PROYECTO DE TP
Expediente 2094-D-2009
Sumario: RECONOCER LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, ENUNCIADOS EN LA RESOLUCION 61/295 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS CELEBRADA EL DIA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2007.
Fecha: 30/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
Art 1° Reconocer los
Derechos de la Pueblos Indígenas, enunciados en la Resolución 61/295
de la Asamblea General de las Naciones Unidas celebrada el 13 de
septiembre del año 2007.
Art. 2° De Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la 107 sesión plenaria
de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrada el 13 de
septiembre de 2007, los Pueblos Indígenas lograron la aprobación de
la Resolución 61/295 de la Declaración de las Naciones sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas, la que afirma que los pueblos
indígenas son iguales a todos los otros pueblos, y reconoce el derecho
de cada pueblo a ser diferente, a considerarse diferente y a que se lo
respeten como tal, ya que todos los pueblos contribuyen a la
diversidad de las civilizaciones y culturas que forman en su conjunto el
patrimonio de la humanidad.
Sucesivamente afirma que en el ejercicio de sus derechos, los pueblos
indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación, ya que
han sufrido injusticias históricas, que les ha impedido ejercer su
derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e
intereses..
Asimismo se reconoce la "urgente necesidad de respetar y promover
los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos
y otros arreglos constructivos con los Estados"
La Asamblea se manifiesta convencida de que "si los pueblos indígenas
controlan los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras,
territorios y re cursos, podrán mantener y reforzar sus instituciones
culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo a su
aspiraciones y necesidades y que el respeto de los conocimientos, las
culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo
sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio
ambiente"
En sus últimos artículos establece la necesidad de que cada Estado
Nacional adopte las medidas apropiadas, para reconocer los derechos
allí establecidos e interpretar sus disposiciones, con arreglo a los
principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos
humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración
pública y la buena fe, asumiendo la condición básica de la
multiculturalidad de estos pueblos, intercambiando con nuestra cultura
un enriquecimiento mutuo, en la tolerancia, comprensión y bienestar
general , ya que la diversidad cultural, participa en el Patrimonio
Cultural Intangible de la Humanidad, siendo obligación de esta
generación, conservarlo y protegerlo.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en este
proyecto de Ley
Firmante | Distrito | Bloque |
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VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |