PROYECTO DE TP
Expediente 2365-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA OPTIMIZAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO RURAL ENUNCIADAS EN LA RESOLUCION 11/11 DE LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO.
Fecha: 05/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo nacional, a través del organismo correspondiente, disponga optimizar
las condiciones generales de trabajo rural enunciadas en la Resolución 11/2011
de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, en función de las respectivas
particularidades regionales socioeconómicas y ambientales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el mundo se están produciendo
notables cambios en los sistemas agrícolas. La expansión de las cadenas de
valor asociadas con la agroempresa y la agroindustria, la dificultad de los
pequeños agricultores que trabajan de forma autónoma para ganar salarios que
les permitan la consecución de los medios de vida y la escasez del trabajo en
algunas regiones junto con el subempleo y otros factores, están transformando
los sistemas laborales en el ámbito rural.
El logro de condiciones más justas
de empleo significa la provisión de oportunidades para un trabajo productivo
que genere un ingreso justo, seguridad en el lugar del trabajo y protección
social para los trabajadores y sus familias, mejores perspectivas de integración
social y de desarrollo personal, igualdad de oportunidades y trato para todas las
mujeres y hombres, libertad para que los trabajadores expresen sus
preocupaciones, se organicen y participen de las decisiones que habrán de
afectar sus vidas.
En este sentido, la República
Argentina como Estado miembro de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) desde el 28 de junio de 1919, ha ratificado dos Convenios vigentes
vinculados a las condiciones de trabajo rural.
Uno de ellos es el Convenio 129,
del año 1969, relativo a la Inspección del Trabajo Agrícola, que fuera aprobado
a través de la Ley 22.609 y ratificado el 20 de junio de 1985; y el otro
corresponde al Convenio 184, del año 2001, sobre Seguridad y Salud en la
Agricultura, aprobado por Ley 25.739 y ratificado por la Argentina el 26 de junio
de 2006.
En estos acuerdos es posible
comprobar una amplia coincidencia en el espíritu que se ha plasmado en el
Proyecto de Ley que enviara el Poder Ejecutivo nacional a consideración del
Congreso de la Nación el 22 de junio de 2010, tendiente a reemplazar el
"Régimen de Trabajo Agrario" aprobado por la Ley 22.248, Decreto
Reglamentario 563/81 y modificatorias; así como la reciente Resolución
11/2011 emanada de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario.
Estas contundentes iniciativas del
Gobierno nacional avalan la intención de mejorar las condiciones generales de
labor y habitación para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen
Nacional de Trabajo Agrario que realizan tareas transitorias, cíclicas,
ocasionales o excepcionales en el ámbito de todo el territorio del país. A efectos
de implementar favorablemente la política gubernamental de marras, se
requiere compatibilizar criterios consensuados con todos los actores del sector
rural.
De esta manera, la participación y
el aporte de productores, contratistas y organizaciones de base de trabajadores
y campesinos pertenecientes a las diferentes regiones argentinas, con
coyunturas y problemáticas incomparables, permitirán optimizar las pautas de
mejoramiento de las instalaciones de acuerdo con la realidad de cada región,
provincia y zona de trabajo. Así, la participación plena de todos los sectores
involucrados permitirá avanzar hacia políticas enmarcadas en la justa realidad
de las regiones.
En efecto, no tienen condiciones
similares los emprendimientos de la Pampa húmeda respecto al Noroeste,
Nordeste, Centro, Cuyo o Patagonia.
Asimismo, será necesario
considerar la inversión que el mediano a pequeño productor deberá realizar
para adecuarse a los requisitos de la norma. El universo de los medianos a
pequeños emprendimientos corre el riesgo de no poder adecuar las
instalaciones requeridas al tamaño de sus explotaciones y además porque la
rentabilidad de su actividad y las rigurosidades del clima no aseguran que la
producción agrícola y la actividad ganadera sean todos los años exitosas. Esta
situación puede provocar sencillamente el cierre de dichos
establecimientos.
Por las razones expuestas, señor
Presidente, y a los efectos de impulsar la aplicación de una norma adaptable a
las realidades sociales, económicas y ambientales de cada punto del territorio
nacional, solicito la consideración y aprobación del presente proyecto de
declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |