PROYECTO DE TP
Expediente 2080-D-2013
Sumario: PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER: CREACION
Fecha: 16/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
El Senado y Cámara de Diputados...
LEY CREACION PLAN
NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER
Artículo 1°.- La presente ley tiene como
objeto la creación de un Programa Nacional de lucha contra la enfermedad de
Alzheimer, al cual se denominará "Proyecto Nacional de Lucha contra el
Alzheimer".
Artículo 2°.- En la presente Ley, el
término Alzheimer hace referencia a la enfermedad de Alzheimer y demencias
relacionadas.
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación
de la presente ley será el Ministerio de Salud de la Nación, o el que eventualmente
lo reemplace, a través del organismo que éste designe.
Artículo 4°.- La autoridad de aplicación
deberá:
a) ser responsable de la creación y
mantenimiento de un plan nacional integrado para superar la enfermedad de
Alzheimer;
b) recopilar y coordinar la información
de la enfermedad de Alzheimer;
c) acelerar y mejorar el desarrollo de
tratamientos para prevenir, detener o revertir el curso de la enfermedad de
Alzheimer;
d) mejorar el diagnóstico precoz de la
enfermedad de Alzheimer, y la coordinación de la atención y el tratamiento de los
ciudadanos con enfermedad de Alzheimer;
e) garantizar la inclusión de las
poblaciones étnicas y raciales en mayor riesgo de Alzheimer o con menos
probabilidades de recibir atención, en los esfuerzos clínicos, investigación y
servicios con el propósito de disminuir las disparidades de acceso a la salud en la
enfermedad de Alzheimer; y
f) coordinar tareas con los organismos
internacionales, con el fin de integrar la lucha contra el Alzheimer a nivel
mundial.
Artículo 5°.- Funciones. Las funciones
de la autoridad de aplicación serán las siguientes:
a) supervisar la creación y
actualización del Proyecto Nacional que se describe en el objeto de la presente
ley, y
b) evaluar todas las regulaciones de los
programas en torno a la enfermedad de Alzheimer, incluyendo las solicitudes de
presupuesto y las aprobaciones.
Artículo 6°.- Plan Nacional. La
autoridad de aplicación llevará a cabo un informe anual con la evaluación de los
progresos de la Nación en la preparación para la lucha contra la enfermedad de
Alzheimer, incluyendo tanto la ejecución como las medidas y las recomendaciones
destinadas a la implementación de acciones prioritarias sobre la base de la
evaluación.
Artículo 7°.- Consejo Asesor. Créase
un Consejo Asesor de Investigación de Alzheimer y demencias relacionadas, el
cual será integrado por expertos en el tema tanto del sector público como privado,
los cuales serán designados por el Ministerio de Salud de la Nación; el Consejo se
reunirá trimestralmente y sus reuniones estarán abiertas al público.
Artículo 8°.- Informe anual del Consejo
Asesor. El Consejo asesor deberá proporcionar al Ministerio de Salud y al
Congreso de la Nación, un informe anual con los siguientes objetivos:
a) evaluar los fondos nacionales y
esfuerzos en la investigación del Alzheimer, la atención clínica e institucional, y
domiciliaria, y los programas comunitarios y sus resultados;
b) recomendar acciones prioritarias a
ampliar, y coordinar otros programas que en alguna medida contribuyan al
desempeño del presente programa;
c) reducir el impacto financiero de la
enfermedad de Alzheimer en las obras sociales, y en las familias en las que
alguno de sus miembros conviva con la enfermedad de Alzheimer; y
d) evaluar la implementación,
incluyendo los resultados, de las recomendaciones, incluidas las prioridades, si es
necesario, a través de una actualización del Plan Nacional.
Artículo 9°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La enfermedad de Alzheimer es un
trastorno degenerativo cerebral crónico que afecta en forma progresiva la
memoria, la conducta, y otras funciones cognitivas (por ejemplo, el lenguaje), lo
que constituye un fuerte impacto en la vida diaria de los pacientes y sus familias.
En julio de 2011, en París, se llevó a
cabo "The Alzheimer's Association International Conference", el mayor congreso
mundial sobre el tema, que reúne a investigadores y clínicos de todo el planeta,
con el objetivo de poner en conocimiento común las investigaciones actuales y
discutir sobre las causas, el diagnóstico, el tratamiento y la prevención de esa
enfermedad, con un número récord de asistentes (más de 5.000 científicos de
todo el mundo). Medios de comunicación de múltiples naciones reflejaron en sus
páginas los avances científicos reportados en el meeting de París.
De acuerdo con lo que surge de las
conclusiones de esa Conferencia, el Plan que se propone en el presente proyecto
de ley, se asienta en tres pilares: la mejora de la calidad de vida de las personas
afectadas y de sus familias, la movilización de la sociedad en la lucha contra el
Alzheimer, y el apoyo del avance en la investigación de esta enfermedad.
El principal factor de riesgo para esta
enfermedad es la edad, llegando a casi el 50% de las personas con 85 años.
Debido a ello, la prevalencia de la enfermedad de Alzheimer está creciendo a un
ritmo alarmante en todo el mundo, teniendo en cuenta la mayor esperanza de vida
de la población. Esta situación crea un enorme problema, fundamentalmente para
los pacientes y familiares, pero también para la salud pública y la economía de los
distintos países. El enorme costo del cuidado de estos pacientes y el efecto en sus
familiares (depresión, estrés, ausencia laboral) sin dudas precipitarán una crisis de
salud pública de proporciones sin precedentes.
Se estima que actualmente existen
33,9 millones de personas con Alzheimer en el mundo, y este número se duplicará
en los próximos 20 años. En el 2050 más del 75% de estos pacientes estarán en
países en vías de desarrollo. El número de personas de edad avanzada en el
mundo en desarrollo está creciendo a un ritmo más rápido que otras regiones del
mundo, siendo que el mayor aumento se va a producir en India, China y América
latina.
Existe un consenso científico sobre que
la enfermedad se debe detener en sus etapas iniciales, incluso mucho antes de
que aparezcan los síntomas. Los cambios en el cerebro se producen décadas
antes de que se haga evidente la enfermedad clínicamente. Por lo tanto, los
desafíos más importantes de las investigaciones actuales y futuras consisten en
detectar la enfermedad cuanto antes y en desarrollar drogas efectivas que
modifiquen la biología de la enfermedad para utilizarlas desde la etapa inicial.
Argentina es uno de los países que
está envejeciendo más rápidamente en nuestra región por lo que el desarrollo de
un plan nacional es no sólo necesario, sino urgente.
Para que la ciencia y el Estado
conformen alianzas estratégicas que nos permitan no sólo vivir más sino también
vivir bien, resulta imprescindible elaborar un Proyecto Nacional de Lucha contra el
Alzheimer en Argentina.
Es por lo antes expuesto, que solicito a
mis pares acompañen la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
YARADE, FERNANDO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/11/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
11/12/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
11/12/2014 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1632/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 | CON MODIFICACIONES | 15/12/2014 |
Diputados | Orden del Dia 1632/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 | CON MODIFICACIONES | 15/12/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 | 16/12/2014 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 | 16/12/2014 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 | ||
Senado | MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 60 Y 77 DEL REGLAMENTO DEL H SENADO (EXPEDIENTE 0337-S-14, APROBADO EL 10/12/2014), CAMBIO DE GIRO DE LA COMISION DE SALUD Y DEPORTE A LA COMISION DE SALUD CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 | 27/05/2015 |