PROYECTO DE TP
Expediente 2219-D-2011
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA RESOLUCION DE LA SALA III DE LA CAMARA PENAL DE LA PLATA, DICTADA EL DIA 13 DE ABRIL DE 2011, POR LA CUAL SE CONCEDE ARRESTO DOMICILIARIO A UN VIOLADOR DE MENORES, Y EL FALLO DE LA SALA I DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL BONAERENSE, POR LA CUAL SE REDUCE LA SENTENCIA DE UN PASTOR CONDENADO POR ABUSO SEXUAL A DOS ADOLESCENTES.
Fecha: 02/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más enérgico
repudio a la resolución de la Sala III Cámara Penal de La Plata,
dictada el día 13 de abril de este año, que benefició con arresto
domiciliario por "buen concepto social" a un hombre
sentenciado por violar reiteradamente a sus dos hijos, y al fallo
de la Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense, que
redujo a la mitad los años de prisión de un pastor condenado
por abuso sexual a dos adolescentes, debido a la "condición
social de las víctimas".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hemos tomado conocimiento
en los últimos días, a través de los medios de comunicación, de
resoluciones judiciales que otorgan beneficios a victimarios, culpables y
condenados por abusos sexuales, fundados en claros argumentos
discriminatorios.
En uno de los fallos que nos
ocupa, la Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense, redujo a la
mitad la pena impuesta a un pastor evangélico condenado por haber
abusado sexualmente de dos adolescentes de 14 y 16 años, por entender
que lo hecho por el acusado fue mantener relaciones con personas
menores pero pertenecientes a comunidades en las que el nivel social
acepta relaciones sexuales a edades muy tempranas.
El pastor condenado pertenece
a la Iglesia Evangélica "Jesús es el camino" de la localidad de Merlo, y fue
sentenciado por el Tribunal Oral Nº 4 de Morón a 18 años de prisión por
cuatro abusos sexuales con acceso carnal agravados por ser ministro de
culto, cometidos entre abril y agosto de 2000.
Para otorgar la
reducción de la pena, el juez actuante fundamentó, según consta en el
fallo, que "lo hecho por el acusado, tener relaciones con mujeres que viven
en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy
bajas (...) no lo veo como algo moralmente edificante, pero tampoco como un
quehacer aberrante, repulsivo".
En el otro caso, la Sala III de la
Cámara Penal de La Plata, benefició con arresto domiciliario por "buen
concepto social" a un hombre sentenciado por el Tribunal Oral en lo
Criminal II a 14 años de prisión, por violar reiteradamente a sus dos hijos
de 5 y 6 años de edad.
Los hechos por los que se
condenó a este hombre de 41 años y de profesión ingeniero, ocurrieron
entre los años 2005 y 2006 cuando, luego de la separación de su esposa y
aprovechando el régimen de visitas, llevaba a los niños a su casa y
abusaba de ellos bajo amenazas. Para concederle el beneficio de arresto
domiciliario, la justicia tomó en consideración una presentación efectuada
con 714 firmas, donde se afirma que el imputado es "una persona querida
y apreciada".
Las dos resoluciones judiciales
citadas, en las que en ningún caso están puestos en duda ni los abusos ni
las pruebas, tienen como patrón común el prejuicio de los jueces que las
dictaron, basándose en conceptos patriarcales, discriminatorios y
clasistas, a través de los cuales la "condición social de las víctimas", en
uno y "el buen concepto social" en el otro, son "atenuantes" del delito
cometido y probado judicialmente.
Ambas sentencias no sólo son
cuestionables por sus claros fundamentos discriminatorios en relación a la
posición social de las víctimas en un caso y del victimario en el otro, sino
tambien por tratarse del delito de abuso sexual a niños y a adolescentes,
en el que la sanción adquiere especial relevancia para incrementar las
posibilidades de recuperación de las víctimas de los daños psicológicos
producidos por el abuso padecido.
Son numerosas
las voces que, desde distintos sectores, se han alzado para cuestionar y
rechazar las resoluciones judiciales mencionadas. Gregorio Badeni,
profesor titular por concurso de Derecho Constitucional en la Facultad de
Derecho de la Universidad de Buenos Aires, en relación al fallo que redujo
la pena del pastor condenado expresó: "Me parece una aberración que se
atenúe una condena por el nivel social de las víctimas. Lo que normalmente
sucede es que se eleve la pena, por ejemplo, cuando se trata de un
menor".
Por su parte, el
fiscal de Casación adjunto, Jorge Roldán, consideró que la decisión de los
magistrados "discrimina a los sectores sociales más humildes y por ende
más vulnerables a determinados delitos". (La Nación, 2 de abril de 2011)
También se
expresó sobre este fallo la directora de justicia de la Asociación por los
derechos civiles (ADC), Inés Jaureguiberry: "Lo que se lee de esta sentencia
es que si las víctimas hubieran sido de otra clase social habrían merecido la
protección del derecho". (La Nación, 2 de abril de 2011)
El Dr. Carlos
Rozanski, juez del tribunal Oral Federal 1 de La Plata, se expresó en
relación a la resolución que beneficia con arresto domiciliario al ingeniero
condenado por abuso sexual: "Son aquellos jueces representantes de la
peor ideología que un funcionario puede sustentar, los que realizan un
aporte esencial para el mantenimiento de los mitos, prejuicios y estereotipos
de género y edad, que siempre rodean casos como el del buen vecino de City
Bell. Son los que miran con unos ojos a los acusados de piel clara y con
otros a los de piel oscura y, finalmente, desarrollan ante hipótesis similares,
mecanismos de razonamientos distintos. Eso se llama "doble estándar" y es
la forma más sofisticada de discriminar con apariencia legal y de perpetuar,
entre otras cosas, la impunidad del abuso sexual infantil" (Página 12, 19 de
abril de 2011).
Asimismo, el ex
fiscal Sagastume, expresó que "Si tomamos en cuenta el apoyo de los
parientes y el contexto social, el 90 por ciento de los detenidos debería
recibir este beneficio, pero estamos ante una justicia sólo para ricos y
blancos" (página12, 16 de abril de 2011).
Por todo lo expuesto, solicito la
aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
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