PROYECTO DE TP
Expediente 2340-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCREMENTAR LA CUANTIA DE LAS ESCALAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES.
Fecha: 22/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional
para requerirle que, por intermedio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación, disponga incrementar la cuantía de las escalas salariales
correspondientes al personal de casas particulares, teniendo en cuenta que los
valores mínimos vigentes, establecidos por Resolución N° 958/2012 de fecha 31 de
Octubre de 2012, representan un evidente retraso salarial que resulta
incompatible con el aumento del costo de vida y con la nueva legislación para el
personal de trabajo doméstico sancionada por unanimidad por el Congreso de la
Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de
resolución está referido a la necesidad de incrementar las
remuneraciones del personal de casas particulares, que se
designaban anteriormente como de trabajo doméstico, y que se
mantienen sin actualizar desde el mes de Octubre del pasado año
2012.
Su situación salarial
resulta preocupante por el evidente retraso salarial que soporta dicha
rama de la actividad, ante el incesante aumento del costo de la vida,
amén de haber sido históricamente castigada en sus ingresos y
frecuentemente estigmatizada socialmente.
Se trata de una noble e
insustituible labor que merece nuestro reconocimiento y que no debe
permanecer postergada por los poderes públicos. Así lo expresamos
la amplia mayoría de los legisladores nacionales, cuando en el
Congreso de la Nación dimos sanción por unanimidad al nuevo
Régimen Especial del Contrato de Trabajo para el Personal de Casas
Particulares, que sancionamos con la Ley 26844, en la sesión del
último 13 de Marzo del corriente año.
Sin embargo, se
aguarda aún que el Poder Ejecutivo nacional dicte el Decreto
reglamentario de dicha ley, no obstante que contiene mejoras
sustanciales para la actividad.
La norma legal
sancionada recientemente establece en su Título V, artículo 18,
referido a la Remuneración, que el salario mínimo por tipo,
modalidad y categoría profesional de la actividad, será fijado
periódicamente por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas
Particulares (CNTCP), disponiendo que su cuantía deberá
establecerse para todo el territorio nacional, sin perjuicio de los
mejores derechos que se establezcan mediante Convenio Colectivo
de Trabajo.
A su vez, la nueva ley
determina que hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de
Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), el salario mínimo será
fijado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación.
Al respecto, cabe notar
que dicha cartera laboral actualizó por última vez los salarios del
personal de trabajo doméstico mediante Resolución N° 958/2012,
dictada en el mes de Octubre de 2012.
Desde entonces
corresponde adecuar las escalas salariales mínimas del personal de
trabajo doméstico, ahora llamado de casas particulares, teniendo en
consideración los avances que, en materia de remuneraciones de los
trabajadores en general, se han producido en el marco de la
negociación colectiva.
Se trata, en
consecuencia, de mantener el poder adquisitivo de los salarios de
dichas trabajadoras, acompañando los indicadores del alza del costo
de vida y la situación económica general, en forma coherente con
una política distributiva socialmente justa y equitativa.
Por todo lo expuesto,
solicito el apoyo de mis colegas en esta Honorable Cámara al
presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
SACCA, LUIS FERNANDO | TUCUMAN | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
BARBIERI, MARIO LEANDRO | BUENOS AIRES | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
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