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PROYECTO DE TP


Expediente 2107-D-2012
Sumario: SUBSIDIO PARA LA RECONSTRUCCION DE CLUBES DE BARRIO AFECTADOS POR EL TEMPORAL ACAECIDO EL DIA 4 DE ABRIL DE 2012.
Fecha: 11/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Institúyase por única vez un subsidio a todo club que estando adherido al registro de clubes de barrio en el ámbito de la Secretaría de Deporte de la Nación según Ley 26069, haya sufrido daños de consideración producto del temporal sucedido el Miércoles 4 de Abril de 2012 en la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Articulo 2º.- Aquellos clubes que presenten daños significativos recibirán un subsidio a razón de $60 por cada metro cuadrado de superficie cubierta y $10 por cada metro cuadrado de superficie descubierta que ocupen.
Artículo 3º.- La Autoridad de Aplicación será la encargada de verificar la superficie total de cada club y la magnitud de los daños en los clubes que requieran dicho subsidio.
Articulo 4º.- Los gastos que demandare el cumplimiento de la presente ley deberán imputarse a las partidas que el presupuesto de la Nación asigne para afrontar las emergencias contempladas en el Artículo 1º.
Articulo 5º.- Comuníquese al Poder ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco del temporal de grandes dimensiones sucedido el miércoles 4 de abril de 2012, muchos clubes sufrieron importantes daños a punto tal de paralizar su funcionamiento. El temporal ocasión daños en los edificios de los clubes, las tribunas, los sistemas de iluminación e inclusive en los muros perimetrales. En algunos casos como el de club DAOM de la Ciudad de Buenos Aires los daños se estiman entre 800.000 y 1.000.000 de pesos.
Los clubes de barrio fueron y son organizaciones sin fines de lucro que tienen por objeto la realización de eventos culturales y deportivos, para lo cual cuentan con infraestructura y servicios que muchas veces llevaron años implementar.
Por su condición, resulta virtualmente imposible que los socios puedan afrontar los gastos que demandaran los daños producidos en la infraestructura a través de la cuota social, que a menudo alcanza para paliar solamente los gastos operativos de los mismos.
En su gran mayoría, fueron resultado de un enorme trabajo de representantes barriales que en su afán por fomentar un lugar de encuentro para los vecinos y un lugar de esparcimiento para los jóvenes.
Los clubes generan cohesión social, brindan contención, estimulan una vida sana, imparten valores y muchas veces funcionan como lugar de inicio a futuras figuras deportivas que representan al país en competencias internacionales. En muchos lugares del país son los clubes los que brindan identificación única a la ciudadanía.
La ley 26069 votada por el Congreso Nacional en 2005 y aun no reglamentada, busca precisamente fomentar la permanencia de estos clubes a través de su registro, sus asistencia y la posibilidad de otorgarles subsidios.
Por este motivo, es responsabilidad de esta cámara y en el marco de la Ley 26069, asistir a estos clubes a reconstituirse, reconociendo en dicha acción que los mismos representan un eslabón clave en la organización social de nuestro país.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la sanción de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
GAMBARO, NATALIA BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA