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PROYECTO DE TP


Expediente 2246-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO EL CONTROL DEL TRANSPORTE DE LARGA DISTANCIA CON RELACION AL MANTENIMIENTO DE LOS COCHES, VELOCIDAD PERMITIDA Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NORMADOS POR LEY 24449, DE TRANSPORTES
Fecha: 04/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo competente, proceda al control de los transportes de larga distancia procurando el cumplimiento de la norma vigente Ley 24.449 y sus complementarias con respecto al mantenimiento de los coches, a la velocidad permitida para este tipo de transportes y medidas de seguridad previstas para su circulación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto de declaración que someto a consideración de mis pares tiene como objetivo solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que procure a través de un mayor control, el cumplimiento de la norma de transito y seguridad vial que regula entre otros la velocidad máxima para los transporte de larga distancia. En la realidad nos encontramos que los micros exceden la velocidad permitida de 90 Km, lo cual trae aparejado como consecuencia un aumento relevante de accidentes de transito. Según informes de la Fundación Luchemos por la vida los micros protagonizan el 30 % de los accidentes y diecinueve personas mueren por día en los accidentes de transito en el país.
También se debe constatar y no solo en periodos vacacionales, el estado de los coches y las medidas previstas para los mismos, al respecto en el año 2005 voceros de la CNRT señalaron que detectaron faltantes de martillos reglamentarios para hacer frente a una eventual situación de incendio en las unidades. Como así también se señalo que el 70% de las unidades presentaba algún tipo de deficiencia.
El que todo esto este previsto en nuestras normativa no parece ser suficiente dado a que necesitamos de un control eficaz y permanente que motive a las empresas a que tomen las medidas tendientes a cumplir con la legislación y su reglamentación. Debemos procurar que el transporte de larga distancia que constituye un servicio publico sea brindado a los usuarios con la negligencia necesaria para que la actividad sea llevada acabo con eficiencia, procurando el bienestar de los pasajeros.
En la actualidad cada vez son más los accidentes en nuestras rutas, lo cual nos preocupa, por eso creo que contando con las disposiciones necesarias para un buen servicio y medidas negligentes, debemos procurar a través de los organismos correspondientes se haga cumplir las leyes que regulan el transito así como también condiciones necesarias para que se preste un servicio negligente y seguro.
Recordamos y apelamos a lo dispuesto por la Ley 24449 de transito y seguridad vial, art. 53 ultimo párrafo que establece: ". El Poder Ejecutivo nacional dispondrá las medidas que resulten pertinentes a fin de coordinar el accionar de los organismos de seguridad de las distintas jurisdicciones a los efectos de posibilitar el cumplimiento de lo precedentemente establecido".
Por los motivos expuestos, solicito de mis pares su acompañamiento para la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/06/2006 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0662/2006 21/07/2006
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 02/08/2006 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 14/03/2007