PROYECTO DE TP
Expediente 2289-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL A TRAVES DE LOS ORGANISMOS QUE CORRESPONDA ENCOMIENDE A LA AUDITORIA GENERAL DE LA NACION AUDITAR AL FONDO FEDERAL SOLIDARIO (FFS, CREADO POR DECRETO 206/09 EN UN PLAZO DE 120 DIAS, PARA PRESENTAR ANTE EL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 09/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar a la Comisión Parlamentaria Mixta
Revisora de Cuentas encomiende a la Auditoría General de la Nación una auditoria sobre el
Fondo Federal Solidario (FFS), creado por el Decreto 206/2009, fijándole un plazo de 120 días
para su presentación al Congreso de la Nación.
La auditoría deberá contener la información
detallada a continuación:
a) El seguimiento del régimen de reparto que las
provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires derivan a los Municipios, dispuesto por el
artículo 2º de la Resolución Conjunta 157/2009, en el cual se detallen los mecanismos
utilizados por todas las provincias para el reparto de los fondos.
b) El cumplimiento, por todas las provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los requisitos establecidos en el artículo 2º de la
Resolución Conjunta 157/2009 sobre la automaticidad del régimen de reparto.
c) En particular respecto de la provincia de
Tucumán, un informe detallando: (i) ingresos totales a la provincia de Tucumán en concepto
de Fondo Federal Solidario, desde la creación del mismo hasta la fecha de este pedido de
informes; (ii) detalle mensual de asignación del mismo a cada uno de los municipios de la
provincia de Tucumán; (iii) detalle de las obras de infraestructura completadas con fondos
provenientes del Fondo Federal Solidario, especificando en cada caso, contratistas, monto
total de la obra y plazo de ejecución de la misma; (iv) informe dictaminando si la firma de
Pactos Sociales y Fiscales entre el gobierno de la provincia de Tucumán y los municipios resulta
acorde o violatorio del requisito de coparticipación interna del Fondo que establece la
legislación que lo crea.
d) El resultado y contenido de las auditorias
específicas a fin de verificar las obras destinadas a mejorar la infraestructura establecidas en el
artículo 1º del Decreto 206/2009, detallando cuáles fueron las obras de infraestructura,
ejecutadas y en ejecución, desde la Creación del Fondo Federal Solidario.
e) Un informe sobre el seguimiento financiero de
los montos destinado a las provincias y sus municipios, así como la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en concepto de Fondo Federal Solidario, facultado por el artículo 1 de la
Resolución Conjunta N° 157/2009.
f) Un informe verificando si las provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que adhirieron al Fondo Federal Solidario por medio de la
Resolución N° 65/2009, han cumplido con los requisitos dispuestos en los artículos 4 y 5 del
Decreto 206/2009.
g) Un informe sobre la situación de cumplimiento
de parte de las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que respecta al artículo
7 del decreto 206/2009.
h) Si la Sindicatura General de la Nación ha dado
cumplimiento a la obligación dispuesta en el Artículo 6° del Decreto 243/2009, y en tal caso
acompañe copia de todas las actuaciones labradas en consecuencia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 19 de marzo de 2009 el gobierno nacional firmo
el Decreto 206/2009, por el cual crea el Fondo Federal Solidario con la finalidad de financiar a
las provincias y municipios, con fondos provenientes de los derechos de exportación de soja y
sus derivados.
El citado decreto dispone el destino específico de
los fondos para obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa,
hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, y expresa la prohibición de
utilizarlo para el financiamiento de gastos corrientes.
De esta forma el Gobierno Nacional intento
disminuir la tensión que se inició en marzo de 2008 con la controvertida Resolución 125/2008
y que genero un conflicto entre el sector agropecuario y el gobierno nacional. Con la sanción
del Decreto 206/2009, la tensión existente se atenuó, luego que el Ejecutivo Nacional
transfiriera fondos de los derechos de exportación, que percibe el gobierno nacional y no son
coparticipables, a las provincias.
Cuando la medida fue anunciada se estimaba
distribuir entre las provincias 1776 millones de dólares, unos 6520 millones de pesos, que
equivalía a más del 11% de la masa coparticipable.
Durante el ejercicio 2009, en que el Fondo Federal
Solidario funcionó durante solo 9 meses, es decir a partir de mes de abril cuando la medida
entró en vigencia, el monto total distribuido a las provincias fue de $2.941.330.969,19; durante
2010 el fondo se elevó a $7.457.764.649,15, en 2011 a $ 7.249.441.066,1; en 2012 el fondo
distribuyo entre las provincias $7.325.992.246,6; en 2013 la recaudación en este concepto fue
de $9.644.377.934,2; y en el primer trimestre de 2014 el Fondo conto con
$1.576.991.571,73.
El Fondo Federal Solidario se compone del 30% de
los derechos de exportación a la soja y sus derivados. Desde su puesta en marcha, la
producción de soja, de acuerdo con datos publicados por el Ministerio de Agricultura,
ganadería y Pesca, fue: en 2008 /0930.993.379 toneladas, en 2009 /10 52.677.371toneladas,
en 2010 /11 48.878.771 toneladas y durante la campaña 2011/12 la producción de soja fue
40.500.000 toneladas.
Es decir, desde que el Fondo existe, y la
recaudación en este concepto fue de $36.195.898.436,91.
Siendo que las 24 provincias adhirieron al Fondo
por medio de la Resolución 65/2009 de la Secretaria de Hacienda, del Ministerio de Economía,
todas ellas quedaron sujetas a las condiciones previstas en el Decreto 206/2009, por el cual
deben establecer un régimen de reparto interno automático y deben destinar los recursos
económicos del Fondo para mejorar la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de
vivienda o vial; no podrán utilizarlos en gastos corrientes.
La presente Resolución tiene por objeto conocer
cuáles fueron los destinos de los fondos, en las provincias, siendo que ni la Sindicatura General
de la Nación que por el Decreto 243/2009 es responsable de realizar auditorías anuales
específicas sobre el funcionamiento del Fondo, ni en Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios, organismo competente por la Resolución Conjunta 157/2009,
20/2009 y 313/2009, para verificar las obras de infraestructura que se realicen con los recursos
del Fondo, emitieron en cuatros años sus respectivos informes.
Cabe destacar que el año pasado hemos
presentado un pedido de informes sobre el funcionamiento y destino del Fondo Federal
Solidario, que obra bajo el número de expediente 7434-D-2012, y que fuera reproducido en
2013.
Asimismo y en el mismo sentido este año volvimos
a insistir con el pedido de informes a los organismos correspondientes. El día 2 de agosto de
2013, bajo el Expediente Nro. 5581-D-2013 realizamos la presentación.
La provincia de Tucumán, en particular, que recibe
el 4.94% del total del Fondo Federal Solidario, sumo una recaudación de, en 2009
$135.181.645,54, en 2010 $342.684.285,65, en 2011 $333.111.817,0, en 2012 $336.629.343,7,
en 2013 $443.159.166,2; en los tres primeros meses de 2014 se enviaron a la provincia
$72.462.762,74, pese a los $1.663.229.020,83 que recibió no existen datos sobre qué es lo que
se realizó con estos recursos.
Tucumán es un ejemplo de las 24 provincias, pero
no un ejemplo aislado y diferente del resto. La falta de información pública sobre las obras que
se realizaron o se realizan con el dinero del Fondo Federal Solidario es una constante y pese a
que el Decreto 206/2009 determina específicamente en que se debe utilizar este recurso, que
representa más del 10% de la masa coparticipable, y que año tras año, aumenta, gracias a los
precios internacionales del commodity gravado y la producción nacional del mismo. Es decir,
aumenta la recaudación por derechos de exportación a la soja, y de esta forma el Fondo
Federal Solidario pero no las mejoras que el Decreto de su creación dispone.
Siendo que el Fondo Federal Solidario logro una
recaudación superior a la esperada al momento de su creación, esto debería evidenciarse en
mejoras concretas, que al momento de la presentación de esta resolución se desconocen y es
precisamente ese punto el que se pregunta en la parte resolutiva de la presente.
De acuerdo al inciso d del artículo 129° de la Ley
24.156 de "Administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional",
la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas puede requerir de la Auditoria General
de la Nación toda la información que estime oportuna. Considerando que es necesaria una
auditoria al desenvolvimiento del Fondo Federal Solidario debido a los montos que este posee
y la diversidad de actores involucrados, es que se le solita a la Comisión Parlamentaria Mixta
Revisora de Cuentas solicite una auditoria al organismo correspondiente.
Por todos estos motivos, es que solicito a mis pares
acompañen el proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
CANO, JOSE MANUEL | TUCUMAN | UCR |
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |