en el Juzgado de Choele Choel lo cual pone en situación de riesgo a alrededor de 300 pequeños productores quienes, en la mayoría de los casos, habían cancelado su deuda con el Banco Residual y firmaron un convenio con el Gobierno Provincial mediante el cual se determinaba que el Estado se haría cargo del pago de los honorarios del abogado de la Fiscalía de Estado.
"Hoy, el Estado Provincial al suspender ese convenio de pago de honorarios al abogado, genera que el letrado inicie su cobro judicialmente contra los pequeños productores intentando rematar lo único que tienen que son sus herramientas de trabajo tales como las rastras, tractores, acoplados y hasta en algunos casos, les embarga su televisor, heladera"; indicó i Magdalena Odarda.
"Mucho tiempo no queda para que terminen por despojar y expulsar del sistema a mas pequeños productores, ya que cientos de ellos, mediante cedulas, fueron notificados de que en el transcurso de estos días sus pocas herramientas serían rematadas por la martillera Rosa Dell'Orfano", agregó la parlamentaria arista.
En ese sentido, la diputada provincial recordó: " a fines del año pasado, la Legislatura de Río Negro sancionó por unanimidad una iniciativa que impulsé desde mi banca la cual precisamente solicita alPoder Ejecutivo Provincial y Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro, que arbitren los medios necesarios para que se suspendan las causas judiciales que perjudican a cientos de pequeños y medianos productores de Río Negro por el cobro de honorarios y gastos en concepto de intereses compensatorios, punitorios, IVA y costos de juicios por deudas mantenidas con el Banco Residual, Río Negro Fiduciaria, Fondo Hortícola y todo organismo del Estado Provincial; afrontando el pago de los mismos el Estado Provincial, tal como lo establece la cláusula tercera de los convenios suscriptos entre la Fiscalía de Estado y los productores oportunamente".
"Por ello", subrayó Odarda, " ante la situación de estos más de 300 chacareros, gestionamos una audiencia con el Vice Gobernador, Bautista Mendioroz, el viernes pasado en Villa Regina para que puedan transmitirle su preocupación para lo cual el funcionario se comprometió a seguir el caso y darle solución".
La misma Diputada Provincial, ante un nuevo intento de remate, el 24 de noviembre de 2010 advirtió que está en plena vigencia la ley de suspensión de remates de unidades productivas que hayan contraído deudas con el Banco Nación, Ley 4348, y también la ley que contempla la suspensión de remates judiciales en los casos en que se encuentren comprendidas las viviendas únicas rurales.
En ese sentido destacó: "Con las modificaciones incorporadas recientemente a la ley 4348 intentamos definir con mayor precisión ciertos requisitos a cumplimentar para que el emprendimiento productivo pueda ser caracterizado de sustento familiar; a su vez, se establece un mecanismo que da mayores garantías al pequeño y mediano productor beneficiado por la presente ley, dado que la actual redacción fue utilizada como argumento para que los Jueces intervinientes en algunas causas judiciales, se escudaran en la falta de impulso por parte del deudor. Generalmente, los Jueces esperaban que el deudor se amparara en una ley que en ocasiones, no conocía o tenía pocas posibilidades de conocer".
"Los funcionarios públicos que ordenen subastas o remates en violación a la ley, serán pasibles de sanciones administrativas y/o penales. Quien esté colegiado en el marco de la Ley provincial Nº 2051 deberá cumplir acabadamente con lo prescripto en la presente ley, bajo apercibimiento del retiro de la matrícula", señaló Magdalena Odarda, autora de la ley.
Por otra parte, la Diputada Provincial se refirió respecto a la Ley P Nº 4160: "Esta Ley busca como objeto que, en los casos en que una ejecución hipotecaria recaiga sobre inmueble único y de residencia permanente de la familia del deudor y la hipoteca fuera producto de un crédito destinado a la compra, construcción, refacción o ampliación del inmueble motivo de la subasta, se suspenderán todos los plazos procesales hasta el 31 de diciembre de 2010".
Por último, señaló: "Estas normas de protección a la vivienda única inexorablemente debe ser respetada por las entidades financieras que operan en la provincia por ello, resulta fundamental que el gobierno arbitre las medidas pertinentes para salvaguardar el derecho de propiedad, de acceso a una vivienda digna de innumerables habitantes de la provincia".
Para terminar de presentar el panorama, y apenas como muestra, queremos incluir en los fundamentos de este proyecto de Ley un comunicado del Movimiento de Mujeres en Lucha, de General Roca. Del 11 de abril de 2011. COMUNICADO DE PRENSA El Movimiento de Mujeres en Lucha de Gral. Roca pone en conocimiento de la opinión publica y de los productores en especial que en el día de fecha, junto a Pastoral Social, se hizo presente en el Juzgado Federal de esta ciudad, siendo recibidas por el Juez Dr. Santiago Inchausti, a quien se le hizo entrega de un escrito donde se le solicitaba el cumplimiento de las Leyes 4348 de Suspensión de Remates por deudas con el Banco de la Nación y la 4160 de Suspensión de todos los plazos legal de vivienda unida rural de esta provincia. Se le hizo saber la delicada situación de los deudores y lo grave que seria llegar al remate de estas unidades productiva de pequeños y medianos agricultores familiares, por cuanto desencadenarían en una problemática social de exclusión y miseria, dado que las mismas constituyen el lugar donde viven, trabajan y logran el sustento de su familia.-
Con posterioridad nos hicimos presente ante el Gerente del Banco Nación, Sr. Roque Nieva, quien recibió una nota con idéntico contenido, a los fines no se siga adelante con los ejecuciones judiciales y se dé cumplimiento a las leyes de la provincia, solicitando además se remita la misma al Directorio de dicho Banco.-
Este Movimiento realizara todas las gestiones que considere necesarias para que no se efectué una sola subasta de chacras, por lo que solicitara audiencia al Poder político para que asuma y solucione la desesperante situaciones de muchas familias de productores que serán expulsadas y excluidas, llevándolas al desarraigo y a la miseria, por no existir políticas publicas de contención y promoción de la agricultura. No aceptamos y aceptaremos soluciones a medias y exigimos que tanto Provincia y Nación coincidan en decisiones acertadas y a la medida de los productores no de sus mezquinos y egoístas intereses políticos electoralista.-
MOVIMIENTO DE MUJERES EN LUCHA DE GRAL. ROCA
Luego, el 14/09/2010 el gobierno nacional "prometió" suspender remates, pero sin ninguna norma que sustente eso. Mientras tanto Por otra parte, los productores frutícolas recibieron el anuncio de la interrupción de los remates de chacras originados por deudas con el Banco Nación cuya cartera será tomada por la provincia de Río Negro para refinanciar las deudas a 30 años. Es por ello que presentamos esta norma de nivel nacional, para paliar tal falta de normativa.
Repetimos: Es el objeto de este Proyecto de Ley Nacional la Suspensión de remates de remates de campos productivos de frutas para productores familiares de Rio Negro y Neuquén, por dos años, hasta que se encuentra una solución sustentable a los problemas de comercialización, precio y endeudamiento.
Situacion Productiva y Social
Basados en una amplia cantidad de fuentes, estadísticas, trabajos de campo, documentos de los propios productores y estudios académicos sobre la situación económica y social del valle, queremos presentar los siguientes puntos como, apenas, un esbozo de la situación y dinámica económica que subyace al presente proyecto de ley. Las conclusiones a las que abordamos se presentan en dos grandes grupos. Primero, desarrollamos las Principales Características de la Producción de Frutas en el Valle del Rio Negro y Situación Actual. Luego se pretende presentar, de forma someramente esquemática, algunas cuestiones referidas a la caracterización de los productores.
1) Principales Características de la Producción de Frutas en el Valle del Rio Negro y Situación Actual
CONTEXTO INTERNACIONAL FAVORABLE: Hay oportunidad global de mercado y argentina puede aprovecharla. El cambio de dieta global, la existencia de ciertos "nichos" de alimentación de tipo natural de alto poder adquisitivo y las recomendaciones de ONU y FAO pueden aumentar dicho contexto favorable. Las frutas de pepita son un gran motor de desarrollo y progreso, y pueden serlo aún más por la oportunidad que brinda el contexto internacional.
CONDICIONES DEL VALLE DEL RIO NEGRO: La Región del Alto Valle tiene una diversa y variada gama de producción agropecuaria, que la convierte en un conjunto productivo altamente competitivo a nivel mundial. La combinación clima / agua / suelo / energía es inmejorable.
EXPORTACIONES: Argentina es el primer exportador de peras y quinto de jugo de manzana del mundo. La Región del Alto Valle es altamente competitiva en términos internacionales.
CRECIMIENTO DE PRODUCCION Y EXPORTACIONES: Crecimiento de Producción Tanto la producción total de peras y como de manzanas del Alto Valle viene creciendo en los últimos 6 u 8 años. También viene siendo creciente el nivel de exportaciones de ambas frutas y sus subproductos o procesados industriales.
GRAN HETEROGENEIDAD DE PRODUCTORES: Mientras unos tienen tecnología, escala, fuerza en la negociación hacia adentro de la cadena, exportan y compiten en el mundo, hay otros que están atrasados, endeudados e incluso al límite de la subsistencia.
AUMENTO DE COSTOS DE PRODUCCION: El Valle esta sufriendo desde hace 4 o 5 años una fuerte suba de costos de sus insumos que hacen que se vaya perdiendo rentabilidad. Es una actividad que depende fuertemente de insumos importados y es mano de obra intensiva, y ambos ítems vienen subiendo fuertemente. Esta suba de costos afecta relativamente más a los productores mas chicos, a los más atrasados tecnológicamente, con menor capital y con esquemas de agricultura familiares o de subsistencia, ya que la suba de los costos los encuentra sin ningún margen económico / Financiero para enfrentarla.
PRECIO: Al problema de la suba de costos se suma el tema de conformación de precios. El precio actualmente es bajo. El precio de referencia es de 0.28 cts de dólar (1,1% aprox) , pero en realidad los productores están recibiendo en promedio 0.50 cts de $ por kilo, ya que hay que promediar lo que reciben efectivamente por kilo de fruta "en fresco" ( 0.7 o 0.8 $ ) con lo que reciben por kilo de fruta "para industria" 0.15 o 0.2)
FALTA DE RENTABILIDAD: La coyuntura de tipo de cambio quieto, costos de producción en alza y precios bajos está generando que para la gran mayoría de los productores su negocio, simplemente, no es rentable. Se preveen resultados negativos en la mayoría de los casos en función de los precios que tendrá la fruta una vez que se realice la liquidación y se conozca el precio final. Esto lleva a deudas, baja de inversión, descapitalización, y en el extremo, desaparición de productores.
ROL AMBIGUO DEL ESTADO: Tanto desde Nación como desde Provincia, el rol estatal es ambiguo y muchas veces perjudicial para la mayoría de los productores. En el caso de retenciones a las frutas, se han anunciado rebajas de las mismas, pero en verdad se trata de "reintegros" de dichas retenciones con un esquema de entrega de subsidios por claro, poco efectivo y que no ha logrado mejor la rentabilidad de los productores. Existe el Plan Frutícola Integral, interesante en sus objetivos declarados, pero muy débil en su implementación. Además, los subsidios comprendidos en el mismo no se están entregando regularmente, y aún así, son apenas parches temporarios que en una situación de falta de rentabilidad no aportan ninguna solución de fondo. Con el tema de los remates de campos pasa algo similar: hay anuncios de suspensión, negociaciones por soluciones de fondo (fondos fiduciarios nacionales o provinciales), y sistemáticamente los remates cada cierto período de tiempo vuelven a aparecer.
FALTA DE "SALIDAS": Falta de opciones y rentabilidad para los productores mas pequeños y atrasados. Problemas de asociatividad.
CONCENTRACION: Tendencia a la concentración de la propiedad de la tierra y de la producción, por la situación descripta.
DIFICULTADES PARA INCORPORAR TECNOLOGIA: Hay problemas de gestión de la transferencia de tecnología. La tecnología está disponible pero existe una gran debilidad en la implementación. Falta el desarrollo de estrategias de trabajo en equipo.
DEUDAS Y REMATES: Endeudamientos, salida de la producción, perdida de los productores y pérdida de la propiedad de la tierra. Problemas de REMATES de chacras.
SALIDA DE PRODUCTORES DEL NEGOCIO: La combinación de las situaciones descriptas se combina con la situación estructural. Se está en medio de un cambio generacional, de pioneros fundadores (o hijos de estos), a herederos de chacras. De vivir en el campo y realizar el productor la mayoría de las actividades a vivir en la ciudad y ser empresario. (el que aun puede)
DESCONFIANZA: Desconfianza entre actores de la cadena.
¿OPORTUNIDAD DESPERDICIADA? ¿OPORTUNIDAD APROVECHADA POR MUY POCOS?: El contexto es complejo. Estamos ante una GRAN cosecha pero malos precios. Así, en un marco de GRAN oportunidad global para el sector de frutas argentino, pero con ALTA heterogeneidad para los productores y con un sector de ellos, los más pequeños, que enfrentan serios problemas de rentabilidad, encontramos que en el Valle están ocurriendo estos fenómenos no deseados.
2) CARACTERIZACION DE LOS PRODUCTORES
Como hemos dicho en más de una parte de este Proyecto de Ley , hay muchas diferencias entre los productores del valle, desde muy pequeñas explotaciones familiares hasta grandes empresas. Hoy hay muchos pequeños productores que no están siendo favorecidos por estas ventajas competitivas que tiene el Alto Valle, ya que tienen distintos sistema de comercialización, de costos, formalidad impositiva, de tipo de fruta que produce y mercado que abastece, entre otras características. Muchas familias de agricultores están al límite de la subsistencia y de ser expulsados del sistema productivo.
Hay varias clasificaciones o grupos de productores. A continuación presentaremos algunas características diferenciales de estos grupos y algunos datos ilustrativos. Esta "clasificación" no debe entenderse como algo cerrado ni mucho menos, apenas queremos mostrar algunos rasgos comunes y salientes de grupos de productores para presentar la heterogeneidad de los mismos.
- PRODUCTORES PEQUEÑOS Y FAMILIARES.
Los productores más pequeños, que podemos clasificar como familiares o pequeños productores de subsistencia, con alrededor de 5 has productivas, atraviesan una situación compleja. En general pierden dinero pero esto no se ve en sus resultados porque dejan de invertir, achican los gastos al máximo, realizan ellos todas las actividades, son parte del mercado informal. Seguirán en la actividad subsistiendo y produciendo lo que puedan, no tienen otra alternativa. Algunos reciben algunas
ayudas del estado pero consideran que son solo pequeños paliativos. Hay otro grupo de productores, que también son pequeños en la clasificación por escala, pero muy cercanos en condiciones productivas a los mas pequeños o de subsistencia. Este es el grupo (o subgrupo) más diverso en todo concepto, escala (de 5 a 50 has), de profesionalismo, de tecnologías, etc. La actividad esta en quebranto, no encuentran salidas en asociativismo, en el estado, en nadie. Están mayoritariamente negados, perdidos, resignados y descreídos de cualquier alternativa de mejora. Varios ya tienen alguna otra actividad complementaria. Están más para dejar la chacra que para seguir. No encuentran muchas salidas pero algunas enumeradas fueron: si están cerca de las ciudades para construcción de viviendas, las alquilan a otros productores más grandes (el valor de alquiler es bajo), las venden (por la situación actual no hay demanda), o simplemente las abandonan (ya que no pueden pagar las tareas mínimas de mantenimiento).
El tipo social "productor pequeño" se caracteriza por su bajo nivel de capitalización: el 96% cuenta con menos de 20 has de superficie y maquinaria obsoleta (tractores de más de 20 años).
- PRODUCTORES MEDIOS O INTEGRADOS
Los productores integrados son en general de escala mediana, que en buenos momentos de la actividad supieron agregar a la actividad productiva, la clasificación, el empaque, el frío, la comercialización, etc. en algunos casos todos las actividades y en otros alguna de ellas. En general tienen una escala un poco mayor a los productores medios, tienen más alternativas de venta y distintos monentos en el año para comercializar la fruta. Aunque pueden varios de ellos tener un mal año en cuanto al resultado económico es muy probable que apuesten por al menos otro año más.
- GRANDES PRODUCTORES / EMPRESAS.
Son los llamados "empresas", tienen integradas todas la actividades, grandes superficies (más de 500 has), comercializan tanto producción propia como de terceros (a estos le compran la fruta en bascula, o le dan servicio de clasificación y empaque). En general no son bien vistos por los pequeños y medianos productores, muy criticados por las liquidaciones de la fruta entregada. Están pasando de trabajar con fruta propia y de terceros a un esquema de fruta en su mayoría propia. Varios han realizado grandes inversiones en los últimos años en galpones de empaque y cámaras de f'rio, también en la compra de chacras. Cuando uno de estos "grandes" se cae se siente el golpe sobre todo por la gran cantidad de empleos que tienen en sus chacras y galpones, se estima que hay algunos con una situación financiera muy comprometida.
Finalmente, los "productores grandes" son los que muestran el mayor grado de capitalización, con superficies que superan ampliamente las 50 has, y una renovación importante del parque de maquinaria, la mayoría de los tractores tienen menos de 10 años de antigüedad. (Del: Plan Frutícola Integral de Rio Negro y Neuquén - PFI)
La actividad frutícola regional se caracteriza por la existencia de un significativo número de chacras en manos de pequeños productores (52% de los productores). En ellas predomina el trabajo del productor y su familia y la contratación de mano de obra temporaria para tareas específicas. En el otro extremo, esta el segmento de "productores grandes" que representa sólo el 6% del total. Esta característica de la región demuestra que, a nivel social, la actividad productiva de los grandes valles se encuentra en gran parte apoyada en la figura del "productor pequeño".
El tipo familiar representa el 52% de las UE (1) , en él predomina el trabajo de la familia y la contratación de mano de obra es temporal. El 96% de este tipo posee menos de 20 ha y no poseen tractor o tiene antigüedad mayor de 20 años. En el caso de la empresa familiar, el 51% poseen unidad económica mayor de 50 ha; y en el caso de empresa, el 76% poseen unidades económicas mayor de 50 ha.
Gráfico: Tipo de productores
Tabla descriptiva
Fuente: Elaborado a partir de PFI, 2007.
Como vemos, la actividad productiva se caracteriza por una alta heterogeneidad y existen diversos estudios en los cuales se los clasifica de acuerdo a la superficie bruta de producción, o cantidad de empleados o tipo jurídico. En el PFI la clasificación es en base a la cantidad de empleados permanentes y forma jurídica. Así los productores pueden agruparse en familiares, empresa familiar y empresa.
Desde el punto de vista de la estructura jurídica, la mayor parte de los productores de Río Negro son, en orden de importancia: personas físicas, SA, SH y SRL. Es destacable la baja participación de las cooperativas.
Como señalamos, hay muchas diferencias entre los productores del valle, desde muy pequeñas explotaciones familiares hasta grandes empresas. Hoy hay muchos
pequeños productores que no están siendo favorecidos por estas ventajas competitivas que tiene el Alto Valle, ya que tienen distintos sistema de comercialización, de costos, formalidad impositiva, de tipo de fruta que produce y mercado que abastece, entre otras características. Muchas familias de agricultores están al límite de la subsistencia y de ser expulsados del sistema productivo.
Sobre estos pequeños productores, familiares y de subsistencia, es que está teniendo lugar el fenómeno de los remates, y para evitar que los mismos pierdan la propiedad de la tierra y salgan del circuito productivo y social, es que proponemos la suspensión de las ejecuciones hipotecarias de las deudas sobre sus chacras por dos años, hasta que se puedan trabajar soluciones alternativas al problema de fondo del endeudamiento y la falta de rentabilidad.
Es por todo lo expuesto en estos fundamentos, y por creer que este proyecto es una alternativa útil y concreta para conseguir el objetivo planteado, que solicito a mis pares la aprobación del presente.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
22/05/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría