PROYECTO DE TP
Expediente 2183-D-2009
Sumario: IMPUESTOS INTERNOS - LEY 23871 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 17, SOBRE EXIMICION DE LOS DERECHOS DE IMPORTACION A LOS BIENES DONADOS AL ESTADO NACIONAL.
Fecha: 06/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Sustituyese el artículo 17
de la ley 23.871 por el siguiente:
"Artículo 17.- Exímese de los
derechos de importación y demás tributos -inclusive los impuestos contenidos en la
Ley de Impuestos Internos- que gravan las importaciones para consumo, a los bienes
donados cuyos destinatarios sean el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, sus
entes autárquicos o descentralizados y las entidades sin fines de lucro,
comprendidas en el inciso f) de la ley de Impuesto a las Ganancias.
La eximición procederá aún si no
estuviera formalizada la aceptación de la donación, cuando el donante sea un sujeto
del exterior y el importador sea el futuro beneficiario de la donación.
En estos casos la obtención de la
franquicia no estará sujeta a otra exigencia que no sea la formalización de las
garantías previstas en los incisos c) y d) del artículo 455 de la Ley 22.415, hasta
tanto se acredite el cumplimiento de la donación.
La eximición establecida en el presente
artículo será de aplicación cuando tales importaciones sean destinadas a acciones
solidarias, sociales, sanitarias o destinadas a la asistencia en catástrofes o
emergencias.
Para estos casos los plazos máximos
para la realización de los trámites aduaneros se establecen en tres (3) días para
bienes perecederos, siete (7) días para los bienes no perecederos.
Transcurridos los plazos establecidos, los
bienes serán puestos a disposición de sus destinatarios, bajo supervisión y control de
la Administración Nacional de Aduanas y de los organismos de intervención
obligatoria, acorde a su naturaleza y conforme lo determine la reglamentación.
Asimismo, la Administración Nacional de Aduanas tendrá bajo su responsabilidad
que los bienes donados lleguen a su destino final
Las exenciones previstas en el presente
artículo estarán limitadas al monto de las donaciones y por hechos vinculados
exclusivamente a las mismas."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En atención a múltiples programas de
solidaridad con la Argentina, se han recibido donaciones solidarias de más de
cuarenta naciones del planeta.
Nuestro país ha tenido grandes
expresiones de corrientes solidarias. Circunstancias adversas como las que
atraviesan grandes sectores de la sociedad, población en riesgo y grupos humanos
afectados por conflictos o catástrofes naturales colocan en lugar de privilegio el valor
de la solidaridad.
La mayor parte de los productos recibidos
son insumos hospitalarios de primera necesidad, medicamentos de libre expendio,
antibióticos de uso habitual y alimentos, en general no perecederos, cuya duración
útil excede los dos meses.
De allí que requiera premura la
realización de los tramites pertinentes para hacer efectivas estas donaciones y que
no se tornen ilusorias.
No obstante, debemos dejar constancia
de la preocupación colectiva que generó la queja de algunos donantes, en especial
de España y de la Colectividad Israelita, por la necesidad más inmediata de los
trámites y gestiones de ingreso al país.
El reclamo responde a una realidad, en
caso de los alimentos por ejemplo, los donantes lo hacen con la conciencia de
satisfacer necesidades básicas y urgentes, por tanto su gestión debe ser
expedita.
A lo expuesto, en virtud de las razones
enunciadas, se añade la significación de permitir que se efectivice la donación de
vehículos usados. Esta medida significa un paliativo a las limitaciones que genera la
crisis económica.
Un amplio número de naciones acepta la
posibilidad de recibir donaciones de transporte con fines humanitarios, entre ellas
Estados Unidos y Noruega, con destino a los sectores sociales que más lo
necesitan.
Las Naciones en general tienen una
legislación "ad hoc" para acelerar el tratamiento aduanero de las donaciones en
beneficio de los sectores sociales más expuestos, contemplando, también, la
importación de vehículos usados con fines humanitarios.
Sobre estas bases, entre otras, y el
precedente de la "Ley sobre un régimen para la disponibilidad de bienes que se
encuentren demorados en la Dirección Nacional de Aduanas", se funda el presente
proyecto. La norma antes citada resuelve situaciones que vienen del pasado, en
relación al futuro entendemos que este proyecto aporta una solución efectiva y
precisa, por cuanto estimo que correspondería la más inmediata aprobación del
mismo.
Este es el momento de no dejar pasar el
más ínfimo beneficio a favor de los que sufren. La Argentina ejerció su generosidad
activa durante todo le tiempo que pudo hacerlo, lo llevó a cabo con humildad y con
grandeza, virtudes que debe enarbolar también cuando corresponde recibir
cooperación, sin otro añadido que facilitarla y ser gratos.
El Día Nacional de la Solidaridad,
celebrado cada 26 de agosto en homenaje a la Madre Teresa de Calcuta, es un buen
recordatorio de la importancia de trabajar sostenidamente para mejorar la situación
de los más desfavorecidos.
Desde todo punto de vista esta norma,
innovadora, no puede esperar. El Parlamento es la artería donde debe sentirse el
pulso de las angustias y de las esperanzas sociales, al decir del politólogo y
sociólogo francés contemporáneo Frantz Fanon, ideólogo de la democratización y de
la reconciliación nacional de Sudáfrica, entre otras naciones africanas. Coincidimos
con él, por ello creemos tener autoridad suficiente para sostener que este Proyecto
de Ley es urgente, justo y necesario.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MÜLLER, MABEL HILDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
17/11/2009 | DICTAMEN | Aprobado sin modificaciones con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Senado | Orden del Dia 0007/2010 | 18/03/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 11/11/2009 | |
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | 18/11/2009 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES | 18/11/2009 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 28/04/2010 | SANCIONADO |