PROYECTO DE TP
Expediente 2174-D-2013
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA: INCORPORACION DE UNA DISPOSICION GENERAL Y MODIFICACION DEL ARTICULO 106, SOBRE INCLUSION DE LA EQUIDAD DE GENERO EN SU COMPOSICION.
Fecha: 17/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1º: Incorpórese como Disposición
General del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación el siguiente
texto:
La Honorable Cámara de
Diputados de la Nación asume el compromiso con la Equidad de Género y se
compromete a responder a las necesidades e intereses de todas y todos sus
integrantes en lo que se refiere a sus estructuras, funcionamiento, métodos y
tareas.
Todas las referencias a "el
Diputado" o a "los Diputados" contenidas en el presente Reglamento se hacen
extensivas a la Diputada o a las Diputadas que componen la Cámara.
Los diputados y las diputadas
utilizarán un lenguaje inclusivo que promueva la igualdad entre varones y
mujeres en la elaboración de los proyectos, en las discusiones en comisiones,
en la discusión en general y en particular en el recinto y en el resto de las
instancias existentes.
Se evitará cualquier distinción,
exclusión o restricción basada en la construcción social y cultural que se hace
de cada sexo, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el
reconocimiento o ejercicio por parte de la mujer o del varón, de los derechos y
las libertades fundamentales en cualquier ámbito de la vida.
2º. Incorpórese como segundo
párrafo del artículo 106:
Entre las autoridades de
Presidente, Vicepresidente 1° y Vicepresidente 2° de cada una de las
Comisiones se deberá garantizar la participación de varones y mujeres.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante los últimos diez años la
Argentina hizo enormes avances en medidas favorables a la equidad de género
entre varones y mujeres. El principio de igualdad, consagrado por el Artículo 16
de nuestra Constitución Nacional, un plexo normativo nacional que garantiza la
no discriminación hacia las mujeres y la incorporación de tratados
internacionales que protegen la igualdad de todas las personas ante la ley, se
suman a los esfuerzos de un Estado Nacional comprometido en avanzar y
profundizar sobre políticas orientadas a la equidad de Género en el marco de la
protección de los Derechos Humanos.
Sin embargo, las inequidades entre
varones y mujeres persisten. Uno de los ámbitos donde permanecen centradas
es en espacios de decisión. Investigaciones recientes sobre Argentina
publicadas por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo indican:
"Los 'techos de cristal' persisten y dificultan el acceso de las mujeres a espacios
de decisión. Estos están generalmente vinculados con imaginarios de
dominación aún asociados a lo masculino, que impactan a su vez en otras
restricciones o desigualdades" (Aportes para el desarrollo humano en
Argentina. 2011: Género en cifras: mujeres y varones en la sociedad argentina.
1.ª Ed. Buenos Aires: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.
PNUD, 2011: 61).
El mismo informe continúa: "El
principal rezago de las mujeres en nuestro país es una división sexual del
trabajo que continúa favoreciendo a los varones. La creciente participación
femenina en el mercado de trabajo en un contexto en el que se mantiene la
expectativa social de que las mujeres sean las principales (cuando no las
únicas) proveedoras de cuidado familiar invariablemente genera desigualdades.
Estas se hacen visibles no solo en el ámbito del trabajo, donde se expresan en
una participación ocupacional horizontal y verticalmente segmentada, y en la
discriminación salarial, sino también en el ámbito reproductivo y en las
tensiones que genera el ejercicio del doble rol, la llamada "doble jornada
femenina" (UNFPA, 2011:62).
En este marco, es preciso
abocarse fuertemente al cumplimiento de normativas vigentes tanto como a la
creación y a la profundización de nuevas medidas que disminuyan la brecha de
desigualdades existentes entre varones y mujeres en todos los órdenes de la
vida. Los órganos legislativos integran y expresan el sustrato de una cultura y
una sociedad atravesada por la inequidad de género. Es preciso que trabajemos
al interior de estas organizaciones gubernamentales a fin de eliminar estas
distinciones y lograr un equilibrio en la composición, la toma de decisiones y el
funcionamiento de aquellos espacios públicos cuyos efectos resultan decisivos
para la vida y la calidad de vida de toda la ciudadanía.
De acuerdo a la Unión
Interparlamentaria un Parlamento Sensible al Género es aquel "que responde a
las necesidades e intereses tanto de hombres como de mujeres en lo que se
refiere a sus estructuras, funcionamiento, métodos y tareas" (2011). En estos
organismos de Gobierno no se excluye ni se discrimina a las mujeres, tampoco
se limita su participación, al contrario, se favorece la incorporación de la
igualdad de género hacia adentro de las organizaciones legislativas y hacia
afuera, a través de una producción pro activa de políticas públicas encaminadas
a la equidad de género (2011).
En la actualidad, la Cámara de
Diputados cuenta con un 38,13 por ciento de legisladoras mujeres (98 de un
total de 257). La cantidad de mujeres en puestos de decisión, medidos a través
de Presidencias ocupadas por mujeres en las Comisiones Permanentes, es del
24,44 %. De un total de 45 Comisiones Permanentes sólo 11 son presididas por
mujeres. Por otra parte, la mayor concentración de mujeres, es decir, la mayor
cantidad de parlamentarias sin distinción jerárquica, se encuentra reunida en
las comisiones de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia (74,19 % con 23
mujeres de un total de 31 integrantes), Acción Social y Salud Pública (60 % con
21 mujeres de un total de 35 integrantes) y Educación (58,82 % con 20
mujeres de 34 integrantes). También son mujeres las que ocupan la presidencia
de esas tres comisiones.
Las comisiones donde se definen
los recursos, por el contrario, son mayoritariamente presididas por varones. Es
el caso de Presupuesto y Hacienda, Obras Públicas, Finanzas, Industria y
Comercio. Estas comisiones también presentan una mayor concentración de
varones. En Presupuesto y Hacienda solo hay 11 mujeres entre un total de 49
integrantes (22,44 %), en Obras Públicas solo hay 5 mujeres en un total de 30
(16,66 %), Industria 6 de 29 (20,68 %) y en Comercio 8 de 31 (25,80 %). La
distribución de estos porcentajes indica una división desigual en las tareas y en
los roles asumidos por varones y mujeres. Las mujeres tienen mayor presencia
y decisión en comisiones asociadas a la domesticidad o las tareas abocadas al
cuidado de la salud, la educación y la familia. Y los varones tienen mayor
presencia y decisión en las comisiones que afectan la administración de los
recursos y las finanzas.
Esta distribución indica la
necesidad de avanzar sobre medidas tendientes a garantizar la igualdad de
género en la Cámara de Diputados y Diputadas. De allí este proyecto que tiene
el objeto de contribuir con la equidad de género mediante la incorporación de
una visión de género igualitaria en el Reglamento de la Cámara de Diputados
de la Nación. Esta modificación apunta a promover equidad de género en los
procesos, tareas, proyectos y actividades legislativas, a fomentar el uso de un
leguaje respetuoso y no sexista entre varones y mujeres, a concienciar y a
movilizar hacia una composición equitativa entre las autoridades de las
Comisiones Permanentes.
Los antecedentes de esta iniciativa
encuentran sus orígenes en la voluntad de igualdad expresada por la sanción
de la Ley de Voto Femenino (N º13.010) y, más específicamente, en la sanción
de la Ley de Cupos (N° 23.417), que estableció una cantidad mínima de
legisladoras en ambas cámaras. La sanción y reglamentación de la Ley N°
23.417 permitió la incorporación efectiva de mujeres en el parlamento siendo,
en la actualidad, la Argentina uno de los pocos países en la región que obtuvo y
cumple con una Ley de Cupos en ambas cámaras.
Se propone modificar el
reglamento incorporando como Disposición General un texto que incluya a la
denominación de las mujeres que integran la Cámara de Diputados y
Diputadas. Esta modificación encuentra correlato en la redacción del artículo
228 del Reglamento de la Honorable Cámara del Senado que en la definición
del Tratamiento expresa: "Todas las referencias que en el presente reglamento
se hacen a los señores senadores, se entienden extensivas a las señoras
senadoras. Asimismo, las referencias al presidente y vicepresidente de la
Cámara y de las comisiones se entienden extensivas a la presidenta y
vicepresidenta cuando dichos cargos son ocupados por señoras senadoras".
Se propone por otra parte, la
utilización de un lenguaje respetuoso, inclusivo, no sexista. Un lenguaje
respetuoso permite incrementar la sensibilidad, la representación y la efectiva
puesta en marcha de actitudes de cuidado y respeto hacia las mujeres y
varones, a la vez que aumenta la concientización sobre la necesidad de trabajar
por la equidad.
Por último, se propone que dentro
de las autoridades constituidas por la presidencia y las vicepresidencias 1° y 2°
estén representados tanto los varones como las mujeres. Ello constituiría un
avance en garantizar una participación más igualitaria en la toma de decisiones
de todas las instancias de discusión, formulación y, particularmente, en el
desarrollo de la iniciativas.
De esta forma, se busca contribuir
al trabajo por la equidad de género en el interior de la Cámara de Diputados,
sabiendo que no será la única medida sino un primer paso en la construcción
de un camino orientado a mejorar las condiciones de vida no sólo de las
legisladoras sino también de las propuestas, de la legislación y de medidas
generales en beneficio de toda la población.
Por último, cabe reconocer entre
los antecedentes a la presente propuesta, además de los ya citados, al Proyecto
de Resolución (Expediente Nº S-327/13) presentado por la Senadora Nacional
por la Provincia de Salta, Sonia Margarita Escudero, en la Honorable Cámara de
Senadores de la Nación.
Por todo lo expuesto es que
solicito a los Diputados y Diputadas, me acompañen en el presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BRAWER, MARA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DI TULLIO, JULIANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GARCIA, ANDREA FABIANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GARCIA, MARIA TERESA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RIOS, LILIANA MARIA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GUTIERREZ, MONICA EDITH | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZAMARREÑO, MARIA EUGENIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GROSSO, LEONARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |