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PROYECTO DE TP


Expediente 2149-D-2008
Sumario: EMISION DE UN CARNE UNICO DE TRANSPORTE GRATUITO PARA UTILIZACION POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Fecha: 08/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 40
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Carné Único de Transporte Gratuito, para ser utilizado por personas con discapacidad en los medios de transporte terrestre en todo el ámbito del Territorio Nacional.
Artículo 1º: La Secretaría de Transporte de la Nación emitirá un carne único que tendrá validez en todos los distritos del país.
Artículo 2º: Reemplazará a los que fueren emitidos por las direcciones de transportes provinciales o municipales.
Artículo 3º: Podrá ser utilizado en cualquier medio de transporte terrestre en todo el ámbito del Territorio Nacional.
Artículo 4º: El carné será único e intransferible, en el que deberán constar datos personales y foto del beneficiario, en caso de necesitarlo, con la inscripción en lugar fácilmente visible "CON ACOMPAÑANTE".
Artículo 5º: La Secretaría de Transporte de la Nación arbitrará los medios para que dicho carnet pueda ser gestionado y obtenido en el Registro Provincial de las Personas de cada distrito.
Artículo 6º: El carné emitido deberá llevar una numeración correlativa y única.
Artículo 7º: De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 22431 en su Capítulo IV; Art. 20 y 22 estable la gratuidad del pasaje en transportes terrestres para personas con discapacidad; gratuidad que no siempre resulta fácil de ser usufructuada por sus beneficiarios, máxime aún si no reside en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Como es sabido los centros de alta complejidad para el tratamiento, de la diversidad de situaciones que provocan discapacidad, se encuentran en la ciudad antes mencionada y en algunos casos en otros puntos del país, diferentes al lugar de residencia de la persona en cuestión. Por tal razón, es que muchos de ellos asisten asiduamente a estos lugares para realizar numerosos tratamientos pero al llegar se encuentran con una dificultad más, la de tener que tramitar algún tipo de comprobante que les permita hacer uso de un derecho que les fue otorgado por Ley: viajar gratuitamente en los transportes púbicos de pasajeros.
Del mismo modo ocurre si estas personas desean realizar alguna otra actividad en cualquier otro lugar del país; como por ejemplo, vacacionar, asistir a capacitaciones, eventos artísticos, como lo hacemos cualquiera de nosotros.
Por tal razón es necesario establecer normas unívocas y justas, para todo el ámbito del territorio nacional, como lo es un carné único de identificación para acceder a los medios de transporte, debiendo constar como mínimo con los datos y leyendas consignadas según modelo adjunto.
Para ello será necesario tramitarlo, al igual que se realiza hoy con el D.N.I. y el Certificado Único de Discapacidad, (Ley 22.431 art. 3), en cada localidad, el cual contará con reconocimiento en todo el territorio nacional. A tal efecto la Secretaria de Transporte de la Nación, deberá arbitrar los medios para que se efectivice a través de la forma que mejor lo considere (por ejemplo: nombrar un delegado que atienda estas solicitudes en los registros de las personas de cada localidad; u otra que estime más ágil y conveniente).
Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO ARI AUTONOMO 8 +
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI AUTONOMO 8 +
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE ARI AUTONOMO 8 +
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
NAIM, LIDIA LUCIA BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO CIUDAD de BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
TRANSPORTES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 4894-D-10
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 6086-D-10