PROYECTO DE TP
Expediente 2077-D-2015
Sumario: DEFENSA DEL CONSUMIDOR: LEY 24240; MODIFICACION DEL ARTICULO 27, SOBRE USUARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - RECLAMOS.
Fecha: 22/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
El Senado y Cámara de Diputados...
USUARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS
DOMICILIARIOS - RECLAMOS
Modificación Ley 24.240 de Defensa
del Consumidor.
ARTICULO 1º: Modifíquese el art. 27
de la Ley 24.240, que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 27: - Registro de
reclamos. Atención personalizada. Las empresas prestadoras deben habilitar
registro de reclamos donde quedarán asentadas las presentaciones de los
usuarios. Los mismos tendrán las siguientes modalidades:
Formulario de Reclamo escrito:
formato papel, el que deberá estar en lugar visible en las oficinas destinadas a la
atención al público de las empresas prestatarias de servicios.
Formulario de Reclamo en correo,
correo electrónico, sitio web., o por otro medio disponible.
Línea telefónica gratuita 0800:
habilitada a tal fin por las empresas prestatarias.
En todos los casos se deberá otorgar
constancia del reclamo, de acuerdo a la modalidad establecida en los puntos a), b)
y c). Dichos reclamos deben ser satisfechos en un plazo no mayor a treinta (30)
hábiles de haber realizado el reclamo, debiendo las empresas prestadoras de
servicios públicos garantizar la atención personalizada a los usuarios.
ARTÍCULO 2º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A partir de 1994, con la Reforma de la
Constitución Nacional, los derechos de los consumidores alcanzaron
reconocimiento constitucional, el Artículo 42 establece -"Los consumidores y
usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la
protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información
adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y
digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación
para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión
de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y
eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de
consumidores y de usuarios. La legislación establecerá procedimientos eficaces
para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los
servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de
las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los
organismos de control. "
Vivimos en una sociedad de consumo,
y todos de una u otra manera, somos consumidores y usuarios, y como tales
necesitamos estar informados de nuestros derechos para poder ejercerlos y
hacerlos respetar.
Es por ello, que el reclamo se torna
importante, porque es a través del mismo que se fijan las reglas del juego, se
cambia el rumbo de políticas incorrectas por parte de las empresas prestatarias y
en especial, sirve porque es la forma de movilizar el mercado y terminar con malas
prácticas.
Los consumidores a través de sus
reclamos pueden presionar al mercado, lograr así, que las empresas respondan
con mejores ofertas y mayor eficiencia.
Generalmente los problemas en las
relaciones entre proveedor y consumidor se producen por el desconocimiento del
consumidor o usuario de lo que está consumiendo; entonces, de una correcta
información depende pues, una relación contractual que finalmente genera
deberes y hará exigibles derechos.
Se trata de información a fin de un
mercado transparente y de poder ejercer efectivamente el reclamo contando con
los medios suficientes y de fácil acceso, cuando así corresponda.
Se estima que actualmente 8 de cada
10 consumidores están dispuestos a reclamar o han efectuado reclamos.
Asimismo, se observa el mayor grado de organización y el crecimiento de las
Asociaciones de Consumidores que declaman ante las malas prácticas.
Es por las razones expuestas que
solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/08/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |