PROYECTO DE TP
Expediente 2213-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO A LAS DECLARACIONES DEL DICTADOR GENOCIDA JORGE RAFAEL VIDELA.
Fecha: 17/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su
enérgico repudio a las declaraciones del dictador
genocida Jorge Rafael Videla, condenado a perpetuidad
por delitos de lesa humanidad, reproducidos en distintos
medios de la prensa escrita como anticipo del libro
"Disposición Final"
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Recientemente se dio a
publicidad la entrevista efectuada al ex dictador y genocida Jorge Rafael Videla
por el periodista Ceferino Reato, para la redacción de su libro "Disposición Final"
en la que se detalla el "método" represivo utilizado durante la represión ilegal.
Sus dichos fueron publicados en
distintos medios periodísticos (Revista Noticias del 14/04/12 págs. 26, 27 y 28,
Diario La Nación del 15/04/12 en la Sección Enfoques, páginas 1 y 4 y el diario
Clarín del 14 y del 15 de abril, entre otras publicaciones).
Las declaraciones efectuadas
por el ex dictador, reabre heridas aún no cerradas en la sociedad, máxime cuando
tales declaraciones infieren que no existió reflexión ni arrepentimiento alguno por
parte de quien encabezó la más sangrienta represión en nuestro país.
En el año 1985 Videla fue condenado a
prisión perpetua en el denominado Juicio a las Juntas Militares, juicio en el que la
fiscalía lo acusó formalmente por 700 casos de violación a los derechos humanos.
Hoy después de varios
procesos judiciales donde fue declarado culpable de delitos aberrantes, explicó
descarnadamente la metodología empleada por el gobierno militar expresando
con total soltura: "Pongamos que eran siete mil u ocho mil las personas que
debían morir para ganar la guerra contra la subversión; no podíamos fusilarlas.
Tampoco podíamos llevarlas ante la Justicia" por lo tanto se pasó a las personas a
"disposición final" es decir para su eliminación.
A través de este método se secuestró
a miles de ciudadanos que luego fueron interrogados en lugares o centros
clandestinos donde en la mayoría de los casos se provocaba la muerte de los
detenidos ya sea en el mismo interrogatorio o posteriormente y sus cuerpos
arrojados al mar o enterrados en lugares secretos o bien quemados en un horno o
cualquier otro método repugnante a la condición humana.
Aclara además que "la
sociedad no debía darse cuenta" y en consecuencia se optó por una sistemática
desaparición de hombres mujeres y niños, a tal punto que reconoce la apropiación
de bebés para su entrega clandestina a familias de militares o de otras fuerzas,
que también debieron responder ante la justicia.
En las notas periodísticas, Videla
desvirtúa la realidad imperante en esa época en que el terror teñía a toda nuestra
sociedad al sostener que su gobierno obtuvo consenso de la ciudadanía. La
historia pone en evidencia que finalizada la barbarie, a través de jueces naturales,
la Junta Militar fue juzgada por delitos de lesa humanidad, ello sin perjuicio que
con las posteriores derogaciones de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida,
se permitió el juzgamiento y condena de los mandos inferiores.
La metodología adoptada en el proceso
menoscabó en lo más hondo, los valores que pertenecen a nuestra cultura, a
nuestras tradiciones, a nuestro modo de ser, a nuestro derecho y a nuestro sentir
nacional y no se ha encontrado ni una sola norma o principio que justifique o
disculpe a los autores de los hechos tan aberrantes de nuestra historia con Videla
como cabeza de la represión.
La falta de humanidad de este
personaje repugna y merece el repudio de todo el pueblo argentino que, a pesar
del "nunca más", aún alberga en su corazón un profundo dolor que el tiempo no
puede borrar.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
REGAZZOLI, MARIA CRISTINA | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
05/06/2012 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0412/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0315-D-2012, 2213-D-2012, 2214-D-2012, 2617-D-2012 y 2673-D-2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 15/2012 | 12/06/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 08/08/2012 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0315-D-2012, 2213-D-2012, 2214-D-2012, 2617-D-2012 y 2673-D-2012 | APROBADO |