PROYECTO DE TP
Expediente 2217-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL MONTO DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL TRIGO, MAIZ, GIRASOL Y SOJA, OTORGADOS A INDUSTRIALES Y OPERADORES DE DICHOS MERCADOS.
Fecha: 14/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 49
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que correspondan, remita un informe a esta H. Cámara
acerca de:
1.- El monto de subsidios al consumo
interno de productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja efectivamente
otorgados a industriales y operadores de dichos mercados, creados por la
resolución 9/2007 del Ministerio de Economía, desde el momento de su
establecimiento a la fecha.
2.- El monto de los subsidios al
consumo interno de productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja que se
encuentran pendientes de otorgamiento a industriales y operadores de los
mencionados mercados, creados por la resolución 9/2007 del Ministerio de
Economía, desde el momento de su establecimiento a la fecha.
3.- La distribución de subsidios
efectivamente otorgados en términos de porcentaje, por provincia, tamaño de la
industria y operador.
4.- La distribución de subsidios
pendientes de otorgamiento en términos de porcentaje, por provincia, tamaño de
la industria y operador.
5.- El tiempo de demora desde la
presentación por parte del industrial y operador al momento del pago.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 11 de enero de 2007, por
medio de la Resolución 9/2007, el Ministerio de Economía y Producción dispuso la
creación de un mecanismo de subsidios al consumo interno de productos
derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
El mismo se implementó por medio
del otorgamiento - a industriales y operadores que vendan en nuestro mercado
dichos productos - de la diferencia entre el valor de mercado del producto - que
publica la Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentos-, y los precios de
abastecimiento determinados por el Ministerio de Economía y Producción.
Según se expresa en los
considerandos de la norma de mención, la medida en cuestión fue tomada debido
a una serie de circunstancias que se reflejan en los mercados internacionales de
granos y oleaginosas que repercuten desestabilizando los precios internos de
nuestra economía.
El aumento en el consumo y la merma
en la producción que reflejan los mercados internacionales de granos y
oleaginosas, la consecuente alza de los precios internacionales y el objetivo
prioritario del Gobierno Nacional de preservar los equilibrios macroeconómicos,
sobresalen entre otros.
Debido a que se trata de productos de
consumo esencial en nuestra población y, que el mantenimiento del poder
adquisitivo de la población, en particular de los sectores de menores ingresos es
indispensable, tal lo sostiene la resolución 9/2007, es preciso conocer los alcances
de la medida adoptada a ese efecto.
Dada la importancia que reviste la
medida en el mercado interno, necesitamos contar con información oficial acerca
de su evolución y aceptación.
Asimismo, es necesario conocer
cómo se han distribuido los subsidios, en relación a cada provincia, actividad y
tamaño del agente del mercado, a fin de procurar su equidad y ecuanimidad.
En el entendimiento de que este
Congreso tiene la obligación de preservar los intereses de los distintos eslabones
de la cadena agroindustrial y de los consumidores, mediante el seguimiento de los
instrumentos diseñados por el Gobierno Nacional, es que solicito a mis pares
acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TORRONTEGUI, MARIA ANGELICA | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |