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PROYECTO DE TP


Expediente 2330-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE CARGAS "AMERICA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA" Y "AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA".
Fecha: 22/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional informe a esta Honorable Cámara sobre los siguientes aspectos, a saber:
1. Cuáles son los motivos por los que aún no se han dictado los Decretos aprobatorios de las Actas Acuerdo de renegociación suscriptas con las empresas América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima y América Latina Logística Central Sociedad Anónima en fecha 16 de agosto de 2007, y que fueron tratadas por esta Cámara en la sesión del 27 de diciembre de 2007 (Ordenes del Día Nº 3414 y Nº 3413, respectivamente).
2. Si se le han exigido a las empresas concesionarias ALL Mesopótamica S.A. y ALL Central S.A. el cumplimiento de las obligaciones asumidas en las Actas Acuerdo de renegociación mencionadas, desde el año 2008 a la fecha del presente Proyecto de Resolución.
3. Cuál ha sido la cantidad de descarrilamientos producidos en las formaciones de las dos empresas citadas desde el año 2008 a la fecha del presente.
4. Cuáles son las velocidades de tránsito actual por las vías cuyo mantenimiento está a cargo de las dos empresas concesionarias, y su comparación con la existente al momento de la privatización y al año 1999, cuando el consorcio IMPSA les transfiriera las concesiones.
5. Si las dos empresas han abonado las multas aplicadas por el órgano de control (Comisión Nacional de Regulación del Transporte -C.N.R.T.-).
6. Si las dos empresas han abonado el canon establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones de las Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales llamadas para concesionar los ramales de carga que hoy operan.
7. Si se han contratado y están vigentes los seguros de cumplimiento de contrato de dichas concesiones.
8. Cuál es la situación de ambas empresas con relación al cumplimiento de sus obligaciones con los aportes al Sistema de Seguridad Social.
9. Si se han contratado y se encuentran vigentes los seguros de responsabilidad civil y de accidentes de trabajo a cargo de dichas empresas.
10. Cuál es el régimen tarifario aplicado por cada una de dichas concesionarias y su relación con el Límite Superior Tarifario previsto en el Contrato de Concesión.
11. Cuáles han sido las inversiones reconocidas a las dos empresas desde el año 1999 a la fecha en infraestructura (vías y obras, comunicaciones y señalamiento).
12. Cuál ha sido el comportamiento contractual en cuanto a mantenimiento del material rodante e infraestructura entregados por el Estado Nacional a las dos empresas.
13. Cuál es la cantidad de locomotoras y vagones en funcionamiento y su relación con el total asignado originalmente a través de las concesiones.
14. Cuál es el total de kilómetros de vías comprendidas en las concesiones y total actual que operan las dos empresas, indicando asimismo los ramales inhabilitados actualmente.
15. Si las dos empresas concesionarias han informado en tiempo y forma a la C.N.R.T. sobre el estado de los inmuebles incluidos en sus concesiones. En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
16. Si las dos empresas concesionarias han presentado el detalle de los inventarios de la totalidad de los bienes recibidos al inicio de la concesión, con la indicación del estado de conservación/mantenimiento de dichos bienes y el plan de reparaciones/mantenimiento a desarrollar por dichas empresas hasta el fin del período de la concesión otorgada a cada una de ellas . En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
17. Si las dos empresas concesionarias han cumplimentado lo referente a la presentación de la información pertinente a la C.N.R.T. para estar en condiciones de confeccionar los planos apropiados y el correspondiente inventario de los bienes inmuebles de los cuadros de estación que forman parte de las concesiones. En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
18. Si se han autorizado por el Concedente, la Autoridad de Aplicación y/o la Autoridad de Control, o se tiene conocimiento, sobre la existencia de negociaciones entre las empresas concesionarias de transporte ferroviario de carga América Latina Logística Central Sociedad Anónima y América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima con las empresas Techint S.A. y Constructora Fernández Prieto para que les sean transferidas a estás últimas la titularidad de dichas concesiones.
19. Para el supuesto de respuesta afirmativa y teniendo en cuenta que Techint S.A. es titular de la concesión otorgada a FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., indicar si no se estaría contraviniendo las bases de las licitaciones realizadas oportunamente para la concesión de los servicios de transporte de carga y/o la normativa antimonopólica actualmente vigente.
20. Cualquier otra información que sirva al presente.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ha sido preocupación de nuestro bloque parlamentario la situación deficiente del servicio ferroviario de transporte de pasajeros y de cargas, preocupación que ha quedado plasmada en numerosas oportunidades y a través la presentación de diversos pedidos de informes, declaraciones, proyectos de ley, participación en audiencias públicas, etc.
Como ejemplos y en lo referente especialmente al presente tema, podemos citar el Expte. 6805-D-2010 del 16/9/2010 relacionado con una probable transferencia de la concesión que posee la empresa FERROSUR ROCA S.A. -ejercida por la empresa Camargo Correa- a la empresa también de capitales brasileros VALE do RIO DOCE, como así también el Expte. 8388-D-2010 del 25/11/2010 -reiterado el 18/03/2011 por Expte. 1032-D-2011-, por el cual solicitáramos al Poder Ejecutivo Nacional se sirva informar a esta Honorable Cámara sobre los siguientes aspectos, a saber:
"1. Si las empresas concesionarias del servicio de transporte ferroviario de cargas cuyos contratos han sido renegociados han informado en tiempo y forma a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C.N.R.T.) sobre el estado de los inmuebles incluidos en sus concesiones, conforme lo acordado en la Cláusula 4 de las Addendas a los contratos renegociados. En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
2. Si las empresas concesionarias del servicio de transporte de cargas cuyos contratos han sido renegociados han presentado dentro de los plazos previstos el detalle de los inventarios de la totalidad de los bienes recibidos al inicio de la concesión, con la indicación del estado de conservación/mantenimiento de dichos bienes y el plan de reparaciones/mantenimiento a desarrollar por dichas empresas hasta el fin del período de la concesión otorgada a cada una de ellas (Cláusula 19 de las Addendas). En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
3. Si las empresas concesionarias del transporte de cargas cuyos contratos han sido renegociados han cumplimentado lo acordado en la Cláusula 12 de las Addendas en lo referente a la presentación de la información pertinente a la C.N.R.T. para estar en condiciones de confeccionar los planos apropiados y el correspondiente inventario de los bienes inmuebles de los cuadros de estación que se mencionan en los Anexos 11 de las Actas Acuerdo aprobadas por el Poder Ejecutivo Nacional. En caso negativo, indicar las razones de tal incumplimiento y las medidas adoptadas para que se cumpla lo acordado. En caso afirmativo, sírvase remitir a esta Honorable Cámara copia de la presentación correspondiente.
4. Cuáles son los motivos por los que aún no se han dictado los Decretos aprobatorios de las Actas Acuerdo de renegociación suscriptas con las empresas America Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima y America Latina Logística Central Sociedad Anónima en fecha 16 de agosto de 2007, y que fueron tratadas por esta Cámara en la sesión del 27 de diciembre de 2007 (Ordenes del Día Nº 3414 y Nº 3413, respectivamente). Sin perjuicio de lo notado anteriormente, sírvase informar a esta Honorable Cámara con relación a estas empresas si se les ha efectuado los requerimientos de los puntos 1), 2) y 3) de la presente, y cuál ha sido el resultado de dicha solicitud."
En los Fundamentos de dicho proyecto expresábamos que aún no se habían aprobado las modificaciones introducidas a los contratos de concesión con la empresa concesionaria América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima (aprobado originalmente con Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. -I.M.P.S.A.- por Decreto Nº 504 del 24 de marzo de 1993) y con la empresa concesionaria América Latina Logística Central Sociedad Anónima (aprobado originalmente también con I.M.P.S.A. mediante Decreto Nº 41 del 13 de enero de 1993). Allí decíamos: "En efecto, aún no se han dictado los Decretos que aprueben definitivamente las Actas Acuerdo de renegociación suscriptas entre las partes en fecha 16 de agosto de 2007, y que fueron tratadas por esta Cámara en la sesión del 27 de diciembre de 2007 (Ordenes del Día Nº 3414 y Nº 3413, respectivamente)".
En el mismo sentido, otros bloques legislativos han presentado varios proyectos relacionados con los deficientes servicios prestados por las empresas ALL MESOPOTAMICA S.A. y ALL CENTRAL S.A. (Proyectos del Diputado Roberto Fernández de la UCR, Nº de Expte. 5057-D-2011 y 5533-D-2011, los cuales aportan datos y cifras contundentes sobre el estado de situación de las concesiones que aquí nos ocupan), entre muchos otros proyectos que se han presentado en esta Cámara en los últimos años.
Debemos citar además como un aporte fundamental a lo que venimos a proponer la reciente exposición sobre el "Informe de gestión. Diez años en la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION", realizado por el Dr. Leandro Despouy en el Congreso Nacional -destacando especialmente las páginas 4 y 5 del mismo- permitiéndonos resaltar el siguiente párrafo: "En el informe aprobado en 2006, la AGN detectó numerosos apartamientos de ALL CENTRAL de sus obligaciones contractuales, entre los que figuran desvíos permanentes y muy significativos en el programa de inversiones obligatorias, falta de mantenimiento de la infraestructura e incumplimiento de las rutinas de mantenimiento tanto de locomotoras como de vagones. Además la empresa imputaba indebidamente como 'inversiones' tareas encuadradas dentro de las obligaciones de mantenimiento. El informe indica que el promedio de descarrilamientos ocurridos en ALL Central supera el promedio de la red de carga concesionada y que la causa principal es el estado deficitario de la infraestructura."
Sería reiterativo copiar los numerosos conceptos expuestos seguidamente por el titular de la AGN sobre el estado deficitario de estas dos concesiones y de todo el sistema ferroviario, por lo que remitimos a la lectura del mismo. Tan sólo, y a modo de síntesis final, transcribimos textualmente lo siguiente: "Estos ejemplos permiten observar el espectro sombrío de una cadena de incumplimientos empresariales y la ausencia de controles del Estado nacional."
Sin duda los ferrocarriles son un elemento estratégico al servicio de un proyecto nacional como lo son la energía, las comunicaciones, los recursos naturales. El manejo de estas variables es lo que determina el modelo de país que se pretende. Ojala así todos lo entendiéramos. En tal sentido estamos convencidas/os que se debe establecer el servicio de transporte ferroviario de cargas como una herramienta estratégica y no como un negocio para las empresas. En este tema hay muchas decisiones que tomar y sólo dependen del Poder Ejecutivo Nacional, máximo responsable de la política de transporte nacional. No nos queda duda que, si el camino elegido es el correcto, este Congreso de la Nación sabrá acompañar los cambios estructurales que la situación exige.
Dicho lo anterior, este pedido de informes tiene como objetivo conocer en detalle el estado actual de las concesiones suscriptas con las empresas América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima y América Latina Logística Central Sociedad Anónima; grado de cumplimiento de las obligaciones asumidas en las Actas Acuerdo; comportamiento contractual en cuanto a mantenimiento del material rodante e infraestructura; cantidad de locomotoras y vagones en funcionamiento y su relación con el total asignado originalmente a través de las concesiones; total de kilómetros de vías comprendidas en las concesiones y total actual que operan las dos empresas, indicando asimismo los ramales inhabilitados actualmente; estado de los inmuebles incluidos en sus concesiones; detalle de los inventarios de la totalidad de los bienes recibidos al inicio de la concesión, con la indicación del estado de conservación/mantenimiento de dichos bienes y el plan de reparaciones/mantenimiento a desarrollar por dichas empresas; velocidades de tránsito actual; descarrilamientos producidos en las formaciones de las dos empresas; régimen tarifario vigente; inversiones reconocidas a las dos empresas; si las mismas han abonado el canon correspondiente, así como las multas aplicadas por el órgano de control (C.N.R.T.); evaluación y proyección de las concesiones; así como otros aspectos que hacen a la correcta, transparente y segura prestación del servicio.
El presente Proyecto de Resolución tiene como antecedente el Expediente 1935-D-2012, de mi autoría.
Por todo lo expuesto hasta aquí, es que solicito a los Sres. Diputados y Sras. Diputadas que acompañen con su firma el presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)