PROYECTO DE TP
Expediente 2099-D-2006
Sumario: CREACION DE UNA COMISION INVESTIGADORA DE LOS EFECTOS AMBIENTALES Y SOBRE LA SALUD PUBLICA DE LAS FABRICAS DE PASTA DE CELULOSA INSTALADAS EN EL TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 28/04/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 40
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
I - Crear una Comisión investigadora de los efectos ambientales y sobre la salud pública, de las fábricas de pasta de celulosa instaladas en el territorio nacional (en adelante, "las fábricas").
II - La Comisión estará integrada por:
a) cuatro miembros de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados de la Nación;
b) cuatro miembros de la Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú, elegidos por sus miembros;
c) dos habitantes de cada uno de los siguientes municipios:
i) Capioví, Provincia de Misiones;
ii) Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe;
iii) Cipolletti, Provincia de Río Negro.
iv) Libertador General San Martín, Provincia de Jujuy;
v) Lules, Provincia de Tucumán;
vi) Palpalá, Provincia de Jujuy;
vii) Puerto Esperanza, Provincia de Misiones;
viii) Puerto Piray, Provincia de Misiones;
ix) Quilmes, Provincia de Buenos Aires;
x) San Pedro, Provincia de Buenos Aires.
III - Los integrantes señalados en los incisos b) y c) del punto que antecede serán elegidos a simple pluralidad de sufragios por los habitantes mayores de 15 años de los municipios respectivos, con residencia efectiva en el Municipio anterior a la elección no inferior a los 2 (dos) años.
Serán de aplicación las disposiciones del Código Electoral Nacional (ley 19.945 y modificatorias).
La elección sólo puede recaer sobre quienes reúnan conjuntamente los siguientes requisitos:
a) ser mayor de 18 años de edad;
b) tener residencia efectiva en el Municipio anterior a la elección no inferior a los 2 (dos) años;
c) no ejercer ni haber ejercido cargos públicos en los Municipios y/o Provincias respectivas, en los 5 (cinco) años previos a la elección, con excepción de los cargos de carrera administrativa;
d) no tener vinculación directa o indirecta, él/ella o sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o afinidad, con las fábricas.
IV - La Comisión tendrá amplias facultades instructorias; entre otras:
a) inspeccionar lugares y cosas;
b) solicitar informes, los que deberán ser respondidos en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles;
c) requerir de los hospitales, sanatorios y demás centros de salud públicos y privados de cualquier punto del país, informes estadísticos anónimos, si los hubiere, sobre dolencias de los pacientes provenientes de la zona de influencia de las fábricas. Dichos informes deberán ser respondidos en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles;
d) solicitar dictámenes periciales, dando preferencia en su elaboración a las Universidades públicas. Los mismos deberán ser presentados en el plazo que en cada caso se fije, de acuerdo a la complejidad de la operación pericial, el que en ningún caso será mayor a los treinta (30) días hábiles;
e) recibir declaraciones testimoniales.
Supletoriamente, serán de aplicación los Capítulos I, IV, y V del Título III del Libro II del Código Procesal Penal de la Nación.
V - La Comisión está facultada para:
a) dictar su reglamento y designar sus autoridades;
b) constituirse en cualquier punto del país;
c) formular denuncias penales y constituirse en querellante, particular damnificado o figura análoga;
d) accionar civilmente por la reparación del daño ambiental provocado por las fábricas.
VI - La Comisión elaborará, en el plazo de seis meses a contar desde su constitución, un informe que contendrá, al menos, los siguientes puntos:
a) impacto ambiental de las fábricas;
b) en su caso, dolencias detectadas asociadas a la actividad de las fábricas;
c) características físicas, químicas y microbiológicas del agua, el aire y el suelo en la zona aledaña a cada una de las fábricas;
d) sustancias empleadas por las fábricas para la elaboración de pasta de celulosa.
A todo efecto, el informe será considerado "información ambiental", en los términos de la ley 25.831.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Actualmente existen en nuestro país 10 plantas de fabricación de pasta de celulosa.
Dichas fábricas son: Alto Paraná (Puerto Esperanza, provincia de Misiones); Papel Misionero (Capioví, Misiones); Celulosa Puerto Piray, en esa localidad misionera; Papelera del Tucumán (Lules); Ledesma (Libertador General San Martín, Jujuy); Papelera del NOA (Palpalá, Jujuy); Celulosa Argentina (Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe); Papel Prensa (San Pedro, provincia de Buenos Aires); Massuh (Quilmes, Buenos Aires); y Productos Pulpa Moldeada (Cipolletti, Río Negro). Se adjunta mapa en el que se indica la ubicación de estas fábricas.
Todas ellas están instaladas sobre la margen de algún río, de donde toman abundantes cantidades de agua, y luego arrojan sus desechos. Baste como ejemplo, citar los proyectados emprendimientos de Botnia y Ence, en la República Oriental del Uruguay: consumirán 1000 litros de agua por segundo; o sea 3.600.000 litros por hora y 86.400.000 de litros por día, equivalente al consumo total de la población de Fray Bentos de agua en un mes.
Los daños ambientales causados por la actividad de las fábricas de pasta de celulosa pueden resumirse en los siguientes:
a) contaminación de las aguas, el aire, la flora y la fauna. Las fábricas de papel suelen quemar sus residuos para producir energía. Mucho de ellos tienen un alto contenido de azufre. Estos compuestos del azufre provocan un característico olor a huevos podridos. También es posible que esos compuestos formen ácido sulfúrico o dióxido de azufre en la atmósfera, con el consiguiente riesgo de lluvia ácida. Asimismo, estas fábricas, utilizan blanqueadores de cloro, de alto nivel contaminante, que en contacto con las aguas forman dioxinas (sustancias tóxicas persistentes que deterioran el sistema inmunológico y son cancerígenas). Por otro lado, estas fábricas tiene la práctica de arrojar la materia orgánica sobrante al agua, donde se pudre, agotando el oxígeno de los cursos hídricos.
Por su parte, los vecinos de las localidades aledañas a Alto Paraná, denuncian que "en los cítricos se forman pintitas negras, las mandarinas se secan", o que "los peces han desaparecido, las aves brillan por su ausencia y el aire huele a huevo podrido".
En la mayoría de los casos, se desmonta hasta la orilla de los cursos de agua, por lo que éstos se contaminan con agrotóxicos y algunos arroyos, sin la protección del bosque, se secan.
b) desequilibrio ambiental por plantaciones de pinos foráneos: tratándose de grandes masas de árboles de una o dos especies, todos florecen en la misma época y desprenden enormes cantidades de polen, generando problemas respiratorios y alérgicos. Otro efecto ecológico impensado es "la invasión de mosquitos": el alto consumo de agua por las plantaciones de pinos hace desaparecer a las ranas, que controlaban la población de estos insectos.
c) enfermedades causadas por el bagazo usado como materia prima. Las fábricas de pasta de celulosa que utilizan caña de azúcar la almacenan a la intemperie. En estas condiciones, en el bagazo de la caña de azúcar se desarrolla un hongo cuyas esporas, al diseminarse, causan "bagazosis". La recordada Olga Márquez de Aredes falleció a consecuencia de esta enfermedad, provocada por la misma empresa responsable del secuestro y posterior desaparición de su marido.
Existen actualmente tres técnicas de separación de la lignina en la madera, para obtener pasta de celulosa, todas contaminantes:
i) con cloro elemental: se trata de la técnica más nociva, rechazada por la normativa internacional. Es la técnica que utilizan en nuestro país las plantas de blanqueo para papel de alta calidad: Papelera del Tucumán, Ledesma, Celulosa Puerto Piray y Celulosa Argentina;
ii) con dióxido de cloro (ECF): es un 20 % menos contaminante que la anterior, utilizada por Alto Paraná;
iii) libre de todo tipo de cloro (TCF), es la menos utilizada por ser la más costosa. A pesar de que presenta niveles de contaminación más bajos que los otros sistemas, de ninguna manera es inocua. Utilizan esta técnica Papel Prensa, Massuh, Papelera del NOA y Productos Pulpa Moldeada.
La única explicación racional a la existencia de estas plantas no es la necesidad que tiene la humanidad de papel, sino el mero afán de lucro, aún a costa de la vida de poblaciones enteras. María Carolina Grosso, del Departamento de Anatomía Animal de la U.N.R.C., explica claramente: "No hacen falta en el mundo más fabricas de papel. De cada diez bobinas de papel que se producen en el mundo, una se utiliza para impresión de libros, cuadernos, folletos, diarios, recibos, facturas, papel higiénico, papel de uso sanitario y clínico, etc., y nueve para embalaje lujosos de artículos innecesarios que se consumen principalmente en las grandes ciudades del Norte. Estadísticamente, un ciudadano norteamericano consume 100 veces más papel que un uruguayo, pero no lee 100 veces más."
Los niveles de contaminación que provocan estos emprendimientos han llevado, incluso, a que la propia Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán dispusiera el procesamiento de los directivos de Papelera del Tucumán, por la supuesta comisión del delito tipificado en el artículo 55 de la Ley de Residuos Peligrosos 24.051. En su fallo, los jueces sostienen que "se encontraría demostrada una actividad contaminante del agua a través del derrame de efluentes industriales sin previo tratamiento de descontaminación, en el curso del arroyo Calimayo, el cual desemboca en el río Colorado, con el consecuente peligro para la agricultura y para la salud de los habitantes de la zona circundante o aledaña (ciudad de Lules y Famaillá)." El mismo fallo precisa que la contaminación habría tenido lugar con "conocimiento exacto del peligro objetivo de la conducta" por parte de los procesados.
También en España, los habitantes de Pontevedra sufren las nefastas consecuencias de este tipo de industria: ENCE-ELNOSA está contaminando gravemente la Ría de Pontevedra, siendo los organoclorados y el mercurio los agentes químicos más peligrosos. Estos vertidos están afectando negativamente a la fauna marina, además de considerarse altamente probable que ciertas enfermedades graves en el hombre tengan su origen en el consumo de productos de la Ría.
Asimismo, la emisión de sulfuros a la atmósfera, además de los malos olores (el característico olor a huevos podridos) que dispersa por toda la comarca, restando calidad de vida a su población, puede ser responsable de una tasa anómala de ciertas morbosidades como alergias y enfermedades bronquio-pulmonares. Estas nocivas condiciones del medio ambiente circundante a la planta de fabricación de pasta de celulosa han llevado a que barrios enteros hayan sido abandonados por sus habitantes.
Pero no hace falta cruzar el Atlántico para encontrarnos con ejemplos concretos de los daños ambientales que causan estos emprendimientos. En Valdivia, Chile, la Universidad Austral ha denunciado la responsabilidad de la planta de celulosa Arauco y Constitución (CELCO) en la muerte de varios centenares de cisnes en un humedal que albergaba la mayor colonia de América latina.
Las emisiones de azufre, dioxinas y furanos producen cáncer y enfermedades respiratorias severas en la salud humana, cefaleas, dolores abdominales, conjuntivitis, faringitis, obstrucción bronquial, nauseas, vómitos, crisis de pánico, trastornos de sueño, anorexia.
Fue la población de Gualeguaychú la que puso en alerta a los argentinos sobre las nefastas consecuencias ambientales, sociales y económicas de las fábricas de pasta de celulosa. A la vez, está dando una muestra contundente de la capacidad de nuestra población de movilizarse en defensa de sus intereses, mediante su inquebrantable decisión contra la instalación de la fábricas ENCE y Botnia en Fray Bentos, sostenida por el corte de la ruta 136 por tiempo indeterminado desde el 4 de febrero de 2006, decidido unánimemente en Asamblea. Esta medida es acompañada por los vecinos de Colón, quienes desde el día de la fecha han decidido cortar el puente Colón - Paysandú; y los vecinos de Concordia decidirían una medida similar en los próximos días.
Desde hace cerca de un año, la población de Gualeguaychú, de manera absolutamente autónoma y democrática, independiente de todo gobierno (incluso, desoyendo sus "sugerencias"), debaten y resuelven de manera asamblearia las medidas a tomar en defensa de sus intereses contra la instalación de las fábricas de pasta de celulosa blanqueada en Fray Bentos, Uruguay.
Este proceso asambleario, autónomo y horizontal, no es un hecho aislado: la lucha contra el saqueo y la contaminación de la megaminería en varias provincias del interior del país (Catamarca, Chubut, San Juan, Mendoza, Río Negro, etc.) adopta esta mecánica. Son los propios vecinos quienes se convocan y se organizan, haciendo caso sólo a sus convicciones.
Estas consideraciones nos llevaron a la convicción de la conveniencia de que en la Comisión cuya creación proponemos haya miembros de la Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú, en razón de su experiencia y conocimientos sobre la cuestión.
Por las razones expuestas, es que solicito la aprobación de este Proyecto, siendo el mismo la reproducción del expediente Nº 6966-D-06, presentado el día 16 de febrero de 2006, en la Cámara de Diputados de la Nación.
No se encontró el texto.
Proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | REDES |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | EMANCIPACION Y JUSTICIA |
GODOY, JUAN CARLOS LUCIO | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
RIOS, MARIA FABIANA | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 125 (2007), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 14/03/2007 |