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PROYECTO DE TP


Expediente 2340-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCREMENTAR LA CUANTIA DE LAS ESCALAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES.
Fecha: 22/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para requerirle que, por intermedio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, disponga incrementar la cuantía de las escalas salariales correspondientes al personal de casas particulares, teniendo en cuenta que los valores mínimos vigentes, establecidos por Resolución N° 958/2012 de fecha 31 de Octubre de 2012, representan un evidente retraso salarial que resulta incompatible con el aumento del costo de vida y con la nueva legislación para el personal de trabajo doméstico sancionada por unanimidad por el Congreso de la Nación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución está referido a la necesidad de incrementar las remuneraciones del personal de casas particulares, que se designaban anteriormente como de trabajo doméstico, y que se mantienen sin actualizar desde el mes de Octubre del pasado año 2012.
Su situación salarial resulta preocupante por el evidente retraso salarial que soporta dicha rama de la actividad, ante el incesante aumento del costo de la vida, amén de haber sido históricamente castigada en sus ingresos y frecuentemente estigmatizada socialmente.
Se trata de una noble e insustituible labor que merece nuestro reconocimiento y que no debe permanecer postergada por los poderes públicos. Así lo expresamos la amplia mayoría de los legisladores nacionales, cuando en el Congreso de la Nación dimos sanción por unanimidad al nuevo Régimen Especial del Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que sancionamos con la Ley 26844, en la sesión del último 13 de Marzo del corriente año.
Sin embargo, se aguarda aún que el Poder Ejecutivo nacional dicte el Decreto reglamentario de dicha ley, no obstante que contiene mejoras sustanciales para la actividad.
La norma legal sancionada recientemente establece en su Título V, artículo 18, referido a la Remuneración, que el salario mínimo por tipo, modalidad y categoría profesional de la actividad, será fijado periódicamente por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), disponiendo que su cuantía deberá establecerse para todo el territorio nacional, sin perjuicio de los mejores derechos que se establezcan mediante Convenio Colectivo de Trabajo.
A su vez, la nueva ley determina que hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), el salario mínimo será fijado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Al respecto, cabe notar que dicha cartera laboral actualizó por última vez los salarios del personal de trabajo doméstico mediante Resolución N° 958/2012, dictada en el mes de Octubre de 2012.
Desde entonces corresponde adecuar las escalas salariales mínimas del personal de trabajo doméstico, ahora llamado de casas particulares, teniendo en consideración los avances que, en materia de remuneraciones de los trabajadores en general, se han producido en el marco de la negociación colectiva.
Se trata, en consecuencia, de mantener el poder adquisitivo de los salarios de dichas trabajadoras, acompañando los indicadores del alza del costo de vida y la situación económica general, en forma coherente con una política distributiva socialmente justa y equitativa.
Por todo lo expuesto, solicito el apoyo de mis colegas en esta Honorable Cámara al presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
CHEMES, JORGE OMAR ENTRE RIOS UCR
BARBIERI, MARIO LEANDRO BUENOS AIRES UCR
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES LA RIOJA UCR
ORSOLINI, PABLO EDUARDO CHACO UCR
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Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)