PROYECTO DE TP
Expediente 2345-D-2015
Sumario: CONDECORACION ANUAL ORDEN AL MERITO NEWBERIANO A OTORGARSE A AQUELLAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE HAYAN CONTRIBUIDO AL DESARROLLO DE LA AVIACION NACIONAL. CREACION.
Fecha: 29/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DE LA
CONDECORACION ANUAL ORDEN AL MERITO NEWBERIANO
ARTICULO 1º: Créase la
"Condecoración Anual Orden al Mérito Newberiano" que se otorgará toda
persona física o jurídica, nacional o extranjera que, por sus aportes, servicios
virtudes morales, valores humanos y profesionales hayan beneficiado el
desarrollo de la aviación nacional.
ARTICULO 2º: La condecoración
mencionada en el artículo anterior se otorgará el 27 de mayo de cada año, en
conmemoración del nacimiento del Ingeniero Jorge Alejandro Newbery.
ARTICULO 3º: Los Elementos
Aeronáuticos, Civiles, Militares, de Seguridad y Policiales, como asimismo las
Sociedades, Academias, Institutos y demás dedicados a la investigación, estudio
y difusión de la Historia Aeronáutica y Espacial Argentina podrán proponer al
Poder Ejecutivo Nacional las personas que considere con mérito para el
otorgamiento de la presente condecoración.
ARTICULO 4°: La Autoridad de
Aplicación de la presente ley será el Instituto Nacional Newberiano dependiente
del Ministerio de Cultura de la Nación.
ARTÍCULO 5º: El Poder Ejecutivo
Nacional procederá a reglamentar la presente ley y efectuará las asignaciones
presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la misma.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como
propósito instituir una condecoración para ser otorgada a aquellas personas
físicas o jurídicas que de alguna manera hayan contribuido con su actividad al
desarrollo de la aviación nacional.
Este reconocimiento
adopta la ejemplar figura del Ingeniero Jorge Alejandro Newbery quien fuera
considerado por decreto como el primer aviador militar. Además, como
miembro integrante de la primera
Comisión de la Escuela Militar de
Aviación, hoy Escuela de Aviación Militar, cuna originaria de la actual Fuerza
Aérea Argentina, creada por el Decreto 288 como Secretaría de Aeronáutica en
el año 1945, y de todas las Aviaciones Militares, Navales, de Seguridad y
Policiales de la Argentina.
Newbery además de ser
un gran aviador, fue un deportista reconocido, innovador en el campo de la
tecnología y un funcionario público eficiente. Fue un verdadero ejemplo de
virtudes morales.
En 1907 conoció la
aerostática, que se transformó en su pasión. El 25 de diciembre de ese año en
la Sociedad Sportiva ascendió con el Pampero junto a Aarón Anchorena.
El 13 de enero de 1908
fundó junto con un grupo de amigos el Aero Club Argentino, que presidió desde
1909 hasta su muerte.
En marzo de 1914, cerca
de los Tamarindos en Mendoza, perdió la vida cuando la nave que piloteaba se
precipitó a tierra, en una práctica previa a su gran proyecto: cruzar la Cordillera
de los Andes.
Por esta trayectoria, se
propone, en el presente proyecto, el 27 de mayo de cada año la entrega de la
condecoración, en honor a la fecha de su nacimiento.
La condecoración se
conferirá a personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, para hermanar
y estrechar vínculos de profesionalismo y amistad entre las personas o
instituciones que por sus cualidades y características, determinadas por el
Poder Ejecutivo en la reglamentación, sean consideradas con mérito.
En ese sentido, pueden
ser merecedores no solamente aviadores, sino también miembros de los tres
poderes del Estado, intelectuales de reconocido prestigio, historiadores,
investigadores, entre otros.
Respecto de las
instituciones, contemplaría las escuelas de vuelo, universidades, academias, y
en general, todas a aquellas que posean reconocido rigor científico y
documental y que se destaquen por actividades vinculadas a las ciencias del
arte de volar.
Es importante destacar
que este proyecto permite la apertura institucional mediante la posibilidad que
se otorga a todas las Organizaciones dedicadas al estudio, investigación y
difusión de la Historia Aeronáutica Argentina, específicamente, siendo esto
condición taxativa al efecto de proponer al Poder Ejecutivo Nacional a aquellos
que consideren meritorios de recibir la orden cuya creación se propone.
Esto permite que haya
una gran participación de la sociedad en la decisión de quienes contribuyen al
desarrollo y difusión del ideario newberiano con investigaciones científicas
ampliatorias de lo ya conocido.
Los valores que expresara
la figura de Jorge Alejandro Newbery, anualmente serán revalorizados
distinguiendo de esta forma a las personas e instituciones que con espíritu
innovador y creativo hagan aportes en las distintas áreas de la aeronáutica
nacional e internacional.
Asimismo, se propone
como Autoridad de Aplicación al Instituto Nacional Newberiano, dependiente del
Ministerio de Cultura, el cual ha sido creado por Decreto 468/97 a fin de
promover, difundir y contribuir con todo asunto relacionado con la Historia
Aeronáutica y Espacial, como Organismo rector monitor de las disciplinas
mencionadas de nuestro país.
Por lo expuesto, solicito a
mis pares acompañen el tratamiento y aprobación del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
BURGOS, MARIA GABRIELA | JUJUY | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR |
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
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