Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 2110-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA REGLAMENTAR LA LEY 26688, LA CUAL DECLARA DE INTERES NACIONAL LA INVESTIGACION Y PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS, MATERIAS PRIMAS PARA LA PRODUCCION DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS.
Fecha: 07/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para solicitarle que proceda a reglamentar la Ley Nº 26.688 que "DECLARA DE INTERES NACIONAL LA INVESTIGACION Y PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS, MATERIAS PRIMAS PARA LA PRODUCCION DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nº 26.688 fue sancionada el 29 de junio de 2011 y promulgada de hecho un mes más tarde.
Dicha norma declara "de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos entendiendo a los mismos como bienes sociales".
Tras ello, precisa que su objeto es "promover la accesibilidad de medicamentos, vacunas y productos médicos y propiciar el desarrollo científico y tecnológico a través de laboratorios de producción pública".
Bajo el concepto de "laboratorios de producción pública" incluye a los pertenecientes al "Estado nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las fuerzas armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal".
La ley que nos ocupa es producto de sendos proyectos elaborados oportunamente por los diputados nacionales (mc) Eduardo Macaluse y Mario H. Martiarena. Sus iniciativas fueron sintetizadas en un único dictamen que resultó aprobado sin oposición alguna por el pleno de esta Cámara el 16 de marzo de 2011. Tres meses más tarde, el 29 de junio de 2011, el H. Senado lo votó unánimemente, convirtiéndolo en ley. Finalmente, la norma fue promulgada de hecho el 29 de julio de 2011
Es de hacer notar que días antes de su tratamiento en el Senado, Miguel Ángel Pichetto, presidente del bloque oficialista en ese cuerpo, dijo ante la prensa en referencia al por entonces proyecto con media sanción: "Para la Presidenta de la Nación esa iniciativa es una política de Estado".
Lo esperable, entonces, era la rápida reglamentación y puesta en marcha de la Ley Nº 26.688, y la adopción de todas aquellas medidas complementarias que condujeran a lograr los objetivos de la norma y a hacerlos sustentables en el tiempo.
Sin embargo, a casi diez meses de su promulgación, la ley que nos ocupa no ha sido reglamentada.
Esta demora posterga la accesibilidad a los medicamentos de 15 millones de habitantes de nuestro territorio que, según el último censo nacional, carecen de obra social o de servicios prepagos de salud.
También la de quienes, aún gozando de algún tipo de cobertura, se ven -en no pocos casos- imposibilitados de afrontar el copago de medicamentos producidos en laboratorios privados, debido a la exorbitancia de sus precios.
Mientras esto sucede, la industria farmacéutica privada obtiene una renta que podría generar envidia en otros sectores de la producción. Así se desprende de un comunicado difundido el pasado 27 de abril por la Asociación de Agentes de Propaganda Médica y en el que se consigna: "Mientras que en 2010 el promedio de la rentabilidad de la economía argentina fue del 7,4%, la rentabilidad de la industria farmacéutica fue del 18,8% y hasta el 19,8% en el caso de las empresas exportadoras del sector".
En consecuencia, la reglamentación de la Ley 26.688 y su puesta en marcha no sólo sería un avance en el propósito de garantizar a todas las personas el derecho a la salud, un derecho de raigambre constitucional desde que en 1994 se incorporó a su texto las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Sería también un instrumento que permitiría el desarrollo de los laboratorios públicos de medicamentos y su eventual rol en la determinación de los precios farmacéuticos .
Al respecto, no podemos omitir que en el primer párrafo de la fundamentación de su proyecto, el diputado Martiarena señalaba: "Un estudio realizado en el año 2006, por el Licenciado Ignacio Apella, informa que "el sector público cuenta con capacidad productiva para la provisión directa de medicamentos básicos esenciales a través de sus laboratorios, con potencial alcance de economías de escala y un costo unitario promedio menor al vigente en el mercado en un 63.5%."
No le faltaba razón al licenciado Apella, aunque -tal vez- el paso del tiempo haya desactualizado su apreciación porcentual. Luego que en 2010 el gobierno nacional aportara 2.540.000 pesos para adecuar las instalaciones del Laboratorio Central Tomás Perón (conocido como Instituto Biológico de La Plata), - que depende del Ministerio de Salud Bonaerense a los requerimientos de la ANMAT, esta institución comenzó a producir el antitérmico paracetamol; la metformina y la glibenclamida para enfermos de diabetes mellitus tipo 2; el atenolol para los hipertensos y el haloperidol que se prescribe para tratar patologías psiquiátricas. Su producción anual alcanza los 70 millones de comprimidos. El 6 de octubre de 2011 y en el transcurso de una videoconferencia con la Presidente de la Nación, Patricia Rivadulla -directora técnica del laboratorio- expresó: "En el último año los medicamentos que generamos para hospitales provinciales tuvieron un costo que rondó los 600.000 pesos, un 80 por ciento menos de lo que nos hubiera costado adquirirlo en el mercado".
Por su parte, los fundamentos con los que el diputado Macaluse respaldó su iniciativa comenzaban afirmando: "Las políticas que imprimen las corporaciones multinacionales del medicamento en el mercado, someten a la población a la privación e inaccesibilidad de medicamentos esenciales en el momento en que lo necesitan, y plantean al Estado y a los profesionales el desafío de tomar una decisión política para garantizar el derecho a la salud y al medicamento a toda la población".
Entendemos que los párrafos transcriptos de los proyectos de Martiarena y Macaluse evidencian el espíritu de los legisladores que sancionaron la Ley Nº 26.688 y plantean un problema acuciante para los argentinos que el Estado debe resolver. Para ello, el Poder Ejecutivo tiene en sus manos un instrumento legal al que sólo le resta ser reglamentado para echar a andar lo que -con todo acierto- el senador Pichetto calificara de "Política de Estado".
Por lo dicho solicitamos la aprobación de esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)