PROYECTO DE TP
Expediente 2097-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS RECURSOS DESTINADOS POR EL "FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCION".
Fecha: 10/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional para que, a través del organismo que corresponda, informe a esta
Honorable Cámara, lo siguiente:
1- Si existieron recursos del Fondo
Solidario de Redistribución destinados a brindar apoyo económico y financiero a
las jurisdicciones en los últimos 5 (cinco) años. En su caso, especificar el monto
de los mismos, a qué jurisdicciones fueron destinados y población
cubierta.
2- Si se han registrado para su
incorporación a personas sin cobertura y carentes de recursos al Sistema
Nacional del Seguro de Salud en los últimos 5 (cinco) años a través de los
recursos del Fondo Solidario de Redistribución destinados por la
Superintendencia de Seguros de Salud, especificando las jurisdicciones a las
que pertenecen las mismas.
3- Cuáles fueron los Agentes del
Seguro de Salud que recibieron menores ingresos promedio por beneficiario
obligado, y que fueron compensados por recursos del Fondo Solidario de
Redistribución en los últimos 5 (cinco) años, con el propósito de equiparar los
niveles de cobertura obligatoria. Detalle de los montos y base de cálculo
utilizada para la asignación de los mismos.
4- Cuáles fueron los préstamos,
subvenciones y subsidios pertenecientes al Fondo Solidario de Redistribución
destinados a apoyar financieramente a Agentes del Seguro de Salud en los
últimos 5 (cinco) años, especificando cuales fueron los agentes beneficiados y
los criterios utilizados para el otorgamiento de los mismos. Detalle de los
montos y población cubierta.
5- Cuáles fueron los recursos
pertenecientes al Fondo Solidario de Redistribución utilizados para la
financiación de planes y programas de salud en los últimos 5 (cinco) años,
detallando la cantidad de dinero utilizado, y los planes y programas financiados.
Detalle de su distribución por agente.
6- Si el Fondo Solidario de
Redistribución generó excedentes en los últimos 5 (cinco) ejercicios anuales. En
caso afirmativo, especifique el monto de los mismos y cómo fueron distribuidos
entre los Agentes del Seguro de Salud.
7- Especifique qué Agentes
incluyeron en sus aportes al Fondo Solidario de Redistribución los
correspondientes a los afiliados adherentes y a los planes superadores, y cuáles
no, en los últimos 5 (cinco) períodos. En su caso, detalle los montos aportados
y si se han iniciado acciones para el cobro en aquellos casos en que exista
incumplimiento.
8- Si se realizan auditorías a los
agentes recipiendarios de fondos de la Administración de Programas Especiales
(APE) respecto al efectivo acceso del beneficiario a la prestación
correspondiente. En caso afirmativo, en qué consiste el procedimiento.
Especifique si se han detectado irregularidades, y en su caso, qué medidas se
han adoptado.
9- Qué medidas se han adoptado
respecto a las irregularidades denunciadas en el informe sobre la gestión de
subsidios y reintegros por parte de la APE, elaborado por la Sindicatura General
de la Nación en agosto de 2006.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Fondo Solidario de
Redistribución (FSR) fue creado por ley nº 23.661. El principio de
funcionamiento del Fondo consiste en que los agentes ceden una porción de
sus recursos a favor de aquellos beneficiarios que, por poseer menores aportes
y contribuciones al sistema, no pueden acceder a una prestación mínima de
salud. Con recursos del mismo también se atiende al sostenimiento de
enfermedades especiales, que están fuera del programa médico obligatorio, y
que se canalizan a través de la Administración de Programas Especiales
(APE).
El mencionado Fondo se integra
fundamentalmente con un porcentaje de los aportes y contribuciones de los
beneficiarios del régimen de Obras Sociales establecido por la normativa
vigente.
La Ley establece otros destinos
además de los ya enunciados, como el apoyo financiero a los Agentes del
Seguro en carácter de préstamo, subvención o subsidio, y la financiación de
planes y programas de salud destinados a los beneficiarios del Seguro.
Establece asimismo que los excedentes de cada ejercicio deben distribuirse
entre los Agentes del Seguro en proporción a su contribución.
La Ley 23.661 contemplaba que el
representante del Consejo Federal de Salud que integraba el Directorio de la
ex-ANSSAL tenía como obligación presentar, como mínimo dos (2) veces al año,
un informe sobre la gestión del Seguro y la administración del Fondo Solidario
de Redistribución. Producido el reemplazo de la ANSSAL por la
Superintendencia del Seguro de Salud, no existe disponibilidad de acceso a la
información referida, por lo que se torna indispensable recurrir a este
instrumento.
En agosto de 2006 un informe de
auditoría realizado por la Sindicatura General de la Nación sobre la gestión de la
APE denunció "...que el control interno vigente en el circuito de otorgamiento
de subsidios y/o reintegros de la APE resulta inadecuado, toda vez que
presenta debilidades de relevancia a lo largo de todo el proceso, abarcando
desde el ingreso y tratamiento cronológico de las solicitudes y su tramitación
posterior hasta el análisis y seguimiento de las correspondientes rendiciones de
cuentas. Esto último se evidencia especialmente en los montos pendientes de
rendición que alcanzan cifras muy elevadas, algunas de ellas de antigua
data."
En el mismo informe, el citado
organismo evaluó que "Lo expuesto implica un alto riesgo en la gestión de los
fondos y no permite garantizar el adecuado cumplimiento de los principios de
equidad, transparencia y solidaridad en la distribución a los beneficiarios."
La circunstancia de que no exista
información pública sobre el destino de los fondos y las irregularidades
denunciadas por la SIGEN en el informe antes mencionado hacen indispensable
el presente pedido de informes.
Por todo lo expuesto, solicitamos a
los Señores Diputados que acompañen con su firma el presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
RIOS, MARIA FABIANA | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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