PROYECTO DE TP
Expediente 2098-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DEL TURISTA.
Fecha: 10/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
La Honorable Cámara de
Diputados de la Nación solicita al Poder Ejecutivo Nacional que informe,
dentro de los quince (15) días de recibida la presente, y a través de la
Secretaria de Turismo de la Nación u otros organismos competentes, los
aspectos que más abajo se detallan, relacionados con la protección de los
derechos del turista:
1.- Si a la fecha, se han
instrumentado normativas de procedimientos eficaces tendientes a la
protección de los derechos del turista y a la prevención y solución de
conflictos. En caso afirmativo informe:
a) Detalle de las
medidas adoptadas.
b) Resultados de las
mismas.
c) Medios de difusión
de los métodos alternativos de resolución de conflictos.
2.- Para el supuesto de
haber rubricado convenios de cooperación, delegación y fiscalización con
otros órganos oficiales federales o locales o con entidades privadas,
detalle:
a) Tipo de convenios
celebrados.
b) Contenidos y
alcances de los mismos.
c) Datos completos de
los órganos oficiales federales o locales o de las entidades privadas,
según corresponda.
d) Desempeño de los
mismos desde la implementación del convenio.
3.- Detalle las denuncias
recibidas por la Secretaría de Turismo de la Nación, de parte de turistas
ante incumplimientos de prestadores de servicios turísticos durante el
año 2006 y el corriente, según:
a) Cantidad total de
las mismas.
b) Resolución
adoptada.
c) Tipo de
incumplimiento.
d) Sanción
aplicada.
e) Cumplimiento
efectivo de la sanción.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nacional de
Turismo, Nº 25.997, sancionada con fecha 16 de Diciembre de 2004, en
su Título IV (Protección al turista), Artículo 37, determinó que: "La
autoridad de aplicación debe instrumentar normativas de
procedimientos eficaces tendientes a la protección de los derechos del
turista y a la prevención y solución de conflictos en los ámbitos
mencionados". Asimismo en el párrafo siguiente de este artículo,
autoriza a la autoridad de aplicación a "establecer convenios de
cooperación, delegación y fiscalización con otros órganos oficiales
federales o locales y con entidades privadas".
Por su parte el Decreto
reglamentario de la Ley Nacional de Turismo, Decreto Nº 1297/2006, del
27 de Septiembre de 2006, estableció en el Titulo III "PROTECCION AL
TURISTA", Artículo 31, que "La Secretaria de Turismo de la Presidencia
de la Nación instrumentará métodos alternativos para la solución de
conflictos por denuncias de turistas ante incumplimientos por parte de
prestadores de servicios turísticos, de acuerdo al principio de celeridad,
economía, sencillez y eficacia, respetando la garantía de defensa y el
debido proceso. La aplicación de estos procedimientos no implicará la
exclusión del ejercicio de las facultades sancionatorias respecto de los
responsables".
El presente proyecto pretende que la
honorable Cámara pueda contar con información fidedigna a los fines conocer
acerca del cumplimiento por parte de la Secretaría de Turismo de la Nación del
Artículo 37 de la Ley 25.997, brindándole de esa manera al turista de nuestro país
la posibilidad de contar con un procedimiento ágil y eficaz de resolución de
conflictos frente a los incumplimientos de los prestadores del sector.
Es por todo lo expuesto que solicito a
mis pares la aprobación de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
RIOS, MARIA FABIANA | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
MAFFEI, MARTA OLINDA | BUENOS AIRES | ARI |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
NAIM, LIDIA LUCIA | BUENOS AIRES | ARI |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | ARI |
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
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