PROYECTO DE TP
Expediente 2201-D-2010
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE EQUIPAR MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES, CUATRICICLOS BICICLETAS Y TODO VEHICULO TERRESTRE A MOTOR CARENTE DE CABINA, CON CASCOS PROTECTORES EN LA CANTIDAD MAXIMA DE OCUPANTES. DISPONER LA REDUCCION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y SUS MODIFICACIONES, AL CINCUENTA POR CIENTO (50%) PARA LA COMERCIALIZACION DE CASCOS PROTECTORES DEBIDAMENTE HOMOLOGADOS A SER UTILIZADOS EN LOS VEHICULOS.
Fecha: 15/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Dispónese que las
motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos, bicicletas y todo otro vehículo terrestre motor
carente de cabina para ubicación de sus ocupantes; deben estar equipadas con
casco protector antes de ser puestas a disposición del consumidor final y de ser
libradas a la circulación. Lo dispuesto alcanza tanto a vehículos nuevos como a
usados.
Artículo 2: En caso de que el
vehículo comercializado tenga capacidad para transportar solo al conductor, se
deberá proveer un (1) casco protector debidamente homologado. En caso de que el
vehículo tenga capacidad para transportar a uno o más pasajeros, se deberán
proveer tantos cascos protectores debidamente homologados como pasajeros se
puedan transportar, además del correspondiente al conductor. En el caso de los
vehículos que puedan transportar uno (1) o más pasajeros, además de lo dispuesto
en el párrafo anterior, se deberá proveer un (1) casco protector para niño, que
deberá reunir las condiciones de seguridad en su construcción y uso que determine
la reglamentación.
Artículo 3: El comercializador
de los vehículos a que se refiere el Artículo 1 de la presente Ley será el responsable
de la provisión de/los casco/s protector/es referidos según corresponda al momento
de la puesta a disposición del usuario del rodado. En caso de incumplimiento la
autoridad de aplicación podrá disponer una sanción equivalente al diez por ciento
(10%) del valor vehículo comercializado. En caso de reincidencia del comercializador
en el incumplimiento de esta Ley la reglamentación dispondrá un sistema agravado y
progresivo de sanciones.
Artículo 4: Dispónese la
reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), T.O. en 1997 y sus modificaciones,
al cincuenta por ciento (50%) para la comercialización de cascos protectores
debidamente homologados a ser utilizados en los vehículos a que se refiere el
Artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 5: Todas las
publicidades y ofertas públicas de vehículos detallados en el Artículo 1 de la presente
Ley deberán consignar claramente del modo que disponga la reglamentación, que la
adquisición del bien incluye la provisión de cascos protectores según la capacidad de
transporte de pasajeros del vehículo.
Artículo 6: Se encomienda al
Poder Ejecutivo:
1. Elaborar la reglamentación de la ley
en consulta con las provincias y organismos federales relacionados a la materia,
dando participación a la actividad privada;
2. Sancionar la reglamentación dentro
de los ciento ochenta (180) días de publicada la presente y propiciar la adaptación
por las provincias a través de las legislaciones locales de los principios que animan
esta ley y sus antecedentes;
3. Dar amplia difusión a esta Ley vial
antes de entrar en vigencia y mantener una difusión permanente sobre sus alcances
y objetivos.
Artículo 7: La Secretaria de
Comercio Interior del Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación y la Comisión
Nacional de Tránsito y la Seguridad Vial, creada por los decretos 1842/73 y Nº
2658/79, fiscalizarán en forma conjunta la aplicación de esta ley y sus
resultados.
Artículo 8: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto de Ley que se pone a
consideración de la H. Cámara de Diputados está orientado a enfrentar un grave
problema de seguridad en el tránsito como lo es la falta de uso de parte de ciclistas y
motociclistas de cascos protectores. Si bien su uso obligatorio está dispuesto por la
Ley de Tránsito (1) , en la práctica se observa la inobservancia de la norma por
incumplimiento liso y llano o por su utilización indebida. Está incorrecta conducta
social se debe a múltiples factores de orden socio-cultural que implican niveles de
maduración de la sociedad en su conjunto respecto a la valoración de la importancia
del orden en el tránsito. Pero no debe obviarse el hecho de que existe una incorrecta
comercialización de los vehículos de dos ruedas y los que no incluyen cabina del
conductor, como es el caso de los cuatriciclos, al acceder a ellos el consumidor sin el
casco protector como parte integrante inexcusable del equipamiento de seguridad.
Esta provisión del casco protector que se propone en el presente proyecto de Ley,
resulta equivalente a la obligación en caso de automotores a la provisión por parte
del fabricante de los cinturones de seguridad. Es más, las características de los
vehículos a los que está referido el presente proyecto reúnen mayores condiciones
de riesgo que los vehículos de cuatro ruedas. En efecto, la participación de éste tipo
de vehículos en siniestros viales graves viene aumentando ostensiblemente. La
particular peligrosidad que el vehículo reviste por naturaleza para sus ocupantes, la
versatilidad en sus desplazamientos, la falsa ponderación de vehículo inofensivo (por
baja potencia) del ciclomotor y el crecimiento de la actividad de correos y delivery,
son todos factores que se conbinan para aumentar el riesgo. Deben extremarse,
entonces, las medidas de seguridad para este tipo de usuario, entre los que sin duda
se debe contar el casco protector, elemento de seguridad sin el cual no se puede
concebir el uso de vehículos de dos ruedas.
El uso del casco protector fue
evolucionando a lo largo del tiempo. Históricamente era un elemento que sólo se
utilizaba en competición, pero no para la circulación urbana. Simplemente era
recomendable pero no exigible, con lo que prácticamente todos los motoristas
circulaban con la cabeza descubierta. Tanto en nuestro país como en el resto del
mundo la normativa cambió, haciéndose obligatoria la utilización del casco en todas
las situaciones de circulación, como se ha dicho. Desde ese momento se ha reducido
drásticamente la cantidad de motociclistas fallecidos o heridos graves por causa de
accidentes.
Merece especial consideración el caso
de los conductores más jóvenes, habitualmente de ciclomotores, que en muchas
ocasiones y casi siempre por ciudad, omiten utilizar el casco pensando erroneamente
que "como mi moto no es muy veloz" o "es que me muevo mucho en tramos cortos
y voy aquí cerca", las probabilidades de sufrir un grave accidente disminuyen. Las
estadísticas de la Organización Mundial de la Salud indican que el 70% de los
accidentes de moto son de ciclomotores y que llevando el casco puesto existe un
70% menos de posibilidades de sufrir lesiones cerebrales graves en caso de
accidente y el triple de posibilidades de sobrevivir en el mismo.
Como se dijo, los cascos salvan vidas al
evitar golpes y heridas en la cabeza, devastadoras y discapacitantes. Los
motociclistas que no usan casco tienen mayor riesgo de muerte o de sufrir lesiones
permanentes. La Oficina General de Contaduría de Estados Unidos (GAO) ha
estudiado y probado que:
- Los motociclistas que usan el casco
tienen un 73% menos de mortalidad que los que no usan el casco.
- Los motociclistas que usan el casco
tienen hasta un 85% menos de lesiones graves que los que no usan casco.
- En su "Reporte al Congreso:
Beneficios del Cinturón de Seguridad y Cascos de Motocicletas", la estadounidense
NHTSA (Administración Nacional de Seguridad del Tránsito) confirma los
hechos:
- Los cascos de motocicleta tienen una
efectividad del 67% en la prevención de lesiones cerebrales.
- Los motociclistas que no usan el
casco tienen tres veces más posibilidades de sufrir daños cerebrales que los que lo
usan.
Existen creencias populares erróneas
respecto a la inconveniencia del uso del casco protector que se hace necesario
aclarar para una mejor interpretación del proyecto de Ley que se presenta. Existe el
error difundido de que el casco limita la visibilidad del conductor, sin embargo la
visión periférica es de entre 200º y 220º. Los estándares de seguridad
internacionales requieren que los cascos provean 210º de visión. Alrededor del 90%
de los accidentes suceden dentro de un rango de 160º, siendo la mayoría restante
choques desde atrás. También se generan dudas sobre la limitación del sentido del
oído del usuario, sin embargo los cascos reducen la sonoridad de los ruidos, pero no
afectan la capacidad del motociclista de distinguir entre diferentes sonidos y son
útiles para reducir el sonido del viento y proteger la audición.
Se escuchan a menudo
cuestionamientos acerca de la constitucionalidad del uso obligatorio del casco
protector por una presunta violación de derechos individuales. Respecto al tema
debe señalarse que las cortes europeas y la americana han reconocido en forma
concordante y pacífica las leyes del uso del casco no violan el derecho individual.
Todas las normas de tránsito requieren que los individuos actúen de una cierta
forma, más allá de que lo quieran o no. La legitimidad de éstas y otras disposiciones,
se basa en que están dispuestas para la protección de la propia vida y la de los
demás miembros de la sociedad.
En el Artículo 1º del proyecto que se
presenta se dispone que las motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos, bicicletas todo
otro vehículo terrestre motor carente de cabina para ubicación de sus ocupantes;
deben estar equipadas con casco protector antes de ser puestas a disposición
del consumidor final, alcanzando lo previsto tanto a vehículos nuevos como a
usados.
En el Artículo 2º se regula el modo de
definir en virtud de que parámetros se definirá la provisión de cascos protectores.
En caso de que el vehículo comercializado tenga capacidad para transportar solo al
conductor, se deberá proveer un casco protector y si el vehículo puede transportar a
uno o más pasajeros, se deberán proveer tantos cascos protectores como pasajeros
se puedan transportar, además del correspondiente al conductor. En el caso de
vehículos que puedan transportar uno o más pasajeros, se deberá proveer un casco
protector para niño. Se deja librado a la reglamentación las condiciones de seguridad
en su construcción y el modo de uso.
Respecto a la calidad de la construcción
de los cascos protectores se deja facultada a la Administración para determinar las
condiciones debido a los cambios en tecnologías y diseños que impiden su
reglamentación legal. No obstante lo dicho la reglamentación deberá tener en cuenta
que el objetivo principal para la fabricación de un casco es que sea seguro, además
de la funcionalidad, el confort de utilización, los cierres fáciles y seguros, la forma
anatómica para un ajuste perfecto, la pantalla muy resistente ante las rayaduras y
antivaho y con materiales con filtros de rayos ultravioleta, el peso final para que sea
más fácil de llevar; la aerodinámica para minimizar la resistencia al aire y evitar
ruidos, la ventilación, para que fluya el aire por dentro del casco y permita ventilar la
cabeza. Debe destacarse que el casco integral protege la zona facial con mayor
eficacia que los cascos conocidos comúnmente como "Jet". La zona facial es la más
débil de la cabeza y ante un fuerte impacto es fácil que pueda causar la muerte del
conductor o pasajero.
En el Artículo 3º del proyecto se dispone
que el comercializador de los vehículos a que se refiere el Artículo 1º será el
responsable de la provisión de los cascos. En caso de incumplimiento la autoridad de
aplicación dispondrá una sanción equivalente al diez por ciento (10%) del valor
vehículo comercializado. En caso de reincidencia del comercializador en el
incumplimiento de esta Ley la reglamentación dispondrá un sistema agravado y
progresivo de sanciones.
En el Artículo 4º se dispone un incentivo
fiscal consistente en una la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 50%
para la comercialización de cascos protectores. Cabe señalar que lo que aparece
como un esfuerzo fiscal puede no resultar así. En efecto, señala la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD: "Cada US$ 1 invertido en un casco de motocicleta puede
ahorrar US$ 32 en costos médicos. Se pueden salvar miles de vidas con otras
intervenciones tales como el uso del cinturón de seguridad y de sistemas de
retención para niños en los automóviles, el uso del casco por los niños ciclistas o el
cumplimiento de las normas relativas a la limitación de la velocidad y al consumo de
alcohol por los conductores. Las mejoras de la red viaria y de los servicios de
emergencias in situ también pueden evitar las muertes por accidentes de tráfico y
reducir la carga asistencial en centros de atención sanitaria ya sobrecargados." (2)
En el Artículo 5º se dispone que las
publicidades de los vehículos alcanzados por la norma deberán consignar que la
adquisición del bien incluye la provisión de cascos protectores según la capacidad de
transporte de pasajeros del vehículo, a los fines de que cada consumidor sepa de sus
derechos y exija el cumplimiento de la norma al momento de decidir la compra.
En el Artículo 6º se encomienda al
Poder Ejecutivo la reglamentación de la ley en consulta con las provincias y
organismos federales relacionados a la materia, dando participación a la actividad
privada; y se impone un plazo de 180 días de publicada la Ley para su
reglamentación y que se propicie la adaptación por las provincias a través de las
legislaciones locales de los principios que animan la ley.
En el Artículo 7º se encomienda la
fiscalizarán en forma conjunta a la Secretaria de Comercio Interior del Ministerio de
Economía y Finanzas de la Nación y la Comisión Nacional de Tránsito y la Seguridad
Vial.
Por último se acompañan a los
fundamentos del presente proyecto de Ley informaciones periodísticas y estadísticas
de accidentología de organizaciones no gubernamentales del ámbito de la seguridad
en el tránsito.
Por lo expuesto se solicita al Sr.
Presidente se le imprima al presente proyecto de Ley el trámite parlamentario
correspondiente y oportunamente se le someta al Plenario de la H. Cámara.-
Mertes, 06 de Mayo de 2008
Se duplicaron los accidentes graves
en moto el último año Durante los primeros tres meses de 2007 protagonizaron el
10% de los accidentes viales con muertos o heridos; en el primer trimestre de 2008
participaron del 22 por ciento.
El año pasado, la venta de motocicletas
llegó a las 678.050, y para este año se espera que la cifra supere los 800.000
vehículos vendidos. Sin embargo, más allá de lo que parece ser un "boom"
económico y comercial, las desventajas aparecen en materia de seguridad
vial.
Un informe elaborado por el Instituto de
Seguridad y Educación Vial (ISEV) señaló que durante los primeros tres meses
del año anterior las motos protagonizaron el 10% de los accidentes con
heridos o muertos, mientras que esta cifra se duplicó en lo que va del 2008,
llegando al 22,5% los accidentes graves de los que formaron parte estos
vehículos.
Ahora, ante este número, que no debe
olvidarse que representa la vida de personas y familias, el ISEV destaca que las
lesiones o muertes son consecuencia de la falta o mal uso del casco, el cual es
usado sólo en un 60% en zonas urbanas.
Eduardo Bertotti, director del ISEV,
reconoce que éste "es la única herramienta de protección y se usa poco".
Por su parte, Mario Oriente, presidente
de la Cámara de Empresas de Mensajería por Motos y Afines, dijo, en relación a que
protagonizan el 54% de los accidentes jóvenes de 17 a 30 años, que "es cierto,
hay demasiados accidentes. El casco se usa bastante más que hace un par de
años, pero es difícil de controlar en deliverys y en barrios. Hay poca conciencia de
autoprotección. La moto es la primera salida laboral para muchos pibes que
aprenden a andar en moto en unos días y la compran con el DNI".
"Necesitamos conciencia del
conductor y que la autoridad tenga voluntad de controlar con normas claras",
suplica Bertotti, ante el preocupante dato.
Moto sí, casco no
La ley indica que la venta de una
motocicleta debe realizarse con su correspondiente casco; sin embargo, esto no
es algo que se cumpla.
"Nadie hace caso y tampoco hay
voluntad política de controlar", denuncia Bertotti, al tiempo que señala que
tampoco existe rigurosidad a la hora de otorgar registros de conducir.
Qué es un accidente grave
La Organización Mundial
de la Salud (OMS) indica que accidente de tránsito grave es aquel que provoca,
al menos, una fractura, según publicó el diario Clarín.
Fuente: Infobae.com
Fuentes:
- DeJoy, D. "An examination of gender differences in traffic risk perception". Accident Analysis and Prevention.(1992).
- NHTSA National Highway Traffic Administration, "Motorcycle Helmet Laws" (1998).
Dicen que con el uso del casco
se evitarían unas 500 muertes al año
En el marco de las campañas de
prevención y educación vial se inició una cruzada para concientizar a los
motociclistas a utilizar el casco que evitaría más medio millar de muertes anuales.
Desde la asociación Luchemos por la Vida manifestaron que los decesos
disminuirían un 73% si se utilizara el dispositivo obligatorio.
Por falta de conciencia y responsabilidad es común ver a muchos motociclistas
circular sin casco, una tendencia que preocupa, sobre todo si se tienen en cuenta las
cifras de muertes ocurridas en el país por accidentes de tránsito.
Desde la asociación "Luchemos por la Vida" manifestaron que las muertes
disminuirían un 73% si se usara el casco y es por eso que se sumaron a las
campañas de prevención para evitar esta tendencia que va en aumento año tras
año.
Y detallaron: "La mayoría de los accidentes provoca que el conductor caiga con
mucha fuerza y golpeé la cabeza contra el asfalto o cordón y las lesiones en la
cabeza causan el 80% de las muertes, y son la principal causa de discapacidad
permanente".
Durante una recorrida por la región, se comprobó que la mayoría no utiliza la
protección adecuada y obligatoria, incluso es común ver a tres pasajeros en el
mismo rodado, ninguno con casco. En algunos casos, los propios conductores
admitieron que no lo utilizan por una cuestión de "comodidad", sobre todo durante el
verano.
"El problema es muy serio ya que, además, se ha incrementado significativamente
en el último año el parque automotor de motos y ciclomotores. La mayoría, usado
por jóvenes menores de 25 años, principales víctimas de accidentes de tránsito",
explicaron al tiempo que apelaron a la reflexión y toma de conciencia para que se
preserve la vida.
Esta campaña se suma a la controles viales que realizan las oficinas de tránsito en
cada uno de los distritos del conurbano bonaerense para evitar que los conductores
que no tengan el casco puesto continúen conduciendo, por lo que, se les incautan
los rodados.
"El objetivo es salvar más de 500 vidas, la mayoría de ellos jóvenes, que se estima,
mueren cada año por no usar este sencillo dispositivo y que por falta de elegancia
prefieren llevarlo en el codo", cuentan.
Además uno de los datos aportados por la asociación es que los motociclistas que
usan el casco tienen hasta un 85% menos de lesiones graves que los que no lo
usan, ya que es una importante protección en una de las áreas más sensibles del
cuerpo.
Uno de los claros ejemplos de las nuevas medidas de prevención en la vía pública
es el caso del partido de Presidente Perón, donde personal de Inspección de la
dirección de Tránsito incautó 20 motos por este motivo, además de no cumplir con la
documentación adecuada. Este tipo de procedimientos permite "controlar los
accidentes evitables", señalaron desde el área ante la consulta de este medio.
Operativos de esta naturaleza se realizan en puntos estratégicos de los distritos y de
modo sorpresivo, para que los conductores no puedan evadir el control. En Lomas
de Zamora y Almirante Brown también se llevan a cabo.
Fuente: InfoRegión
Publicado por Alejandro en 10:47
lunes 10 de noviembre de 2008
Sólo uno de cada 10 ciclistas usa
casco obligatorio en Capital
Como cualquier otro conductor, el ciclista
tiene que cumplir con la mayoría de las normas relacionadas con el tránsito -como
circular por la derecha, ir en el sentido de la mano de la calle y respetar los
semáforos, entre otras cosas-, pero un estudio realizado en la Ciudad de Buenos
Aires revela que sólo el 11% cumple con la obligación de usar casco. El informe fue
realizado por la ong Luchemos por la Vida sobre la base de 800 casos. Así, más allá
de vulnerar las normas, los ciclistas arriesgan su vida, porque se estima que corren
un riesgo veinte veces superior al del conductor de un auto y porque además
protagonizan el 10% de los accidentes con heridos o muertos, según las estadísticas
de la Policía Federal.
En los últimos años, en el ámbito de la Ciudad, la cantidad de bicis se incrementó.
Es que su uso se sumó a los servicios de delivery y también a los de mensajería y
de cadetes. "Cinco años atrás, sólo el 3% de los ciclistas usaban cascos y, si bien ha
habido cierta toma de conciencia sobre el tema, a través de las campañas de
educación vial, está claro que no es suficiente", opinó Alberto Silveira, de Luchemos
por la Vida. "Lo interesante sería además que se generen espacios de protección
para los ciclistas, como las bicisendas", agregó Silveira.
Actualmente sobreviven bicesendas en la Ciudad, pero están en los barrios, como
en Caballito, Chacarita y Lugano. Avenidas como Rivadavia, Independencia,
Belgrano y Corrientes tienen un carril preferencial por la izquierda, lo que en cierta
forma es un contrasentido, porque las bicis solo pueden ir por la derecha.
El uso del casco es una obligación que figura en la Ley de Transito porteña que fue
votada hace dos años, pero como aún el Poder Ejecutivo no la ha reglamentado en
su totalidad, no puede haber multas. Mientras que, a nivel nacional, el artículo 40 bis
de la ley 24.449 -dictada en diciembre de 1994, reformada en 2004 y que espera su
reglamentación provincia por provincia- también considera el uso del casco como un
requisito indispensable para la circulación.
En cuanto a los motociclistas, la encuesta de Luchemos por la Vida revela que el
uso del caso es más aceptado: el 65% los utiliza, sobre un total de 1.084 casos
observados. Pero cometen muchas más faltas de tránsito que los ciclistas.
Fuente: Diario Clarín
Uso del
cinturón de seguridad, casco y otros,
en la Ciudad de Buenos Aires
(Al 15 de Junio de 2004)
Uso del cinturón de
seguridad
Automóviles
Particulares
Taxis
Otros
Motocicletas y
ciclomotores
Bicicletas
(c) Copyright 2004. Luchemos por la Vida - Asociación Civil
Bicicletas en la vía pública
Investigación realizada en la ciudad de
Buenos Aires, en el mes de Mayo de 2002 sobre un total de 970 bicicletas
observadas:
ALGUNAS PARTICULARIDADES SEGÚN
LAS DISTINTAS EDADES DE LOS CICLISTAS:
NIÑOS Y ADOLESCENTES: (hasta 15 años de edad) Son
los que poseen peor equipamiento, pues de entre ellos, el 90 % carece de luces y el 42 % carece de
reflectantes.
JÓVENES: (de 15 a 25 años de edad) Son el grupo etario
que más circula de contramano: 58 % y que menos respeta la prioridad peatonal: 90 %.
ADULTOS: (de 26 a 39 años de edad) Son los que más
usan el casco: 24 %.
(c) Copyright 2002. Luchemos por la Vida - Asociación Civil
Estadísticas de
accidentología, mañana en el San Martín
[25/03/2010 | 06:39
] - La charla estará a cargo del Médico Guillermo Grieve, Jefe del Servicio de Terapia
intensia del Hospital San Martín de Paraná; "Vamos a ver la consecuencia de que
solo 2 de cada 10 personas usen casco, de los excesos de velocidad, y de las motos
con 4 personas", indicó a Radio La Voz.
Declaraciones del Doctor Grieve - RADIO LA VOZ.-
Mañana a las 10 en la sala del servicio de Terapia Intensiva del
nosocomio, el jefe de área, Guillermo Grieve, brindará una conferencia de prensa para dar a conocer los datos
comparativos entre 2008 y 2009, tiempo en que la comuna puso en vigencia la campaña. El doctor no adelantó
números pero advirtió que los accidentes de tránsito en moto siguen preocupando. "La evolución comparativa
muestra que van en crecimiento tanto las internaciones como los accidentes con víctimas fatales", dijo. Mencionó
que mañana se mostrarán los datos que cada tres meses releva el área para hacer un seguimiento de la
problemática. Cabe recordar que en 2008 el médico había dicho que el Servicio de Terapia Intensiva del Hospital
San Martín de Paraná por mes interna de tres a cinco personas con trauma encéfalo craneano grave. "A pesar de
un adecuado tratamiento, ul 50% de estos casos, muere. Esto significa entre 20 y 25 muertes por año en
Paraná", señalaba el documento.
Teniendo en cuenta esas estadísticas y que "el uso de casco disminuye la mortalidad en accidentes en un 73% y
protege de las lesiones cerebrales graves en un 85%", la Municipalidad preparó la campaña "Mirate", de
concientización con relación al uso del casco de parte de motociclistas y acompañantes. Pese a estos objetivos
propuestos el doctor mostrará cómo la curva de accidentes sigue evolucionando.
¿Cuál es la causa? Para el médico, los controles siguen siendo escasos y el número de motociclistas que usan el
casco es muy bajo.
¿Los controles de la comuna no son buenos?. "De eso voy a hablar el viernes", contestó el médico.
Mientras tanto el área de Tránsito y Transporte de la comuna muestra otros datos. Desde esa dirección
describen, a través de un comunicado, que los operativos de control de uso de casco continúan. Se realizan en
diferentes horarios y puntos de la ciudad.
Los operativos tienen por objeto verificar documentación y estado de vehículos y motos, controles que se
extienden hasta las 4 y los lugares se especifican al momento de iniciar los mismos. Al respecto, Luis Marín,
subdirector de Capacitación Vial, indicó que fundamentalmente se solicita tomar los recaudos pertinentes
portando la documentación respectiva -chapa patente, carné acorde a la categoría que se conduce, entre otros-
y respetando las normas vigentes en relación al uso obligatorio del casco en motovehículos al solo efecto de
evitar demoras e inconvenientes".
La Municipalidad dio a conocer datos estadísticos de controles de la última semana (ver recuadro Últimos Datos).
Conforme a ese detalle, el jueves 11, en horario vespertino, se trasladaron nueve motos -ocho por no uso del
casco protector obligatorio-. El sábado 13, en horario nocturno, 37 motos -29 por no uso de casco-; el martes
16, turno matutino, 22 motos y en turno vespertino, ocho motos; el miércoles 17, 11 motos por la mañana y en
el turno vespertino, otras 11. Estas últimas mencionadas por no uso del casco. En lo que refiere a los operativos
de alcoholemia, entre los días 8 y 12, se constató un total de 177 infracciones.
El propósito de la campaña de concientización de uso del casco es evitar accidentes con consecuencias graves.
La campaña de la comuna, además del uso del casco, plantea varios objetivos. Intenta desterrar conductas como la
circulación en un motovehículo de más de dos personas, el transporte de niños menores de 8 años, el exceso de
velocidad, la circulación en contramano, el cruce de semáforos en rojo, la falta de luces en el vehículo, entre
otras. La campaña se desarrolla en soportes como folletos y carteles y se complementará con el accionar de la
Dirección de Tránsito. La campaña de sensibilización intenta involucrar a la sociedad civil. Por eso, las imágenes
que ilustran los folletos y los carteles son fotos reales, tomadas a paranaenses en el momento en que están
cometiendo una infracción. "Las fotos son reales para empezar a mirarnos y, de ahí, poder cambiar. Por eso, la
campaña se denomina 'Mirate'", explicaron en épocas del lanzamiento desde la comuna.
Contra los prejuicios y por la prevención
El apartado "Mitos que Matan" se denomina "Escuchate" y se reproduce a continuación:
"Con el casco no veo bien".
Información científica que aportaron los especialistas médicos del área Terapia Intensiva indican que: "La visión
periférica abarca 220º y los cascos adecuados están diseñados por norma internacional con visión de hasta 210º.
Por otra parte, el 90% de los accidentes se produce en un rango de 160º y un 10% son impactos desde atrás. Es
decir que la capacidad visual no se ve en absoluto perjudicada.
• "Con el casco no oigo nada".
"El casco actúa como 'caja acústica' y mejora la audición de los sonidos graves, como bocinas y sirenas. Además,
protege de los efectos del viento. Por ello, el casco no afecta la audición sino que la mejora".
•"Los cascos producen lesiones en el cuello y la médula".
"Diversos estudios demuestran que el correcto uso del casco no perjudica, sino que previene las lesiones graves
de la médula espinal.
Es decir, no es verdad que los cascos producen lesiones en el cuello
y en la médula".
• "Si me mato es asunto mío, me perjudico yo solo".
"El uso de casco no viola los derechos individuales dado que, al usar un motovehículo el conductor asume el
compromiso de respetar las normas de tránsito, las que nos protegen y protegen a los demás. Además, ante las
muertes y discapacidades provocadas por un accidente, toda la sociedad se hace cargo de los costos sociales y
económicos, más allá de las responsabilidades individuales".
• "Para qué me voy a poner el casco si voy recerca".
Información estadística: "El 85% de los accidentes ocurren en la ciudad, cerca de nuestra casa, trabajo o lugar
de estudio. El casco, en accidentes urbanos, cumple con la misión de absorber parte de la energía del impacto. Es
imprescindible usar casco por más corta que sea la distancia a recorrer".
• "Qué me va a pasar sin casco si voy despacito".
"Una colisión a 45 kilométros por hora es igual a una caída de un 4º piso. Es necesario usar casco aunque se
circule a escasa velocidad".
Enviar
Imprimir
Estadísticas de la guardia de nuestro hospital de emergencias
Accidentes con motos superan en cuatro veces a los de autos
Más de 4.100 personas que conducían motos fueron atendidas en el Cullen durante
2009 por traumatismos varios, como consecuencia de un accidente vial. En muchos
casos, el alcohol es la causa. Insisten en tomar conciencia del peligro de manejar sin
casco.
De la redacción de El Litoral
redaccion@ellitoral.com
El número de personas que sufren accidentes de tránsito cuando conducen sus
motos cuadruplica al de los conductores de autos. El dato es concreto: en nuestra
ciudad, 4.102 motociclistas debieron ser atendidos en la guardia del hospital Cullen
durante 2009 por esa causa y lo mismo ocurrió con 1.164 automovilistas.
El tema preocupa a quienes están a cargo de esa sección del hospital, que se
encarga de atender este tipo de emergencias -entre otras-, y por este motivo
médicos, enfermeras, cirujanos y administrativos pretenden que la población tome
conciencia de la necesidad de respetar las normas de tránsito para prevenir los
accidentes.
Los Dres. Sergio Medina y Francisco Sánchez Guerra, jefe y subjefe de aquel servicio,
respectivamente, dieron a conocer las estadísticas de todas las atenciones que
brindaron durante el año que terminó -tanto de accidentes de tránsito como de
hechos policiales y atenciones en el shock room del hospital- pero hicieron especial
hincapié en los accidentes con motos.
Según explicaron, la guardia del Cullen recibe entre 15 y 18 pacientes por día en
promedio traumatizados por moto, como consecuencia de que todos vemos a diario
"gente andando en moto sin casco, cuatro arriba de una moto, motos andando a
contramano, motos mal estacionadas, padres que llevan a los chicos a la escuela con
la moto", advirtieron.
En este sentido, plantearon que "la gente pasa de andar a pie a usar bicicleta y
después puede acceder a la moto. Es un vehículo masivo, que se puede ordenar
localmente. Sin embargo, la Municipalidad no está haciendo los controles como los
había iniciado, aunque hay que admitir que más gente está usando casco cuando
anda en moto".
Y agregaron: "La gente tiene que tomar conciencia sobre el peligro de andar en
moto. Santa Fe saltó una etapa que sí tuvo Esperanza, en donde iban todas las
bicicletas por un carril circulando por las calles. Acá pasamos de que la gente
anduviera a pie o en colectivo a andar en moto. Aquella es una ciudad más pequeña
que se presta al uso de la moto".
El alcohol como causal Otra situación que les preocupa a los integrantes de la guardia del Cullen es la
peligrosa relación entre la moto y el alcohol o, en general, el alcohol como causal de
los accidentes de tránsito.
A pesar de que los médicos explican de que "no tenemos el dato" de la cantidad de
pacientes alcoholizados que ingresan en la guardia "porque no podemos hacerles un
análisis de sangre para constatarlo sino que es una evaluación subjetiva", aseguraron
que "cualquiera de los médicos de guardia podemos asegurar que en los accidentes
de tránsito hay un 80 ó 90% de causal que es el alcohol. Esto no significa que el
accidentado esté alcoholizado, porque si vas caminando por la calle y un alcoholizado
te atropella con el auto, a vos te traen al hospital pero al otro no".
Por último, mencionaron que "estamos en un comienzo de año en que los accidentes
no han disminuido, a pesar de todo lo que es prevención. Además, se sumó que los
problemas climáticos han hecho estragos y ocasionaron más accidentes: colectivos
tumbados o choques por mala visibilidad".
Y plantearon: "Se trabaja en prevención a partir de tener una calle segura, un
semáforo y brindando una buena educación vial; segundo haciendo los autos más
seguros ante un accidente, para que nos lastimemos lo menos posible; y por último,
a nosotros nos toca la última parte: una vez que ingresó el paciente accidentado,
sacarlo vivo y con la menor cantidad de secuelas posible".
Adecuada protección
El Centro de Experimentación y Seguridad Vial (Cesvi) Argentina en su página web
(www.cesvi.com.ar) ofrece variada información sobre las medidas que podemos
implementar para prevenir los accidentes de tránsito.
En el caso de las motos, recuerda que sus ocupantes deben llevar puestos cascos
normalizados y que si ésta no tiene parabrisas, su conductor debe usar anteojos
protectores. Cabe recordar que desde octubre del año pasado es obligación en
nuestra ciudad que se vendan las motos con un casco reglamentario.
El casco de seguridad para motocicletas -informa Cesvi- es el elemento que cubre la
cabeza, integralmente o en su parte superior, para protegerla de eventuales golpes.
Debe estar compuesto de los siguientes elementos:
- Cáscara exterior dura, lisa, con el perfil de la cabeza y con un relleno amortiguador
integral de alta densidad, que la cubra interiormente, de un espesor no inferior a
0,025 milímetros.
- Acolchado flexible, adherido al relleno, que ajuste el casco perfectamente a la
cabeza, puede estar cubierto a su vez por una tela absorbente.
- Debe cubrir como mínimo la parte superior del cráneo. No son aptos para la
circulación los cascos de uso industrial u otros no específicos para motocicletas.
- Sistema de retención, de cintas de 0,02 metros de ancho mínimo y hebilla de
registro que, pasando por debajo del mentón, sujeta correctamente el casco a la
cabeza.
- Puede tener adicionalmente: visera, protector facial inferior integrado o
desmontable y pantalla visora transparente.
Exteriormente debe tener marcas retrorreflectivas ubicadas de manera tal que desde
cualquier ángulo de visión expongan una superficie mínima de 0,25 metros
cuadrados. Interiormente debe llevar una etiqueta claramente legible que diga: "Para
una adecuada protección este casco debe calzar ajustadamente y permanecer
abrochado durante la circulación".
En la guardia del Hospital Cullen se reciben entre 15 y 18 pacientes por día en
promedio traumatizados por accidentes con moto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LANCETA, RUBEN ORFEL | BUENOS AIRES | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
VEAUTE, MARIANA ALEJANDRA | CATAMARCA | UCR |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
CASTALDO, NORAH SUSANA | TUCUMAN | UCR |
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO | LA PAMPA | UCR |
STORNI, SILVIA | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |