PROYECTO DE TP
Expediente 2058-D-2008
Sumario: ENTIDADES RELIGIOSAS, DEPORTIVAS Y DE BIEN PUBLICO: REINTEGRO A SU FAVOR DEL 3 % DEL MONTO DEL IVA EXPRESADO EN COMPROBANTES EMITIDOS A CONSUMIDORES FINALES QUE DICHAS ENTIDADES COLECTEN.
Fecha: 07/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Facultase a
las entidades religiosas, deportivas y de bien público que colecten
comprobantes de ventas de bienes y servicios emitidos a
consumidores finales, a tramitar y obtener un reintegro equivalente
al 3 % del monto del IVA expresado en los mismos.
Artículo 2: Dé
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El impuesto tipo valor
agregado es la forma predominante de impuesto general a las
ventas aplicado en América Latina. En nuestro país el IVA genera
alrededor del 6% del PBI y representa más del 30% del total de los
ingresos tributario y, si bien en los últimos años la recaudación ha
ido mejorando, todavía los márgenes de evasión son elevados y es
especialmente significativa entre pequeños y medianos
contribuyentes.
En los estados
modernos se hacen constantes esfuerzos por mejorar la eficacia de
la administración tributaria. La implantación de una cultura fiscal es
consecuencia de un esfuerzo persistente y prolongado por parte de
las autoridades. Las campañas educativas, la información sobre el
destino de lo recaudado, son elementos importantes a la hora de
formar buenas conciencias, pero es necesario imaginar nuevos
incentivos para generar una nueva cultura tributaria.
Son los consumidores
desaprensivos los que abren en muchos casos las puertas a la
evasión fiscal. Así los comerciantes se aprovechan del desinterés
del comprador y se instala la costumbre de no pedir y de no otorgar
tickets o facturas por las operaciones comerciales que se realizan.
Este mal hábito genera importante pérdidas al fisco y en el caso del
Impuesto al Valor Agregado (IVA), que es un tributo al consumo y
que lo paga el último de la cadena productiva, su evasión es al
mismo tiempo un despojo al consumidor y al Estado. Al no entregar
las facturas el comerciante evade prácticamente todos los
impuestos porque se pierde el control sobre sus ingresos que
constituyen la base para el cálculo de tributos nacionales como IVA
y Ganancias, y provinciales como Ingresos Brutos.
Con esta sencilla norma
pretendemos crear un incentivo más para que los consumidores
finales pidan los comprobantes por las compras realizadas toda vez
que con los mismos podrán beneficiar a las instituciones religiosas,
deportivas o de bien público en las que participen. El porcentaje de
reintegro establecido es igual al que se efectuaban por compras
realizadas con tarjetas de crédito hasta el año 2007 y que perseguía
fines similares a los que se busca alcanzar con esta ley.
La presente normativa
redundará sin duda en un incremento de la recaudación fiscal
producto de la mayor emisión de comprobantes en la etapa de
venta a consumidor final, contribuyendo a fiscalizar a los
comerciantes y a las entidades reconocidas como exentas.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SNOPEK, CARLOS DANIEL | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MARTIARENA, MARIO HUMBERTO | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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