PROYECTO DE TP
Expediente 2139-D-2010
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL CONFLICTO SUSCITADO RESPECTO A LAS EXPORTACIONES DE ACEITE DE SOJA A LA REPUBLICA POPULAR CHINA.
Fecha: 13/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar preocupación por el conflicto
suscitado respecto a las exportaciones de aceite de soja con destino a la República
Popular China.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La industria del aceite de soja es de
suma importancia para la economía argentina y en especial para la Provincia de Santa
Fe. Solo en el Gran Rosario, distintas empresas han invertido cerca de 1.800 millones
de dólares constituyendo el polo aceitero más grande del mundo y generando empleo
directa e indirectamente a una gran cantidad de trabajadores de la región.
En los últimos años, nuestro país se ha
instalado a nivel mundial como máximo exportador en el mercado de aceite de soja.
En este sentido, según datos publicados por el SENASA, en el año 2009 la Argentina
realizó exportaciones por 2,77 millones de toneladas, de los cuales 1,85 millones
tuvieron a China como destino. Por otra parte, atento a las previsiones de una
cosecha record para este año, todos los estudios privados anuncian la factibilidad de
un aumento en la producción de aceite de la oleaginosa que obviamente estaría
supeditado a la existencia de un mercado donde colocarla.
En este contexto, es sumamente
preocupante la medida adoptada por el gobierno de la República Popular China, en
tanto impide las importaciones de aceite de soja que provengan de nuestro país.
Según ha trascendido públicamente, dicha restricción se aplicaría en función de la
norma BT 1535/2003, que establece un límite máximo de 100 ppm de residuos de
hexano en los embarque de aceite de soja crudo.
Sin embargo, como bien recuerda un
comunicado emitido recientemente por la Cámara de la Industria Aceitera de la
República Argentina, "el 27 de enero del 2005 se firmó un Acuerdo entre ambos
países, por medio del cual China se comprometió a que la norma mencionada,
cuestionada por la Argentina, no afectaría el flujo de exportaciones de aceite de soja
a ese país.".
Por todo lo expuesto, y atento a que la
continuidad de la situación descripta importaría un daño irreparable para la industria
nacional, los trabajadores y la misma recaudación fiscal; sostengo que esta Cámara
debe expresar su preocupación sobre la medida adoptada por la Republica Popular
China, propuesta que solicito, sea acompañada por mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARRANZA, CARLOS ALBERTO | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
ARENA, CELIA ISABEL | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
GERMANO, DANIEL | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 16/03/2011 |