PROYECTO DE TP
Expediente 2362-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS AL CONTROL DE POLICIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, EN BUQUES QUE OPERAN CON HIDROCARBUROS EN LA LOCALIDAD DE CALETA CORDOVA, PROVINCIA DEL CHUBUT.
Fecha: 05/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio
de los organismos competentes, informe con la mayor urgencia posible los siguientes
puntos:
1. Cuáles son las empresas o buques que se
encuentran inscriptos en el registro de la Dirección de la Policía de la Seguridad de Navegación
de la Prefectura Naval Argentina que operan en la carga o descarga de hidrocarburos o sus
mezclas en las costas cercanas a la localidad de Caleta Córdova, Provincia de Chubut.
2. Informará las inspecciones realizadas por la
Prefectura Naval Argentina a las empresas y buques que realizan las cargas o descargas de
hidrocarburos o sus mezclas durante el período 2005/2010. Remitirá copia de las
inspecciones.
3. Informará el estado de las monoboyas, los
controles que se realizaron y a qué distancia exacta de la costa se encuentran ubicadas las
monoboyas que actualmente operan.
4. Si las empresas NATE S.A., TERMAP S.A. y el
buque petrolero GENMAR SPYRIDON se encuentran registradas en la Prefectura Naval
Argentina para realizar la carga o descarga de hidrocarburos o sus mezclas.
5. Si la Prefectura Naval Argentina habilitó a las
empresas NATE S.A., TERMAP S.A. y del buque petrolero GENMAR SPYRIDON, para la carga o
descarga de hidrocarburos o sus mezclas. En caso afirmativo, remitirá copias de las
habilitaciones y certificaciones.
6. Si la Prefectura Naval Argentina realizó las
investigaciones e informes sobre los derrames de hidrocarburos en diciembre 2007/2008/2010
ocurridos en las costas de Caleta Córdova. En caso afirmativo, remitirá copia.
7. Si la Prefectura Naval Argentina inició un
sumario administrativo correspondiente a los derrames ocurridos en Caleta Córdova, Provincia
de Chubut y remitirá copia del mismo.
8. Si la Prefectura Naval Argentina aplicó
sanciones a las empresas involucradas en los derrames de hidrocarburos ocurridos en las
costas cercanas de Caleta Córdova. En caso afirmativo, remitirá copias E INFORMARÁ ACERCA
DEL ACATAMIENTO DE LAS MISMAS.
9. Cuál fue el Plan de Saneamiento que realizó la
Prefectura Naval Argentina junto con las empresas privadas para contener y mitigar los efectos
del derrame ocurridos en aguas sometidas a su jurisdicción. Remitirá copia del plan.
10. Informará el estado actual de la
remediación de las aguas y playas afectadas por los derrames de hidrocarburos.
11. Informará el grado de afectación a la
flora y fauna marítima que ocasionaron los derrames de hidrocarburos.
12. Informará cuáles fueron los disolventes
utilizados por la Prefectura Naval Argentina para limpiar las aguas y playas de petróleo en la
zona de Caleta Córdova.
13. Informará si la utilización de dichos
disolventes provocó algún daño al medio ambiente y la población. Asimismo, informará cuáles
son las enfermedades que puede provocar en las personas el uso de los disolventes utilizados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ciudad de Caleta Córdova de la provincia de
Chubut, es una población portuaria donde se desarrolla una importante actividad pesquera;
sus principales capturas son el pejerrey, la merluza común, langostino, centolla, pulpos y
muchas otras especies. Es zona de cría de estas especies de interés alimentario. A lo largo de la
costa son frecuentes los avistajes de orcas, delfines, marsopas, zifios y lobos marinos.
Un gran porcentaje de la población tiene el
sustento económico en la actividad pesquera. La ciudad tiene una vieja tradición en la pesca
costera artesanal, que se desarrolla con la utilización de 7 botes aproximadamente, redes,
trasmallos, entre otros, involucrando alrededor de 28 pescadores, pero la cantidad de
personas varía ya que tanto niños, adolescentes y vecinos de Caleta, como de otros barrios
aledaños pescan con pequeñas redes o trasmallos, destinando el fruto de la pesca para su
consumo familiar o la venta.
Asimismo, en la Caleta Córdova se desenvuelve la
flota tradicional de Chubut, denominada la flota amarilla que, según la temporada, opera con
la cantidad de 5 a 20 barcos y necesita aproximadamente entre 20 a 100 marineros y 20
personas en la estiba.
En este sector el factor de riesgo de mayor
importancia lo provoca la actividad petrolera. Caleta Córdova está ubicada en el Golfo San
Jorge a 20 km. al norte de la ciudad de Comodoro Rivadavia y es el tercer puerto del país en
volumen de hidrocarburos desplazados por año (más de 5.500.000 metros cúbicos anuales).
Las instalaciones de operación de hidrocarburos consisten en una playa de tanques sobre la
costa con capacidad de almacenaje para 219.000 m3 de petróleo crudo y una recepción de
20.000 m3 por día, y en un amarradero de carga costa afuera con una monoboya de
cargamento (amarradero de punto único), se encuentra conectada con la terminal por una
cañería. Actualmente, está zona sigue afectada por los derrames de los hidrocarburos
ocasionados, principalmente, por las empresas NATE Y TERMAP en diciembre de los años
2007/8.
Los vecinos de la ciudad han realizado numerosos
reclamos por la falta de acción en el saneamiento de las aguas afectadas por los derrames que
dañan severamente el ecosistema en general. Asimismo, los pescadores reclaman la pérdida
de prestigio en la calidad de sus productos y la pérdida de antiguos clientes.
La Prefectura Naval Argentina tiene
delegada la competencia para intervenir en los derrames de hidrocarburos dentro de las aguas
de su jurisdicción, por el artículo 5º, inciso a), subinciso 23 de la Ley Nº 18.398, Ley Orgánica de
la Prefectura Naval Argentina: "Entender en lo relativo a las normas que se adopten tendientes
a prohibir la contaminación de las aguas fluviales, lacustres y marítimas, por hidrocarburos u
otras sustancias nocivas o peligrosas, y verificar su cumplimiento".
La Ley Nº 22.190 asignó a la Prefectura Naval
Argentina importantes funciones, entre ellas:
1. Establecer el régimen a que deberán ajustarse
las descargas de hidrocarburos y sus mezclas. (Ordenanza marítima Nº 1/93, ordenanza Nº
5/99 y ordenanza Nº 02/03)
2. Determinar las reglas de equipamiento y
diseño de buques.
3. Reglamentar las normas operativas para la
prevención y lucha contra la contaminación.
4. Investigar los hechos contaminantes, instruir
los sumarios y aplicar las sanciones que correspondan.
5. Exigir fianza real o personal por pago de las
multas y solicitar al Juez interviniente el pago por los gastos de limpieza.
6. Realizar las tareas descontaminadoras en las
aguas de su jurisdicción.
El presente proyecto de resolución tiene como
objetivo conocer si desde los ámbitos de gobierno nacional se controló a las empresas en el
cumplimiento de las reglamentaciones de carga y descarga de hidrocarburos, si cumplen en el
equipamiento y diseño de los buques y si las empresas informan sobre las descargas propias y
ajenas de hidrocarburos. Asimismo, se requiere conocer el grado de avance en el saneamiento
de las aguas contaminadas y determinar la afectación de los derrames en la fauna marina.
Por estas razones, solicito a mis pares el
acompañamiento del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
PARADA, LILIANA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES |