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PROYECTO DE TP


Expediente 2345-D-2015
Sumario: CONDECORACION ANUAL ORDEN AL MERITO NEWBERIANO A OTORGARSE A AQUELLAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE HAYAN CONTRIBUIDO AL DESARROLLO DE LA AVIACION NACIONAL. CREACION.
Fecha: 29/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACION DE LA CONDECORACION ANUAL ORDEN AL MERITO NEWBERIANO
ARTICULO 1º: Créase la "Condecoración Anual Orden al Mérito Newberiano" que se otorgará toda persona física o jurídica, nacional o extranjera que, por sus aportes, servicios virtudes morales, valores humanos y profesionales hayan beneficiado el desarrollo de la aviación nacional.
ARTICULO 2º: La condecoración mencionada en el artículo anterior se otorgará el 27 de mayo de cada año, en conmemoración del nacimiento del Ingeniero Jorge Alejandro Newbery.
ARTICULO 3º: Los Elementos Aeronáuticos, Civiles, Militares, de Seguridad y Policiales, como asimismo las Sociedades, Academias, Institutos y demás dedicados a la investigación, estudio y difusión de la Historia Aeronáutica y Espacial Argentina podrán proponer al Poder Ejecutivo Nacional las personas que considere con mérito para el otorgamiento de la presente condecoración.
ARTICULO 4°: La Autoridad de Aplicación de la presente ley será el Instituto Nacional Newberiano dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación.
ARTÍCULO 5º: El Poder Ejecutivo Nacional procederá a reglamentar la presente ley y efectuará las asignaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la misma.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como propósito instituir una condecoración para ser otorgada a aquellas personas físicas o jurídicas que de alguna manera hayan contribuido con su actividad al desarrollo de la aviación nacional.
Este reconocimiento adopta la ejemplar figura del Ingeniero Jorge Alejandro Newbery quien fuera considerado por decreto como el primer aviador militar. Además, como miembro integrante de la primera
Comisión de la Escuela Militar de Aviación, hoy Escuela de Aviación Militar, cuna originaria de la actual Fuerza Aérea Argentina, creada por el Decreto 288 como Secretaría de Aeronáutica en el año 1945, y de todas las Aviaciones Militares, Navales, de Seguridad y Policiales de la Argentina.
Newbery además de ser un gran aviador, fue un deportista reconocido, innovador en el campo de la tecnología y un funcionario público eficiente. Fue un verdadero ejemplo de virtudes morales.
En 1907 conoció la aerostática, que se transformó en su pasión. El 25 de diciembre de ese año en la Sociedad Sportiva ascendió con el Pampero junto a Aarón Anchorena.
El 13 de enero de 1908 fundó junto con un grupo de amigos el Aero Club Argentino, que presidió desde 1909 hasta su muerte.
En marzo de 1914, cerca de los Tamarindos en Mendoza, perdió la vida cuando la nave que piloteaba se precipitó a tierra, en una práctica previa a su gran proyecto: cruzar la Cordillera de los Andes.
Por esta trayectoria, se propone, en el presente proyecto, el 27 de mayo de cada año la entrega de la condecoración, en honor a la fecha de su nacimiento.
La condecoración se conferirá a personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, para hermanar y estrechar vínculos de profesionalismo y amistad entre las personas o instituciones que por sus cualidades y características, determinadas por el Poder Ejecutivo en la reglamentación, sean consideradas con mérito.
En ese sentido, pueden ser merecedores no solamente aviadores, sino también miembros de los tres poderes del Estado, intelectuales de reconocido prestigio, historiadores, investigadores, entre otros.
Respecto de las instituciones, contemplaría las escuelas de vuelo, universidades, academias, y en general, todas a aquellas que posean reconocido rigor científico y documental y que se destaquen por actividades vinculadas a las ciencias del arte de volar.
Es importante destacar que este proyecto permite la apertura institucional mediante la posibilidad que se otorga a todas las Organizaciones dedicadas al estudio, investigación y difusión de la Historia Aeronáutica Argentina, específicamente, siendo esto condición taxativa al efecto de proponer al Poder Ejecutivo Nacional a aquellos que consideren meritorios de recibir la orden cuya creación se propone.
Esto permite que haya una gran participación de la sociedad en la decisión de quienes contribuyen al desarrollo y difusión del ideario newberiano con investigaciones científicas ampliatorias de lo ya conocido.
Los valores que expresara la figura de Jorge Alejandro Newbery, anualmente serán revalorizados distinguiendo de esta forma a las personas e instituciones que con espíritu innovador y creativo hagan aportes en las distintas áreas de la aeronáutica nacional e internacional.
Asimismo, se propone como Autoridad de Aplicación al Instituto Nacional Newberiano, dependiente del Ministerio de Cultura, el cual ha sido creado por Decreto 468/97 a fin de promover, difundir y contribuir con todo asunto relacionado con la Historia Aeronáutica y Espacial, como Organismo rector monitor de las disciplinas mencionadas de nuestro país.
Por lo expuesto, solicito a mis pares acompañen el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO ENTRE RIOS UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA