PROYECTO DE TP
Expediente 2055-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS ALCANCES DEL ACUERDO MONETARIO CELEBRADO ENTRE EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA.
Fecha: 29/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, que a
través de los organismos que estime competentes, y en relación al acuerdo monetario
bilateral suscripto entre el Banco Central de la República Argentina y el Banco Central
de la República Popular China, consistente en una operación de swap de monedas
por un monto de 70.000 millones de yuanes o 38.000 millones de pesos, conforme
fuera oficialmente dado a conocer a través del Comunicado BCRA Nº49465 de fecha
15 de abril de 2009, tenga a bien informar a esta Honorable Cámara:
- Motivo, contenido, términos y
condiciones del referido acuerdo, remitiendo copia del mismo.
- Si funcionarios del Poder Ejecutivo
han tenido participación en el proceso de negociación del referido acuerdo,
precisando en caso afirmativo, cuáles han sido dichos funcionarios, con qué mandato
participaron, y cuál ha sido el resultado de su intervención.
- Si se han evaluado las implicancias
que el referido acuerdo podría tener respecto a la política comercial bilateral vigente y
proyectada entre los países involucrados, particularmente en todo aquello que haga a
la limitación de la competencia desleal y otras malas prácticas del comercio
internacional, con fuerte impacto sobre diversos sectores de nuestra industria
nacional. En caso afirmativo, precisar resultado de dicha evaluación.
- Solicitudes de inicio de investigación
para aplicación de medidas de salvaguardia presentadas durante los últimos cinco
años contra productos originarios de la República Popular China, en el marco de las
leyes y normas reglamentarias vigentes, precisando para cada caso:
o características del
producto objeto de la solicitud;
o datos relativos al
historial del valor, volumen y términos de las importaciones que del mismo se objetan;
o en caso que haya
sido completada, resultados de la investigación respecto al efecto de tales
importaciones sobre los precios en el mercado local, el empleo, la capacidad
instalada, la tasa de retorno de la inversión y demás aspectos que pudieran resultar
reveladores de daño a la producción de origen nacional;
o medidas de
salvaguardia que consecuentemente hayan sido adoptadas o se proyecten
adoptar.
- Proyección del intercambio comercial
bilateral de nuestro país con la República Popular China para los próximos diez años,
precisando, como mínimo: valor, volumen y composición por grandes rubros del
Nomenclador Común del Mercosur (NCM); e impacto estimado de dicha proyección
sobre los diferentes sectores de nuestra industria nacional en términos de producción
y empleo, como así también, sobre el balance comercial bilateral.
- Agenda en materia de negociaciones
bilaterales comerciales y de inversiones entre nuestro país y la República Popular
China, a efectos de consolidar una relación estratégica a largo plazo equilibrada y
armoniosa, compatible con el desarrollo de nuestra industria nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Actualmente China es, detrás de Brasil,
nuestro segundo socio comercial: destino de alrededor del 10% de nuestras
exportaciones y origen de alrededor del 12% de nuestras importaciones; siendo para
China, sin embargo, el peso del nuestro comercio, mínimo: las compras a nuestro
país representan tan sólo el 0,65% del total de sus importaciones, y nos venden tan
sólo el 0,29% del total de sus exportaciones.
Los principales rubros de nuestras
exportaciones a China son los productos primarios y las manufacturas de origen
agropecuario (MOA), 90%, siendo el complejo oleaginoso (semillas y aceites) -por
lejos- el principal componente de exportación a China, representando cerca del 85%
del total de las ventas a este país. Le siguen en importancia las ventas de petróleo
crudo, pieles y cueros, mineral de cobre, lanas y productos de la pesca. Las
manufacturas de origen industrial (MOI) casi no tienen participación en nuestra
canasta exportable a China.
Por el contrario, las manufacturas de
origen industrial (MOI) constituyen el principal rubro de importación desde China.
Entre bienes de capital, intermedios y de consumo se concentra cerca del 98% del
total de nuestras importaciones de origen chino, a saber: máquinas y aparatos
eléctricos y mecánicos, sobresaliendo los bienes de informática y telecomunicaciones;
también son significativas las importaciones de productos químicos orgánicos
(glifosato), vehículos y ciclomotores, juguetes y plásticos.
Mantenemos por tanto una enorme
asimetría con nuestro gran socio comercial asiático: ocurre que concentramos
nuestras ventas a China en muy pocos productos -en 2008 sólo 598 posiciones
arancelarias involucradas, esencialmente soja y sus derivados-, y de bajo valor
agregado -valor promedio de U$S 518 por tonelada exportada-; mientras que
nuestras compras a China constituyen una canasta de productos mucho más
diversificada -en 2008 unas 4.756 posiciones arancelarias involucradas-, y de alto
valor agregado -valor promedio de U$S 3.982 por tonelada importada-.
Haciendo una breve reseña de las últimas
décadas, cabe señalar que durante los 90's, el comercio bilateral con China fue
relativamente constante y deficitario para nuestro país; mientras que tras el colapso
de la convertibilidad y la fuerte devaluación de 2002 el comercio bilateral creció
significativamente (7 veces) y el balance deficitario se revirtió drásticamente,
motorizado sobre todo por el salto de las exportaciones de soja -e inicialmente por
caída de importaciones también-, hasta 2007, cuando comenzó a declinar de la mano
de un acelerado aumento de las importaciones, hasta volverse nuevamente deficitario
en 2008.
El rojo bilateral en 2008 fue de U$S 537
millones, tras 7 años de superávit, y en 2009 empeorará sin lugar a dudas por precios
y sobre todo por la importante merma en la producción de soja, que ya se estima en
no menos de 22% respecto a campaña agrícola anterior, lo que a valores de hoy,
representaría unos $3.600 millones menos de exportaciones, que en un 75-80% son
destinadas a China.
Es en este contexto comercial bilateral
deficitario que tomamos conocimiento acerca del acuerdo suscripto entre el BCRA y el
Banco Central de China, acuerdo cuya letra no se conoce por completo, sólo se han
dado a conocer sus características generales a través del breve Comunicado BCRA
Nº49465 de fecha 15 de abril de 2009 presentándolo.
Según trascendiera en medios
periodísticos, dicho acuerdo consistiría básicamente en una operación contingente de
"swap" o intercambio recíproco de monedas entre ambas autoridades monetarias, que
podrían intercambiar directamente durante un plazo de tres años prorrogable sus
respectivas monedas por hasta 70.000 millones de yuanes o 38.000 millones de
pesos, sumas equivalentes a unos U$S 10.000 millones. Es contingente porque las
transacciones (provisión de liquidez en la moneda del otro país) se efectuarían sólo si
fuesen necesarias para alguna de las partes.
En caso de utilizarse, la liquidez debe
destinarse a los usos que se acuerden, en cuyo caso se deberán abonar intereses,
conforme a las tasas de interés acordadas para cada moneda, todos aspectos no
dados a conocer por el BCRA.
Dada la falta de precisiones dadas a
conocer acerca diversos aspectos críticos referidos a la operatoria cambiaria
acordada, y atento a la enorme preocupación que esto genera en diversos sectores
de nuestra industria, ante la eventualidad que puedan derivarse de manera directa o
indirecta recursos para el financiamiento de importaciones chinas en perjuicio de
nuestra industria, es que considero sumamente oportuno y necesario que este Cuerpo
Legislativo solicite al Poder Ejecutivo Nacional las mayores precisiones posibles al
respecto.
Si bien el BCRA y algunos funcionarios
han sostenido públicamente que el acuerdo es meramente financiero y no se
contempla ninguna cláusula comercial o referida a inversiones, se requieren
precisiones respecto de sus eventuales implicancias comerciales, hayan sido estas
pactadas o no.
Por las razones expuestas, pongo a
consideración de mis pares el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BARRIONUEVO, JOSE LUIS | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |