PROYECTO DE TP
Expediente 2168-D-2006
Sumario: RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ALTRUISTA Y SOLIDARIA DE LAS "ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL" ANTE LA CRISIS NACIONAL OCURRIDA A PARTIR DEL AÑO 2001.
Fecha: 03/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- El Estado reconocerá la actividad altruista y solidaria de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), que coadyuvan a enfrentar las consecuencias de la crisis nacional acaecida a partir de diciembre de 2001, derogando todo arancel, tasa, sellado o impuesto vigente a la fecha de la sanción de la presente Ley y por el término de l quinquenio 2006/2011.
Artículo 2.- Concurrente y correlativamente, a los efectos de poner a derecho a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que concurren a paliar las consecuencias de la crisis acaecida a partir de diciembre de 2001, convócase a los Colegios de Abogados, de Escribanos y de Ciencias Económicas de todo el país a participar de la asistencia altruista y solidaria hacia entidades, sin fines de lucro, que participan y auxilian a los sectores más vulnerables del país; asesorando, diligenciando e impulsando el respeto a la Ley, a las normas generales de la buena fe y al mejor funcionamiento de los principios elementales de una sana economía.
Artículo.3.- De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En nuestro país, a mediados de la década del noventa, en el marco del incremento de la desocupación y la pobreza, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) comenzaron a ser cada día más importantes para paliar las consecuencias sociales originadas en el agotamiento del modelo económico vigente en aquellos años.
La importancia de estas organizaciones en la acción social y asistencial fue aún más acentuada ante los gravísimos sucesos acaecidos en las zonas más vulnerables de la Argentina a partir de la crisis estructural vivida entre fines de 2001 y principios de 2002.
La enorme cantidad de comedores comunitarios, jardines maternales, guarderías, hogares y asociaciones barriales de todo tipo que se crearon espontáneamente en aquellos tiempos, son un claro ejemplo de aquel inolvidable proceso ciudadano.
Una original articulación entre el Estado y nuestros compatriotas, utilizando programas sociales con financiamiento nacional e internacional, logró evitar un agravamiento de las condiciones sanitarias y nutricionales de un porcentaje importante de la población. La magnitud de aquella crisis dejó, sin embargo, como saldo doloroso de aquellos días que quienes hoy intentan acceder a soluciones perdurables y que, sinceramente, promueven el desarrollo humano integrado para amplios sectores de argentinos, deben someterse a una legislación -dictada, en verdad, para una época de "vacas gordas"- que nada tiene que ver con el presente.
Ante un Estado que hoy excluye y descoloca a estas OSC solidarias imponiendo una legislación que las estigmatiza y las induce a la marginalidad - tanto de la ley como del crecimiento- cuando procuran o intentan acceder a subsidios -públicos, privados o de instituciones internacionales- para ayudar a sus vecinos, se les hace verdaderamente inviable cumplimentar con los mismos requisitos tradicionales que, en cambio, sí pueden cumplimentar holgadamente, poderosas fundaciones y/o Organizaciones no Gubernamentales que, por su magnitud financiera, cuentan con sobrados recursos para afrontar erogaciones jurídicas y administrativas tradicionales.
La perdurabilidad de la legislación vigente, genera un círculo infernal de más pobreza, más marginación y más exclusión del sistema, porque deja en el camino a cientos de organizaciones solidarias de humilde condición económica pero de indudable templanza solidaria. Llegó el momento de cambiar esta experiencia frustrante que ya lleva un lustro de inviable permanencia.
Por todo lo dicho , Señor Presidente , elevamos a la consideración de esta Honorable Cámara un sistema normativo, simple y directo, que acuda al abrazo solidario del Estado con las organizaciones de la sociedad civil para la asistencia humanitaria de comedores comunitarios , jardines maternales, guarderías diversas , hogares diurnos para ancianos y asociaciones barriales que demandan ponerse a derecho con el asesoramiento jurídico solidario de los Colegios de Abogados de todo el país; el servicio humanitario de los Colegios de Escribanos, para las cuestiones que les incumben en el quehacer que les compete y a los Colegios de Ciencias Económicas para el asesoramiento adecuado en el manejo de una sana economía societaria.
Daremos cumplimiento así, Señor Presidente, a un mandato constitucional que convoca a "asociarse con fines útiles".
En función de lo antedicho, Señor Presidente, elevo a la consideración de la H. Cámara de Diputados el siguiente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DOGA, MARIA NELIDA | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | 14/03/2007 | |
Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | 14/03/2007 | RETIRADO |