PROYECTO DE TP
Expediente 2331-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA REVISION DE LA RESOLUCION CONJUNTA DE LA AFIP, ONCCA Y LA SECRETARIA DE TRANSPORTE 1173/09, POR LA CUAL SE ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL FORMULARIO CARTA DE PORTE PARA TRANSPORTE AUTOMOTOR Y FERROVIARIO DE GRANOS.
Fecha: 13/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo, para que a través de los organismos que
correspondan, adopten las medidas necesarias para la
revisión de la RESOLUCIÓN conjunta de la AFIP, ONCCA y
la Secretaria de Transporte Nº 1173/2009 que establece uso
obligatorio del Formulario Carta de Porte para transporte
automotor y ferroviario de granos, y en particular el Código de
Trazabilidad de Granos (CTG), y adaptarla a las necesidades
reales de los productores que a la fecha se encuentran
afectados en la cosecha y posterior transporte a centros de
acopio.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El comercio de
granos, prácticamente se encontraría paralizado,
fundamentalmente en las zonas donde se está cosechando,
dado que los camiones cargados no pudieron transitar, en
razón de las dificultadas que se les presentaron en la
instrumentación de la Resolución Nº 1173/2009 que establece
el uso obligatorio del Formulario Carta de Porte para
transporte automotor y ferroviario de granos, a la vez que
éste requiere adjuntarle el Código de Trazabilidad de Granos
(CTG), como un nuevo requisito para el movimiento de la
mercadería, que se obtiene mediante la página de Internet de
la AFIP.
Como el sistema
colapsó, en algunas localidades pudieron conectarse pero en
otras por carecer de banda ancha o redes celulares 3G para
acceder a Internet, es que se solicita la revisión de lo
dispuesto en la Resolución Nº 1173/2009.
Ya con
anterioridad se había modificado el sistema de entrega de las
cartas de porte, siendo reemplazados a los que hasta
entonces las distribuían - la Federación Agraria y los centros
de acopiadores -, y se les retiró a las Bolsas de Cereales la
facultad que tenían de ser garantes de la confiabilidad de los
operadores.
Se podría
sostener que en la provincia de Buenos Aires existe un
sistema similar que lo emplea todo el transporte de cargas, el
Código de Operaciones de Traslado (COT), pero a diferencia
del CTG el COT no se aplica para el movimiento de granos
entre los campos y las plantas de acopio.
Como ejemplo,
podemos señalar que en localidades donde no existe banda
ancha, cada carga de CTG tarda entre 20 y 25 minutos, lo
que exige unas 3 horas de carga para 10 camiones; en otras
localidades la carga para 20 camiones, insumió unas 7
horas
Además, la
seguridad de los documentos se ve vulnerada con más
facilidad, dado que anteriormente los mismos estaban
impresos en papel moneda, con similares medidas de
seguridad como los cheques; en cambio, con el nuevo
sistema se puede obtener e imprimir sin ninguna traba de
seguridad directamente desde Internet.
Resumiendo, el
sistema implementado y puesto en operación a partir del 01
de marzo del 2009, ha creado más trabas, complicaciones y
faltas de seguridad dado que no pueden emitirse las cartas
de porte sin el CTG correspondiente, el cual ante la
burocratización y el colapso producido en el sistema, afectan
de sobremanera a toda la operación con granos en el
país.
Es por todo ello
que solicitamos se apruebe el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DAHER, ZULEMA BEATRIZ | SALTA | UNION PERONISTA |
THOMAS, ENRIQUE LUIS | MENDOZA | UNION PERONISTA |
GARCIA, IRMA ADRIANA | LA PAMPA | UNION PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
27/10/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2325/2009 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 24/11/2009 |