PROYECTO DE TP
Expediente 2113-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "PROYECTO HIDROELECTRICO CENTRAL DE PASADA MEDITERRANEO" A CONSTRUIRSE EN LA REPUBLICA DE CHILE.
Fecha: 07/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través a través de los organismos correspondientes, se sirva informar sobre los
puntos que abajo se detallan, relacionados con el Proyecto Hidroeléctrico Central
de Pasada Mediterráneo, a llevarse a cabo en la República de Chile, que
aprovecharían recursos hídricos compartidos entre Argentina y el vecino país:
1) Si la Cancillería Argentina ha
tomado intervención en el proceso de autorización del proyecto mencionado, en
virtud del "Protocolo específico adicional sobre recursos hídricos compartidos"
celebrado con Chile.
2) Si el vecino país ha brindado
información suficiente sobre el proyecto referido. En caso afirmativo, haga llegar
dicha información a este cuerpo.
3) Si el proyecto afectará o utilizará
recursos hídricos compartidos entre Argentina y Chile. En caso afirmativo, explicite
cuáles.
4) Si el proyecto cuenta con
evaluación de impacto ambiental o proceso similar aprobado por las autoridades
competentes chilenas. En caso afirmativo, detalle las conclusiones del mismo.
5) Si nuestro país evaluó el impacto
ambiental que el proyecto tendrá sobre territorio argentino y en particular sobre la
cuenca binacional o recursos hídricos compartidos. En caso afirmativo, detalle los
resultados y conclusiones del mismo.
6) Si el proyecto ha cumplido o
cumplirá con las normas ambientales argentinas, tratados internacionales
aplicables y los acuerdos bilaterales y/o Protocolos firmados con Chile.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la X Región chilena, comuna de
Cochamó, provincia de Llanquihue, contigua a la provincia de Río Negro, se
proyecta construir una central hidroeléctrica de pasada con capacidad de generar
210 MW, que se ubicaría en el sector de La Junta, zona donde el río Manso recibe
las aguas del río Torrentoso.
El proyecto pretende alimentarse de
las aguas de las cuencas binacionales del Río Puelo y Río Manso, que se
encuentran tuteladas por tratados celebrados entre la república de Chile y
Argentina.
Según la propuesta, esta central no
considera la construcción de embalses sino la construcción de un sistema de
tuberías con una bocatoma en la confluencia de los ríos Torrentoso y Manso, por la
cual se capta el agua de este último para pasarlas a través de las turbinas y
finalmente devolverlas, seis kilómetros más abajo, nuevamente al cauce del
Manso.
Junto con estas obras, se proyectan
63 kms. de tendido eléctrico de doble circuito y tensión nominal de 220 KV que
contará con una franja de servidumbre y seguridad, que se extiende sobre torres
de 150 mts. de altura instaladas junto al río Manso para conectarse a
Canutillar.
La cuenca binacional del Río Manso,
es un tributario de una cuenca hidrográfica mayor denominada Río Puelo, y en
forma integral conforman la denominada cuenca binacional del Río Puelo,
compartida por Argentina y Chile. "Río Puelo una cuenca binacional ubicada al
sudoeste de la provincia de Río Negro y al Noroeste de la provincia de Chubut,
departamentos de Bariloche y Cushamen respectivamente". "En el sector chileno,
la cuenca se ubica administrativamente en la Comuna de Cochamó, Provincia de
Llanquihue, Región de los Lagos. La totalidad de la cuenca binacional, tiene una
superficie aproximada de 880.000 hectáreas, de las cuales el 65,9 % o 580.000
hectáreas son de jurisdicción Argentina y solo 300.000 hectáreas o el 34,1 %, se
ubican en Chile." (Represas en la Cuenca del Río Puelo - Proyectos Irresponsables.
Mauricio Fierro, Julio del 2009).
Finalmente cabe mencionar que la
cuenca del Río Puelo, ha sido declarada como Reserva de Biosfera como así
también Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
El proyecto ha generado ya, tanto en
Chile como en nuestro país un fuerte movimiento de rechazo entre muchos vecinos
de la zona que será afectada por las obras.
El proyecto, por ubicarse en aguas
de las cuencas binacionales Puelo y Manso, debe adecuarse al "Tratado entre la
República de Chile y la República Argentina sobre Medio Ambiente y su Protocolo
Especifico Adicional sobre Recursos Hídricos Compartidos entre la República de
Chile y la Republica de Argentina", suscrito el 2 de agosto de 1991 y lo establecido
en el Acta de Santiago sobre Cuencas Hidrográficas, del 26 de junio de 1971.
A través del "Protocolo específico
adicional sobre recursos hídricos compartidos", ambos países se comprometieron
a utilizar las aguas sin causar perjuicios a los recursos hídricos compartidos, a la
cuenca común o al medio ambiente". Asimismo se obligaron a elevar para la
consideración de los gobiernos los planes generales de utilización de dichos
recursos, en el marco de un "manejo integral de las cuencas hidrográficas".
Este Protocolo expresa en su artículo
1: "Las Partes convienen en que las acciones y programas relativas al
aprovechamiento de los recursos hídricos compartidos se emprendan conforme al
concepto de manejo integral de las cuencas hidrográficas. El aprovechamiento de
los recursos hídricos en el territorio de una de las partes, perteneciente a una
cuenca común, no deberá causar perjuicios a los recursos hídricos compartidos, a
las cuencas o al medio ambiente".
Debido a la importancia que presenta
la temática en cuestión para población de la región patagónica y nuestro país en
su conjunto es que solicito a mis pares que apoyen con su voto afirmativo este
proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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