PROYECTO DE TP
Expediente 2251-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON MODIFICACIONES EN LOS ESTUDIOS E INSTRUCCION MILITAR DE LOS LICEOS MILITARES Y SU IMPACTO EN LA FORMACION DE OFICIALES DE RESERVA DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Fecha: 15/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que resulten competentes, informe lo que a
continuación se solicita referente a la resolución 228/10 del 5 de marzo de 2010
del Ministerio de Defensa que introduce una serie de modificaciones en el
régimen de los Liceos Militares y su impacto en la formación de Oficiales de
Reserva de las Fuerzas Armadas:
1. Indique la cantidad actual de
Oficiales de Reserva de las tres Fuerzas Armadas y cuántos de los mismos son
egresados de los Liceos Militares.
2. Si considera que el
adiestramiento militar a impartir a partir de la Resolución 228/10 resulta
suficiente para formar un Oficial de Reserva.
3. Para los egresados de los Liceos
que optaran por su pertenencia a la reserva, cuál sería el programa de
adiestramiento adicional que deberían realizar, qué tiempo insumiría el mismo y
en dónde se realizaría.
4. En el caso de ofrecer
entrenamiento militar específico para formar parte de la reserva militar, cuál
sería el plazo del mismo, dónde se realizaría y bajo que programa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 2006, bajo la conducción
de la actual Ministro, el Ministerio de Defensa intentó una reforma de los liceos
militares que fracasó por la oposición de los egresados y de los padres de los
alumnos de de dichas instituciones educativas.
Los liceos militares son institutos
secundarios dependientes de las Fuerzas Armadas donde se cursan estudios
secundarios y paralelamente se imparte instrucción militar con la función de
formar oficiales de reserva.
Estos institutos fueron creados por
el Presidente Agustín P. Justo en la década del treinta, tomando como modelos
institutos similares de los EEUU y Europa. Actualmente son 10 -7 del Ejército, 2
de la Armada y 1 de la Fuerza Aérea- y, en sintonía con los procesos de
reforma del sistema militar, en los últimos años se han incorporado mujeres.
Por resolución Ministerial 228/10
del 5 de marzo de 2010, el Ministerio de Defensa introduce una serie de
modificaciones en el régimen de los liceos entre las cuales nos interesa
concentrarnos en la que estableció que los alumnos de los mismos no puedan
ser instruidos en el uso de armas hasta el quinto año, pero que solo puedan
recibir instrucción de un arma no militar, como es la carabina neumática calibre
22.
Paralelamente, a partir de esta
reforma y al cumplir la mayoría de edad, los egresados de los liceos deberán
ratificar o revocar explícitamente su decisión de formar parte de la reserva
militar.
Los fundamentos del Ministerio
para este aspecto de la reforma se sustentan en la Convención sobre los
Derechos del Niño ratificada pos la Ley 23.849, los protocolos relativos a la
Participación de Niños en los Conflictos Armados ratificados por la Ley 25.616 y
la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
Sin embargo, cabe aclarar que el
régimen de los Liceos Militares cumple acabadamente con lo estipulado por el
"Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la
participación de niños en los conflictos armados", el cual en sus Artículos 1 y 3
Inciso 3 establece: "Artículo 1: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas
posibles para que ningún miembro de sus fuerzas armadas menor de 18 años
participe directamente en hostilidades." Y en el "Artículo 3, Inciso 3: Los
Estados Parte que permitan el reclutamiento voluntario en sus fuerzas armadas
nacionales de menores de 18 años establecerán medidas de salvaguardia que
garanticen, como mínimo, que: a) Ese reclutamiento sea auténticamente
voluntario; b) Ese reclutamiento se realice con el consentimiento informado de
los padres o de quienes tengan la custodia legal; c) Esos menores estén
plenamente informados de los deberes que supone ese servicio militar."
Ahora bien, si la instrucción militar
adecuada en el uso del fusil FAL no puede realizarse dentro de los Liceos, cabe
preguntarse cuál es el sentido de seguir con los liceos militares, dado que los
mismos han dejado de tener como objetivo central el formar oficiales de
reserva. En consecuencia, deja de tener sentido también que las Fuerzas
Armadas destinen personal a estos institutos que ya no van a formar oficiales
de reserva.
Todo esto nos lleva a analizar el
tema en un contexto más amplio, como es la formación de reservas, una
asignatura pendiente de nuestras Fuerzas Armadas desde la suspensión del
Servicio Militar Obligatorio en 1995.
Para la Subsecretaria de
Formación Militar, el Estado deberá resolver por otros carriles cómo formar las
reservas, como los cursos de entrenamiento anual que ofrece el Departamento
de Reservas del Ejército.
Lo que resulta claro es que las
Fuerzas Armadas argentinas sufren dificultades crecientes para su
reclutamiento, las que responderían a la baja en la tasa de desempleo, los
bajos salarios que perciben los integrantes de las Fuerzas y el desprestigio en
que han caído los militares desde la recuperación democrática.
En el caso del Ejército, en el 2002
se presentaron 1321 postulantes para ingresar al Colegio Militar, y en el 2007
sólo 591, menos de la mitad, sólo 1,2 postulante por vacante. En el caso de la
Escuela de Suboficiales, la cantidad de postulantes descendió 25% respecto al
año pasado, con 1,9 por cada vacante a cubrir, y en el caso de los soldados
voluntarios, los aspirantes cayeron 43% en comparación con 2006, con 1,6 por
cada plaza a cubrir. (1) Paralelamente, el pedido de baja es creciente entre los
oficiales y suboficiales jóvenes es creciente y preocupante.
Desde que nuestro país suspendió
el servicio militar obligatorio y estableció el alistamiento voluntario, se asumió el
modelo de reclutamiento anglosajón en cuanto a los mecanismos e incentivos
para el reclutamiento.
Hoy en día, por ejemplo, nadie
entra a las Fuerzas Armadas británicas por el salario, sino porque el Estado
busca despertar la vocación por lo militar. Lo militar se presenta como el primer
atractivo para el reclutamiento en el sistema militar británico, y ello debe ser
una referencia para el problema que han comenzado a enfrentar las Fuerzas
Armadas argentinas.
Por otra parte, para incorporarse
como soldado profesional a las Fuerzas Armadas británicas o estadounidenses,
se firma un contrato de servicio por una determinada cantidad de años; en
nuestro país, por el contrario, se abandona el servicio cuando se quiere, lo que
carece de la más absoluta racionalidad en un sistema de alistamiento
voluntario.
Queda claro entonces que
necesitamos discutir el tema de los Liceos Militares en el marco más amplio de
la formación de reservas para el caso de conflictos armados, lo cuál nada tiene
que ver con la inexistencia de hipótesis de conflicto tan declamada por el actual
Gobierno, sino con la existencia misma del Estado nacional como monopolio de
la violencia legítima.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/06/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0611/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1704-D-2010 y 2251-D-2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; CON MODIFICACIONES | 24/06/2010 |