PROYECTO DE TP
Expediente 2316-D-2006
Sumario: PREVENCION Y TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD.
Fecha: 09/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
El Senado y Cámara de Diputados...
LUCHA CONTRA LA OBESIDAD
ARTÍCULO 1º : Asígnasele carácter de política pública a la prevención y tratamiento de la obesidad, así como al estudio y las investigaciones relacionadas con la misma, a las terapias destinadas a resolver la enfermedad y a asistir a los pacientes durante el desarrollo de la patología, enfermedad que fue declarada epidemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que actúa como factor de riesgo, Y/O como desencadenante o agravante de otras enfermedades como por ejemplo, la enfermedad cardiovascular ( 1º causa de muerte)y la diabetes II.
ARTÍCULO 2º: El Ministerio de Salud deberá contar con personal capacitado e instalaciones destinadas a la atención de esta patología, en especial para obesos mórbidos, y arbitrará las medidas necesarias a fin de asegurar el derecho de todos los ciudadanos de acceder a los diferentes tratamientos existentes con el propósito de resolver la obesidad.
ARTICULO 3º -El ministerio de Educación deberá reordenar las Currícula de pre-grado de carreras relacionadas con nutrición, psicología, medicina, etc. afines de la comprensión de la problemática de la obesidad - como así también reordenar la Currícula preescolar, primaria, secundaria para aumentar: 1)los conocimientos acerca de la problemática de la obesidad y 2) la actividad. física obligatoria, otorgando premios a alumnos destacados en actividad física
ARTICULO 4º: Créese como especialidad Universitaria con reconocimiento de Salud Pública la Carrera de Nutrición con Orientación en obesidad o de Obesidad y Trastornos Alimentarios..
ARTÍCULO 5º : El Ministerio de Salud deberá contar con personal capacitado e instalaciones destinadas a la atención de esta patología, en especial para obesos mórbidos y para obesos con comorbilidades que impliquen riesgo cardiovascular o metabólico, y arbitrará las medidas necesarias a fin de asegurar el derecho de todos los ciudadanos de acceder a los diferentes tratamientos existentes con el propósito de resolver la obesidad, dándose prioridad hasta que se dspongan de las instalaciones y profesionales necesarios a los pacientes citados en este mismo artículo.
ARTÍCULO 6º: El Poder Ejecutivo podrá poner en funcionamiento centros especializados de internación, a cargo de facultativos capacitados en esta materia, donde puedan derivarse aquellos casos que los profesionales médicos consideren convenientes, en función de la necesidad de atención clínica y/o quirúrgica específica.
ARTÍCULO 7º: Las obras sociales y las empresas de medicina pre-paga, deberán incorporar a su Programa de cobertura, las prestaciones médicas tendientes a la prevención y al tratamiento integral de la obesidad, a la contención psico-social de los pacientes así como las relacionadas con las intervenciones quirúrgicas prescriptas para el tratamiento de pacientes obesos mórbidos. Se tendrán en cuenta las prioridades especificadas en el artículo 5º.
ARTÍCULO 8º : La Autoridad de Aplicación deberá instrumentar campañas informativas y educativas con el propósito de difundir el conocimiento de la obesidad y sus consecuencias, sus aspectos clínicos, nutricionales, psicológicos y sociales y sobre las formas apropiadas de su tratamiento
ARTICULO 9ª : La autoridad de aplicación deberá legislar sobre la publicidad infantil, publicidad de adultos - productos engañosos, promesas falsas, productos riesgosos como así también sobre la utilización obligatoria de frases de alerta en productos con alto contenido de hidratos, grasas, sodio - a la manera de publicidad de cigarrillos, estableciendo recompensas o estrategia punitiva para la empresa que fabriquen estos productos.
ARTÍCULO10º: La autoridad de aplicación deberá crear los medios necesarios para contar con espacios SEGUROS asignados para realizar act. Física gratuita y ampliar las bici sendas donde existan y crearlas donde no existan.
ARTICULO 11º: La autoridad de aplicación deberá reglamentar tamaño y/o volumen porciones como así también reglamentar la composición nutricional de las comidas en el ámbito laboral y escolar de acuerdo a lo establecido por las normas internacionales de una alimentación equilibrada y saludable.
ARTÍCULO 12º. A partir de la reglamentación de la ley el Ministerio de Salud encarará un Programa de Prevención de la Obesidad y Comorbilidades, que será multideterminado, con proyecciones de largo alcance y evaluaciones periódicas.
ARTÍCULO 13º: Comuníquese al poder ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Nutrición es el componente básico de la salud del individuo, y constituye sin duda alguna uno de los factores más importante para el hombre, ya que tiene relevancia sobre su vida y la salud. De allí, la necesidad de incorporarla como ciencia aplicada a los servicios integrados de salud.
Es importante recordar que la educación nutricional puede definirse como:
El proceso por el cual las creencias y las actitudes, las influencias ambientales y los conocimientos acerca de los alimentos conducen al establecimiento de hábitos alimentarios científicamente fundados, prácticos y acordes con las necesidades individuales y la disponibilidad de alimentos. Y por otro lado puede consentirse en un proceso multidisciplinario que involucra trasferencias de información, desarrollo de motivación y, si fuera necesario, la sustitución de los hábitos alimentarios presentes por otros más apropiados.
Siendo la Obesidad una enfermedad preponderante dentro de esta disciplina y caracterizada hoy por OMS como la primera enfermedad crónica no transmisible de curso epidémico de tipo global, progresivo y en conjunto con la Diabetes Mellitas o tipo2, la hipertensión arterial y las dislipidemias (el núcleo central del Síndrome Metabólico), como principal factor de riesgo de las enfermedades cardiovasculares, cuyo resultado es la mortalidad precoz o disminución de expectativa de vida" , se considera que la obesidad es un riesgo para la salud.. Constituye uno de los más importantes problemas de Salud Pública de nuestro tiempo" .La prevalencia de sobrepeso y de obesidad global, creció al doble en dos décadas y es del 65%". Esas cifras coinciden en general con las que resultan de los estudios rigurosamente realizados en nuestro país. Paralelamente se demostró que la tasa de por Enfermedad Cardiovascular aumenta dos veces y media mas que la tasa de crecimiento de la población.
Esta verdadera epidemia hace incalculable el costo social y económico que, por sí o por sus complicaciones, produce. Sin embargo, y pese a estas afirmaciones, que no son propias, sino de la Organización Mundial de la Salud, y que en parte fueron ya incorporadas al Programa Médico Obligatorio de Emergencia, la mayor parte de los efectores de la seguridad social no le asignan entidad de enfermedad sino que lo consideran y lo tratan como un problema estético, no reconociendo al paciente la consulta, las prácticas, ni el valor del medicamento que el especialista le puede llegar a prescribir.
A manera de ejemplo, el 90 % de los diabéticos padecen diabetes Tipo 2, son obesos, por lo que puede afirmarse que el 70 % ó el 75 % de los diabéticos son obesos. Asimismo, casi el 70 % de los casos diagnosticados de enfermedades cardiovasculares están relacionadas con la obesidad. La obesidad duplica las chances de una persona de desarrollar hipertensión arterial. Casi la mitad de todos los cánceres de mama son diagnosticados en mujeres obesas y cerca de 42 % de los casos de cáncer de colon son diagnosticados en obesos. Finalmente, en el caso de las enfermedades vesiculares, su incidencia aumenta cuando el Índice de Masa Corporal (IMC) va más allá de 29.
En su "Propuesta de Procedimientos para la Atención de Pacientes Obesos", realizada en mayo del año 2.002, el Dr. Alberto Cormillot expresa textualmente: "La mala alimentación y el sedentarismo cobran en nuestro país unas 30 mil vidas al año: resultan la segunda causa de muerte prevenible después del cigarrillo. Pese a todo, la obesidad es prácticamente ignorada como enfermedad, los obesos son discriminados y la cobertura de salud, generalmente, no la reconoce. De esta manera, las personas gordas se encuentran atrapadas en un círculo vicioso del cual les resulta muy difícil escapar. Se calcula que entre el 20 y el 30 % de los argentinos tiene sobrepeso. Las estadísticas en los Estados Unidos marcan que los costos médicos directos asociados con el sedentarismo fueron de unos 76 mil millones de dólares en el año 2000. El costo económico estimado de la obesidad en ese país fue de unos17 mil millones en el año 2000".
La obesidad se desarrolla a partir de tres factores principales, que suelen coincidir y combinarse: En primer término, la predisposición hereditaria. El organismo de algunas personas muestra tendencia a engordar porque ha sido biológicamente preparado para formar reservas de grasa. Cuando los padres son obesos, es más probable que alguno de los hijos herede esa tendencia, pero este sin embargo no es el factor que define la enfermedad ya que los genes marcan tendencia pero no destino.
En segundo lugar, el aumento del ingreso calórico, se ve influido por la sobre oferta alimentaría existente en el mercado, de mala calidad nutricional, ricas en grasas sobre todo saturadas, e hidratos de carbonos simples , cuya combinación, generan adicción comprobada científicamente , por un lado y por otro lado, el sobre estímulo permanente que genera la publicidad sobre todo de productos engañosos
.En tercer lugar , no por ello menos importante, el sedentarismo :La falta de actividad física, característica de la sociedad actual, favorece el sobrepeso, ya que el cuerpo no llega a gastar toda la energía que recibe a través de los alimentos. La modernización actual: los auto, los ascensores, las escaleras mecánicas, los electrodomésticos, etc, disminuyen el gasto energético entre otros factores.
Es posible manejar con éxito los dos últimos aspectos y así controlar la predisposición hereditaria a engordar. Dada la complejidad de las causas de la obesidad, es preciso abordarla con un tratamiento interdisciplinario y continuo. Como enfermedad crónica, la obesidad admite la posibilidad de control y recuperación. Si bien aún no se puede hablar de cura definitiva, un tratamiento interdisciplinario puede ayudar a alcanzar y mantener un peso confortable.
Párrafo aparte merecen los beneficios que trae aparejados el tratamiento de esta patología. Así, la pérdida de peso en personas con sobrepeso y obesidad mejora notoriamente las complicaciones físicas, metabólicas y endocrinológicas, cardiopatías, accidentes cerebro-vasculares, diabetes, hipertensión, cáncer, etc. También puede mejorar los problemas de ansiedad y depresión, el funcionamiento psico-social, el estado de ánimo, y la calidad de vida en general. En conclusión, los beneficios de los tratamientos eficaces de la obesidad son muy positivos en términos de salud y en términos de bajar costos de atención.
Por todo ello, cabe hacer mención que el Dr. Philip James, conocido médico internacional, quien tuvo a su cargo, el Grupo de Trabajo (Task Force) de la OMS sobre Obesidad ha encargado reiteradamente en reuniones internacionales a que se difundan este problema, se formen especialistas capacitados, se elaboren y lleven a la práctica planes nacionales de Prevención, Diagnóstico y tratamientos, se investiguen nuevas formas más efectivas de tratamiento
La obesidad ha devenido una frontera en la investigación médica. En las áreas de la genética, la nutrigenómica, de la biología molecular, de la fisiología metabólica y de la actividad física, de la endocrinología, en la neurociencia, en la farmacoterapia, en el conocimiento de los trastornos conductuales tanto la obesidad como enfermedades asociadas su estudio aporta a la Medicina cada año avances insospechados. Ellos requieren en nuestro país un marco académico acorde con el nivel de esos desarrollos.
Se torna fundamental entonces, el rol de las políticas llevadas adelante por el Ministerio de Salud de la Nación como así también el de Educación para que conjuntamente puedan poner en funcionamiento el presente proyecto. En primer lugar, contando con personal capacitado e instalaciones sanitarias destinadas a la atención de la obesidad, en especial para obesos mórbidos, y arbitrando las medidas necesarias a fin de asegurar el derecho de todos los ciudadanos de acceder a los diferentes tratamientos existentes con el propósito de resolver esta patología. Por otra parte, sería deseable que la Ciudad de Buenos Aires y las Provincia contaran con un centro especializado de internación, donde pudieran derivarse aquellos casos que los facultativos consideren convenientes, en función de la necesidad de atención clínica y/o quirúrgica específica.
No menos importante sería el poder limitar de alguna manera el tipo de publicidad engañosa de algunas empresas alimenticias con respecto a los productos fabricado por ellas estableciendo un sistema de castigo y recompensa a nivel impositivo u otro nivel que el Ejecutivo lo considere pertinente.
Asimismo, creemos de fundamental importancia la instrumentación de campañas informativas y educativas relativas a la obesidad, dirigidas a la población en general, y que versen sobre la enfermedad y sus consecuencias, sus aspectos clínicos, nutricionales, psicológicos y sociales y sobre las formas apropiadas de su tratamiento.
En consecuencia, el presente iniciativa propone reconocer a la obesidad como una enfermedad, disponiendo que el Instituto de Obra Médico Asistencial incluya en su Programa Médico Obligatorio, las obras sociales y las empresa de medicina prepaga, la cobertura de los tratamientos destinados a resolver la misma.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que acompañen el presente Proyecto de Ley
Firmante | Distrito | Bloque |
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HERRERA, ALBERTO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |
EDUCACION |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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16/05/2006 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
07/11/2006 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
14/11/2006 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
21/12/2006 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |