PROYECTO DE TP
Expediente 2057-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES PARLAMENTARIO EL "1 CONGRESO SANTAFESINO DE LAS COOPERATIVAS", A REALIZARSE EL 6 DE JUNIO DE 2014 EN LA CIUDAD DE SANTA FE.
Fecha: 04/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés parlamentario el 1º
Congreso Santafesino de las Cooperativas, a realizarse en la ciudad de Santa Fe, el
viernes 6 de junio del 2014.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través de los años, el movimiento
asociativo, cooperativo y mutual, ha logrado un significativo desarrollo en toda la
extensión geográfica de la Provincia de Santa Fe, siendo parte integrante de su
identidad.
Tanto es así, que desde el
Preámbulo de la Constitución se afirma que los representantes del pueblo de la
Provincia de Santa Fe, se reunieron "en Convención Constituyente con el objeto de
organizar los poderes públicos y consolidar las instituciones democráticas y
republicanas para asegurar los derechos fundamentales del hombre, (...) fomentar la
cooperación y solidaridad sociales;( ... ) impulsar el desarrollo económico bajo el
signo de la justicia social";
El artículo 24 de la
Constitución de la Provincia dispone que "el Estado promueve y coopera en la
formación y sostenimiento de entidades privadas que se propongan objetivos
científicos, literarios, artísticos, deportivos, de asistencia, de perfección técnica o de
solidaridad de intereses". El artículo 26º también, "reconoce la función social de la
cooperación en el campo económico, en sus diferentes modalidades. La ley promueve y
favorece el cooperativismo con los medios más idóneos y asegura, con oportuna
fiscalización, su carácter y finalidades". Asimismo, en el artículo 28º, "la Provincia
promueve la racional explotación de la tierra", para lo cual la Constitución manda a
estimular "la industrialización y comercialización de sus productos por organismos
cooperativos radicados en las zonas de producción que faciliten su acceso directo a los
mercados de consumo, tanto internos como externos, y mediante una adecuada política
de promoción, crediticia y tributaria, que aliente la actividad privada realizada con
sentido de solidaridad social", y asimismo a promover "la creación de entes
cooperativos que, conjuntamente con otros organismos, al realizar el proceso industrial
y comercial, defiendan el valor de la producción del agro de la disparidad de los
precios agropecuarios y de los no agropecuarios";
En el mismo sentido, la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) en la Recomendación 193 sobre
promoción de las cooperativas, destaca como objetivo principal "el logro del trabajo
decente para los trabajadores", así como también, se hace especial referencia a la
necesidad de lograr formas más enérgicas de solidaridad humana en el plano nacional e
internacional para facilitar una distribución más equitativa de los beneficios del
fenómeno de globalización mundial.
En la misma
recomendación la OIT invita a los gobiernos a "establecer una política y un marco
jurídico favorables a las cooperativas y compatibles con su naturaleza y función e
inspirados en los valores y principios cooperativos...".
Por su parte, en la
Declaración de los Ministros de Trabajo de los Estados partes del Mercosur en la
Conferencia Intergubernamental "Hacia la internalización de la Recomendación 193
OIT Promoción de las Cooperativas", los mismos se comprometen a "respaldar las
iniciativas que se produzcan a nivel de la región tendientes a promover
encadenamientos productivos entre los sectores cooperativos y con otros actores
productivos; patrocinar iniciativas de investigación, innovación y desarrollo de
tecnologías socialmente adecuadas dirigidas al Sector Cooperativo; apoyar y fortalecer
los programas de trabajo y empleo para grupos vulnerables, especialmente jóvenes, a
partir de la formación y capacitación cooperativa, que mejoren las posibilidades de
inclusión social y laboral, atendiendo los valores y principios de funcionamiento de las
cooperativas".
Asimismo se establece el
compromiso de "sugerir el diseño de políticas públicas de supervisión y fiscalización
acordes a la naturaleza de las organizaciones cooperativas y que sirvan como
herramientas de promoción de un sistema cooperativo genuino y al mismo tiempo
evitar la utilización de cooperativas de trabajo como mecanismo de fraude
laboral";
Por otra parte, el año 2012
fue declarado Año Internacional de las Cooperativas por la Organización de las
Naciones Unidas en su 64º Reunión General del 18 de diciembre de 2009. Así, la
Resolución VII alienta "a todos los Estados Miembros ... a aprovechar el Año como
una forma de promover las cooperativas, y erigir el reconocimiento de su contribución
al desarrollo social y económico", además de reclamarles atención "para una más
amplia acción promoviendo el crecimiento de cooperativas como negocio y empresas
sociales que pueden contribuir al desarrollo sustentable, erradicación de la pobreza, y
subsistencia en varios sectores económicos en áreas urbanas y rurales, y proveer ayuda
para creación de cooperativas en áreas emergentes".
El impacto positivo de las acciones
encaradas para celebrar el Año Internacional de las Cooperativas, llevó a la Alianza
Cooperativa Internacional a aprobar un plan de celebración de una Década
Cooperativa (2013/2020), declarada de Interés Provincial por Decreto Nº 1.651/13 del
Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe.
Además, el Poder
Ejecutivo Provincial - entre otras acciones - dictó los Decretos 2689/12, por el que crea
el Consejo Provincial de Asociativismo y Economía Social; el Decreto 2690/12, por
el cual se implementa el Sistema Provincial de Sellos Cooperativos; el Decreto
1650/13, por el cual declara de interés provincial el hermanamiento de Sunchales,
Capital Nacional del Cooperativismo por Ley N° 26.037, y Nova Petrópolis, Estado de
Río Grande do Sul (Brasil), Capital Nacional del Cooperativismo por Ley Federal N°
12.205; el Decreto 1651/13, por el cual se declara de Interés Provincial la Propuesta y
Aspiraciones de la Década Cooperativa, así denominada por la Alianza Cooperativa
Internacional (Congreso ACI, Manchester, octubre/2012), como asimismo las
actividades que en ese marco se desarrollen en cumplimiento de sus objetivos; el
Decreto 1652/13, por el cual se declara de interés provincial la Producción,
Transformación y Comercialización de Nueces de Pecán, y actividades de la
Cooperativa de Productores de Nueces Pecán del Litoral Limitada; el Decreto
2984/13, por el cual se declara de interés provincial el Proyecto de Agregado de Valor a
la Producción de Pequeños Productores Apícolas de las Islas del Paraná de la Provincia
de Santa Fe en Apicultura Orgánica, Comercio Justo, Diversificación y Certificación de
Productos, implementado por la Cooperativa de Provisión de Servicios para
Productores, Comercialización y Consumo "Centro de Comercio Solidario"; todos
instrumentos que consagran una política pública de promoción del cooperativismo, tal
como lo dispone el plexo constitucional.
En este marco histórico, conceptual, y de
acciones concretas de promoción del asociativismo en el mundo y en Santa Fe, es
altamente valorable el aporte al desarrollo económico y social que realizan las
cooperativas.
Consolidar el desarrollo de las diversas
expresiones de la Economía Social, así como propiciar su integración,
perfeccionamiento y expansión, contribuye y facilita el desarrollo integral de las
Provincias en general, y de la provincia de Santa Fe en particular.
En nuestra realidad, el movimiento
asociativo canaliza una significativa masa de recursos humanos y económicos,
abarcando un amplio espectro de servicios y desarrollando una actividad impregnada de
un gran contenido social, lo que le otorga una gravitante importancia en el conjunto de
la Nación.
Dentro de ese marco general, los
emprendimientos asociativos se han convertido en promotores de una amplia
participación ciudadana en el desarrollo económico y social, siendo también
fundamentales en la creación de fuentes de empleo, en la movilización de recursos y en
la generación de inversiones.
La generación de fuentes de trabajo bajo
las formas de entidades solidarias de cooperación y ayuda mutua constituyen un valioso
aporte para la recuperación y afianzamiento de la cultura del trabajo y su dignificación,
la responsabilidad común, y la recompensa equitativa y justa para el trabajador.
Por todas estas razones, entre otras, debe
ser reconocida la función social del asociativismo en el campo económico-social
estableciéndose la necesidad de promoverlo a través de los medios más idóneos, sin
perjuicio de asegurar mediante una adecuada fiscalización, su carácter y sus
finalidades.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
06/05/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0042/2014 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 10/2014 | 09/05/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 04/06/2014 | APROBADO |