PROYECTO DE TP
Expediente 2233-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA NEGOCIACION QUE SE ESTA LLEVANDO A CABO CON LOS PAISES NUCLEADOS EN EL CLUB DE PARIS.
Fecha: 17/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional, por intermedio del Ministerio de Economía y finanzas Públicas se
informe sobre los siguientes puntos relacionados con la negociación que se está
llevando a cabo con los países nucleados en el Club de París:
1.- Cuál es la composición de las
obligaciones que la Argentina reconoce como válidas a los fines de la
negociación, detalladas por Acreedor -oficial o privado-, tipo y origen de las
operaciones que dieron lugar a las deudas.
2.- Cuales han sido las deudas
contraídas durante la dictadura entre 1976 y 1983.
3.- Cuales de dichos compromisos,
provienen de transferencias al Estado Argentino de Deuda Externa Privada,
identificando a las empresas que originaran dichas obligaciones.
4.- Si se tiene conocimiento que
las obligaciones a negociar con el Club de Paris, están sujetas -directa o
indirectamente- a una investigación que lleva adelante el Juzgado en lo Criminal
y Correccional Federal N° 2, a cargo del Dr. Eduardo Martínez de Giorgi.
5.- Si se tiene conocimiento que
mediante una pericia llevada a cabo por auditores del Banco Central en el año
1985, se determinó que parte de la deuda que se mantiene con Holanda, no
correspondía pagarla, por no haber llegado los fondos al país, además de otras
irregularidades.
6.- Si los Acuerdos a los que se
piensa llegar con el Club de París, están sujetos a la participación, supervisión
y/o autorización de otros organismos internacionales, como el Fondo Monetario
Internacional, el Banco Mundial (BIRF), el Banco de Pagos Internacionales de
Basilea, o el Grupo de los 20
7.- Si la participación del Fondo
Monetario Internacional a los efectos de la colaboración efectuada en la
elaboración de nuevos índices de precios, está relacionada con los Acuerdos a
celebrar con el Club de París.
8.- Si la normativa de las
obligaciones a negociar se superpone hoy con los compromisos asumidos en los
Tratados Bilaterales de Inversión, es decir si la renegociación no implica
amparar las operaciones originales con cláusulas introducidas con
posterioridad.
9.- Si la Deuda Externa arreglada
bilateralmente con España con fecha 31 de julio de 2007, será materia de una
nueva negociación, ahora en el marco del Club de París.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En declaraciones públicas
realizadas en el año 2011, el entonces Ministro de Economía y Finanzas
Públicas, Amado Boudou, manifestó que se había llegado a un acuerdo sobre el
monto a negociar con el Club de Paris, habiéndose fijado la deuda, incluido los
intereses, en la suma de 8470 millones de dólares. Se enfatizó el "éxito" de
haber conseguido una rebaja importante al no reconocerse deudas
consideradas ilegítimas. Según fuentes de la cartera económica las "deudas que
se incluyeron tienen como fundamento contratos acordados luego de diciembre
de 1983. Esto llevó a rechazar varios reclamos de acreedores, que sumaban
más de cien millones de dólares, que pretendían incluir presuntas deudas
basadas en contratos efectuados durante la dictadura militar, no convalidadas
por un gobierno democrático."
Una de las características
habituales relacionadas con el endeudamiento externo es que todas las
negociaciones son secretas, los pasivos incluidos también lo son, no se conoce
el detalle de los créditos reclamados y tampoco el nombre de las empresas
privadas involucradas, cuyas deudas asumiera el Estado Nacional. La noticia
difundida por los medios es un claro ejemplo de cómo se manipula la
información y se articula un mensaje que pretende mostrar una actitud
independiente y soberana en el manejo de las negociaciones, además del hecho
inédito de plantear la ilegitimidad del endeudamiento de la dictadura.
La realidad es sustancialmente
distinta ya que las deudas ilegítimas que reclaman los países que integran el
Club de Paris, no se reducen a esos exiguos 100 millones de dólares, que se
ignora a que créditos específicos pertenecen, sino que los datos que tenemos y
que surgen de las investigaciones que realizara el Juzgado en lo Criminal y
Correccional Federal Nº 2 en el marco de la causa Nº 7723/98 ponen en
evidencia la existencia de una suma que excedería más de la mitad de lo
reclamado.
No está de más recordar, que el
Club de Paris, es un grupo informal de países acreedores que se constituyó en
1956 para refinanciar deudas bilaterales de carácter comercial, que fueron
convertidas en financieras por la dictadura de Aramburu: es decir que hay un
mal precedente en cuanto a cómo comenzó a funcionar ese singular conjunto
multilateral con el que la Argentina tuvo que negociar 8 veces.
Pero dejando de lado deudas
canceladas de la década del sesenta, las obligaciones que hoy negocia el
ministro Lorenzino tienen su origen en su mayor parte durante la dictadura
cívico-militar que endeudó a la Argentina a partir de marzo de 1976. En efecto,
cuando comenzaron las primeras negociaciones en 1985, el monto de la deuda
a renegociar era de 5500 millones de dólares y se estableció como fecha de
corte el 10 de diciembre de 1983. En esa fecha (Ronda I) se llegó a un acuerdo
por la suma de 2250 millones de dólares, incluidos capital e intereses, siendo
importante puntualizar, que en esa fecha las estimaciones no eran definitivas,
por lo cual el gobierno de Raúl Alfonsín siguió recibiendo reclamos de
acreedores para la posterior conciliación.
En la segunda Ronda, se sumaron
montos no refinanciados en la primera y la deuda se estimó en 4250 millones
de dólares hasta 1986. Luego en el acuerdo firmado en 1987 se fijó en 5303
millones. Estos montos se fueron modificando con la inclusión de otras deudas,
como las de Cogasco, que entraron en las rondas llevadas a cabo durante la
década del 90.
Al poco tiempo de asumir Carlos
Menem y firmado el acuerdo con el FMI en noviembre de 1989, comenzó una
nueva ronda de negociaciones donde se incluyeron 1200 millones de dólares
de atrasos en los que había incurrido el gobierno radical. Se acordó capitalizar
los intereses atrasados y postergar los vencimientos para los años siguientes,
efectuando pagos poco relevantes.
En razón de las dificultades
económicas surgidas durante los dos primeros años de la gestión de Menen, se
fue dilatando un nuevo acuerdo, hasta que el 19 de septiembre de 1991, se
firmó el acta multilateral que puso término a la Ronda IV, consolidándose la
deuda, incluidos los atrasos en 7592 millones de dólares.
El acuerdo final con el Club de
Paris (Ronda V) se firmó en el marco de toda la reestructuración de la deuda
externa efectuada en 1992 a través del Plan Brady, que contó con la
participación del FMI, el Banco Mundial y el BID. La deuda a esa fecha quedó
en 8900 millones de dólares, a través de distintas reprogramaciones que se
hicieron, estableciéndose un nuevo cronograma de pagos, para llegar a
cancelar la misma.
Desde 1992, y hasta el default
producido en el año 2001, se efectuaron pagos anuales, conforme lo pactado
en la última Ronda, aunque las cifras consignadas oficialmente son
dudosas.
Producido el default y la
interrupción de los pagos, comenzó nuevamente el crecimiento de la deuda,
capitalizándose los intereses, hasta llegar a cifras que no resultan precisas y
que rondarían los 9000 millones de dólares..
Hasta aquí el detalle riguroso de
las negociaciones y la evolución de la deuda hasta hoy, donde por razones de
síntesis no incluimos los detalles de la reprogramación de intereses,
amortizaciones y punitorios por mora, pero lo fundamental que surge de las
cifras y de las fechas consignadas, es determinar que importe corresponde a la
deuda de la dictadura, y cual el que corresponde a los gobiernos a partir de
diciembre del año 1983.
Como lo indicara anteriormente, la
deuda dejada por la dictadura era de 5500 millones de dólares al 10 de
diciembre de 1983, no estando incluida la deuda de Cogasco que era de 918
millones de dólares, la que fue agregada en los acuerdos de 1987. Es decir
que sumadas ambas obligaciones nos da un stock de deuda proveniente de la
dictadura de 6418 millones de dólares.
A pesar de los pagos que se
efectuaron, la deuda siguió creciendo porque se sumaron las obligaciones
contraídas con Alemania para la construcción de la Central Atómica Atucha II,
por un monto cercano a los 1000 millones de dólares, que si bien fue licitada
durante la dictadura, los primeros reembolsos fueron posteriores a diciembre
del 1983. Es decir que este crédito recibido durante la gestión de Alfonsín sería
el único no cuestionable, por haber sido empleado para los fines por los cuales
fue solicitado y el carácter democrático del gobierno que intervino en su
efectivización. Para no citar varios documentos que así lo determinan, solo
haremos referencia a la nota enviada por el Ex ministro de Economía, Dr.
Domingo Cavallo, al Presidente del Club de París, Jean Claude Trichet, con
fecha 5 de junio de 1992, donde le expresaba la aceptación de la propuesta de
la "reprogramación de los vencimientos de las obligaciones financieras
contraídas antes del 10 de diciembre de 1983 por el sector público y aquellas
del sector privado cubiertas por un contrato de seguro de cambio o con
garantía pública, y cuyos vencimientos ocurrirán con posterioridad al 30 de
junio"
Resulta importante detenerse en la
deuda de la empresa Cogasco, que es una evidencia más de los manejos
especulativos de los inversores privados con la anuencia de los funcionarios de
la dictadura, ya que tal obligación fue investigada por un cuerpo de auditores
del Banco Central en 1984.
La empresa Cogasco fue
estructurada con el objeto de construir el gasoducto centro-oeste que unía a las
provincias de Neuquén y Santa Fe, cruzando por La Pampa, Mendoza, San Luis
y Córdoba estando controlada la sociedad por la firma Nacap BV, de Holanda.
Como en casos similares se recurrió al crédito externo, y fue así que se obtuvo
un préstamo por 918 millones de dólares del Amro Bank, de los cuales
entraron al país 292, siendo depositado el resto en el exterior, el que fue
utilizado por la empresa para diversas operaciones de pases, obteniendo
importantes diferencias de cambios. Además de ello se cancelaron
importaciones temporarias, que no generaban movimiento de divisas, con el
dinero de la empresa existente en el exterior. Los auditores encontraron una
serie de irregularidades e ilícitos, que hacían pasible a la empresa de la
aplicación del régimen penal cambiario, lo que significaba multas que iban de 1
a 10 veces el valor de las infracciones cometidas. Debido a que el grupo
controlante de Nacap quebró, las acciones pasaron a ser manejadas por el
Amro Bank de Holanda, que como integrante conspicuo del Club de París,
impuso sus condiciones a los negociadores argentinos, para transformar deudas
inexistentes en obligaciones de la República. Los auditores estimaron que las
multas podían llegar hasta la suma de 3300 millones de dólares
En la investigación llevada a cabo,
se individualizaron con claridad las maniobras llevadas a cabo por esta
empresa, sus incumplimientos contractuales, las infracciones a la ley penal
cambiaria, lo que llevó a los inspectores a determinar que debían darse de baja
del registro de la deuda la suma de U$D 918.3 millones, debido a "fondos no
ingresados al país no-reconocimiento de cláusulas contractuales sobre tipo de
pases" Sin embargo y a pesar de las evidencias incontrovertibles que surgían de
toda la documentación analizada, el Jefe del Departamento de Deuda Externa
del Banco Central, Dr. Carlos Melconian, elevó con fecha 24 de agosto de 1987
un informe a la Gerencia de Estudios y Estadísticas del Sector Externo, donde
decía textualmente: "No obstante la baja comentada, debe señalarse que sobre
la base de los lineamientos para un acuerdo final sobre el contrato del
Gasoducto Centro Oeste (informe 480/160 (Expte. 105.322/86) serán
refinanciados dentro del marco del Club de París los atrasos que Gas del Estado
mantenía con Cogasco S.A. al 31 de diciembre de 1985 (...) Todo ello implica
registrar como deuda de la República Argentina y de Gas del Estado las
correspondientes obligaciones, por un monto estimado de UD$ 955 millones". El
documento fue elevado por la Gerencia a la Comisión N° 2 del Directorio quien
la aprobó con la firma de los Dres. Daniel Marx y Roberto Eilbaum, siendo
ratificada luego por el Dr. Marcelo Kiguel, Vicepresidente a cargo de la
Presidencia del Banco Central con fecha 21 de septiembre del referido año.
Es decir, que si exceptuamos el
crédito adeudado a Alemania, proveniente de la central atómica Atucha II, la
totalidad de la deuda que se mantiene con el Club de París provendría de
operaciones realizadas durante la dictadura, cuyos fondos se ignora
específicamente a que fueron destinados, conforme surge de la investigación
que llevó adelante el Juzgado Federal Nº 2, todo lo cual es una contundente
evidencia de cuál es el origen de esta deuda, y lo absurdo de reducir la
ilegitimidad a créditos por 100 millones de dólares.
Que ante la total falta de
información sobre las negociaciones, que solo se conocen a través de
trascendidos periodísticos, presenté en la Secretaría Privada del entonces
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Lic. Amado Boudou, una solicitud a
los efectos de que me informara sobre las deudas que se iban a renegociar con
el Club de París y otros aspectos técnicos relacionados con la misma,
fundándolo en el Decreto 1172/03, que posibilita el acceso a la información
para cualquier ciudadano.
Boudou no contestó la solicitud,
debido a lo cual en el mes de marzo le inicié una acción penal por
incumplimiento de los deberes de funcionario público, la que seguramente
estará languideciendo en los tribunales federales, para evitarle molestias al
Poder Ejecutivo.
Con posterioridad, ante un nuevo
pedido efectuado al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se informó
sobre el monto de la deuda en mora, manifestando que la documentación
referida a la deuda privada y otros detalles de la misma se encontraba en el
Banco Central de la República Argentina. En razón de ello envié el año pasado
dos notas a la Presidenta del Banco, Lic. Mercedes Marcó del Pont, la que fue
respondida cuatro meses después, hace unos pocos días, informando que la
documentación se encuentra en el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Es decir que el Ministerio dice una cosa y el Banco dice otra, no poniéndose de
acuerdo en un hecho de importante gravitación para la economía del país,
además de poner en evidencia el descuido con el que se maneja la
documentación del Estado
Que tal como lo establece la
Constitución Nacional es competencia indelegable del Congreso de la Nación
arreglar la deuda pública, y ocuparse de lo todo lo relacionado con la misma,
debido a lo cual es inexplicable, que en ninguna de las dos Cámaras que lo
componen se tenga la información necesaria sobre los acuerdos o
negociaciones que lleva el responsable de la cartera económica.
Que para terminar con el
secretismo de negociaciones que son incompatibles con un sistema republicano
y en defensa de la calidad institucional que desde el Poder Ejecutivo se
proclama pero que no se respeta, es necesario que se informe a la Cámara
sobre los puntos señalados en la resolución.
Es por lo anteriormente expuesto
que solicito a mis pares, me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |