PROYECTO DE TP
Expediente 2294-D-2012
Sumario: DERECHO DE EXPORTACION PARA LAS CARNES TERMOPROCESADAS: DISMINUCION DE LA ALICUOTA, MODIFICACION DEL DECRETO 526/12.
Fecha: 18/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
El Senado y Cámara de Diputados...
Articulo 1º - Ratifíquese los artículos 1, 4
y 5 del Decreto 526/2012 de la Secretaria de Comercio Exterior, promulgado el día 16
de Abril de 2012.
Art. 2º - Derogase los articulos 2 y 3 del
Decreto 526/2012 de la Secretaria de Comercio Exterior.
Art. 3º - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día jueves 12 de Abril la Presidente de la
Nación realizó un anuncio por medio del cual se disminuye el derecho de exportación
para las carnes termoprocesadas. La alícuota pasa del 15% al 5%.
Mediante el Decreto 526/2012, de la
Secretaria de Comercio Exterior se materializa ese anuncio. El mismo fue promulgado
el lunes 16 de Abril.
El citado Decreto modifica la alícuota de
los productos termoprocesados y por medio del artículo 2 sujeta el gravamen a la
movilidad de personal que poseen los frigoríficos. Es decir, en tanto estos no
modifiquen en menos, su planta de empleados se aplicara la reducción de los derechos
de exportación por un año.
Por medio de este proyecto de ley ratifico
la disminución que dispone la Secretaria de Comercio, ya que es facultad del Poder
Legislativo de la Nación fijar los aranceles a los derechos de exportación, y no del
Ejecutivo.
En los considerandos del Decreto se
menciona que el Poder Ejecutivo Nacional posee la potestad para adecuar la alícuota
de los derechos de exportación, cuestión que no es cierta ya que fue una potestad
delegada que no se ratifico luego del 24 de agosto de 2010 y por lo tanto quedo en
manos del poder originario, que según la Constitución Nacional en el Articulo 75 inciso
1º, corresponde al Congreso establecer los derechos de exportación.
Las facultades delegadas son leyes que
delegan, al Poder Ejecutivo ciertas funciones o potestades. Se calcula que son
alrededor de 1900 normas, de las cuales se estima que alrededor de 1700 pueden
estar derogadas o ya caducaron por haberse cumplido el objetivo para el que fueron
dictadas. En materia aduanera, el Código Aduanero que se dictó en 1981 delega en el
Poder Ejecutivo la facultad de imponer aranceles a las importaciones y derechos de
exportación a las exportaciones.
No obstante fue en la reforma
constitucional de 1994 donde se determino el plazo que tenia el Congreso Nacional
para revisar las 1.900 normas, el plazo fijado fue de 5 años. Pese a que se prorrogaron
en numerosas oportunidades, el último plazo para revisar las facultades delegadas al
Poder Ejecutivo vencía el 24 de Agosto de 2010 y en esa oportunidad no se
prorrogaron lo que significo que primara el texto de la Constitución Nacional en
materia aduanera e impositiva.
Es necesario precisar que no solamente no
es facultad del Ejecutivo establecer o disminuir retenciones sino que tampoco lo es
ajustarlas a otras variables como lo seria, en este caso, el mantenimiento de fuentes
de trabajo. Por lo tanto la observación del decreto es doble.
Pese a que se ve con agrado la intención de
la medida tomada por el Ejecutivo Nacional -aunque insuficiente-, debe advertirse que
la misma sienta un precedente negativo, pues admite que el Poder Ejecutivo se exceda
en sus facultades, lo cual no puede dejarse pasar siendo que una vez mas se avasalla la
competencia del Poder Legislativo.
Los aranceles de los derechos de
exportación e importación son competencia del Congreso de la Nación, tanto para
disminuirlos como para marcar un aumento. Este proyecto muestra esa atribución y la
importancia de priorizar las competencias de los órganos competentes.
El proyecto de ley disminuye la alícuota a la
carne termoprocesada, en concordancia con la medida dispuesta por el Poder
Ejecutivo y deroga el condicionante que impone el decreto.
Por los motivos expuestos, solicito a mis
pares, acompañen la presente ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2007-D-14 |