PROYECTO DE TP
Expediente 2376-D-2015
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LA NO REMISION DE PARTE DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES DE LOS FONDOS A LOS MUNICIPIOS DEL INTERIOR CON FINALIDAD EDUCATIVA.
Fecha: 30/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 40
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
DENUNCIAR ante el MINISTERIO
DE EDUCACION de la NACION y el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA y
EDUCACION en los términos del artículo 17 de la Ley No 26.075 , el
incumplimiento del PODER EJECUTIVO de la PROVINCIA DE CORRIENTES de
la remisión de fondos con finalidad educativa en forma automática a los
municipios de la mencionada PROVINCIA, de conformidad lo dispone el artículo
19 de la LEY 27.008 "PRESUPUESTO NACIONAL AÑO 2015", violando asimismo
la autonomía financiera municipal reconocida por los artículos 5 y 123 de la
CONSTITUCION NACIONAL.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
TEMA: DENUNCIAR ante el
MINISTERIO DE EDUCACION de la NACION incumplimiento del PODER
EJECUTIVO de la PROVINCIA DE CORRIENTES de la remisión de fondos con
finalidad educativa en forma automática a los municipios
INICIATIVA: Diputado Carlos G.
Rubin
El art. 228 de la Carta Magna
correntina reza:
"Artículo 228: Los municipios
tienen plena autonomía en la administración y disposición de sus recursos, de
los cuáles no pueden ser privados sino con su autorización prestada en legal
forma. Ninguna autoridad puede retener fondos o elementos que sean
destinados a un municipio en particular por parte del Estado Nacional o de
cualquier otra persona física o jurídica, siendo responsables personalmente
quienes realicen o consientan dicho acto indebido."
Ello es reforzado en que art. 229
inciso 4° de la Constitución provincial correntina, expresa:
"Son recursos municipales propios,
sin perjuicio de otros establecidos por ley o por convenio, los siguientes:... 4) La
participación en los ingresos de la provincia provenientes de la coparticipación
de fondos nacionales sin asignación específica, la que nunca será inferior al
quince por ciento (15%) ni superior al cincuenta por ciento (50 %) de dichos
ingresos." Y junto al decreto provincial N° 3573/10 (ratificado por la ley
6044/11) deberían incluirse la totalidad de los fondos nacionales de
coparticipación.
Que el Poder Ejecutivo de
Corrientes para poder hacerse de los fondos de las municipalidades incluyó en
las últimas leyes presupuestarias en su art. 17, una autorización a una reserva
de fondos para una finalidad específica.
Cuando en la actualidad la
devolución de los fondos coparticipables se realiza por la Nación de acuerdo a la
ley 23.548, comprendiendo todos los impuestos nacionales y no incluyendo
aquellos que tengan "afectación específica", lo que solamente puede hacerlo
este Congreso de la Nación, con propósito determinado y duración
limitada.
Además la Ley de Presupuesto
Nacional 2013 incluyó una modificación que dispone la transferencia automática
de recursos a los municipios para financiar gastos educativos, de acuerdo a lo
dispuesto en la Ley de Educación Nacional (Ley Nº 26.606) La cual fue
confirmada (Ley 27.008) para el ejercicio fiscal 2015.
De la coparticipación federal, antes
del reparto a las comunas, el Gobierno provincial retiene el porcentaje de la Ley
de Financiamiento Educativo, por lo cual esos fondos no llegan a las
municipalidades. Cuando la Provincia de Corrientes, no debería descontar los
fondos educativos de la masa coparticipable, sino que correspondería ingresar
primero la coparticipación a los municipios, y después recién retenerse los
recursos para la educación por parte del ejecutivo provincial.
Las comunas en su conjunto se
habrían visto privadas de más de 140 millones de pesos en recursos durante el
año 2014 y se superarían los 170 millones en 2015.
Las municipalidades perjudicadas
señalan que la coparticipación recibida por la provincia en la primera parte del
año se incrementó 30% y en los municipios los fondos coparticipados por la
provincia se incrementaron sólo 13.5%, en gran parte por no remitirse recursos
del financiamiento educativo.
Recientemente por trascendidos
periodísticos se conoció que ante la falta de respuestas concretas por parte de
la provincia, el Jefe de Gabinete de Nación, Aníbal Fernández, se comprometió
a analizar técnicamente la medida del Gobierno correntino de no girar los
fondos educativos.
Que frente a esta grave violación a
la autonomía de los municipalidades correntinas y afectación directa a los
ciudadanos de la provincia que represento, es que vengo a pedir denunciemos
este grave hecho institucional de incumplimiento de la Ley nacional N°26.075,
cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Educación de la Nación (por la
elevación al rango ministerial de la antigua secretaría de cultura), en consulta
con el Consejo Federal de Cultura y Educación, conforme lo establece en su art.
17°.
Por estas razones,
Sr. Presidente, solicito a mis pares que acompañen este proyecto con su
firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RUBIN, CARLOS GUSTAVO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BALCEDO, MARIA ESTER | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PERRONI, ANA MARIA | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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Comisión |
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