PROYECTO DE TP
Expediente 2102-D-2010
Sumario: CREACION DEL FONDO DE REPARACION HISTORICA Y DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DEL NOROESTE ARGENTINO.
Fecha: 13/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
El Senado y Cámara de Diputados...
FONDO DE REPARACION HISTORICA Y DESARROLLO
ECONOMICO Y SOCIAL DEL NOROESTE ARGENTINO
Artículo 1º.- Crease el Fondo de
Reparación Histórica y Desarrollo Económico y Social del Noroeste Argentino, cuyos
recursos serán destinados a programas de desarrollo social, de reactivación económica, de
promoción de empleo, de salud, de vivienda y de educación.
Artículo 2º.- En los presupuestos de los
años 2011 al 2015 se creara una partida de cien millones de pesos (100.000.000 $) para
atender al fondo establecido por el artículo 1º de la presente ley.
Artículo 3º.- El Fondo se
distribuirá en programas que desarrollen las provincias de Tucumán, Salta, Jujuy,
Catamarca y Santiago del Estero, respetando las proporciones asignadas a las
mismas por el Régimen de Coparticipación Federal vigente.
Artículo 4º.- Crease en el
ámbito del Ministerio de Economía de la Nación el Ente Regional de administración
del Fondo de Reparación Histórica y Desarrollo Económico y Social del Noroeste
Argentino. El Ente estará compuesto de un Director, un sub Director y un Tesorero
los que serán designados por las legislaturas provinciales a propuestas de los
Poderes Ejecutivos.
El Ente será el
coadministrador conjuntamente con el Ministro de Economía de la Nación, de los
fondos respetando inexcusablemente lo dispuesto en los artículos 1º y 3º de la
presente ley.
El Ente se conformará a los 90 días
de la publicación de la presente ley, se dictará su propio reglamento dentro de los
90 días posteriores, y, tendrá una presidencia anual rotativa por provincia.
Artículo 5º.- El Banco de
la Nación Argentina transferirá al Ente creado por el articulo 4º, el monto
establecido en el artículo 2º de la presente ley al inicio de la ejecución de los
presupuestos respectivos, y el Ente enviará a las respectivas provincias los fondos
para la ejecución de obras y servicios respectivamente aprobados.
Artículo 6º.- El control
financiero y de gestión estará a cargo de la Auditoria General de la Nación, y, si
fuere necesario al cierre anual se contratará una empresa auditora local de
renombre para la auditoría contable.
Artículo 7º.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como un hombre del interior, y del
norte específicamente, me veo en la obligación moral, ética y profesional de
legislar a favor de mis comprovincianos.
El noroeste argentino es el origen
mismo de la patria. Fue tierra de colonizadores, de esfuerzo y de trabajo, de
enormes sacrificios, de lealtades profundas. Su historia se amalgama con la
historia misma de la Nación Argentina y la sangre de sus ancestros, sean indígenas
o españoles, se incorporó a la tierra misma, en una suerte de altar donde se
forjara la estirpe de nuestra raza.
Hoy este noroeste esta olvidado en
muchos aspectos, muestra índices de pobreza, indigencia y subdesarrollo.
El NOA en sus cinco provincias,
Tucumán, Salta, Catamarca, Santiago del Estero y Jujuy abarca una superficie de
466.740 Km2 lo que representa un 17% de la superficie total del país. Según el
Censo de 1991 su población es de 3.500.000 habitantes lo que representa un 11%
de la población país, esto nos indica que su densidad de población es de 7% frente
a un 11% del promedio país, lo que determina que tiene un territorio mas
densamente poblado.
La provincia de Buenos Aires desde la
década del 90 recibe recursos de un Fondo de Reparación Histórica del Conurbano
para combatir pobreza y marginalidad, mientras que el NOA solo recibe fondos
coparticipables.
Resulta interesante observar la
evolución poblacional, para dimensionar el desigual crecimiento de las regiones
frente al conjunto de la Nación.
En 1869 el NOA representaba el 26%
del total país, en 1895 el 16%, en 1914 el 11%, y en 1947 el 10% cifra similar a la
actual.
Los niveles de pobreza son superiores
en la región a la media del país, solo superada por la región del NEA.
En 1980 la media país de hogares con
necesidades básicas insatisfechas era del 22.3% mientras que en las provincias del
NOA los números eran:
CATAMARCA 37%
JUJUY 45%
SALTA 42%
TUCUMAN 36%
SANTIAGO DEL ESTERO 45%
Los parámetros de pobreza en el NOA
evidencian las diferencias de crecimiento entre las diversas regiones del país, en
tal sentido, es obligación primigenia para los cuerpos legislativos, atender estos
desniveles, promoviendo políticas que posibiliten la integración humana y
territorial, en una nación unificada bajo condiciones de vida semejantes.
Sin duda, el gran debate sobre el
proyecto de nación se llevara a cabo cuando se discuta el régimen de
coparticipación impositiva. Mientras el NOA reclama con extrema urgencia, un
resarcimiento histórico-cultural a su triste destino de región olvidada por las
políticas nacionales de los últimos 100 años.
Por todo lo expuesto ut supra, y, por
su importancia es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley
para su aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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