PROYECTO DE TP
Expediente 2333-D-2010
Sumario: CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU PROTOCOLO FACULTATIVO - LEY 26378 -. OTORGAR JERARQUIA CONSTITUCIONAL.
Fecha: 20/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
El Senado y Cámara de Diputados...
Derechos de las
Personas con Discapacidad
y su Protocolo
Facultativo
Artículo 1°.- Otórgase jerarquía
constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y
su Protocolo Facultativo, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 13 de diciembre de 2006 y ratificada en nuestro país por Ley Nacional 26. 378 en
los términos del artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 30 de marzo del año 2007, la ONU
presento para su firma la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad. La Argentina fue uno de los primeros países en el mundo que firmo este
tratado.
El 21 de mayo del 2008, el Poder
Legislativo Nacional aprobó la convenció y su protocolo facultativo. Gracias al
esfuerzo conjunto de diferentes sectores el 2 de septiembre del 2008, el tratado
entro en vigencia en el país luego de que el Poder Ejecutivo Nacional efectivizara la
ratificación por medio del deposito del instrumento correspondiente en Naciones
Unidas. Por lo demás, aun esta pendiente la declaración de su jerarquía
constitucional, que es, lo que solicito en mi proyecto.
La ratificación se presenta como una
oportunidad inmejorable para llevar adelante las reformas que fortalezcan el acceso
a la justicia de este grupo de personas. En particular, la convención establece la
obligatoriedad de que los estados reconozcan la titularidad de derechos y garantizan
sus ejercicio pleno y en igualdad de condiciones para todas las personas con
discapacidad.
La reforma constitucional de 1994 dio
jerarquía constitucional a los principales tratados internacionales sobre derechos
humanos. El artículo 75, inciso 22 prevé en su última parte que "Los demás tratados y
convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso,
requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada
Cámara para gozar de la jerarquía constitucional."
Hasta ahora, 25 países ya han ratificado el
Convenio, mientras que más de 120 ya lo firmaron, lo cual indica que en un futuro
tienen la intención de ratificarlo. El Convenio y su Protocolo Facultativo entraron en
vigor el 3 de mayo de 2008, fecha en que Ecuador se convirtió en el vigésimo país que
ratifica la histórica Convención.
Los estudios demuestran que es tres veces
más probable que las personas con discapacidad sean víctimas de abuso físico o sexual
y que están en mayor riesgo de contraer VIH/SIDA.
El preámbulo en su punto D afirma:
"Recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional sobre
la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la
Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Internacional sobre la
protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares" y
claramente en el punto w) Dice "Conscientes de que las personas, que tienen
obligaciones respecto a otras personas y a la comunidad a la que pertenecen, tienen la
responsabilidad de procurar, por todos los medios, que se promuevan y respeten los
derechos reconocidos en la Carta Internacional de Derechos Humanos".
Por todas las consideraciones expuestas,
Señor Presidente, es que solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |