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PROYECTO DE TP


Expediente 2080-D-2012
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL CENTESIMO ANIVERSARIO DE LA SANCION DE LA LEY SAENZ PEÑA, CELEBRADO EL DIA 10 DE FEBRERO DE 2012.
Fecha: 11/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Conmemorar el centésimo aniversario de la sanción de la ley 8871 "Ley Sáenz Peña" que consagró el sufragio obligatorio, secreto, adoptando el padrón militar, sujeto al control de la justicia y con representación de la minoría.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Sáenz Peña representa un hito en la evolución de la institucionalidad democrática de la República Argentina.
Esa norma constituyó un verdadero momento constitucional, un momento extraordinario que abrió el camino para que las profundas transformaciones sociales que la Argentina había experimentado desde fines del siglo XIX se tradujeran en el sistema político, alumbrando una genuina democracia representativa.
El impacto social y político generado por tres millones de inmigrantes e hijos de inmigrantes y la intransigencia revolucionaria liderada por Hipólito Yrigoyen condujeron a la decisión del Presidente Roque Sáenz Peña de impulsar una ley que garantizara elecciones genuinas y asegurara la libertad del sufragio, eliminando los comicios sangrientos y fraudulentos que hasta allí habían caracterizado a la política criolla.
Esta norma hizo que sin modificar el texto de la Constitución Nacional, a través de una transformación del régimen electoral argentino, se reformara sustancialmente de una vez y para el futuro el sistema político del país.
En 1911 Sáenz Peña envió al Congreso tres proyectos. El primero proponía el enrolamiento general de ciudadanos y la confección de un nuevo padrón electoral, esto es el padrón militar, accediendo al pedido formulado al respecto por Hipólito Yrigoyen. El segundo proyecto de ley entregaba al Poder Judicial Federal, independiente de influencias partidarias, la confección del padrón y la designación de funcionarios que debían preparar, organizar y realizar las elecciones.
A su vez, el tercer proyecto tendía a modificar de modo completo el régimen electoral vigente hasta ese momento, proponiendo la lista incompleta, con la representación automática de la minoría y el voto obligatorio y secreto, otro de los reclamos de Yrigoyen.
Según Miguel Ángel Cárcano "la reforma electoral de Sáenz Peña destruyó el 'régimen' y la 'máquina' electoral, la 'liga de gobernadores' y los 'caudillos compravotos', disminuyó la influencia de los militares en la política y desarmó las conspiraciones. La oposición tuvo asiento en el congreso y controló los actos de gobierno" (1) .
En esta Cámara el debate concitó el interés general, atrayendo mucho público y contando con buena asistencia de los legisladores.
Finalmente, la ley se sancionó el 10 de febrero de 1912 y se promulgó el 13 de febrero de aquel año.
La ley fue publicada en el Boletín Oficial el 26 de marzo de 1912, hace exactamente cien años.
El 31 de marzo de 1912 se aplicó por primera vez en la provincia de Santa Fe en la elección de gobernador y vicegobernador, con amplia repercusión positiva.
En 1916 se eligió a través del voto y de manera democrática Presidente y Vicepresidente de la Nación significó el triunfo del radicalismo con la fórmula Hipólito Yrigoyen - Pelagio Luna. Si bien quedaban muchas reformas esenciales al régimen electoral por delante, como la incorporación del voto de la mujer en 1947, la ley 8871 fue el primer gran paso, cambió el país y sus instituciones y, por eso, merece ser recordada y valorada.
Por los motivos expuestos, invito a mis colegas a acompañar este proyecto con su firma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)