PROYECTO DE TP
Expediente 2289-D-2006
Sumario: HABILITACION DE UN ESPACIO COMERCIAL PARA SER EXPLOTADO POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL AMBITO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, SEGUN LO DISPUESTO POR LEY 24308 Y SU REGLAMENTACION.
Fecha: 05/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
ARTICULO 1: Objeto. Por la presente autorízace la generación de un espacio físico en el ámbito de la Cámara de Diputados, para la instalación de un pequeño comercio a ser explotado por personas con discapacidad en el marco de lo dispuesto por la Ley 23.308 y su decreto reglamentario 795/94.
ARTICULO 2: Asignación de competencia. Encomiéndase a la Secretaría Administrativa, dependiente de la presidencia, a generar dicho espacio y coordinar las acciones necesarias para asegurar el adecuado funcionamiento de la explotación en forma conjunta con la Unidad Para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 24.308 dispuso mantener en vigencia la concesiones otorgadas a personas con discapacidad en virtud de las leyes 13.926 y 22.431 y los decretos 11.703/61, 498/83 y 140/85.
A su vez sustituyó el artículo 11 de la ley 22431 estableciendo que el "Estado Nacional, los entes descentralizados y autárquicos, las empresas mixtas y del Estado y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires están obligados a otorgar en concesión, a personas con discapacidad, espacios para pequeños comercios en toda sede administrativa.
La obligatoriedad emanada de esta norma tiene que ver expresamente con la necesidad de fortalecer los mecanismos de inserción laboral e integración social de las personas con discapacidad, en contraposición al desinterés y a la exclusión que suelen detectarse como elementos predominantes de la problemática.
La falta de cumplimiento de lo dispuesto por esta ley, por parte del propio organismo que la ha dictado no resulta en absoluto prometedor a los fines de que dicha norma resulte efectiva para la consecución de sus objetivos.
Por lo tanto considero que es de suma importancia que en el ámbito de la Cámara de Diputados se dé el espacio necesario para la instalación del pequeño comercio de acuerdo a lo establecido por la ley, aún máxime cuando ello no representará de ningún modo un gasto dinerario significativo.
No cabe abundar en mayores argumentos a los efectos de apoyar la creación del espacio que se propone, simplemente hacer referencia a los fundamentos que dieron pie a la sanción de la ley 24.308.
Por lo expuesto precedentemente, solicito a los señores diputados que acompañen el presente proyecto con su voto afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CHIACCHIO, NORA ALICIA | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
COMERCIO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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13/06/2006 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
18/07/2006 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
19/07/2006 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0693/2006 | CON MODIFICACIONES | 28/07/2006 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 09/08/2006 | APROBADO |