PROYECTO DE TP
Expediente 2080-D-2012
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL CENTESIMO ANIVERSARIO DE LA SANCION DE LA LEY SAENZ PEÑA, CELEBRADO EL DIA 10 DE FEBRERO DE 2012.
Fecha: 11/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Conmemorar el centésimo aniversario
de la sanción de la ley 8871 "Ley Sáenz Peña" que consagró el sufragio
obligatorio, secreto, adoptando el padrón militar, sujeto al control de la justicia y
con representación de la minoría.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Sáenz Peña representa un hito
en la evolución de la institucionalidad democrática de la República Argentina.
Esa norma constituyó un verdadero
momento constitucional, un momento extraordinario que abrió el camino para que
las profundas transformaciones sociales que la Argentina había experimentado
desde fines del siglo XIX se tradujeran en el sistema político, alumbrando una
genuina democracia representativa.
El impacto social y político generado
por tres millones de inmigrantes e hijos de inmigrantes y la intransigencia
revolucionaria liderada por Hipólito Yrigoyen condujeron a la decisión del
Presidente Roque Sáenz Peña de impulsar una ley que garantizara elecciones
genuinas y asegurara la libertad del sufragio, eliminando los comicios sangrientos
y fraudulentos que hasta allí habían caracterizado a la política criolla.
Esta norma hizo que sin modificar el
texto de la Constitución Nacional, a través de una transformación del régimen
electoral argentino, se reformara sustancialmente de una vez y para el futuro el
sistema político del país.
En 1911 Sáenz Peña envió al
Congreso tres proyectos. El primero proponía el enrolamiento general de
ciudadanos y la confección de un nuevo padrón electoral, esto es el padrón militar,
accediendo al pedido formulado al respecto por Hipólito Yrigoyen. El segundo
proyecto de ley entregaba al Poder Judicial Federal, independiente de influencias
partidarias, la confección del padrón y la designación de funcionarios que debían
preparar, organizar y realizar las elecciones.
A su vez, el tercer proyecto tendía a
modificar de modo completo el régimen electoral vigente hasta ese momento,
proponiendo la lista incompleta, con la representación automática de la minoría y
el voto obligatorio y secreto, otro de los reclamos de Yrigoyen.
Según Miguel Ángel
Cárcano "la reforma electoral de Sáenz Peña destruyó el 'régimen' y la 'máquina'
electoral, la 'liga de gobernadores' y los 'caudillos compravotos', disminuyó la
influencia de los militares en la política y desarmó las conspiraciones. La oposición
tuvo asiento en el congreso y controló los actos de gobierno" (1) .
En esta Cámara el debate concitó el
interés general, atrayendo mucho público y contando con buena asistencia de los
legisladores.
Finalmente, la ley se sancionó el 10 de
febrero de 1912 y se promulgó el 13 de febrero de aquel año.
La ley fue publicada en el Boletín
Oficial el 26 de marzo de 1912, hace exactamente cien años.
El 31 de marzo de 1912 se aplicó por
primera vez en la provincia de Santa Fe en la elección de gobernador y
vicegobernador, con amplia repercusión positiva.
En 1916 se eligió a través del voto y de
manera democrática Presidente y Vicepresidente de la Nación significó el triunfo
del radicalismo con la fórmula Hipólito Yrigoyen - Pelagio Luna. Si bien quedaban
muchas reformas esenciales al régimen electoral por delante, como la
incorporación del voto de la mujer en 1947, la ley 8871 fue el primer gran paso,
cambió el país y sus instituciones y, por eso, merece ser recordada y
valorada.
Por los motivos expuestos, invito a mis
colegas a acompañar este proyecto con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |