PROYECTO DE TP
Expediente 2107-D-2012
Sumario: SUBSIDIO PARA LA RECONSTRUCCION DE CLUBES DE BARRIO AFECTADOS POR EL TEMPORAL ACAECIDO EL DIA 4 DE ABRIL DE 2012.
Fecha: 11/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Institúyase por única vez un
subsidio a todo club que estando adherido al registro de clubes de barrio en el ámbito de
la Secretaría de Deporte de la Nación según Ley 26069, haya sufrido daños de
consideración producto del temporal sucedido el Miércoles 4 de Abril de 2012 en la
Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Articulo 2º.- Aquellos clubes que presenten
daños significativos recibirán un subsidio a razón de $60 por cada metro cuadrado de
superficie cubierta y $10 por cada metro cuadrado de superficie descubierta que
ocupen.
Artículo 3º.- La Autoridad de Aplicación será
la encargada de verificar la superficie total de cada club y la magnitud de los daños en los
clubes que requieran dicho subsidio.
Articulo 4º.- Los gastos que demandare el
cumplimiento de la presente ley deberán imputarse a las partidas que el presupuesto de
la Nación asigne para afrontar las emergencias contempladas en el Artículo 1º.
Articulo 5º.- Comuníquese al Poder
ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el marco del temporal de grandes
dimensiones sucedido el miércoles 4 de abril de 2012, muchos clubes sufrieron
importantes daños a punto tal de paralizar su funcionamiento. El temporal ocasión daños
en los edificios de los clubes, las tribunas, los sistemas de iluminación e inclusive en los
muros perimetrales. En algunos casos como el de club DAOM de la Ciudad de Buenos
Aires los daños se estiman entre 800.000 y 1.000.000 de pesos.
Los clubes de barrio fueron y son
organizaciones sin fines de lucro que tienen por objeto la realización de eventos culturales
y deportivos, para lo cual cuentan con infraestructura y servicios que muchas veces
llevaron años implementar.
Por su condición, resulta virtualmente
imposible que los socios puedan afrontar los gastos que demandaran los daños
producidos en la infraestructura a través de la cuota social, que a menudo alcanza para
paliar solamente los gastos operativos de los mismos.
En su gran mayoría, fueron resultado de un
enorme trabajo de representantes barriales que en su afán por fomentar un lugar de
encuentro para los vecinos y un lugar de esparcimiento para los jóvenes.
Los clubes generan cohesión social, brindan
contención, estimulan una vida sana, imparten valores y muchas veces funcionan como
lugar de inicio a futuras figuras deportivas que representan al país en competencias
internacionales. En muchos lugares del país son los clubes los que brindan identificación
única a la ciudadanía.
La ley 26069 votada por el Congreso Nacional
en 2005 y aun no reglamentada, busca precisamente fomentar la permanencia de estos
clubes a través de su registro, sus asistencia y la posibilidad de otorgarles subsidios.
Por este motivo, es responsabilidad de esta
cámara y en el marco de la Ley 26069, asistir a estos clubes a reconstituirse, reconociendo
en dicha acción que los mismos representan un eslabón clave en la organización social de
nuestro país.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me
acompañen en la sanción de este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
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