PROYECTO DE TP
Expediente 2130-D-2006
Sumario: PENSIONES GRACIABLES, LEYES 24764, 24938, 25237, 25064 Y 25401: PODRAN SER INCREMENTADAS EN EL PORCENTAJE QUE EL PODER EJECUTIVO DETERMINE.
Fecha: 02/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1 : El Haber de las pensiones graciables otorgadas por las leyes 24.764; 24938; 25.237; 25.064; y 25.401, podra ser incrementada en el porcentaje que el Poder Ejecutivo determine.
Art. 2 : Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En concordancia con los dificiles momentos sociales, políticos y económicos vividos en estos últimos años, un grupo de pensiones graciables sufrieron un congelamiento en su haberes sin que se se hayan incrementado sus montos.
Se corresponden a las otorgadas por el Congreso de la Nación en el lapso transcurrido desde 1997 hasta el 2001.
Ya fueron oportunamente sancionados los instrumentos legales que permitieron que los beneficiarios con Pensiones graciables entre los años 1984 a 1996 ( Beneficiarios comprendidos del nro 900:000 al 1.179.999, respectivamente, tuvieran mejoras en sus remuneraciones mensuales.
Con la presentación de este Proyecto de ley se considera que existen razones de justicia y equidad acrecentar los montos de acuerdo a las normas vigentes , en todos los receptores de este beneficio.
Es de vital interés, hacer justicia en la totalidad de los beneficiarios .por ej. el grupo de que recibió estas pensiones en el año 1997, han transcurrido varios años que no perciben mejora alguna en sus haberes mensuales.
Se tiene conocimento que una importante cantidad de personas que perciben pensiones graciables otorgadas por el Poder Legislativo de la Nación, en su mayoría es la única fuente de ingreso para sus sustento , por lo que se considera que actualizar los montos a todos los beneficiarios, constituyen razones de equidad y justicia.
Por todo lo expuesto, solicito a los Sres. Legisladores, acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BAIGORRI, GUILLERMO FRANCISCO | SAN JUAN | VIDA Y COMPROMISO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0801/2006 | ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 801/06 | 24/08/2006 |