PROYECTO DE TP
Expediente 2055-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA RESCINDIR EL CONTRATO CON LA EMPRESA "PUENTES DEL LITORAL SA", CONCESIONARIA DE LA CONEXION VIAL ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE, VICTORIA, PROVINCIA DE ENTRE RIOS.
Fecha: 09/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, ante los reiterados incumplimientos de contrato y el concurso
preventivo de acreedores solicitado ante el Juzgado Civil y Comercial de la 13ª
Nominación de los Tribunales de Buenos Aires por la firma Puentes del Litoral
SA, proceda a la inmediata rescisión del contrato de explotación de la conexión
vial Rosario-Victoria y estudie la conformación de un ente mixto con
representación de las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos y los Municipios de
Rosario y Victoria para la administración temporaria de dicha conexión a los
efectos de garantizar la operatividad de la misma y la fuente de trabajo de los
empleados de la empresa actualmente concesionaria.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Puente Rosario-Victoria es un
complejo vial de 59,3 km. de longitud construido sobre el Río Paraná entre las
ciudades de Rosario -Provincia de Santa Fe- y Victoria -Provincia de Entre Ríos-
.
La concesión para levantar y
explotar la conexión por un lapso de 25 años -incluida la duración de la
construcción- data de 1998 y recayó en Puentes del Litoral SA, una firma
formada por integrada por Impregilo S.A., Iglys S.A., Hochtief A.G., Benito
Roggio e hijos S.A., Sideco Americana S.A., Iecsa S.A. y Techint Compañía
Técnica Internacional S.A.
La construcción del puente
estuvo signada por las demoras y paralizaciones permanentes de las obras
como consecuencia de las deudas impagas, los juicios y los pedidos de quiebra
sobre la empresa concesionaria.
Los trabajos dieron inicio en
octubre de 1998 con la preparación de los terrenos en las cabeceras del puente
y recién en noviembre de 2000 se comenzaron las obras del puente principal.
En algo menos de un año la empresa reconoce su incapacidad para llevar
adelante los trabajos y en febrero de 2002 anuncia la paralización de las obras,
reclamando al Estado nacional un subsidio de 73 millones de dólares.
Meses después la empresa
concesionaria pierde un juicio iniciado en Francia por la subcontratista
holandesa Boskalis-Ballast reclamando 39 millones de dólares. Finalmente, y
frente a la movilización de las ciudades de Rosario y Victoria, en octubre de
2002, el entonces presidente Eduardo Duhalde decide aportar 51,6 millones de
pesos para la culminación de la obra que se inauguraría en mayo de
2003.
Pero a sólo cuatro meses de
inaugurada, la conexión vial se llena de baches, lo que motiva que el Órgano
de Control de Concesiones Viales -OCCOVI- inicie una investigación sobre
dichas fallas. Ese peritaje revelaría meses después que el pavimento debería
haber resistido dos años, lo que obliga a la empresa a repavimentar, obra que
inicia en enero de 2004.
El 26 de noviembre de 2004, la
Auditoría General de la Nación da a conocer un informe (1) a través del cuál se
formulan 36 objeciones que denotan irregularidades en el cumplimiento del
contrato de concesión y señala que "la Concesión se encuentra comprometida
por el resultado operativo de la explotación, el monto de endeudamiento
alcanzado y el costo financiero asociado".
Considerando los comentarios y
observaciones explicitadas en el informe, la AGN recomienda al OCCOVI que,
"con el objeto de verificar los gastos operativos de la Concesión, se efectúe
una auditoría de costos con el fin de ajustar el valor que se deduce de los
ingresos por peaje cedidos al SISVIAL"; al Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios, que proceda al "deslinde de responsabilidades
atento los hallazgos de auditoría"; y a la Unidad de Renegociación y Análisis de
Contratos de Servicios Públicos que, teniendo presente "los antecedentes sobre
los incumplimientos en que ha incurrido el Concesionario desde el inicio de la
concesión, que lo llevan a estar incurso en las causales previstas en el art.
30.3 incs. b) y c) del Texto Jurídico Definitivo, (...) evalúe la viabilidad de su
renegociación y los términos de la misma."
Para la Auditoría queda
absolutamente claro que, desde el inicio de la Concesión, "el Concedente
flexibilizó sistemáticamente las normas contractuales a favor de la
Concesionaria, quebrando el principio de igualdad entre los oferentes", dado
que "la empresa Puentes del Litoral S. A. no contó con los fondos
comprometidos y necesarios para el funcionamiento de la concesión." Es por
ello que "su situación financiera muestra un continuo deterioro medido a través
de los índices característicos elaborados a partir de los EECC" y "no hizo frente
a los compromisos con sus contratistas", como "tampoco aplicó el subsidio a su
cancelación." Como consecuencia de ello, la empresa tenía "embargada sus
cuentas y una orden judicial le impide disponer de los derechos de cobro
provenientes del convenio de Asistencia Financiera."
Este escandaloso proceso sigue
con el pedido de quiebra realizado por su subcontratista, el consorcio holandés
Boskalis-Ballast, encargado de realizar tanto el dragado de la obra como los
terraplenes, al que le adeuda 39 millones de dólares en concepto de servicios e
intereses, a lo cual se suman los 51,6 millones de pesos que el gobierno
nacional aportó en octubre de 2002 para la construcción del puente. Y la
culminación es, como era absolutamente previsible, el concurso preventivo
para intentar refinanciar las deudas a largo plazo.
A esta altura del relato queda
absolutamente demostrado que esta concesión resulta un ejemplo
paradigmático de la corrupción reinante en el obsceno proceso privatizador de
los noventa y que, más allá de lo discursivo, el actual Gobierno continúa
amparando con las renegociaciones y nuevas concesiones de los servicios
privatizados.
Este hecho resulta una
oportunidad para que el Gobierno Nacional demuestre su verdadero y
auténtico compromiso con la ética y la transparencia de la gestión pública,
rescindiendo la concesión a Puentes del Litoral SA y promoviendo las sanciones
que pudieran corresponder a los responsables de este escandaloso
proceso.
Asimismo, para garantizar el
funcionamiento de la conexión vial y la seguridad de la fuente de trabajo de los
empleados de la empresa concesionaria, solicitamos se estudie la conformación
de un ente mixto con la participación de las provincias y municipios
directamente involucrados para la administración temporaria de la
conexión.
Por todo lo expuesto, solicitamos
la aprobación del proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TATE, ALICIA ESTER | SANTA FE | UCR |
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