PROYECTO DE TP
Expediente 2116-D-2014
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA OCUPACION Y CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN LA ZONA DE SEGURIDAD FISICA Y ADMINISTRATIVA DEL "TUNEL SUBFLUVIAL RAUL URANGA - CARLOS SYLVESTRE BEGNIS (LADO PARANA)", PROVINCIA DE ENTRE RIOS.
Fecha: 07/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su preocupación por la
ocupación y construcciones existentes en la zona de seguridad física y
administrativa del Túnel Subfluvial Raúl Uranga -Carlos Sylvestre Begnis lado
Paraná, en la Provincia de Entre Ríos, en violación a la resolución 08/03 del
Consejo Superior Interministerial del Ente Interprovincial, que estarían dañando y
poniendo en riesgo la seguridad del viaducto, así como la de las personas que lo
transitan y allí trabajan.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El túnel subfluvial Raúl Uranga -
Carlos Sylvestre Begnis, fue inaugurado en 1969. Su realización tardó ocho años
y concretó el sueño de integrar las vías de comunicación terrestre entre las
provincias de Entre Ríos y Santa Fe, aisladas geográficamente por las caudalosas
aguas del Paraná.
El túnel es administrado por un Ente
Interprovincial, integrado por los ministros de Hacienda y Gobierno y Justicia de
Entre Ríos y de Hacienda y Finanzas y Obras y Servicios Públicos de Santa Fe.
En el año 2003 el Consejo Superior
Interministerial del Ente Interprovincial, previo dictamen jurídico y técnico, a través
de la resolución Nº 08/03, dispuso fijar una zona de restricción absoluta en el área
de 50 metros, a cada lado del eje del túnel, una zona de seguridad física hasta 100
metros del mismo área y una zona de seguridad administrativa en todos los
terrenos. También, estableció como zona de seguridad administrativa todos los
inmuebles de dominio público y expropiados afectados al Ente.
Dicha resolución, cuyo fin es
estrictamente la seguridad estructural y vial del túnel, no se está cumpliendo,
pese a haber sido señaladas las irregularidades por los representantes del gobierno
de Santa Fe.
Es así que del lado entrerriano, se
está avanzando desde hace años en la construcción de un barrio privado sobre las
zonas de restricción absoluta que determina la citada resolución. La firma Paraná
Fiduciaria S.A. dragó parte de los bajos sobre la cabecera de la conexión subfluvial
para conformar amarras de embarcaciones privadas en el barrio cerrado que
comercializa y denomina "Amarras del Sol".
Amarras del Sol está emplazado sobre
un refulado de arena que protege la cabecera del enlace subfluvial del lado
Paraná, en terrenos de dominio público provincial de Entre Ríos que fueron
afectados al túnel. Todo esto puede verse claramente en la misma página web del
emprendimiento inmobiliario http://www.amarrasdelsol.com.ar.
Las medidas dispuestas por la
resolución 08/03 están directamente orientadas a la seguridad del túnel y el
servicio vial. A modo de ejemplo, el viaducto no tiene compuertas, dejar liberado el
techo permitiría ingresar por allí en caso de siniestro. Hoy esto es imposible debido
a la existencia de construcciones en el techo mismo del túnel del lado entrerriano.
Las obras realizadas para la construcción del barrio cerrado y el dragado, colocan
al túnel en una situación de fragilidad crítica y son causa de potenciales daños
graves, costosos y de magnitud.
Al momento del dictado de la
mentada resolución 08/03 CSI, la traza del túnel y la zona de seguridad física (lado
Paraná) se hallaban totalmente despejadas y el manto de arena de varios metros
de espesor que lo cubría (balneario los arenales) afirmaba convenientemente la
estructura al lecho del río. Hoy esto no es así.
Nos preocupa enormemente la
situación de riesgo que se ha creado sobre la estructura del túnel y aquellos que
circulan y trabajan en él. Tememos que dichos daños puedan ocasionar accidentes
de enorme envergadura. Urge resolver estas situaciones que están poniendo en
peligro la seguridad del viaducto y con ello la vida de los que lo transitan.
Hemos tomado parte de la
información que aquí se expresa del Proyecto de Resolución, relativo a este tema,
presentado por la Diputada María Emma Bargagna, en la Cámara de Diputados de
la Provincia de Entre Ríos (Expediente 19668, del 04/02/2013).
Por todo lo expuesto solicito a mis
pares acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
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