PROYECTO DE TP
Expediente 2338-D-2010
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA EL "1 CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE DISCAPACIDAD Y DERECHOS HUMANOS" A REALIZARSE LOS DIAS 10 Y 11 DE JUNIO DE 2010 EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 20/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación "El 1º Congreso Internacional sobre
discapacidad y derechos humanos", a realizarse el 10 y 11 de Junio de 2010, en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Cabe poner de
manifiesto que la Fundación Aequitas, la Asociación Equal, el Colegio de Escribanos de
la Provincia de Buenos Aires, y el Centro de Investigación y Docencia en Derechos
Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata,
conjuntamente con el Honorable Senado de la Nación Argentina, convocan a la
comunidad internacional al PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL sobre DISCAPACIDAD Y
DERECHOS HUMANOS; con el objeto de analizar la CAPACIDAD JURIDICA, observando
las perspectivas del impacto de la convención internacional sobre los derechos de las
personas con discapacidad.
La Convención Internacional sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad es la primera Convención de Derechos
Humanos del siglo XXI, y pretende provocar un cambio social que asegure a todas las
personas con discapacidad su plena inclusión en la sociedad, poniendo el acento en la
eliminación de las barreras que impiden su participación activa en la misma Unos de
los principales retos que supone su entrada en vigor, es la correcta adaptación de las
disposiciones que garantizan la igualdad de trato en el ejercicio de la capacidad
jurídica de las personas con discapacidad, considerando discriminatorio toda distinción
que se base en la propia discapacidad
El marco legal establecido por el artículo
12 de la citada convención contempla un cambio en el modelo a adoptar a la hora de
regular la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, especialmente en
aquellas situaciones en las cuales puede resultar necesario algún tipo de intervención
de terceros.
Mientras que el sistema tradicional tiende
hacia un modelo de "sustitución" en la toma de decisiones, el modelo de derechos
humanos basado en la dignidad intrínseca de todas las personas, en el que se basa la
Convención, aboga por un modelo de "apoyo" en la toma de decisiones.
Este modelo incluido finalmente en la
Convención refleja la posición de las propias personas con discapacidad en
contraposición con el actual sistema imperante en prácticamente todos los sistemas
jurídicos nacionales que manifiestamente provoca graves vulneraciones de derechos
fundamentales.
Así, el modelo y el rumbo parecen
bastantes claros, pero el camino se presenta confuso y complicado, por eso es
importante concurrir y debatir en el 1º congreso del siglo XXI que se realizará en
Buenos Aires, República Argentina, el 10 y 11 de junio del 2010.
Por todo lo expuesto, le solicito a mis
pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
22/06/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0651/2010 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 17/2010 | 30/06/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 15/07/2010 | APROBADO |