PROYECTO DE TP
Expediente 2155-D-2012
Sumario: CANASTA BASICA ALIMENTARIA: REBAJA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA): MODIFICACION DE LA LEY 23349, TEXTO ORDENADO DECRETO 280/97.
Fecha: 13/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
El Senado y Cámara de Diputados...
REBAJA DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) PARA PRODUCTOS DE LA
CANASTA BASICA ALIMENTARIA
Art. 1º.
Instituyese un régimen diferencial de Impuesto al Valor Agregado
(IVA) sobre los productos de la canasta básica alimentaria, en
jurisdicción nacional.
Art. 2º. Para dichos productos se reducirá en un
cincuenta (50 %) por ciento la alícuota general establecida por la
Ley 23.349, texto ordenado según Decreto 280/97 y quedarán
exentos los productos que tributen una tasa menor a la entrada en
vigencia de la presente ley, por ventas realizadas a consumidores
finales, al Estado nacional, provincial ó municipal y asociaciones sin
fines de lucro.
.
Art. 3º. La canasta
básica alimentaria será determinada anualmente por el Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y en su composición
deberá incluir como mínimo los productos que se incorporan en el
Anexo de la presente ley.
Art. 4º.Facúltase al
Poder Ejecutivo para incorporar otros productos alimenticios, no
alimenticios y bienes o servicios por razones fundadas de interés
público.
Art. 5º.Será
Autoridad de Aplicación de la presente ley el Ministerio de
Economía y Producción de la Nación.
Art. 6. Los
precios de los productos alimenticios incluidos en el régimen
diferencial de Impuesto al Valor Agregado (IVA) serán objeto de la
más amplia publicidad y difusión pública, por parte de la Autoridad
de Aplicación, debiendo identificarse en la etiqueta ó rótulo - o
mediante otro medio - en forma clara y visible, para conocimiento
de los consumidores.
Art. 7. Facultase al
Poder Ejecutivo nacional para disponer la aplicación gradual de la
presente ley, por semestres sucesivos, a partir de su entrada en
vigencia, conforme las prioridades regionales siguientes:
1) Primer
Semestre: Región Noreste: Formosa, Chaco, Corrientes y Misiones;
Región Noroeste: Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago del Estero,
Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja.
2) Segundo
Semestre: Región Cuyo: San Luis, Mendoza y San Juan; Región
Centro: Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y La
Pampa.
3) Tercer trimestre:
Región Patagonia: Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y
Tierra del Fuego.
4) Cuarto
Trimestre: Región Metropolitana: Conurbano Bonaerense y Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Art. 8. Derógase
toda norma legal que se oponga a la presente ley, que deberá
incorporarse a la Ley 23.349, texto ordenado según Decreto 280/97,
de Impuesto al Valor Agregado.
Art. 9.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto
tiene por objeto instituir un régimen diferencial de Impuesto al Valor
Agregado (IVA), sobre los productos de la canasta básica
alimentaria, promoviendo una reducción de las alícuotas vigentes,
con la finalidad de atenuar el impacto inflacionario actual sobre los
alimentos y reducir la brecha de pobreza y la desigualdad social, a
través de nuestro sistema tributario.
La posibilidad de
implementar una rebaja del IVA para los alimentos ha sido siempre
motivo de especial Interés legislativo, dado que la Argentina es uno
de los países del mundo con las más altas alícuotas sobre bienes
de consumo masivo, y dada su alta sensibilidad para combatir la
pobreza y la indigencia. Vale repasar las tasas vigentes del IVA
sobre alimentos en distintos países, como Inglaterra, del 0 al 5 %,
Alemania, del 7 %, Canadá, entre 0 y 7 %, España, entre 4 y 7 % y
Francia, del 3,8 %.
Pero la reducción del
IVA a productos socialmente sensibles, cobra significativa
relevancia en estos momentos, ante el sostenido incremento del
costo de vida en nuestro país y la tendencia al aumento de las
materias primas y los alimentos en el escenario mundial.
La cumbre de la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación (FAO) reunida en Roma en estos días, pone de
manifiesto la gravedad de la crisis alimentaria mundial y la
consecuente necesidad de adoptar en el ámbito global, estrategias
y programas necesarios ante el alza de precios y el
desabastecimiento en alimentos básicos.
Una escalada de los
precios de los principales productos alimentarios, está causando
malestar social en todo el mundo en desarrollo e impulsando a los
gobiernos de países tanto exportadores como importadores, a
adoptar medidas proteccionistas frente a especulaciones que
pueden afectar los mercados mundiales.
El costo de las
principales materias primas alimenticias se ha duplicado en los
últimos años. Alimentos como el arroz, el maíz y el trigo marcaron
niveles récord. Algunos precios se ubican en un máximo de 30
años, en términos reales. Las causas de la escalada de precios
refieren tanto al alza del precio del petróleo que afecta los costos de
producción y transporte de alimentos, el crecimiento de la población
y el mejoramiento del nivel de vida en naciones como China e India,
malas cosechas por sequías, sismos e inundaciones que
disminuyen la producción , especulaciones en mercados financieros
y en el comercio de cosechas a futuro y el alto proteccionismo de
los países ricos cuyos subsidios perjudican y desalientan la
producción de alimentos en los países pobres.
Uno de los ganadores
del Premio Nobel de la Paz en 2007, el economista Indio, Rajendra
Kumar Pachauri aseguró a medios de nuestro país, que la inflación
en los alimentos a nivel internacional va a persistir y empeorar por
el fuerte incremento en la demanda y los agudos problemas
ambientales que generará una menor producción agrícola mundial.
La alta inflación será cada vez peor porque la demanda supera a la
oferta, en un contexto complicado por crecientes desastres
naturales.
A su juicio la mejor
forma de luchar contra la inflación de los alimentos en países
emergentes como la Argentina, requiere invertir mayores recursos
en infraestructura, educación, salud y energía para los más pobres.
Por una parte los
sectores carecientes de la sociedad no tienen ni la infraestructura
ni los recursos para poder reducir los efectos más nocivos del
cambio climático.
Por la otra, un mayor
consumo de proteínas animales requiere un sustancial incremento
en términos de productividad. Se necesita más investigación y
desarrollo en agricultura y una mejor utilización de los recursos
naturales.
Para el experto R.
Pachauri hay que proveer a las áreas más relegadas con mejor
infraestructura, irrigación de agua, un buen sistema de transporte y
energía. Hay que lograr que esas inversiones ayuden a los más
pobres, porque, a menos que el crecimiento sea inclusivo y brinde
oportunidades a los más pobres, el PBI podrá crecer, pero la
sociedad se quedará atrás. En definitiva la crisis alimentaria
persistirá durante muchos años, porque sus raíces son muy
profundas y en general el mundo ha venido ignorando estos
problemas.
En nuestro país las
conclusiones de los últimos estudios realizados sobre la brecha de
pobreza, que mide la relación entre el ingreso y el valor de los
productos de la canasta básica, está llegando a un mayor nivel
histórico.
El ingreso de las familias
pobres que representan el 30 % de nuestra población, o sea cerca
de 12.000.000 de personas, debería aumentar, en promedio, un
133% para salir de la condición de pobreza.
La distancia que hay
entre el ingreso de los hogares pobres y el costo de la canasta
básica en nuestro país es hoy equivalente al 57,1% del valor de la
canasta. Tal es la brecha de la pobreza, que supera incluso los
valores de mayo de 2002 cuando resultaba equivalente al 53% del
valor de la línea de pobreza de entonces. En consecuencia, el
ingreso promedio de los hogares pobres requeriría crecer más del
doble respecto al efectivamente percibido, para superar el umbral
de la pobreza.
Nadie ignora que gran
parte de la brecha de pobreza que persiste en nuestro país, se
debe a la mayor inflación, sobre todo en los alimentos. A su vez, los
ingresos de los hogares pobres provienen mayormente de
trabajadores desocupados, que perciben salarios en negro o son
beneficiarios de planes sociales, a quienes se dirige principalmente
este proyecto de ley.
Ante este panorama que
sigue mostrando una situación social comprometida en nuestro
país, surge una amplia coincidencia en que una de los medios para
combatir la pobreza consiste en reducir el IVA a los productos de
primera necesidad, dado que a una mayor parte de los ingresos
destinada a los consumos elementales, mayor resulta la incidencia
porcentual de este gravamen sobre el bolsillo de los sectores
sociales más desprotegidos.
Por último, cabe señalar
que la alícuota general del 21 % que pagan hoy la mayoría de los
productos alimenticios en nuestro país, con las pocas excepciones
del pan, la leche y el agua ordinaria natural, que están exentos del
impuesto, y las carnes, frutas, legumbres y hortalizas, la harina de
trigo, galletas y bizcochos, que están gravadas con el 10,5 %,
resulta claramente excesiva. Dicha alícuota del 21 % para el IVA
ocupa actualmente el puesto número trece (13) entre las más altas
del mundo, siendo que casi ningún país la supera en el continente
americano.
Es ampliamente sabido
que la reducción del IVA a productos socialmente sensibles, como
los alimentos de primera necesidad que componen la canasta
básica alimentaria, es un instrumento de la política de ingresos que
aplican la mayoría de los países. Estimo que la aplicación gradual
en el país, comenzando por las regiones de menor desarrollo
relativo y mayores índices de pobreza e indigencia, es un acto de
estricta justicia A su vez, la diferencia de alícuotas por regiones y
provincias recoge la experiencia de países vecinos como el Brasil,
donde el impuesto tiene raigambre estadual y no presenta mayores
inconvenientes su aplicación diferenciada en el territorio nacional.
Con este proyecto,
deseo reafirmar la necesidad de promover un sistema tributario
más progresivo, que tienda a que haya menos carga sobre los
impuestos al consumo y más sobre la renta, como la mejor manera
de reducir la fuerte desigualdad social que hay aún en nuestro
país.
Por todo lo expuesto,
solicito el acompañamiento de mis pares para dar aprobación al
presente proyecto de ley.
ANEXO
COMPOSICIÓN DE LA CANASTA BÁSICA ALIMENTARIA
Pan común (exento)
Galletitas saladas
Galletitas dulces
Arroz
Harina de trigo
Otras harinas (maíz)
Fideos
Papa
Batata
Azúcar
Dulces
Legumbres secas
(porotos, arvejas y lentejas)
Hortalizas
Frutas
Carnes (carnaza, picada,
falda con hueso, paleta, nalga).
Pollo
Huevos
Agua natural
(exento)
Leche fluida o en polvo,
entera o descremada, sin aditivos (exento)
Queso
Aceite mezcla
Bebidas
edulcoradas
Bebidas gaseosas sin
edulcorar
Sal fina
Sal gruesa
Vinagre
Café
Té
Yerba
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 4084-D-14 |