PROYECTO DE TP
Expediente 2287-D-2009
Sumario: PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION DEL AMBIENTE PARA UNA GESTION ADECUADA DEL AGUA RESIDUAL DE ORIGEN INDUSTRIAL.
Fecha: 12/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: La presente ley
establece las normas de presupuestos mínimos de protección al ambiente
para una gestión adecuada del agua residual de origen industrial.
Artículo 2: Entiéndese por
agua residual de origen industrial, aquélla que se deseche después de
haber participado en cualquier proceso industrial, sea de preparación,
producción, limpieza o de servicios auxiliares.
Artículo 3: Serán sujetos
obligados de la presente, todas las personas físicas o jurídicas titulares de
establecimientos industriales instalados o que se instalen en el futuro.
Artículo 4: : Cumplidos
cinco (5) años desde la fecha de promulgación de la presente ley, los
sujetos obligados deben acreditar ante la autoridad de aplicación que
reutilizan o reciclan, como mínimo, un cincuenta porciento (50%) de los
caudales medios anuales de agua residual de origen industrial que
generan.
Artículo 5: Cumplidos diez
(10) años desde la fecha de promulgación de la presente ley, los sujetos
obligados deben acreditar ante la autoridad de aplicación que reutilizan
o reciclan como mínimo un setenta y cinco por ciento (75%) de los
caudales medios anuales de agua residual de origen industrial que
generan
Artículo 6: La autoridad de
aplicación podrá modificar los alcances de los artículos 4 y 5 por razones
técnicas debidamente fundadas para aquellos procesos industriales que, por
la reutilización o reciclado de aguas residuales, pudieran generar riesgos
para la salud humana o animal, o el ambiente, en general.
Artículo 7: A fin de cumplir
con lo establecido en los artículos 4 y 5, los sujetos obligados deberán
presentar informes periódicos ante la autoridad de aplicación, quien emitirá
una declaración en la que fundamente su aprobación o rechazo. La
aprobación de los informes tendrá carácter temporal, y su vigencia será
determinada por la autoridad de aplicación.
Artículo 8: Toda infracción a
las disposiciones de esta ley, su reglamentación y las normas
complementarias que en su consecuencia se dicten, será reprimida por la
autoridad de aplicación con las siguientes sanciones, que podrán ser
acumulativas:
a) Apercibimiento;
b) Multa;
c) Clausura parcial o total del
establecimiento industrial.
Estas sanciones se aplicarán con
prescindencia de cualquier otro tipo de responsabilidad que pudiera
imputarse al infractor.
Artículo 9: Será
autoridad de aplicación de la presente ley el organismo que determine
cada una de las jurisdicciones. Para la jurisdicción nacional el Poder
Ejecutivo establecerá el organismo con mayor competencia
ambiental.
Artículo 10: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El agua es un bien escaso y muy
vulnerable, que el hombre malgasta la mayoría de las veces. La escasez de
agua dulce es uno de los mayores problemas, si no el mayor con los que se
enfrenta el mundo. Resulta evidente que la Tierra ya no tiene agua suficiente
para abastecer una demanda que es excesiva y creciente.
El presente proyecto de ley tiene
por objeto proteger este recurso natural tan vital como escaso, estableciendo
herramientas de gestión para el tratamiento del agua en los establecimientos
industriales.
Tengamos en cuenta lo siguiente,
los usos del agua pueden ser divididos en tres grandes categorías: agua
para uso doméstico, para uso agrícola y para uso industrial. Cada uno de
estos sectores requieren diferentes volúmenes de agua. Si bien los
porcentajes de consumo varían mucho de acuerdo a cada región, el sector
agrícola es el mayor consumidor de agua, alrededor del 70%, principalmente
para riego, la industria el 22% y el consumo doméstico aproximadamente el 8
% (World Water Assessment Programe -UNESCO). Para el caso del sector
industrial la utilizan mayormente como refrigerante, como materia prima,
como medio de transporte, como agente limpiador, como fuente de energía,
como vapor, entre muchas otras.
Desde el punto de vista de los
efectos ambientales, un mayor suministro de agua significa una mayor carga
de aguas residuales, es decir aguas que una vez utilizadas se descargan
contaminadas en los cuerpos receptores sino se depuran de forma
adecuada. Si se entiende por desarrollo sustentable aquél que permita
compatibilizar el uso de los recursos con la conservación de los ecosistemas,
las buenas prácticas en la gestión del recurso agua en las industrias serán
las que tengan por finalidad: (1) disminuir el gasto de agua, disminuyendo su
consumo o reciclando y reutilizando al máximo el suministro, (2) extraerla con
el menor deterioro posible de los ecosistemas, es decir dejando una parte
para el desarrollo normal de ríos, humedales y acuíferos subterráneos y (3)
devolverla a las aguas naturales en condiciones aceptables para que el
impacto sobre los ecosistemas sea mínimo.
Por ello, este proyecto de ley
establece que para cumplir con una de estas finalidades, durante los
primeros cinco (5) años los establecimientos industriales deberán
acreditar ante la autoridad de aplicación haber reutilizado o reciclado
como mínimo un cincuenta por ciento (50%) de la cantidad de agua
industrial residual que se usa en el proceso industrial, y cumplidos diez (10)
años deberán acreditar haber reutilizado o reciclado como mínimo un
setenta y cinco por ciento (75%).
Por otro lado es importante saber
que minimizar el suministro de agua a través de la reutilización o reciclado
del agua en las industrias resulta más económico para muchas de ellas,
además de disminuir la contaminación, ya que parte de los productos
necesarios para los procesos de fabricación y que se pierden en los vertidos
podrían aprovecharse de nuevo. Tengamos en cuenta que el precio del
agua podría incluir
En un futuro próximo el coste
total de su descontaminación, por lo tanto para las industrias será más
rentable, modificar sus procesos industriales para que sean prácticamente
secos, es decir involucrar un consumo de cantidades muy pequeñas de
agua, justo el suficiente para el funcionamiento de un esquema de circulación
cerrada de manera que no descargasen aguas residuales. En algunos casos
el circuito de agua podría involucrar una cadena de industrias de manera que
unas utilizaran el agua procedente de las otras o bien porque no necesitaran
agua de tanta calidad.
Existen experiencias muy
exitosas en varios países donde se han realizado programas de lucha contra
la contaminación de las aguas, estos programas han conducido siempre a
una reducción de la demanda de agua, incluso en los países húmedos. Por
ejemplo en Suecia, en el área industrial la reducción del consumo de agua
fue drástica, en poco tiempo se redujo a menos de la mitad; las industrias se
dieron cuenta de que salía mucho más barato reciclar el agua que depurarla.
Es decir, si modificaban los procesos industriales de manera que solo
necesitaran una pequeña cantidad de agua para reponer el agua que
irremisiblemente se perdía en los circuitos, reducían la factura, ya que una
gran parte del gasto se debía al costo de su depuración ya fuera por medios
externos, o porque ellas mismas tuvieran que hacer funcionar sus
depuradoras. La movilización social en pos de la protección de la calidad de
las aguas en Suecia llevó a un ahorro de su consumo, ya que evitar el vertido
es mejor solución que luego tener que extraerlo. Este factor posibilitó que se
obtuvieran dos logros que van de la mano: disminuir la demanda de agua y
reducir la contaminación por el vertido.
Señor Presidente, llevo muchos
años luchando en mi tarea legislativa elaborando iniciativas que favorezcan
la protección del ambiente y de los recursos naturales, y continuo
persistiendo en este camino con la elaboración de este proyecto de ley.
Entramos en una etapa donde la conciencia en la preservación de nuestros
bienes colectivos ha crecido notablemente, tanto en la sociedad civil como en
los sectores productivos, en la cual la industria tiene que desarrollar
tecnología que no sólo favorezca a la preservación de este recurso natural
indispensable para la vida, sino también para disminuir sus costos
económicos.
Por todas estas consideraciones
señor Presidente, solicito a los señores legisladores que me acompañen en
la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MÜLLER, MABEL HILDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/11/2009 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
18/11/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
18/11/2009 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2372/2009 | 25/11/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 25/11/2009 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO | ||
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 05/08/2009 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 11/11/2009 |