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PROYECTO DE TP


Expediente 2136-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA CESANTIA DE MARIA ELENA REYNOSO DE LA COORDINACION GENERAL DE LA DELEGACION DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA, DE LA "AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) ".
Fecha: 07/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los órganos pertinentes, se sirva a informar por escrito a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación los siguientes puntos:
Indique las razones y fundamentos que motivaron la cesantía de María Elena Reynoso de la coordinación general de la Delegación de la Rioja de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).-
Remita una copia de los antecedentes curriculares de la persona reemplazante en la delegación mencionada ut supra, a fin de corroborar los requisitos prescriptos en la Ley N°26.522, que exige "una alta calificación profesional en materia de comunicación social y una reconocida trayectoria democrática y republicana, pluralista y abierta al debate y al intercambio de ideas diferentes".-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El control parlamentario es una de las principales garantías para la Defensa de la Constitución y el resguardo del Estado de Derecho. En ese sentido, los pedidos de informes por escrito son, probablemente, el primer movimiento, paso o eslabón de la tarea de control interorgánico a cargo del Parlamento.-
Según trascendió en distintos medios de comunicación, María Elena Reynoso fue cesanteada de la coordinación general de la Delegación Regional de La Rioja de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).-
Por lo tanto, el objeto central de la presente iniciativa parlamentaria es conocer las razones y fundamentos que motivaron la cesantía mencionada ut supra. Asimismo, el proyecto solicita una copia con los antecedentes curriculares de la persona reemplazante, a fin de verificar si cumplen los requisitos de imparcialidad y transparencia exigidos por la ley N° 26.522.-
En el fallo sobre la constitucionalidad de ciertos artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Corte Suprema de Justicia de la Nación llama la atención sobre las condiciones que debiera cumplir la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual en los siguientes términos:
"...Es de vital importancia recordar que tampoco se puede asegurar que se cumplan los fines de la ley si el encargado de aplicarla no es un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno corno de otros grupos de presión. La autoridad de aplicación debe ajustarse estrictamente a los principios establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales a ella incorporados y en la propia ley. Debe respetar la igualdad de trato, tanto en la adjudicación corno en la revocación de licencias, no discriminar sobre la base de opiniones disidentes y garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso de información plural". (Considerando 74).-
En virtud de las razones esgrimidas, en el entendimiento que la publicidad de los actos y decisiones de gobiernos constituyen un pilar fundamental de la democracia representativa, pido a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CANO, JOSE MANUEL TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)